Trascendencia K, volumen VII. Ríndete y tendrás un juicio justo

Durante la entrevista que le concedió a Daniel Filmus para la serie de reportajes que el senador realizó a varios presidentes de Latinoamérica, Rafael Correa, presidente de Ecuador (y mi favorito de la nueva camada de mandatarios en la región), habló de la destrucción de la cohesión social como una de las mayores fuentes de ingobernabilidad.

Siempre pensé, partiendo del histórico rechazo de la mayor parte del establishment argentino al peronismo, que alguna vez habría que ponerse a pensar si acaso buena parte de los sectores del capital no son en verdad, por angurrientos, unos idiotas.

Digo, si hay algo que no le conviene, pero de verdad, a lo que, simplificando, claro, llamaremos derecha, es otro 19/20 de diciembre de 2001 que se llevó a De La Rúa y desbancó al neoliberalismo del poder en Argentina; o las sucesivas revueltas que, en el corto lapso de diez años, acabaron, en Ecuador, con tres gobiernos democráticos: el del demente Abdalá Bucaram, el del dolarizador Jamil Mahuad y el del militar Lucio Gutiérrez; o el «caracazo» que dio inicio, en Venezuela, al fin de la “perfecta” democracia liberal pactada del llamado Punto Fijo; o la catarata de protestas de los movimientos indígenas que, en Bolivia, hicieron caer, en 2005, el proyecto de país de las minoritarias elites autonomistas del país que históricamente habían gobernado de espaldas a las mayorías de los pueblos originarios.

En definitiva, lo que hay es una disyuntiva: o se acepta la democratización de todos los valores que atraviesan a una sociedad por la vía pacífica del procesamiento institucional de las demandas que por naturaleza son contradictorias; o tiene lugar la interpelación de todo aquello que los sectores de la reacción siempre defendieron pero la vía de la acción directa, y con eso la posibilidad de la que la subversión de los esquemas de dominación social sea mucho más lesiva (en densidad y duración) para los intereses de las derechas económicas.

Digo, para evaluar, a través de este esquema, humildito, la intención del kirchnerismo de hacer valer sus derechos políticos en los directorios de las empresas sobre las cuales heredó derechos económicos en virtud de la estatización del sistema previsional.

Acerca de Pablo D

Abogado laboralista. Apasionado por la historia y la economía, en especial, desde luego, la de la República Argentina.

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19 comentarios en «Trascendencia K, volumen VII. Ríndete y tendrás un juicio justo»

  1. No «heredó», «se apropió de» es más correcto.
    Los empresarios tienen todo el derecho de resistir este tema, y claculo que tratarán, con todo derecho, de ampliar capital, cambiar estatutos o lo que sea para evitar esas intromisiones.
    Esas amenazas tuyas veladas no tienen sentido. En un régimen democrático se puede peticionar con mayor o menor énfasis (como con la 125), pero pretender voltear un presidente legítimo para hacer una revolución o un cambio de régimen es golpismo, ya sea que lo ejerzan militares o mineros.

    1. No, no se apropió nada. Fue sancionado por el Congreso de la nación el cambio de régimen, que por otro lado puso punto final a una inconstitucionalidad de varios años, por cuanto la CN establece claramente que esa es una cuestión cuya prestación debe estar a cargo del Estado. Pero eso ya es harina de otro costal, solamente quería rebatir esta ridiculez de la apropiación, que no existe cuando se trata de un cambio de régimen legal, máxime un cambio que subsana un vicio de arrastre.

      Por otro lado, si quieren ampliar capital, cambiar estatutos y demás, para neutralizar lo que primero tienen que hacer sin derecho alguno a patalear de nada -que es cesar con esta obstrucción a que el Estado haga valer los legítimos derechos políticos que se corresponden a los económicos-, es válido: es lo que demuestra la ridículez del berrinchito, porque no hay chance de que el Estado evite ninguna de esas opciones porque la ampliación de su participación en los directorios no le va a dar ninguna posibilidad de definir, por sí mismo, nada. Acá se trata de escandalizar para aglutinar a la peonada del Grupo AEA que cada día más se subdivide, por un lado; y de intentar poner a CFK en pantalla como una demonio por un tiempo a ver si logran hacerla bajar del 50% de intención de voto. El resto, puro chamuyo, gilada, estrategia política, etc. Todo válido, hasta deseable que sea así para mí, pero las cosas por su nombre: ningún empresario está acá por el país sino por su llobolsi, cosa que tampoco está mal.

      PD: yo no amenacé a nadie, deberían haber tomado nota ya hace rato de que las exageraciones a las que echan mano cada vez que se ven en desventaja no surten ningún efecto, sino más bien todo lo contrario: recuerden que desde que pretendieron instalar la ridiculez insostenible de que vivimos en una dictadura, CFK empezó a no dejar de crecer en la opinión pública.

