Un argumento que se escucha por estos dÃas (lo expresó Nelson Castro en diálogo con Nicolás Fernández, por ejemplo) es que el uso de reservas para pagar deuda es un debate válido, presente en el mundo, pero que haberlo instrumentado a través de un decreto de necesidad y urgencia lo invalida, lo desmerece, y mueve al rechazo de la iniciativa. Fue esa, también, la explicación de Verna para justificar su rechazo.
Entradas relacionadas
Acerca de Pablo D
Abogado laboralista. Apasionado por la historia y la economÃa, en especial, desde luego, la de la República Argentina.
Ver todas las entradas de Pablo D →
Es cierto Pablo, el tema merece discutirse.
Lo que ocurre es que seguir el camino estricto de la Ley, en un paÃs en el que el cumplimiento de las Ãdem es optativo, cuando no estúpido (somos un paÃs de piolas), es largo, azaroso, incierto, y terriblemente aburrido.
David:
perdoname si no enganché la ironÃa. tal vez meo fuera del tarro, pero:
no entiendo el concepto de que acá «las leyes sean de cumplimiento optativo». creo que es uno de los tantos mitos reduccionistas que circulan por estas pampas.
no comparto que el aburrimiento sea una excusa para justificar cualquier accionar ilegÃtimo.
Por otro lado y más allá del estado de la justicia, Pablo D señala precismente que lo que ocurre con el tema de los DNU consite en una trampa discursiva diseñada por la oposición reaccionaria con el fin, no de pujar por ideales propios de ninguna clase, sino -lisa y llanamente- por el afán de desgastar al gobierno de turno para mejorar sus propias espectivas en las elecciones del 2011. No es una tramoya del gobierno para salirse con las suyas, por lo cual, ni siquiera en este caso, se justifica accionar alguno que tienda a estorbarlo y, menos por fuera de la ley bajo la excusa de que la justicia lenta o aburrida.
el hecho radica en que ese engaño ideado por la oposición vernácula -y auspiciado alegremente por los medios desinformaivos- deliberadamente insiste en mostrar a los DNU como una manifestación del autoritarismo del ejecutivo, cuando no es otra cosa que una atribución legÃtima irrefutable, enmarcada dentro de la constitución nacional, a la que los reaccionarios de siempre invocan como a sus sagradas escrituras.
saludos,
saludos,
Cuando hablo del cumplimiento opcional de las leyes pienso en los conductores que violan la doble linea amarilla o circulan por la banquina. O los grupos que cortan las calles’ ni hablar de quienes se atribuyen la autoridad para decidir quien pasarâ un puente internacional…
Y por supuesto hablo de los gobiernos que llevan sus acciones al lÃmite de la legitimidad.
Lo del aburrimiento fue una ironÃa descriptiva de nuestro fastidio por la legalidad.
Pero básicamente me jode lo que se aparte del «deber ser»
David:
luego de tu aclaración quedo sin comprender en qué el gobierno «lleva sus acciones al lÃmite de la legitimidad».
Pablo D puso bien clarito que los DNU se enmarcan perfectamente dentro de la ley.
el artÃculo que mueve este intercambio habla precisamente de que la acción del gobierno está enmarcada cabalmente dentro de lo establecido por la constitución y que el problema nace del mito discursivo apañado por la oposición recalcitrante y los coros massmediáticos.
saludos,
En sà lo que intento decir, es que bajo la pretendida intención de cuidar las formas, se esconde el argumento de que estan en verdad en contra de la esencia misma del DNU. Pues si no fuese asÃ, usarÃan el contenido del mismo para presentar un proyecto de ley, y resulta que no lo hacen. Lo pido a Resto del Congreso, en base a que supongo que de presentarlo el oficialismo, alguna otra segunda intención le asignarÃan también al mismo.
Tapones:
Hablé de «legitimidad», no de «legalidad».
Sobre la legalidad, hay dos bibliotecas, como ocurre habitualmente, asà que no voy a opinar, no soy jurista.
Sobre la legitimidad, tengo todo el derecho como ciudadano de rechazar la delegación de poderes del Legislativo al Ejecutivo, porque viola flagrantemente el eqilibrio de poderes, y tiende a la concentración de poder por parte del Ejecutivo.
La suma del poder púbico me cae algo indigesta, nada más.
