Comunidad

De sol a sol, labrandro tierra no tendras tu pan (parafraseando a vox dei)

gaucho.Molina Campos

Ni jornada de ocho horas, ni extra por terminar la escuela, ni ropa de trabajo. A la hora de negarse a mejorar los términos de contrato del peón rural, las organizaciones “del campo” siempre estuvieron de acuerdo.
Soja sí, libros no. Así podría interpretarse el voto de los empresarios del agro en contra de la resolución 62/2007 de la Comisión, que establece un premio por título, de carácter remunerativo “para todos los trabajadores permanentes que se desempeñen en explotaciones agrarias de manera continua o transitoria”. La norma fue firmada el 31 de octubre del año pasado para que rija en la provincia de Santiago del Estero.
Entre los considerandos de la resolución consta que “luego de un amplio debate y analizado el antecedente respectivo, con el voto negativo de las entidades empresarias Confederaciones Rurales Argentinas, Federación Agraria Argentina, Coninagro y Sociedad Rural Argentina y con la sola abstención del representante del Ministerio de Economía y Producción, debe procederse a su aprobación”.
Lo aprobado establece un plus de 38 pesos mensuales para quienes tengan terminada la primaria, y de 46 pesos para los que tengan aprobada la secundaria. El “premio” que rechazaban las entidades implica un estímulo para que los trabajadores terminen su escolarización.
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) es un ente autárquico, autónomo y tripartito conformado en el ámbito del Ministerio de Trabajo por representantes gremiales, de las empresas y el Estado, a través de la propia cartera de Trabajo, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Agricultura. Tiene facultad normativa, es decir, que sus resoluciones son de aplicación obligatoria en el ámbito del trabajo rural. Y son publicadas en el Boletín Oficial. Los miembros discuten los distintos proyectos y luego los someten a votación. En el caso de las resoluciones que resultan aprobadas, el texto incluye los votos negativos, si los hubiera. De allí que en numerosas ocasiones aparece la mención a las cuatro entidades que ahora conforman la Mesa de Enlace. Obviamente, los trabajadores que quedan beneficiados por esas resoluciones son los que figuran en blanco. Una minoría en el campo argentino: apenas un cuarto del total.
Una perla es la resolución 3/2007, que adopta medidas “en relación con la provisión de ropa de trabajo para el personal”. Esta norma fue aprobada el 21 de marzo de 2007 para las provincias de Chaco y Formosa. Establece como obligatoria la provisión de dos equipos de trabajo por año para los trabajadores con más de tres años de antigüedad:
- A todo el personal permanente que se desempeña en explotaciones agrarias de manera continua o transitoria, los patrones deben entregar una camisa, un pantalón y un par de calzado adecuados a la actividad.
- A los trabajadores que realicen tareas a la intemperie en condiciones climáticas de lluvia, rocío fuerte o suelo barroso, lo que deben entregar es una capa impermeable y botas para lluvia. “Este equipo será devuelto a la empresa luego de su utilización”, aclara la resolución.
A la CRA, la Federación Agraria, Coninagro y la SRA, tanta indumentaria les pareció un exceso. Las cuatro votaron en contra, pero la resolución igual fue aprobada.

De todos modos, la discusión que más debate despertó en el seno de la Comisión fue la resolución vinculada con la jornada laboral. El Régimen Nacional de Trabajo Agrario, vigente desde la última dictadura militar, no fija límites para el trabajo diario en el campo. Los reclamos de los trabajadores surgieron en las provincias de mayor poder reivindicativo. En la provincia de Córdoba el debate resultó sellado el 1º de octubre de 2002 y los considerandos de la resolución dan cuenta de los argumentos vertidos. Dicen:
- “Que el Régimen Nacional de Trabajo Agrario no establece una jornada de trabajo limitada para los trabajadores rurales”.
- Que incluso hay resoluciones que fijan jornadas “de sol a sol” o “conforme a las modalidades imperantes en la zona” o “ajustadas a usos y costumbres locales” (es decir, lo que el patrón de estancia quiera).
- Que “los actuales indicadores sociales denotan la existencia de una importante cantidad de trabajadores rurales que desarrollan tareas en exceso de una jornada normal de trabajo, mientras que se advierte el predominio de formas precarizadas de empleo y un elevado índice de desocupación”.
- “Que deben igualmente establecerse límites razonables a la utilización mensual y anual de horas extraordinarias”.

