La última recomposición que recibirán este año los jubilados y pensionados de la Anses será, en diciembre, de alrededor del 7,7%. Así, en el primer año de aplicación de la nueva ley de movilidad, los ingresos tendrán un aumento del orden del 28,4%. Así, la suba quedará por debajo de la inflación, al menos si se compara el índice con las estimaciones que hacen los economistas respecto del alza de los precios.
Anteayer, el Gobierno oficializó, con una resolución publicada en el Boletín Oficial, el incremento de 6,68% que habrá en septiembre. Ese mes la jubilación mínima pasará a ser de $8637,14 y la máxima llegará a $63.277,21.
El nivel de alza de diciembre no es aún un dato oficial, sino que surge de hacer el cálculo con las variables que la ley dispone utilizar. Ayer se conoció que en el segundo trimestre de este año los salarios tuvieron una suba de 5,4%, y ese es uno de los datos que integran la fórmula. El índice utilizado es el de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Con la suba del último mes del año, la jubilación mínima subiría a un valor algo superior a los $9300, en tanto que el haber máximo llegará a poco más de $68.100. En el porcentaje mencionado se elevarán también los pagos del salario familiar y la asignación universal por hijo, que pasará a algo más de $1800.
Con la movilidad trimestral también se elevan todos los montos de las asignaciones familiares y los ingresos que definen los rangos para cobrar una determinada cifra u otra (la excepción es el tope salarial para acceder a la prestación por hijo, que a partir de ahora solo se actualizará una vez por año). Y suben, además, los aportes de los autónomos y el salario tope para calcular los aportes a la seguridad social.
El relevamiento de expectativas que publica el Banco Central sobre la base de consultas a economistas indicó en su última edición que la evolución del nivel de precios esperada para todo 2018 es de 31,7%, en promedio. Así, la recomposición de los haberes jubilatorios y las prestaciones por hijo quedará más de tres puntos por debajo de la suba de precios. La pérdida de poder adquisitivo de los ingresos, sin embargo, es mayor aun si se tiene en cuenta que, antes de la aplicación de la nueva modalidad, los jubilados habían tenido su último aumento en septiembre de 2017.
El índice de movilidad jubilatoria se calcula considerando el 70% de la evolución trimestral de los precios minoristas y el 30% de la variación de los salarios según el Ripte. En el caso del aumento de diciembre, los datos que se miran son los del período de abril a junio pasados.
Anteayer, el Gobierno oficializó, con una resolución publicada en el Boletín Oficial, el incremento de 6,68% que habrá en septiembre. Ese mes la jubilación mínima pasará a ser de $8637,14 y la máxima llegará a $63.277,21.
El nivel de alza de diciembre no es aún un dato oficial, sino que surge de hacer el cálculo con las variables que la ley dispone utilizar. Ayer se conoció que en el segundo trimestre de este año los salarios tuvieron una suba de 5,4%, y ese es uno de los datos que integran la fórmula. El índice utilizado es el de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Con la suba del último mes del año, la jubilación mínima subiría a un valor algo superior a los $9300, en tanto que el haber máximo llegará a poco más de $68.100. En el porcentaje mencionado se elevarán también los pagos del salario familiar y la asignación universal por hijo, que pasará a algo más de $1800.
Con la movilidad trimestral también se elevan todos los montos de las asignaciones familiares y los ingresos que definen los rangos para cobrar una determinada cifra u otra (la excepción es el tope salarial para acceder a la prestación por hijo, que a partir de ahora solo se actualizará una vez por año). Y suben, además, los aportes de los autónomos y el salario tope para calcular los aportes a la seguridad social.
El relevamiento de expectativas que publica el Banco Central sobre la base de consultas a economistas indicó en su última edición que la evolución del nivel de precios esperada para todo 2018 es de 31,7%, en promedio. Así, la recomposición de los haberes jubilatorios y las prestaciones por hijo quedará más de tres puntos por debajo de la suba de precios. La pérdida de poder adquisitivo de los ingresos, sin embargo, es mayor aun si se tiene en cuenta que, antes de la aplicación de la nueva modalidad, los jubilados habían tenido su último aumento en septiembre de 2017.
El índice de movilidad jubilatoria se calcula considerando el 70% de la evolución trimestral de los precios minoristas y el 30% de la variación de los salarios según el Ripte. En el caso del aumento de diciembre, los datos que se miran son los del período de abril a junio pasados.
Tan importante como la presunción de pérdida total anual, es que para el momento en que se calcula, es decir diciembre 2017 contra diciembre 20187, ya estará consumada la pérdida por el mal empalme de los dos movilidades (la de la ley anterior y la actual). Si la comparación se hace desde septiembre de 2018 a septiembre 2017, la pérdida es de 10% aproximadamente. O sea, para principio de año quedan alrededor de 6 puntos de pérdida consolidados, y la base de comparación que determina pérdida anual de 3% ya tiene incluída esa pérdida previa.
Es una confiscación.