David:
no entiendo tu interpretación de «legitimidad». lo «legÃtimo» es aquello conforme a las leyes, no acorde a lo que un muchacho cualquiera se le cante pensar.
El dnu está enmarcado en el corpus legal de nuestro estado. precisamente por eso es legÃtimo.
saludos,
Si apareciera una ley permitiendo el asesinato, serÃa legal, tal vez no legÃtimo. ¿o si?
David:
RAE: «(del latÃn, legitimus). Conforme a las leyes. lÃcito».
la legitimidad la da la ley. las apreciaciones personales no hacen ilegÃtima a la cosa. podrás estar de acuerdo o no con la ley, pero eso no afecta a su legitimidad.
yo no estoy de acuerdo con las leyes que prohiben la comercialización y el consumo de drogas, pero eso no las vuelve ilegÃtimas ¿me explico?
saludos,
También, según la RAE, significa «Justo», «Cierto, genuino y verdadero en cualquier lÃnea».
La legitimidad viene entonces dado no solo por lo legal, sino por lo que una sociedad entiende como genuino.
El sistema republicano de gobierno no es una ley, es una construcción social, y por ende genuina.
¡No a la suma del poder, republicanos!
David:
por supuesto, es la tercera acepción del término. se trata de un uso derivado del sentido original (legitimus) por afinidad semántica. el hecho de que «legÃtimo» sea factible de «traducir» por «justo» obliga a entender, precisamente, que «lo justo» no se opone a «lo legÃtimo», sino más bien, que lo supone y acompaña. para definir si algo es, o no, «justo», se necesita de un marco que está determinado por la ley. lo «cierto», «lo genuino» no puede definirse por fuera del cuerpo social, que no es homogéneo y cuyos componentes pueden tener ideas diferentes sobre algo. por lo tanto, nada que esté dentro del marco de la ley puede ser tildado de ilegÃtimo, sin deformar al antojo personal el significado del término. (esto es, precisamente, una de las cosas que señalo de la construcción de ciertos discursos opositores, que tienden a deformar la realidad a partir de la distorsión del lenguaje, en el que las palabras pierden relación con el objeto que re-presentan, para adentrarse en un terreno emocional que gira en el vacÃo o el odio y cuyo objetivo no es esclarecer, ni definir para un correcto análisis, sino, más bien, motivar el rechazo del electorado).
meter la noción de «sistema republicano» puede enrarecer el tema (ya que puede haber repúblicas sin democracia interna, de manera que ahà sà la legitimidad de las normas pueden ponerse en duda). la cuestión es que, en un sistema democrático, como el argentino, en el que diputados y senadores son elegidos por el pueblo, para que legislen en representación de sus ideas, valores o intereses, la ley supone ser una sÃntesis de «el parecer del pueblo» y determina los lÃmites de lo que en un territorio y un momento se considera, o no, justo, cierto, genuino, verdadero: legÃtimo.
en conclusión, como te dije antes, tu opinión no transforma en ilegÃtimo un accionar que cumple con lo establecido por ley, porque la legitimidad, lo justo, lo cierto o lo genuino, se define por el marco legal que lo sustenta. de otra manera, nada podrÃa ser llamado legÃtimo o ilegÃtimo, porque ambos términos perderÃan sentido al carecer de referencia, ya que dependerÃan, pura y exclusivamente, del parecer personal del enunciador del momento y no significarÃan otra cosa que lo que al paseante de turno le agrada o desagrada.
es legÃtimo (la ley te lo permite)que te manifiestes en favor de reducir las atribuciones del poder ejecutivo, pero no es ilegÃtimo que el poder ejecutivo se mueva según las atribuciones que hasta el momento tiene.
saludos
Brillante tu exposición. Grondona no lo harÃa mejor.
Demos por fenecido el Sistema Republicano Representativo de Gobierno, lo cual puede lograrse modificando la Constitución mediante un DNU que derogue esa antigualla claramente destituyente.
