El actual modelo de acumulación productiva, que tantos beneficios ha dado a los argentinos y que todos los niveles de gobierno tenemos que profundizar, no puede seguir transitando sobre estructuras fiscales antiguas. En la provincia de Buenos Aires decimos esto con la autoridad de haber aportado nuestro grano de arena mediante una política tributaria activa con fuerte eje en la equidad y totalmente coherente con el modelo macro vigente. Políticas tributarias que motorizan los beneficios de un proyecto nacional industrialista, con matriz diversificada e inclusión social.
Conviene repasarla porque análisis simplistas y perezosos la siguen ignorando, con la peligrosa consecuencia de confundir el camino por el que hay que profundizar.
Plenamente consciente del problema estructural que la provincia arrastraba, y asumiendo que cada actor tiene su responsabilidad en solucionar esa situación, una de las primeras iniciativas enviadas a la Legislatura por el gobierno de Daniel Scioli, sin demoras, fue la reforma tributaria plasmada en la ley 13.850 del 2008.
Mediante esta ley se eliminaron exenciones en el Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) a las grandes empresas agropecuarias e industriales, que habían recuperado rentabilidad con el nuevo modelo. Igual de importante fue la decisión de introducir exenciones en el Impuesto Inmobiliario Urbano a las viviendas de menor valor, para disminuir la carga sobre un sector poblacional que venía de a poco recuperando capacidad contributiva y que el modelo ubicó como centro de sus políticas de inclusión para motorizar el consumo interno. En cada rama de actividad económica se mantuvo la exención a más del 97% de los contribuyentes PyMEs, con lo cual se disminuyó la posibilidad de traslado a precios y sus efectos sobre el consumidor.
No es adecuado evaluar la progresividad de una estructura tributaria provincial simplemente mirando la evolución de un impuesto de base móvil como el IIBB que no sólo varía por política tributaria, sino fundamentalmente por el movimiento de la actividad económica nominal. Si se hacen esas consideraciones se podrá observar que IIBB en proporción al Producto Bruto Geográfico nominal creció 58% entre 2007 y 2012, mientras que el Impuesto Inmobiliario lo hizo 202%. Este impuesto es un tributo de base fija que sólo se modifica por decisiones de política tributaria para modificar alícuotas o catastrales para actualizar valor fiscal.
Por otro lado, no hay dudas que la relativa importancia y diversidad de la estructura productiva de la provincia de Buenos Aires, hace que el IIBB tenga su peso. No aprovechar esa capacidad contributiva sería un acto de egoísmo federal.
Es importante aclarar también que es muy rústico evaluar la progresividad de un impuesto exclusivamente por las posibilidades de traslado del mismo. Un impuesto es progresivo cuando incide efectivamente sobre los estratos de concentración de riqueza. Así puede ser tan progresivo elevar el IIBB sobre sectores concentrados, exportadores y regulados, como disminuir el Impuesto Inmobiliario a propietarios de los estratos más bajos de la distribución de riqueza.
Sectores de menor riqueza
Manteniendo fuera del alcance a sectores de menor riqueza, a partir de 2009 se realizaron una serie de reformas con fuerte énfasis en incrementar los impuestos patrimoniales y sobre sectores específicos de alta rentabilidad.
El proyecto de ley impositiva 2009 (13.930) hizo eje en cambiar las escalas de alícuotas del Impuesto Inmobiliario Urbano, en tanto que la ley impositiva 2010 introdujo el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (14.044), que fue puesto en vigencia efectiva por la ley impositiva 2011 (14.200). Ésta también aplicó plenamente el revalúo urbano 2005 eliminando los topes al aumento del impuesto y elevando el coeficiente base imponible/valuación fiscal del 80 al 90%, así como también incrementó la presión sobre arrendamientos rurales en Sellos.
En la ley impositiva 2012 (14.333) se actualizó el valor fiscal de los inmuebles urbanos, gravando especialmente a los baldíos para desincentivar la especulación, cuya recaudación creció 302% entre 2011 y 2012. También se incrementó el alcance de IIBB sobre el sector de renta inmobiliaria, y las alícuotas a la venta de agroquímicos, juegos de azar, cigarrillos y bebidas alcohólicas.
