Días pasados, con un grupo de activistas de derechos humanos fuimos a visitar a Karina Germano, la Galle, al lugar en donde está recluida, la cárcel para mujeres de Ezeiza. Karina es hija de de-saparecidos (su padre fue secuestrado y torturado en la ESMA); vivió buena parte de su vida en el exilio, en Europa, y militó activamente en Hijos, desde su vuelta al país, en 1998. En el año 2002 fue detenida en San Pablo, Brasil, junto con un grupo de militantes políticos de izquierda, acusada de haber participado en un secuestro extorsivo. Karina, simplemente, estaba de paso por el domicilio de uno de los imputados. Fue así que, durante el juicio al que fueran sometidos los detenidos, uno de ellos reconoció su propia responsabilidad en el acto, al tiempo en que negó la de Karina, de quien dijo que no tuvo participación alguna en el secuestro. Más todavía, en dicha oportunidad, ninguno de los testigos de la causa la reconoció. Tampoco se encontraron rastros, en su domicilio, que pudieran respaldar el tipo de acusación que recaía sobre ella.
En todo caso, lo cierto es que todo el grupo, sin distinciones, fue condenado a 16 años de prisión. Insólitamente, y para peor, esta grave pena mutó a 30 años en segunda instancia, cuando se había apelado buscando que los tribunales reconsideraran la injusticia de lo ya decidido (el cambio se debió a que en esta instancia los jueces dijeron que el acto en cuestión no podía ser encuadrado como un delito político, como se lo había hecho inicialmente, lo cual implicaba una pena comparativamente mucho menor).
En estos largos nueve años de detención, la Justicia perjudicó reiteradamente, y del modo menos justificable y menos comprensible, la suerte de Karina. Ante todo, ella se vio afectada por un proceso judicial que la terminó condenando por un vínculo no comprobado con un secuestro; y luego por condiciones de detención difícilmente peores: Karina estuvo casi cinco años encerrada en la prisión de Carandirú, en San Pablo, en la época más trágica de ese trágico centro de detención, hasta que fue trasladada de vuelta a su país natal, la Argentina, luego de un desesperado pedido hecho por su madre, clamando por la integridad física de su hija. En segundo lugar, Karina volvió a verse afectada, en la Argentina, por razones ajenas a su responsabilidad. En efecto, a su llegada al país, comenzaban a regir aquí las leyes Blumberg, que inconstitucionalmente y en tensión con la normativa internacional en materia de derechos humanos vinieron a endurecer las condiciones procesales referidas a las salidas de los detenidos (no me detengo aquí en la circunstancia de que su expediente quedara primero en manos de un fiscal vinculado con el grupo que secuestrara a su padre; y más tarde de un juez involucrado en la apropiación de niños durante la dictadura militar).
Al momento de su traslado desde Brasil hacia a la Argentina faltaban apenas días (49) para que Karina comenzara a gozar de sus correspondientes salidas transitorias. Sin embargo, contrariando lo expresado por el art. 12 del tratado bilateral firmado por la Argentina y Brasil en esta materia (y que impide que sean agravadas las condiciones de detención de la persona trasladada), la Justicia argentina decidió, sin mayores explicaciones y en ausencia de fundamentos, denegarle ese beneficio. Encontrándose, en la actualidad, cerca de cumplir con las condiciones para la libertad condicional, el caso de Karina Germano vuelve a llegar a la Corte Suprema, en momentos en que algunos de sus compañeros de detención, en Brasil, comenzaron a gozar de las salidas transitorias que a ella se le niegan. Es difícil pensar en desafíos más graves a las exigencias de trato ecuánime a los condenados, sugeridas por los acuerdos bilaterales firmados con Brasil, los principios generales de un derecho penal que exigen inclinarse por las respuestas penales más beneficiosas para los detenidos, consideraciones elementales de igualdad frente a la ley y compromisos básicos en materia de derechos humanos que en este proceso se han visto lesionados casi en cada instancia.