La Suma del Poder Público podrÃa terminar con la estéril duda cartesiana de ciertos opositores, habitualmente presos de sus caprichosas interpretaciones personales sobre lo que es razonablemente legÃtimo, o legal, o genuino, o…
David:
un dnu no puede modificar la constitución. quedate tranca.
por lo tanto, lo de «dar por fenecido el sistema republicano representativo», parece más uno de esos grititos agitados de carrió que un peligro real, porque el congreso funciona (según la oposición, mejor que nunca después del 10/12, en donde se terminó con la eskribanÃa). y si tu intención era deslizar la posibilidad de que mis palabras hubieran hecho referencia alguna a una barbaridad semejante, dicha interpretación corre por cuenta tuya y, en todo caso, habla de que no prestás mucha atención a las palabras de tu interlocutor, porque dejé bien clarito que la legitimidad depende especÃficamente del apego a la ley, que supone ser la sÃntesis del parecer popular elaborada a través de sus representantes, los legisladores (electos por el pueblo, aclaro porque te cuesta).
sospecho un tono levemente irónico en tu elogio de mi exposición. me resulta graciosa tu respuesta: es una cómica manifestación de un ego lastimado ante el descubriemiento de su propia ignorancia. menos mal que todavÃa no descubrió su propia imbecilidad.
saludos ilegÃtimos
Un DNU puede modificar cualquier cosa, como lo demostró nuestra Presidenta en el dÃa de ayer.
La suma del poder público es pues «casi» un hecho.
Veremos qué defensas tiene nuestra sociedad sobre este atropello. (O al revés: que el Pueblo lo «legitime» ya que andamos con la terminologÃa).
Tenés razón sobre mi ironÃa y celebro la gracia que te producen mis respuestas.
Espero descubrir pronto cuán imbécil soy. No me queda mucho tiempo, soy casi un jubilado.
Saludos legÃtimos.
Ah, me olvidaba: sobre mi ignorancia tenés absoluta razón. Creerse sabios es de necios.
David
a los sabios no les fastidia el descubriemiento de su propia ignorancia porque la suponen de ante mano y, menos que menos, dicen idioteces sin sentido porque no les gusta un gobierno cualquiera.
que no te gusten los k, no significa que puedas decir cualquier cosa impunemente, como afirmar que un acto que cumple con la ley es ilegÃtimo o que mediante un dnu se puede modificar la constitución.
para boludeces asà no te necesita ni carrió.
Gracias a Dios.
Si el Congreso toma y ejecuta la decisión polÃtica de que sale por ley o no sale, porque no quiere ceder ninguna atribución, eso es legal y polÃticamente impecable, qué se podrÃa objetar si es un tema de incumbencia legislativa?
Después se verá si es o no conveniente, si los que piensan ganar no orefieren asumir con ese colchón de reservas, o si se liquidan que se repartan con las provincias, etc, para eo estan las negociaciones que no empezaron. Si el parlamento rechaza el DNU, el PE vuelve a tener la pelota, que proponga algo.
Algunas cosas sobre el uso de los DNU: no se si con el dictado de la ley 26.122 estamos mejor en cuanto a limitar las facultades presidenciales. Antes, a falta de procedimiento reglado, se requerÃa una ley del Congreso para ratificar el DNU y esa ley tenÃa efecto saneatorio -ver caso «Zofracor»-. Ahora basta con una sola Cámara apruebe el DNU para que no pueda ser volteado, salvo el dictado de una ley derogatoria. Y que con el sólo aval de una Cámara -aunque sea tácito- se pueda lograr el mismo efecto que con el dictado de una ley, lo cual me parece que es un desproposito, una burla a todos los principios constitucionales. Además, ¿qué tiene de malo oponerse al decreto por la cuestión formal? Me parece que es una posición polÃtica más que respetable, no es un punto menor.
Lo único que critica la o las oposiciones son cuestiones de forma.
De fondo, nada, ¿no?
Ah, pero si hay que financiarse a tasas del 15% en vez de al 5%, por cuestiones de forma, está bárbaro.
Es como decir que, aunque tengas la guita en efectivo para comprarte un televisor, lo vas a pagar en cuotas porque te encanta que te cobren interés.
Si para vos el cumplimiento de la ley es una mera custión formal entonces entiendo tu fastidio frente al actuar de la oposición.
La verdad que las formas se confunden con el fondo: el P.E. es uno más de tres poderes y tiene que actuar en consonancia.
Vamos, que somos grandes, no se trata de cuestión formal o no.
Mandó un DNU. El Congreso puede aprobarlo o no.
Pero no lo desaprueban porque esté mal o estén en desacuerdo con el fondo de la cuestión.
