Cristina Kirchner consiguió una magra victoria parlamentaria y una derrota polÃtica y social. Su «reforma judicial» podrá ser legal en términos parlamentarios (no constitucionales), pero es ilegÃtima según los imprescindibles ritos democráticos.
Esa reforma ya le habÃa costado una seria advertencia de la Corte Suprema de Justicia: sus jueces estaban dispuestos a llegar hasta la renuncia en bloque del tribunal si éste desaparecÃa como cabeza de un poder del Estado.
Cristina Kirchner consiguió una magra victoria parlamentaria y una derrota polÃtica y social . Su «reforma judicial» podrá ser legal en términos parlamentarios (no constitucionales), pero es ilegÃtima según los imprescindibles ritos democráticos. Ese reforma ya le habÃa costado una seria advertencia de la Corte Suprema de Justicia: sus jueces estaban dispuestos a llegar hasta la renuncia en bloque del tribunal si éste desaparecÃa como cabeza de un poder del Estado. No desapareció, pero los cambios de último momento no conformaron a los más altos magistrados del paÃs. La judicialización de la reforma cristinista de la Justicia comenzará dentro de pocos dÃas y llevará la batalla parlamentaria al territorio de los jueces.
Una reforma para 100 años, según el afanoso pronóstico del camporista viceministro de Justicia, Julián Ãlvarez, se logró en quince dÃas y con la mayorÃa de un voto, escaso y agónico. La reforma significa, lisa y llanamente, la destitución de la Justicia como un poder independiente dentro del Estado. Si atravesara los filtros judiciales inminentes, esos cambios introducirán una modificación fundamental en el orden polÃtico. El autoritarismo prevalecerá sobre el acuerdo; el ciudadano quedará sometido a la arbitraria persecución del Estado, y el gobierno polÃtico contará con los jueces para premiar a los amigos y castigar a los enemigos. La democracia argentina, tal como se la conoció desde 1983, habrá desaparecido.
El rol opositor
La oposición polÃtica hizo su contribución a la supuesta legalidad de las decisiones de la Cámara de Diputados. Abandonó el recinto cuando estaba en discusión el voto de dos diputados sobre el clave artÃculo 2 de la ley del Consejo de la Magistratura. Es el artÃculo que reglamenta su integración y que establece el voto popular para la elección de los consejeros, claramente inconstitucional. El artÃculo habÃa perdido la votación por dos votos. Dos diputados dijeron luego que sus votos no habÃan sido registrados . Después de una batahola digna de un final de ópera, la oposición se retiró. El oficialismo tuvo luego la oportunidad de volver a votar ese artÃculo con el acuerdo de los dos tercios necesarios del cuerpo, mayorÃa inalcanzable para el cristinismo que la oposición permitió con su ausencia.
La oposición puede reclamar ahora lo que se llama la «sábana» gráfica de la votación. Es el papel que registra con exactitud los votos afirmativos, los negativos y las abstenciones. Es probable que aquellos dos diputados no hayan votado en la primera vuelta convencidos de que el artÃculo serÃa aprobado sin ellos. Pero se rectificaron cuando advirtieron que habÃan producido una derrota. De hecho, el oficialismo mostró sus dudas sobre el recuento de votos por los artÃculos cuando ordenó, contrariando el reglamento, que se votara dos veces en general todo el paquete, sin detenerse en cada artÃculo. Un escándalo opositor frenó esa decisión antirreglamentaria. Graciela Camaño le manoteó el micrófono al presidente de la Cámara, Julián DomÃnguez; Camaño suele usar las manos cuando no le bastan las razones o cuando no se las escuchan.
