Desde distintos sectores se viene anunciando que si el oficialismo venciera en las próximas elecciones, su próximo objetivo sería proponer una reforma constitucional con el fin de adoptar un sistema parlamentario como forma de gobierno . El parlamentarismo, en la totalidad de sus variables, está basado en un sistema de partidos políticos (con tendencia al bipartidismo) culturalmente adaptados para ser organismos cohesivos y/o disciplinados en donde el transfuguismo político sea una rara excepción .
En la actualidad europea (especialmente en España), tanto por izquierda como por derecha, existe una constante crítica de la democracia parlamentaria, por cuanto los partidos políticos se han transformado en órganos burocráticos donde las cúpulas deciden todos los temas (desde las candidaturas hasta las plataformas) encerrados en sus oficinas sin consultar con nadie (ni siquiera con sus adherentes). Esto ha producido un fuerte desencuentro entre los intereses y problemas que expresa la sociedad y los intereses que representan los partidos políticos. Paradojalmente, la alternativa superadora que postulan es abandonar el parlamentarismo para adoptar formas de gobierno presidencialistas o semipresidencialistas.
Esta clase de mecanismos posibilita el ejercicio del cargo ejecutivo sin límites temporales en la medida en que se reúnan las mayorías necesarias a efectos de formar gobierno. Presenta como característica estructural sistemas electorales no proporcionales donde el partido que gana una elección, aunque sea por la mínima diferencia, obtiene el mayor número de las bancas en juego . También lleva ínsito el control de constitucionalidad concentrado en cabeza de un Tribunal Constitucional conformado como un órgano político ajeno a la estructura judicial Uno de los principales argumentos que se esbozan es que mediante el parlamentarismo se superaría la figura de un presidente débil, que para gobernar ante un Congreso sin mayoría propia tiene que recurrir usualmente a los decretos de necesidad de urgencia. Algo similar se postuló como elemento seductor para la celebración del Pacto de Olivos (cuando se sostuvo que la reforma constitucional tenía como objeto atenuar el presidencialismo) , pero el resultado fue una figura presidencial que roza la monarquía y lejos está de configurar una institución débil. En el actual contexto social y político, un viraje hacía el parlamentarismo profundizaría los desaciertos institucionales de la reforma constitucional de 1994 y pondría en serio riesgo la existencia de la república.
A pesar de sus defectos, el presidencialismo tiene como objeto esencial limitar la estancia temporal de quien ejerce el Ejecutivo, para disipar cualquier intento de eternización en el poder (representando como un mal endémico de la democracia). En nuestro país, un sistema parlamentario posibilitaría aquello que tanto se temió y que algunos sueñan a diario: la eternización en el Poder con bases legales que lo justifiquen. Mucho más aún en la realidad argentina donde el transfuguismo político no es una excepción deshonrosa sino una regla revistada de total impunidad. Un Ejecutivo que sólo dependiese de la voluntad de los legisladores para permanecer en el cargo ahondaría las peores prácticas de prebendas y subsidios , convirtiendo al “dueño de la caja” en un aspirante con posibilidades ciertas de ser eterno o por lo menos muy longevo en el ejercicio del poder.
Otros interrogantes de fuerte resonancia emergen frente a la postulación del parlamentarismo: ¿dónde quedaría situada la histórica autonomía provincial si se estableciera como pauta obligatoria la adopción del sistema parlamentario como régimen local?; ¿qué sucedería con el Senado como representante de los intereses provinciales? En la actualidad política argentina y con la historia mirando atentamente, la supuesta postulación doctrinaria de un cambio hacía el parlamentarismo no puede pecar de ingenua respecto de la construcción de sentidos que propicia.
Los incumplimientos de los límites impuestos por una Constitución presidencialista son graves en términos de calidad democrática, deliberación política y vigencia republicana.
Idénticas violaciones en torno a un sistema parlamentarista consolidarían deseos de hegemonías autoritarias escondidas en perfectos ropajes teóricos o seudo revolucionarios.
En la actualidad europea (especialmente en España), tanto por izquierda como por derecha, existe una constante crítica de la democracia parlamentaria, por cuanto los partidos políticos se han transformado en órganos burocráticos donde las cúpulas deciden todos los temas (desde las candidaturas hasta las plataformas) encerrados en sus oficinas sin consultar con nadie (ni siquiera con sus adherentes). Esto ha producido un fuerte desencuentro entre los intereses y problemas que expresa la sociedad y los intereses que representan los partidos políticos. Paradojalmente, la alternativa superadora que postulan es abandonar el parlamentarismo para adoptar formas de gobierno presidencialistas o semipresidencialistas.
Esta clase de mecanismos posibilita el ejercicio del cargo ejecutivo sin límites temporales en la medida en que se reúnan las mayorías necesarias a efectos de formar gobierno. Presenta como característica estructural sistemas electorales no proporcionales donde el partido que gana una elección, aunque sea por la mínima diferencia, obtiene el mayor número de las bancas en juego . También lleva ínsito el control de constitucionalidad concentrado en cabeza de un Tribunal Constitucional conformado como un órgano político ajeno a la estructura judicial Uno de los principales argumentos que se esbozan es que mediante el parlamentarismo se superaría la figura de un presidente débil, que para gobernar ante un Congreso sin mayoría propia tiene que recurrir usualmente a los decretos de necesidad de urgencia. Algo similar se postuló como elemento seductor para la celebración del Pacto de Olivos (cuando se sostuvo que la reforma constitucional tenía como objeto atenuar el presidencialismo) , pero el resultado fue una figura presidencial que roza la monarquía y lejos está de configurar una institución débil. En el actual contexto social y político, un viraje hacía el parlamentarismo profundizaría los desaciertos institucionales de la reforma constitucional de 1994 y pondría en serio riesgo la existencia de la república.
A pesar de sus defectos, el presidencialismo tiene como objeto esencial limitar la estancia temporal de quien ejerce el Ejecutivo, para disipar cualquier intento de eternización en el poder (representando como un mal endémico de la democracia). En nuestro país, un sistema parlamentario posibilitaría aquello que tanto se temió y que algunos sueñan a diario: la eternización en el Poder con bases legales que lo justifiquen. Mucho más aún en la realidad argentina donde el transfuguismo político no es una excepción deshonrosa sino una regla revistada de total impunidad. Un Ejecutivo que sólo dependiese de la voluntad de los legisladores para permanecer en el cargo ahondaría las peores prácticas de prebendas y subsidios , convirtiendo al “dueño de la caja” en un aspirante con posibilidades ciertas de ser eterno o por lo menos muy longevo en el ejercicio del poder.
Otros interrogantes de fuerte resonancia emergen frente a la postulación del parlamentarismo: ¿dónde quedaría situada la histórica autonomía provincial si se estableciera como pauta obligatoria la adopción del sistema parlamentario como régimen local?; ¿qué sucedería con el Senado como representante de los intereses provinciales? En la actualidad política argentina y con la historia mirando atentamente, la supuesta postulación doctrinaria de un cambio hacía el parlamentarismo no puede pecar de ingenua respecto de la construcción de sentidos que propicia.
Los incumplimientos de los límites impuestos por una Constitución presidencialista son graves en términos de calidad democrática, deliberación política y vigencia republicana.
Idénticas violaciones en torno a un sistema parlamentarista consolidarían deseos de hegemonías autoritarias escondidas en perfectos ropajes teóricos o seudo revolucionarios.