Lo hacen para derrotar al Gobierno, que la financiación sea a tasas más altas para tratar de embarrar la economÃa (muy bonito, de patriotismo las pelotas, ¿no?) y para tratar de obligar a este Gobierno a llevar adelante un ajuste que sus patrones demandan.
Si a vos te gusta pagar el televisor en cuotas para pagar con interés y que haya ajuste, bárbaro.
A mi me parece mal.
¡Saludos!
Hernan: pensá también, que Alfonsin propuso incluir los DNU, bien enmarcados, en la CN, a ver si asà lograba limitarlos.
Francisco: claro que no es despreciable la cuestión formal. Pero tengamos en cuenta que no hay una aberración de las mismas tan clara en el dictado de este DNU.
Pablo D:
Recuerdo que el dictado de DNU es excepcional, y que antes no figuraba en la CN, y como se abusaba de esa práctica, para limitarla en la reforma constitucional de 1994 entre las facultades del P.E. se estableció: “El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativoâ€; esta regla no figuraba en el texto originario de la constitución, puesto que esta habÃa establecido con meridiana claridad la división y coordinación entre los poderes del Estado. A continuación el nuevo texto dice: “Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos polÃticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, con el jefe de gabinete de ministrosâ€.- (art.99 inc.3)
Si bien dicha norma debÃa ser reglamentada, los gobiernos que se sucedieron no demostraron mucho interés.- En el 2000 la senadora Fernández de Kirchner presentó un proyecto entre cuyos fundamentos se consideraba que se “nota un considerable aumento en el número de decretos a partir de 1989, observándose una desnaturalización de la figura, que lleva a una verdadera ruptura del principio de división de poderes.†“AsÃ, el Poder Ejecutivo continúa legislando en forma habitual mediante una herramienta de excepción, con el consiguiente deterioro de las instituciones republicanas y la consecuente inseguridad jurÃdicaâ€. “Asimismo, ello se ve agravado por el cambio de posiciones polÃticas y jurÃdicas de los responsables de la reglamentación, quienes según sea el caso que ostenten el carácter de oficialistas u opositores, varÃan los presupuestos necesarios para su validez.â€. “Como principio general y rector del texto normativo, se establece la prohibición para el Poder Ejecutivo de emitir disposiciones de carácter legislativo. Sólo se admite tal atribución, con carácter excepcional cuando resultara imposible seguir el trámite ordinario de sanción de las leyes. Ello sólo resulta una reafirmación de la letra constitucional y del principio republicano de división de poderes, tan violentado durante el último decenioâ€. “Siguiendo el principio enunciado, prescribe la obligatoriedad de ratificación de ambas Cámaras del Congreso, como requisito esencial de validez, fulminando con la nulidad absoluta e insalvable la ausencia del mismo. Ello guarda estricta relación y coherencia con nuestro sistema constitucional, resultando un reaseguro contra la práctica de saltear los mecanismos previstos, y con ello la voluntad del pueblo representado cuando un proyecto de ley no cuenta con la mayorÃa necesaria para su aprobación legislativa. Asimismo establece la carencia de efectos en forma retroactiva a la fecha de emisión.â€
Este proyecto no fue tratado, y como a partir del 2003, la actual presidenta, como presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado se negaba a tratar la reglamentación, en el año 2006 el senador Rodolfo Terragno, presentó como proyecto el texto original de Cristina Fernández del 2000, sin que aún asà fuere aceptado, pero la actual presidenta presentó uno nuevo, para nada semejante al limitativo anterior, que se aprobó como ley 26.122, y cuya constitucionalidad ha sido cuestionada judicialmente.-»
Pero como lo jurÃdico a algunos le aburre, digamos que el tema, más allá de lo legal, entra en lo estrictamente polÃtico, porque la oposición entiende que las reservas van a ser utilizadas para el proceso electoral kirchnerista del 2011, opinión que comparto.-
Saludos.-
el posteante se indigna por las «segundas intenciones» q algunos le atribuyen al matrimonio,pero entonces q explique por q la mandataria espero al termino de sesiones ordinarias para mandar el DNU,y una vez q lo mando aclararon q no iban a llamar en ningun momento a sesiones extraordinarias para tratar el tema?