De conducta excelente en todos estos años de detención, hoy Karina estudia sociología en la cárcel y es una figura central en la organización del Centro Universitario que funciona en Ezeiza. En estos días, la Corte Suprema debe volver a decidir sobre su situación y encuentra la enorme oportunidad de hacer justicia frente a una persona a la que el Estado ha maltratado de manera continuada. Karina ha visto su vida afectada una y otra vez por continuos atropellos cometidos por el Estado, aquí o en Brasil, contra ella y contra sus familiares más próximos. Es tiempo de que la Justicia ponga reparo a esa historia de malos tratos.
*Doctor en Derecho. Profesor en Derecho Constitucional (UBA-UTDT).
En todo caso, lo cierto es que todo el grupo, sin distinciones, fue condenado a 16 años de prisión. Insólitamente, y para peor, esta grave pena mutó a 30 años en segunda instancia, cuando se había apelado buscando que los tribunales reconsideraran la injusticia de lo ya decidido (el cambio se debió a que en esta instancia los jueces dijeron que el acto en cuestión no podía ser encuadrado como un delito político, como se lo había hecho inicialmente, lo cual implicaba una pena comparativamente mucho menor).
En estos largos nueve años de detención, la Justicia perjudicó reiteradamente, y del modo menos justificable y menos comprensible, la suerte de Karina. Ante todo, ella se vio afectada por un proceso judicial que la terminó condenando por un vínculo no comprobado con un secuestro; y luego por condiciones de detención difícilmente peores: Karina estuvo casi cinco años encerrada en la prisión de Carandirú, en San Pablo, en la época más trágica de ese trágico centro de detención, hasta que fue trasladada de vuelta a su país natal, la Argentina, luego de un desesperado pedido hecho por su madre, clamando por la integridad física de su hija. En segundo lugar, Karina volvió a verse afectada, en la Argentina, por razones ajenas a su responsabilidad. En efecto, a su llegada al país, comenzaban a regir aquí las leyes Blumberg, que inconstitucionalmente y en tensión con la normativa internacional en materia de derechos humanos vinieron a endurecer las condiciones procesales referidas a las salidas de los detenidos (no me detengo aquí en la circunstancia de que su expediente quedara primero en manos de un fiscal vinculado con el grupo que secuestrara a su padre; y más tarde de un juez involucrado en la apropiación de niños durante la dictadura militar).
Al momento de su traslado desde Brasil hacia a la Argentina faltaban apenas días (49) para que Karina comenzara a gozar de sus correspondientes salidas transitorias. Sin embargo, contrariando lo expresado por el art. 12 del tratado bilateral firmado por la Argentina y Brasil en esta materia (y que impide que sean agravadas las condiciones de detención de la persona trasladada), la Justicia argentina decidió, sin mayores explicaciones y en ausencia de fundamentos, denegarle ese beneficio. Encontrándose, en la actualidad, cerca de cumplir con las condiciones para la libertad condicional, el caso de Karina Germano vuelve a llegar a la Corte Suprema, en momentos en que algunos de sus compañeros de detención, en Brasil, comenzaron a gozar de las salidas transitorias que a ella se le niegan. Es difícil pensar en desafíos más graves a las exigencias de trato ecuánime a los condenados, sugeridas por los acuerdos bilaterales firmados con Brasil, los principios generales de un derecho penal que exigen inclinarse por las respuestas penales más beneficiosas para los detenidos, consideraciones elementales de igualdad frente a la ley y compromisos básicos en materia de derechos humanos que en este proceso se han visto lesionados casi en cada instancia.
De conducta excelente en todos estos años de detención, hoy Karina estudia sociología en la cárcel y es una figura central en la organización del Centro Universitario que funciona en Ezeiza. En estos días, la Corte Suprema debe volver a decidir sobre su situación y encuentra la enorme oportunidad de hacer justicia frente a una persona a la que el Estado ha maltratado de manera continuada. Karina ha visto su vida afectada una y otra vez por continuos atropellos cometidos por el Estado, aquí o en Brasil, contra ella y contra sus familiares más próximos. Es tiempo de que la Justicia ponga reparo a esa historia de malos tratos.
*Doctor en Derecho. Profesor en Derecho Constitucional (UBA-UTDT).