Estas tres leyes cambiaron el criterio para gravar las ventas de automóviles disminuyendo la carga de Ingresos Brutos y elevando el Impuesto de Sellos, con un extraordinario beneficio en eficiencia recaudatoria, que explica el incremento de recaudación que este tributo progresivo ha tenido en los últimos años.
A mediados de 2012 se aprobó por iniciativa del Poder Ejecutivo la ley 14.357 que aplicó el revaluó de tierras rurales y rediseñó el Impuesto Inmobiliario Rural cambiando las escalas de alícuotas para dotarlo de un perfil progresista. También se incrementaron las alícuotas de sectores como telefónicas, entidades financieras y televisión por cable.
Revalúo de tierras
Finalmente la ley impositiva 2013 (14.394) aplicó el revalúo de tierras en barrios cerrados, incrementó alícuota de sellos a operaciones en dólares y elevó la alícuota del IIBB en sectores como Juegos de azar y pooles de siembra. Se cambió la base imponible del Impuesto Inmobiliario para que cada propietario pague la alícuota correspondiente a la suma de propiedades de un mismo tipo.
Todas estas reformas fueron precedidas por una que era imprescindible para que las mismas tuvieran efecto, como fue la creación de ARBA y su consolidación como una agencia moderna y eficiente de recaudación; un modelo de administración tributaria que hoy el resto de jurisdicciones está imitando.
Obviamente que las propuestas estuvieron delimitadas por la distribución de potestades tributarias entre niveles de gobierno que nuestro federalismo ha acordado. Así los impuestos más progresivos se encuentran en el nivel nacional de gobierno, que es el más adecuado para realizar políticas redistributivas tanto de ingresos individuales como regionales.
No decimos que no quedan asignaturas pendientes. Hay que seguir trabajando, pero para ello se hace necesario avanzar juntos. Donde todos los niveles de gobierno, Nación, provincias y municipios, no sólo rememos en la misma dirección sino también a similar velocidad, para que la acción conjunta del Estado promueva una verdadera igualdad de oportunidades en todo el territorio argentino. Porque definitivamente qué impuestos cobramos define el proyecto de desarrollo social y productivo que queremos.
Conviene repasarla porque análisis simplistas y perezosos la siguen ignorando, con la peligrosa consecuencia de confundir el camino por el que hay que profundizar.
Plenamente consciente del problema estructural que la provincia arrastraba, y asumiendo que cada actor tiene su responsabilidad en solucionar esa situación, una de las primeras iniciativas enviadas a la Legislatura por el gobierno de Daniel Scioli, sin demoras, fue la reforma tributaria plasmada en la ley 13.850 del 2008.
Mediante esta ley se eliminaron exenciones en el Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) a las grandes empresas agropecuarias e industriales, que habían recuperado rentabilidad con el nuevo modelo. Igual de importante fue la decisión de introducir exenciones en el Impuesto Inmobiliario Urbano a las viviendas de menor valor, para disminuir la carga sobre un sector poblacional que venía de a poco recuperando capacidad contributiva y que el modelo ubicó como centro de sus políticas de inclusión para motorizar el consumo interno. En cada rama de actividad económica se mantuvo la exención a más del 97% de los contribuyentes PyMEs, con lo cual se disminuyó la posibilidad de traslado a precios y sus efectos sobre el consumidor.
No es adecuado evaluar la progresividad de una estructura tributaria provincial simplemente mirando la evolución de un impuesto de base móvil como el IIBB que no sólo varía por política tributaria, sino fundamentalmente por el movimiento de la actividad económica nominal. Si se hacen esas consideraciones se podrá observar que IIBB en proporción al Producto Bruto Geográfico nominal creció 58% entre 2007 y 2012, mientras que el Impuesto Inmobiliario lo hizo 202%. Este impuesto es un tributo de base fija que sólo se modifica por decisiones de política tributaria para modificar alícuotas o catastrales para actualizar valor fiscal.