ahh y un DNU sacado durante el receso parlamantario de verano,por erogaciones q recien se iban producir recien,como mucho,a mediados de año,donde tanta «necesidad» y «urgencia» entonces?
antes,se mandaba el DNU y tiempo despues la «escribania K» en el parlamento,sin discutir ni siquiera una coma,aprovaba todo.(el 28j es una realidad muchachos,aunque traten de soslayarlo).
q el fondo del bicentenario se pueda discutir en el congreso,hara q todo sea mas cristalino,q se sepa donde va a ir cada centavo,cuanto a las pcias cuanto al estado nacional,etc,por otro lado permite q las pcias no solo sean extorsionadas como habitualmente les pasa y hasta quizas «negociar» con la nacion el destino de otros impuestos como el del cheque (15% para la pcias y cap fed y 85% para la nacion K).
con todos sus errores y defectos ahora hay un congreso,si otros todavia extrañan la «eskribania» q llamen a doctor lotito.
q el posteante no utilice tan soberbiamente el «no tienen propuestas» no vaya ser q tenga q recordarle el tema del subsidio universal,q «no era necesario» en un momento segun las huestes k,y de repente entre gallos y medianoche,la quetejedi salio con la medida «revolucionaria» (tan revolucionaria es la medida,q lo del subsidio universal no siquiera figura en el preosupuesto del 2010,no tienen financiacion cierta,asi se manejan estos «revolucionarios» de carton,dilantando una medida q dara de comer a la pendejada,para ver cuando es politicamente «adecuado»,para ELLOS el hambre siempre puede esperar.)
no hace falta ajuste? ta bien,lo dice el mismo posteante q hasta hace unos meses decia q tampoco habia proceso inflacionario,INDEK mediante,asi q duerman sin frazadas chicos.(obvio,un deficit fiscal q crece al 28% anual desde hace varios años,puede seguir creciedo ad infinitum segun parece).
ahhh con respecto al «voluntarismo magico» de q con el fondo,casi por arte de magia vamos a pasar de q chavez nos cobre el 16% anual en los prestamos,a q nos cobren lo mismo q a alemania,el 3%,ya ni da para discutir mira (el lavado de sabiola q les hace pagina12 es de terror).
1) Yo no me indigno por nada, no soy como ustedes. Lo de que hayan terminado las sesiones parlamentarias es una estupidez decirlo, siendo que la bicameral que evalúa los DNU es de caracter permanente, no tiene receso, con lo cual no habÃa ningun impedimento para que ésta se expida.
2) El DNU no solo se dicta por «necesidad y urgencia». También entre las motivaciones puede figurar la imposibilidad de proseguir los trámites parlamentarios, como en este caso por el receso.
3) Esa instalación de «provincias extrosionadas», me hace preguntar: ¿que hay de Alberto RodrÃguez Saá, Binner, Das Neves, Macri y demás mandatarios opositores al gobierno?
4) Siempre hubo congreso, lo de «eskribanÃa» es una estupidez. Vos seguro no sos afecto a la lectura, pero los politólogos mas afamados del mundo (la totalidad de ellos no susceptibles de ser calificados de K) coinciden en la necesidad de que sean los lÃderes de los ejecutivos los que promuevan las leyes, para que la cuestión sea ordenada. Aún en los sistemas parlamentarios. Y también, que el congreso tenga un bloque oficial bien consustanciado con la posición de su lÃder: no en vano los jefes de gobierno europeos lo son también de su propio partido.
5) No es que «no era necesario» la asignación básica ciudadana. El tema era definir bien para quien va, a los fines de que no reciban dinero tanto los hijos de los albañiles que trabajan enfrente de mi casa, como los nietos de Biolcatti, Amalita o Franco Macri.
6) Jamás negué el problema inflacionario. Y no se me pueden endilgar defensa del INDEC, siendo que en el texto dejo siempre al margen sus cifras. Por otra parte, insisto ¿cual déficit fiscal? ¿Que vivÃs en un termo, acaso?
Una consulta: las jubilaciones para todos aquellos que no podian certificar aportes, no podÃan ir también para la Sra. de Biolcatti? De hecho, en mi ciudad (JunÃn) se jubilaron asà señoras de empresarios y terratenientes que nunca habÃan aportado, y eso nadie lo controló.