Pero, ¿es legÃtimo hablar de una reforma radical del sistema judicial en semejantes condiciones de precariedad o en un contexto de tantos agravios a las leyes y los reglamentos? El Gobierno llegó con la lengua afuera a una votación que venÃa anunciando ampliamente victoriosa. Una manifestación de ciudadanos comunes se habÃa reunido en la plaza del Congreso. Fue minoritaria si se la mide con la vara de los últimos cacerolazos, pero serÃa una medición injusta. Lo cierto es que no hubo antes una manifestación voluntaria con ese número de personas por ninguna otra ley. Una ley que se referÃa a un concepto que podrÃa parecer abstracto, como es el de la independencia de la Justicia. Un amplio sector de la sociedad parece haber reducido el conflicto a una opción: autoritarismo o Poder Judicial. Una buena sÃntesis del complejo dilema en el que se debate hoy el paÃs.
En su obstinación por terminar con el prestigio de todo lo que no es propio, el Gobierno dejó correr también la versión de un improbable pacto con el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti. Nunca desmintió ese pacto que no habÃa sucedido y algunos legisladores suyos deslizaron párrafos que lo homologaban. Sucedió otra cosa. La Corte Suprema en pleno habÃa decidido dar pelea contra la reforma que vaciaba al Poder Judicial de sus recursos, que le quitaba a la Corte las oficinas que habÃa creado para llevar adelante polÃticas públicas, que la dejaba sin personal y que la eliminaba como cabeza de un poder del Estado. La convertÃa, en verdad, en un tribunal provinciano.
Con los recursos en manos de un órgano polÃtico y deliberativo como el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial se encaminaba hacÃa su parálisis. La Corte decidió un plan de acción: dictarÃa una acordada anulando esas decisiones sobre sus facultades y la promocionarÃa ampliamente. Los jueces saldrÃan a defender públicamente su posición. Lorenzetti ya preparaba sus valijas para viajar el exterior y hacer las correspondientes denuncias en organismos internacionales.
Las alternativas evaluadas
Si todo hubiera fracasado, existÃa un consenso implÃcito entre los jueces para presentar la renuncia colectiva de la Corte Suprema. ¿DebÃan esperar callados el decurso de las cosas? Prevaleció entonces el criterio de que la Corte no es una secta que conspira en la clandestinidad. Es un poder del Estado, forma parte de él. Todos los miembros de la Corte autorizaron a Lorenzetti para que hablara con la Presidenta y le expusiera la situación tal como era. La advertencia fue hecha primero al secretario legal y técnico de la presidencia, Carlos Zannini, y luego fue escrita en un papel enviado al Poder Ejecutivo. Al final, Lorenzetti conversó con Cristina Kirchner.
Lorenzetti tenÃa en su poder un pedido de todos los presidentes de las cámaras federales del paÃs, que incluÃa también, además del planteo por los recursos y las atribuciones, un reclamo por la constitucionalidad de otras decisiones de la reforma judicial. La Corte no esconde que ese planteo existió. Pero le pidió al titular de la Junta de Presidentes de las Cámaras Nacionales y Federales, Gustavo Hornos, que enviara una nueva versión excluyendo el párrafo que se referÃa a la constitucionalidad de la reforma. La decisión última sobre la constitucionalidad de la ley del Consejo de la Magistratura, de la limitación casi absoluta de las medidas cautelares y de la creación de las cámaras de casación es una facultad indelegable de la Corte Suprema. El sólo traslado de una opinión sobre esa constitucionalidad cuestionada podÃa abrir las puertas de la recusación para todos los jueces supremos del paÃs.
El juez Hornos hizo esos cambios y quedó sometido a la crÃtica interna de algunos presidentes de las cámaras federales. Tiene un atenuante: debÃa decidir tales modificaciones el pasado jueves 18, cuando una huelga de personal habÃa paralizado todos los tribunales del paÃs. La nueva versión del planteo de los camaristas, firmada por Hornos, tiene fecha del 18 de abril. Tampoco podÃa esperar: el debate en Diputados era inminente.