      1. Se apropió por ley del Congreso, lo que no hace menos apropiada la apropiación.
        Esas empresas no son mixtas como Papel Prensa, son empresas de capital privado a los que se le ha agregado un socio indeseable, y al que lógicamente quieren limitar. No fue para eso que vendieron esas acciones a los aportantes (como yo) al sistema previsional de gestión privada.
        Y ya que mencionás lo de ley, esa ley votada por mayoría establecía una salvaguarda (sin la cual a lo mejor no slía) fue modificada por un decreto votado por una persona.

      2. socio indeseable? Constantini no está de acuerdo, che. Además cuando uno hace pública su empresa mediante la emisión de acciones y su negociación en la bolsa no puede elegir a sus socios. Las compra el que quiere y puede.

    1. Yo tampoco lo saqué de 6-7-8, programa que, por otro lado, veo pocas veces porque a esa hora ceno y en mi casa no gusta y tengo que respetar. Por otro lado, yo también te puedo decir que Gustavo Arballo de Saberderecho me dijo a mí por Twitter que tiene razón el Estado, ¿y?

  2. Las empresas diversifican sus ventas de acciones para evitar una compra hostil de un socio indeseable
    En este caso, se hizo bajo el paraguas del 5%.
    El que rebuzna sos vos, pablito.

    1. Siderar lanzó X cantidad de acciones al mercado. Las afjp habrán comprado un 5% cada una porque quisieron o solo pudieron comprar eso. El resto estará en manos de otros accionistas minoritarios.
      Es correcto lo que decis, ninguna empresa va a poner en juego (a menos que esté muy urgida de dinero) un monto de acciones que licue su poder político. Por eso la tenencia del Estado no afecta la «gobernabilidad» de la sociedad. Ni aunque comprara el resto de las acciones que andan dando vueltas. Por eso no se entiende cuál es el problema de poner directores de acuerdo a la cantidad de acciones.

      1. Camilo,

        Tener el 5% de las acciones no te da derecho a tener el 5% de los directores. De la misma manera, tener el 30% de los directores tampoco te da el derecho a tener el 30% de los directores

        ¿Se entiende?

        A los Directores los elige la asamblea. El número de directores y las formas de elección, está en el estatuto (que también lo modifica la asamblea).

        Un gran drama que tiene este país es que ningún medio te da los hechos bien claros para que vos puedas formar tu propia opinión.

        Dicho esto, me parece que -otra vez- este gobierno actúa con una topadora por sobre cualquier ley:

        1. Las acciones eran de las AFJP. Cuando se las nacionalizó -por ley- se estableció que, sin perjuicio de la participación real, los derechos políticos eran sobre el 5%.

        2. Por un DNU (y van…) se eliminó este tope.

        3. Es correcto que antes se consensuaban los directores con Techint (la mayoría) porque si no lo hacias Techint podía no dejarte nombrar ninguno (la mayoría manda).

        4. La minoría siempre puede elegir al menos un director si elige votar en forma acumulativa. Pero eso se da en la asamblea que se eligen directores y no en una reunión de directores. Aparentemente, aún si el estado decidiera votar acumulativamente no podría tener más de un director (pero esto no es claro).

      2. gracias por probar mi punto: ejerciendo el derecho de 5% o del 30% el Estado jamás podría lograr el control de la compañía. Entonces… por qué el capricho?

      3. Cuál es la necesidad y urgencia que justifica el DNU? En serio, sin caer en argumentos propios de la Corte menemista, quiero que me expliquen por qué esto no lo hace el Congreso. ¿Una de las empresas en las cuales la ANSES tiene acciones había convocado a asamblea extraordinaria para un aumento de capital y licuar la participación estatal? ¿Se proyectaba una reorganización societaria a espaldas del socio minoritario? Nada de esto iba a suceder en forma inminente y tampoco es que el Congreso no puede reunirse por una una circunstancia extraordinaria. Con la jurisprudencia actual de la Corte en esta materia, Techint debería ganar caminando el juicio.

      4. la necesidad y la urgencia queda a criterio del PEN, asi lo ha dicho la Corte. Tal vez hubieras preferido que lo hiciera por simple decreto, esos ni siquiera hay que enviarlos al Congreso para ratificación.

      5. Camilo, el criterio del PEN para determinar si existe necesidad y urgencia es una cuestión justiciable. Casi todos los fallos de la Corte dicen esto -Peralta, Verrochi, Zofracor, provincia de San Luis, Consumidores Argentinos, etc.-. Y aclaran que necesidad y urgencia no es merito y conveniencia.
        El único precedente en sentido contrario fue «Rodríguez», ignomioso per saltun en las causas por la privatización de los aeropuertos. Me hace gracia los juristas K que defienden DNUS impresentables con esos argumentos de la Corte menemista. Háganse cargo por favor y no mientan más.

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