El receso parlamentario no es fundamento suficiente para el dictado del DNU. El PEN tiene facultades de convocar a extraordinarias para que se trate el proyecto de ley. Y aun siguiendo ese razonamiento, tampoco existÃa una razón de urgencia para sacarlo a principios de diciembre cuando los pagos que debÃan cubrirse recién caÃan a mediadios de este año. Y la mera conveniencia no es razón suficiente que justifique su dictado, asà lo tiene resuelto la jurisprudencia de la Corte en fallos en los que prevaleció la minorÃa no menemista -esta Corte por ahora no dijo nada-.
Además, todo se empieza a enturbiar teniendo en cuenta que un par de semanas se habÃa votado una ley de presupuesto que contemplaba esos pagos y que el DNU se dictó 4 dÃas después de que terminaran las sesiones ordinarias. Desde ya que se especuló con la protección que da la ley 26.122 al exigir la ratificación de las dos Cámaras.
E insisto que la cuestión formal en este caso no es menor y no lo digo por la chapucerÃa de las reservas de los argentinos con la que machacaron Morales y cia. Se define si cualqueir medida legislativa más o menos importante, que deifÃcilmente pase por las dos Cámaras del Congreso, puede sacarse a piacere por el Ejecutivo.
Pablo,
Respondo algunos de tus puntos.
En el punto 2) interpretas el artÃculo 99 inc. 3. Y lo haces mal, la necesidad y urgencia que fija la C.N es justamente que no se pueda seguir el trámite ordinario de Sanción de las leyes. No hay dos categorÃas, como señalas. Solo una, que es esa.
Dicho esto, el DNU fue dictado a dÃas de que el Congreso cierre sus sesiones ordinarias. Ellos mismos intentaron crear la «necesidad y urgencia» (podrÃan haber tratado el tema antes o después). Pero este tema ya lo tratamos, se jugaron y perdieron.
Los gobernadores del punto 3) son los de la lista negra. No hay forma que el gobierno no les pise el pescuezo, por eso juegan también al todo por el todo. Las consecuencias para el paÃs serán trágicas. La incapacidad de sentarse a tomar un cafe con el otro, no es solo del gobierno: ellos solo la crearon.
Respecto a tu punto 4) las elecciones de mitad de mandato son para revalidar tÃtulos. Perdieron, entonces no pretendan que todo siga igual: como lo aprenden, van de salida. Larga vida a Mauricio I.
La asignación universal a la que te referis en el 5) es otro tema controvertido. La propuesta de la Coalición Civica que era neutra en términos fiscales de la del gobierno, era verdaderamente universal. Cobraban todos y eso evitaba el clientelismo que la K. provocará.
Lo del INDEK no es necesario ni tratarlo, ese es el origen de que nadie les crea nada y otra razón más para empezar a comprar ropa de color amarillo.
La asignación K como vos decÃs, no genera ningun tipo de clientelismo, porque se cobra por trámite personal, unicamente personal, exclusivamente personal, invariablemente personal. No existe el viejo sistema de punteros que iban, recolectaban planes y después repartÃan descontando una cuota. Esto, no se puede. Y la propuesta de la CC era infinitamente más deficiente que la del Frente Para La Victoria, por lejos, indiscutiblemente. Estudia los planes de Brasil, que llegan a 44 millones de personas, y consultá si la cobran los hijos y nietos de los directivos de la Petrobrás.
Pablo D :
Indudablemente Ud ha apuntado al meollo de la cuestión. Estimo que la discusión parlamentaria del Dto.2010 terminará exhibiendo, para el que lo quiera ver, que Ud está en lo cierto.
Las polÃticas de ajuste que antaño nos imponÃa el FMI ahora serán impulsadas por el Congreso.
Exacto. Y ojo, que yo no reniego ni digo que está mal que se opongan al FOBIC por la sola razón de promover un ajuste, simplemente quiero que se hagan cargo. De frente.
Te pregunto ¿Vos crees que la polÃtica económica y financiera que plantea este gobierno se sostiene en el tiempo?