Esos principios erizaron la piel de los empresarios y el último de los considerandos quedó expresado de la siguiente manera (el encomillado es un riguroso textual): “Que las entidades empresarias firmantes (Sociedad Rural Argentina, Confederaciones Rurales Argentinas, Federación Agraria Argentina y Coninagro) no acuerdan con el contenido de los considerandos que anteceden, ni con la resolución que se dicta en consecuencia, la que sometida a votación ha contado con el acuerdo de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre), el representante de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y el Presidente de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario”.

Así, se estableció –a pesar de los dueños del campo– una jornada de trabajo que no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 semanales, de lunes a sábado. Las horas extras, fijó la resolución, no podrán ser más de 30 semanales y 200 anuales, y “deberán ser abonadas con un recargo del 50 por ciento. Domingos y feriados se pagan al ciento por ciento”. Esa misma resolución fue fijada ese mismo año para las provincias de Buenos Aires y La Pampa, con los mismos votos en contra. En Santa Fe fue aprobada recién dos años después, en 2004. En ese caso, la oposición fue sólo de CRA y la SRA.

El año pasado, la CNTA determinó las remuneraciones para los cosechadores de algodón en las provincias de Chaco y Formosa. Fue el 6 de setiembre, en la resolución 50/2007. Se fijó un mínimo de 40 centavos por kilo cosechado. Un cosechador junta un kilo en alrededor de diez minutos. A 2,40 pesos por hora, un jornal de ocho horas sin parar suma 19 pesos con 20 centavos. A las cuatro entidades les pareció demasiado. Y votaron en contra.

fuente: (Andrés Osojnik) Siempre tan generosos

 

6 Comentarios a “De sol a sol, labrandro tierra no tendras tu pan (parafraseando a vox dei)”

  1. Faco:

    Para Rollo que nos corre con la creación de trabajo. Ahí tenés a tus muchachos.

  2. Esteban S:

    La creación de trabajo por parte del agro no se limita a la producción agropecuaria propiamente dicha; abarca a todos los eslabones de la cadena agroindustrial (insumos, maquinaria agrícola, transporte, procesamiento, comercialización, etc.). Además tiene una fuerte influencia sobre el dinamismo de regiones enteras. En los pueblos de la provincia de Santa Fe ves todos los negocios parados.
    La oposición a las ocho horas deriva de los tiempos del trabajo agrícola. Hay unos períodos donde todos en la explotación (incluyendo la mano de obra familiar) trabajan doce horas por día y meses enteros en los que apenas hace falta algún trabajo. Si se ignora la especificidad del trabajo agrícola hacés cualquier desastre. Eso pasó con el Estatuto del peón.

  3. Andrés el Viejo:

    La cuenta esa sobre la cadena derivada del agro va a terminar en que se cuente como empleo creado por el agro a los vendedores de medias de algodón y lana, así como a los que venden choripanes y los mozos de restoranes. Ay, ¿cuándo se pondrán retenciones sobre las afirmaciones ridículas?

  4. Esteban S:

    Andrés,
    por ahí te lo ilustra mejor un contraste con la industria automotriz, que pide (y recibe) exenciones impositivas inmobiliarias y aduaneras a los insumos, para producir bienes de consumo que distan de ser de primera necesidad.
    Y sí, un negocio de textiles de pueblo depende del campo.
    Saludos.

  5. Lic. Baleno:

    Con esa excusa las pizzerias son parte de la cadena agroindustrial.

  6. Void:

    Que queres, si son unos hijos de re mil puta, todos esos de las 4 entidades.

Tu comentario


Si es tu primer comentario en este blog, va a ser moderado un editor. No se aceptarán comentarios que incluyan calumnias, agravios o expresiones discriminatorias, tampoco aquellos que involucren el uso de múltiples seudónimos.