La Corte Suprema de Justicia ratificó que los detenidos por el crimen de Mariano Ferreyra deberán permanecer en prisión a la espera del juicio oral y público, que podría realizarse entre finales de este año y principios de 2012. El fallo no se refiere directamente al sindicalista José Pedraza, pero sus efectos lo alcanzan. En otras palabras, Pedraza tiene hoy tantas posibilidades de salir en libertad prontamente como el resto de los detenidos, es decir prácticamente ninguna.
La decisión del máximo tribunal de rechazar dos “recursos de queja” que pedían sendas libertades pasó prácticamente inadvertida pese a que fue resuelta el 4 de agosto pasado. Se refiere a sólo dos de los diez procesados por el homicidio del militante del PO. Mariano Ferreyra fue asesinado presuntamente por una patota de la Unión Ferroviaria (UF) el 20 de octubre del año pasado en el barrio porteño de Barracas, durante una manifestación de tercerizados ferroviarios –apoyados por fuerzas políticas de izquierda– en protesta por una serie de despidos en el Ferrocarril Roca. Hubo una primera tanda de detenidos, siete en total, vinculados con el supuesto grupo agresor. Tres más, entre ellos Pedraza, fueron detenidos meses después y permanecen en esa condición desde el 22 de febrero pasado.
El máximo tribunal, con las firmas coincidentes de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay (el fallo no tiene la firma del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti), rechazó los “incidentes de excarcelación” que habían intentado los ferroviarios Pablo Marcelo Díaz y Jorge Daniel González. Díaz era el responsable del cuerpo de delegados de la Unión Ferroviaria en el Roca y uno de los hombres más cercanos a Pedraza. González es el hombre que aparece en las filmaciones fácilmente identificable luciendo una suerte de cuello ortopédico y quejándose por un supuesto trato hostil por parte de la prensa, ante un equipo de televisión del canal de noticias C5N.
Todas las instancias judiciales ya les habían denegado la excarcelación. Incluso en el contexto de un proceso confuso ante la Cámara de Casación, que derivó en la apertura de una causa por presunto tráfico de influencias que está en plena investigación y en la que está acusado un ex juez federal, Octavio Aráoz de Lamadrid, e investigados por lo menos tres integrantes de la Cámara Nacional de Casación Penal. Pero los abogados Carlos Daniel Froment y Daniela Paula Grisetti, quienes defienden a la mayoría de los imputados por el homicidio de Ferreyra, hicieron un intento ante la Corte, una suerte de globo de ensayo para determinar si en esa instancia podrían obtener las libertades de sus clientes. Se basaron, para ello, en un criterio que tiene incorporado como propio el alto tribunal: la prisión preventiva es equiparable a una “sentencia definitiva” (únicos casos en los que interviene la Corte) porque la permanencia en prisión genera al detenido un “gravamen irreparable y de imposible ulterior reparación”. Es decir que una persona que permanezca detenida preventivamente y luego sea declarada inocente habrá sufrido un perjuicio que no tiene resarcimiento suficiente posible.
Sin embargo, la Corte consideró que el recurso extraordinario presentado por los defensores de Díaz y González “es inadmisible” y lo desestimó. Los diez detenidos esperarán en prisión el juicio oral que el Tribunal Oral número 21, en una carrera contra reloj, procura realizar entre noviembre y diciembre próximos.<
La decisión del máximo tribunal de rechazar dos “recursos de queja” que pedían sendas libertades pasó prácticamente inadvertida pese a que fue resuelta el 4 de agosto pasado. Se refiere a sólo dos de los diez procesados por el homicidio del militante del PO. Mariano Ferreyra fue asesinado presuntamente por una patota de la Unión Ferroviaria (UF) el 20 de octubre del año pasado en el barrio porteño de Barracas, durante una manifestación de tercerizados ferroviarios –apoyados por fuerzas políticas de izquierda– en protesta por una serie de despidos en el Ferrocarril Roca. Hubo una primera tanda de detenidos, siete en total, vinculados con el supuesto grupo agresor. Tres más, entre ellos Pedraza, fueron detenidos meses después y permanecen en esa condición desde el 22 de febrero pasado.
El máximo tribunal, con las firmas coincidentes de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay (el fallo no tiene la firma del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti), rechazó los “incidentes de excarcelación” que habían intentado los ferroviarios Pablo Marcelo Díaz y Jorge Daniel González. Díaz era el responsable del cuerpo de delegados de la Unión Ferroviaria en el Roca y uno de los hombres más cercanos a Pedraza. González es el hombre que aparece en las filmaciones fácilmente identificable luciendo una suerte de cuello ortopédico y quejándose por un supuesto trato hostil por parte de la prensa, ante un equipo de televisión del canal de noticias C5N.
Todas las instancias judiciales ya les habían denegado la excarcelación. Incluso en el contexto de un proceso confuso ante la Cámara de Casación, que derivó en la apertura de una causa por presunto tráfico de influencias que está en plena investigación y en la que está acusado un ex juez federal, Octavio Aráoz de Lamadrid, e investigados por lo menos tres integrantes de la Cámara Nacional de Casación Penal. Pero los abogados Carlos Daniel Froment y Daniela Paula Grisetti, quienes defienden a la mayoría de los imputados por el homicidio de Ferreyra, hicieron un intento ante la Corte, una suerte de globo de ensayo para determinar si en esa instancia podrían obtener las libertades de sus clientes. Se basaron, para ello, en un criterio que tiene incorporado como propio el alto tribunal: la prisión preventiva es equiparable a una “sentencia definitiva” (únicos casos en los que interviene la Corte) porque la permanencia en prisión genera al detenido un “gravamen irreparable y de imposible ulterior reparación”. Es decir que una persona que permanezca detenida preventivamente y luego sea declarada inocente habrá sufrido un perjuicio que no tiene resarcimiento suficiente posible.
Sin embargo, la Corte consideró que el recurso extraordinario presentado por los defensores de Díaz y González “es inadmisible” y lo desestimó. Los diez detenidos esperarán en prisión el juicio oral que el Tribunal Oral número 21, en una carrera contra reloj, procura realizar entre noviembre y diciembre próximos.<