SÃ, lo creo
Me parece que pocos -o nadie- leyó el DNU y se quedaron con el anuncio público de Boudou/Cristina,la publicación del Decreto que crea el Fondo del Bicentenario, permitió conocer algo que no surgió claramente del anuncio público de su creación: El 15/12/2009 se publicó en el BoletÃn Oficial el Decreto (de necesaria urgencia) nº 2010/09 que crea el Fondo del Bicentenario, estableciendo en su: ArtÃculo 1º: Sustituyese el artÃculo 6º de la Ley Nº 23.928 (convertibilidad) y sus modificatorias por el siguiente: ArtÃculo 6º: Los bienes que integran las reservas mencionadas en los artÃculos anteriores son inembargables, y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. Las reservas, hasta el porcentaje establecido en el artÃculo 4º, constituyen además, prenda común de la base monetaria. La base monetaria en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central de la República Argentina en cuenta corriente o cuentas especiales. Las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraÃdas con organismos financieros internacionales y al pago de servicios de la deuda pública del Estado Nacional.-
Comparado con el texto anteriormente vigente: Art.6º: Los bienes que integran las reservas mencionadas en los artÃculos anteriores son inembargables y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. Las reservas hasta el porcentaje establecido en el artÃculo 4º, constituyen, además, prenda común de la base monetaria. La base monetaria en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central de la República Argentina, en cuenta corriente o cuentas especiales.- (Hasta aquà no hay modificaciones).- Siempre que resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraÃdas con organismos financieros internacionales.-O sea que ahora se elimina “que resulte de efecto monetario neutro†y se agrega que pueden destinarse también “al pago del servicio de la deuda pública nacional†Consecuencia de lo cual, ahora además de los U$S 6.569.000.000.- del Fondo, el resto de las “reservas disponibles†se pueden utilizar para pagos de la deuda pública, interna o externa.-
Algunos estiman que el monto que se podrá utilizar para esos pagos puede llegar hasta un 40% de las reservas totales, sin perjuicio de que al no existir más el compromiso de la convertibilidad, disponibles serÃan todas las reservas.-
Parece que el DNU se transforma en un proyecto de ley. Como corresponde. Final feliz, mas allá de lo que salga del Congreso.
Parece que no. Al final solo le cambiaron el número al decreto para burlar al Poder Judicial y al legislativo.
Cuando se actúa asÃ, no se puede perder un segundo en analizar el contenido del decreto, hay que derogarlo sin leerlo.
No Mariano. Primero hay que leer el decreto y hay que esperar que se publique, a partir de cuya publicación es obligatorio, no antes.- Avisale a la presidenta del Banco Central que no puede ejecutarlo hasta que no se publique, por las dudas, espero no llegar tarde.-
En lo demás tenés razón.-
Saludos.-
Muchachos, dejémonos de joder. No puede ser que se opongan a desendeudar al paÃs. En dos meses los 6559 millones se recaudan de nuevo, quedó definido que es solamente esa cifra que se va a tomar, se discrimina los pagos que hay que hacer, va a haber una bicameral de control. No pueden oponerse como más no fuere por lo que dijo la Presidenta, que «cuanto peor, mejor».
No Pablo. El decreto ley no merece ser leÃdo. Que presente un proyecto de ley y debatimos el tema.
Mariano, con una mano en el corazón, pensemos juntos: si lo que dicen es que el problema no es la desición en sÃ, sino las formas en que se instrumenta, ¿porque Aguad declaró que «No existe ninguna posibilidad de que nosotros aprobemos ningún intento del Gobierno de sacar plata del Central para pagar la deuda», en declaraciones a radio 10, levantadas por La Nación (al final te paso el link de la nota)?
Fuera de joda, es poco creÃble decir que acá hay ganas de debatir el uso de reservas. Se está en contra de la pulpa de la desición, está todo dicho. De una acción, entre paréntesis, en lÃnea con lo que han hecho muchos paÃses del amado primer mundo.
Link: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1238267
ese es aguad, a lo sumo la UCR. El arco opositor es mucho más amplio. Estoy seguro que si lo dejan a Rossi consigue consenso para alguna clase de medida.
Te puedo nombrar a Macri que dijo «hay que obligarlos a pagar con superávit». A Lilita, que dice que el Central es «intocable». Pino no tiene problemas en usarlas, pero para otras cuestiones. Y a mi no me molesta la posición de ninguno, siempre y cuando no sea que la camuflen bajo el pretexto de como se horrorizan por el DNU.
Suena gracioso eso de «desendeudar el PaÃs», cuando estamos en nivel récord histórico de deuda externa (sin contar los holdouts, cuyo valor final solo Dios lo sabe).
