La promulgación de la Ley Antiterrorista

Se promulgó la Ley Antiterrorista por decreto de Cristina Fernández junto a las firmas de Juan Manuel Abal Medina y Julio Alak. De ahora en más, a estar precavidos, porque en cualquier momento algún juez, fiscal o policía tendrá la ocurrencia de interpretar lo que el gobierno dijo que no se iba a interpretar. Más allá de los cuestionamientos de organismos de Derechos Humanos, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación mantuvo un sorprendente mutismo ante una norma que pone en serio riesgo las garantías constitucionales y los Derechos Humanos en la Argentina. Una ley que fomenta la inflación punitiva con mayores penas, lo que se traduce en más gente privada de libertad, cuando continúa sin ser política de Estado la resolución de la grave crisis carcelaria.
Luego de pasados los efluvios por el décimo aniversario de los hechos del 19 y 20 de diciembre de 2001, tampoco se dijo nada sobre los crímenes cometidos durante esas jornadas por parte de agentes estatales. A decir verdad, el flamante jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, formuló declaraciones en una muestra fotográfica, manifestando que esos hechos no debían repetirse nunca más. Y estuvo bien. Pero un gobierno no puede limitarse a formular declaraciones sobre lo acontecido, sino que debe generar política para incidir en el acontecimiento, transformarlo, dar una respuesta, dotarlo de la significación política, jurídica e institucional que el asunto merece. Y los hechos de esos días trágicos, sin duda, merecen una por demás atenta mirada.
Insisto entonces: sobre los crímenes del 19 y 20 de diciembre, el gobierno nacional está en deuda, tanto porque no puso empeño en sancionar la ley de reparación a las víctimas –como sí lo puso para aprobar la llamada norma “antiterrorista”–, que fue presentada en el Congreso de la Nación hace ocho años y que aún continúa en los cajones de algunos despachos legislativos. Además de ello, días atrás el gobierno, a través del director de Derechos Humanos en lo Contencioso Internacional de la Cancillería, Jorge Salgado, contestó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH) sobre una denuncia presentada por una de las víctimas, Jorge Ismael Portillo. La respuesta del gobierno nacional se limitó a pedir a la CIDH que declare inadmisible la denuncia, por la que se requiere que se juzgue a los responsables del crimen y se repare a la víctima.
En diciembre de 2001, Jorge Portillo tenía 20 años. Era jugador de fútbol y estaba esperando celebrar un contrato para viajar a Europa. La noche del 19 había ido a ver a su novia, que, como él, vivía en el barrio de Saavedra. Cuando salió de la casa vio cómo de unos patrulleros se bajaban varios policías que comenzaron a disparar sus armas contra un grupo de personas cerca de un supermercado.Atemorizado, trató de ocultarse detrás de un árbol, pero cayó al suelo al ser alcanzado por un disparo policial. Jorge estará en una silla de ruedas de por vida porque el proyectil dañó su médula. La Policía Federal Argentina informó en el proceso penal que luego de la denuncia presentada por el padre de Portillo, una de las armas de los policías que intervinieron en el hecho había sido robada. En conclusión, luego de un par de años de investigación, y habiendo escuchado a los testigos decir que la bala que hirió a Portillo había salido de un arma policial, el juez Rodolfo Cresseri archivó la causa porque no contaba con una de las armas. Eso sí, ordenó a la Policía Federal poner todo su empeño para encontrarla, lo que, desde luego, sin ninguna duda, habrá sucedido, pero nadie se enteró.
En su respuesta a la CIDH, el gobierno dijo que el cierre de la causa penal fue responsabilidad de Portillo y de su abogado –quien suscribe–. Para esta argumentación sostuvo que no se había agotado la vía interna en materia de recursos. Esto es falso y además se citaron leyes como vigentes cuando en realidad fueron derogadas. Portillo recurrió todas y cada una de las decisiones judiciales, hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ratificó el cierre del proceso, con la excepción del juez Eugenio Zaffaroni, que, dándole la razón a Portillo, dijo que debía continuarse con la investigación.
Pero aun en el supuesto de que Portillo y/o su abogado no hubieran agotado los recursos –es sólo una suposición, porque sí lo hicieron–, el Estado tenía y tiene la obligación, a través de sus jueces y fiscales, de sostener la investigación y de dar una respuesta a una víctima del accionar ilegal estatal. La Convención Americana habla de un recurso sencillo y rápido para quienes son víctimas de un accionar de esa naturaleza. En cambio, el gobierno argentino sostuvo lo contrario, abstrayéndose de cumplir con sus obligaciones internacionales, como la de velar por el derecho a la justicia de las víctimas e investigar a fondo el crimen perpetrado por agentes estatales. Con su voto, el juez Zaffaroni dejó en claro que esa obligación estatal es indelegable e irrenunciable.
Paradójicamente, con la nueva ley, los manifestantes del 19 y 20 podrían ser tildados de “terroristas” por parte de jueces y fiscales, y por los mismos que en esos días dejaron el tendal de muertos y heridos. <

Acerca de Nicolás Tereschuk (Escriba)

"Escriba" es Nicolás Tereschuk. Politólogo (UBA), Maestría en Sociologìa Económica (IDAES-UNSAM). Me interesa la política y la forma en que la política moldea lo económico (¿o era al revés?).

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