Por otro lado, no hay dudas que la relativa importancia y diversidad de la estructura productiva de la provincia de Buenos Aires, hace que el IIBB tenga su peso. No aprovechar esa capacidad contributiva sería un acto de egoísmo federal.
Es importante aclarar también que es muy rústico evaluar la progresividad de un impuesto exclusivamente por las posibilidades de traslado del mismo. Un impuesto es progresivo cuando incide efectivamente sobre los estratos de concentración de riqueza. Así puede ser tan progresivo elevar el IIBB sobre sectores concentrados, exportadores y regulados, como disminuir el Impuesto Inmobiliario a propietarios de los estratos más bajos de la distribución de riqueza.
Sectores de menor riqueza
Manteniendo fuera del alcance a sectores de menor riqueza, a partir de 2009 se realizaron una serie de reformas con fuerte énfasis en incrementar los impuestos patrimoniales y sobre sectores específicos de alta rentabilidad.
El proyecto de ley impositiva 2009 (13.930) hizo eje en cambiar las escalas de alícuotas del Impuesto Inmobiliario Urbano, en tanto que la ley impositiva 2010 introdujo el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (14.044), que fue puesto en vigencia efectiva por la ley impositiva 2011 (14.200). Ésta también aplicó plenamente el revalúo urbano 2005 eliminando los topes al aumento del impuesto y elevando el coeficiente base imponible/valuación fiscal del 80 al 90%, así como también incrementó la presión sobre arrendamientos rurales en Sellos.
En la ley impositiva 2012 (14.333) se actualizó el valor fiscal de los inmuebles urbanos, gravando especialmente a los baldíos para desincentivar la especulación, cuya recaudación creció 302% entre 2011 y 2012. También se incrementó el alcance de IIBB sobre el sector de renta inmobiliaria, y las alícuotas a la venta de agroquímicos, juegos de azar, cigarrillos y bebidas alcohólicas.
Estas tres leyes cambiaron el criterio para gravar las ventas de automóviles disminuyendo la carga de Ingresos Brutos y elevando el Impuesto de Sellos, con un extraordinario beneficio en eficiencia recaudatoria, que explica el incremento de recaudación que este tributo progresivo ha tenido en los últimos años.
A mediados de 2012 se aprobó por iniciativa del Poder Ejecutivo la ley 14.357 que aplicó el revaluó de tierras rurales y rediseñó el Impuesto Inmobiliario Rural cambiando las escalas de alícuotas para dotarlo de un perfil progresista. También se incrementaron las alícuotas de sectores como telefónicas, entidades financieras y televisión por cable.
Revalúo de tierras
Finalmente la ley impositiva 2013 (14.394) aplicó el revalúo de tierras en barrios cerrados, incrementó alícuota de sellos a operaciones en dólares y elevó la alícuota del IIBB en sectores como Juegos de azar y pooles de siembra. Se cambió la base imponible del Impuesto Inmobiliario para que cada propietario pague la alícuota correspondiente a la suma de propiedades de un mismo tipo.
Todas estas reformas fueron precedidas por una que era imprescindible para que las mismas tuvieran efecto, como fue la creación de ARBA y su consolidación como una agencia moderna y eficiente de recaudación; un modelo de administración tributaria que hoy el resto de jurisdicciones está imitando.
Obviamente que las propuestas estuvieron delimitadas por la distribución de potestades tributarias entre niveles de gobierno que nuestro federalismo ha acordado. Así los impuestos más progresivos se encuentran en el nivel nacional de gobierno, que es el más adecuado para realizar políticas redistributivas tanto de ingresos individuales como regionales.
No decimos que no quedan asignaturas pendientes. Hay que seguir trabajando, pero para ello se hace necesario avanzar juntos. Donde todos los niveles de gobierno, Nación, provincias y municipios, no sólo rememos en la misma dirección sino también a similar velocidad, para que la acción conjunta del Estado promueva una verdadera igualdad de oportunidades en todo el territorio argentino. Porque definitivamente qué impuestos cobramos define el proyecto de desarrollo social y productivo que queremos.