Si, ya sé: bajó en proporción del PBI. No muchachos, dÃganle la verdad al pueblo: la deuda es impagable, no por polÃtica o economÃa, sino por la simple matemática financiera con tasas (exponentes) absurdas.
No hermano, no es asÃ. La deuda se mide en relación con el PBI, no en valores absolutos. No quieren ver nada bien, es asà nomás.
Bueno Pablo, entonces tengo una pésima noticia para darte: tenemos la misma relación deuda/PBI que durante el menemato, otro perÃodo de récord histórico de deuda, aunque estamos empeorando aceleradamente, especialmente a partir de la apertura del canje con los holdouts.
¡Y eso que en el medio tuvimos la «mayor quita de la Historia»!
David
tus palabras:
«tenemos la misma relación deuda/PBI que durante el menemato»
¡y eso que luego del menemato se siguó tomando deuda y pasamos la crisis más grande de nuestra historia!
además decÃs: «dÃganle la verdad al pueblo: la deuda es impagable, no por polÃtica o economÃa, sino por la simple matemática financiera con tasas (exponentes) absurdas».
¿la deuda histórica impagable también es responsabilidad de kirchner?
Efectivamente. Es responsabilidad de todo gobierno explicar el mecanismo perverso de la deuda.
Pagamos 5 veces más tasa de interés que los paÃses avanzados y eficientes, lo cual nos condena a la pobreza y a la deuda «eterna».
O dicho de otro modo: al default reiterado.
Cinco veces más tasa que opera como exponente en el cálculo de interés compuesto. O sea: las deudas originales se pagaron varias veces, legÃtimas o no.
Desde ya que los prestamistas internacionales descuentan el default. Está incluÃdo en esas tasas demenciales.
Particularmente imperdonable es para los gobiernos «nac & pop» mantener la ficción del «pago de los compromisos».
Todo con tal de hacerse de las cajas que los ayuden a acumular poder.
Patético.
no entiendo bien tu punto de vista.
ahora estoy seguro de que estamos de acuerdo en que el «mecanismo perverso de la deuda» antecede por mucho al ejecutivo de turno.
pero tu respuesta parece decir que lo imperdonable es que los gobiernos «nac & pop†mantengan la ficción del “pago de los compromisosâ€.
¿vos estás en favor de no pagar? y otra cosa: ¿cómo es eso de mantener la ficción del pago? no entiendo en dónde radica la ficción.
luego afirmás:
«Todo con tal de hacerse de las cajas que los ayuden a acumular poder».
¿si pagan la deuda, qué «caja» se supone que hacen? ¿no se les achica la «caja» si desenbolsan 6000 millones?
Tapones de Punta:
La “caja†para garantizar la conquista y permanencia en el poder es para gastar en su mayor parte, no para conservar, sin perjuicio de que algunos dólares siempre se retienen.-
¿En qué se gastan?. Respondo con Antonio Camou: “Para sostener artificialmente un nivel de gasto público que es insostenible en el tiempo, para seguir pagando alegremente injustificables subsidios a los sectores privados más concentrados, para hacer campaña electoral, para mantener redes clientelares a tiempo completo, para lubricar acuerdos, para comprar voluntades. Como los objetivos son cruciales –no para el paÃs, pero sà para el esquema de poder del kirchneriato, indisociable de una caja generosa y centralizada-, el gobierno ha puesto toda su energÃa en obtenerlos. Otra vez, plata que se consigue con poder que sirve para obtener más plata y más poder.†¿Qué estamos discutiendo» http://WWW.Club PolÃtico Argentino. 06/03/2010.-
Agrego yo: también los cientos de millones de pesos que han ido a la SIDE desde el 2003 y de los cuales –hasta ahora- no se ha rendido cuentas, no están ahÃ, fueron para gastarlos. La nueva composición del Congreso permitirá un mejor control y seguimiento de esos fondos e investigar lo que se pueda.-
Sigo agregando: se va a pagar deuda pública interna y externa, entre ella lo que se le debe a los bancos, algunos cercanos al poder. De algún lado salen los fondos para el pago de los excelentes intereses de los plazos fijos del matrimonio presidencial, cosa que el dr Oyarbide se olvidó de investigar.-