El pacto es imposible cuando se advierte que la Corte está molesta por la reforma a la reforma enviada a último momento por el Gobierno. «Hay cosas positivas, pero también hay cosas que rechazamos de plano», dijo uno de los máximos magistrados. ¿Con qué cosas no están de acuerdo? Son varias. El Tesoro, por ejemplo, podrá meter mano en los fondos judiciales, que es un ahorro de 10 años de 5000 millones de pesos. El Gobierno ha encontrado otra caja para financiar su ahogo de recursos genuinos. Esos fondos podrÃan servir, por ejemplo, para los aumentos del personal judicial durante los próximos cinco años. Ahora, podrán ser usados por el Tesoro a cambio de bonos que pagará Dios si se acuerda de los argentinos.
Otro asunto conflictivo es el que les sacará a las Cámaras Federales y a la Corte la designación de los jueces subrogantes. El Gobierno ha mantenido históricamente un 30 por ciento de los juzgados sin nombrar titulares. Antes era la Corte o las Cámaras los que designaban a los jueces interinos. En adelante lo hará el Poder Ejecutivo, que previsiblemente enviará a sus amigos a administrar justicia. La Corte hizo lo que debÃa hacer en un momento extremo y agonizante de la República. ¿Fue suficiente? Seguramente, no. Sólo se preservó como la instancia final de una Justicia que deberá remendar sobre los estragos institucionales del cristinismo..
Esa reforma ya le habÃa costado una seria advertencia de la Corte Suprema de Justicia: sus jueces estaban dispuestos a llegar hasta la renuncia en bloque del tribunal si éste desaparecÃa como cabeza de un poder del Estado.
Cristina Kirchner consiguió una magra victoria parlamentaria y una derrota polÃtica y social . Su «reforma judicial» podrá ser legal en términos parlamentarios (no constitucionales), pero es ilegÃtima según los imprescindibles ritos democráticos. Ese reforma ya le habÃa costado una seria advertencia de la Corte Suprema de Justicia: sus jueces estaban dispuestos a llegar hasta la renuncia en bloque del tribunal si éste desaparecÃa como cabeza de un poder del Estado. No desapareció, pero los cambios de último momento no conformaron a los más altos magistrados del paÃs. La judicialización de la reforma cristinista de la Justicia comenzará dentro de pocos dÃas y llevará la batalla parlamentaria al territorio de los jueces.
Una reforma para 100 años, según el afanoso pronóstico del camporista viceministro de Justicia, Julián Ãlvarez, se logró en quince dÃas y con la mayorÃa de un voto, escaso y agónico. La reforma significa, lisa y llanamente, la destitución de la Justicia como un poder independiente dentro del Estado. Si atravesara los filtros judiciales inminentes, esos cambios introducirán una modificación fundamental en el orden polÃtico. El autoritarismo prevalecerá sobre el acuerdo; el ciudadano quedará sometido a la arbitraria persecución del Estado, y el gobierno polÃtico contará con los jueces para premiar a los amigos y castigar a los enemigos. La democracia argentina, tal como se la conoció desde 1983, habrá desaparecido.
El rol opositor
La oposición polÃtica hizo su contribución a la supuesta legalidad de las decisiones de la Cámara de Diputados. Abandonó el recinto cuando estaba en discusión el voto de dos diputados sobre el clave artÃculo 2 de la ley del Consejo de la Magistratura. Es el artÃculo que reglamenta su integración y que establece el voto popular para la elección de los consejeros, claramente inconstitucional. El artÃculo habÃa perdido la votación por dos votos. Dos diputados dijeron luego que sus votos no habÃan sido registrados . Después de una batahola digna de un final de ópera, la oposición se retiró. El oficialismo tuvo luego la oportunidad de volver a votar ese artÃculo con el acuerdo de los dos tercios necesarios del cuerpo, mayorÃa inalcanzable para el cristinismo que la oposición permitió con su ausencia.
La oposición puede reclamar ahora lo que se llama la «sábana» gráfica de la votación. Es el papel que registra con exactitud los votos afirmativos, los negativos y las abstenciones. Es probable que aquellos dos diputados no hayan votado en la primera vuelta convencidos de que el artÃculo serÃa aprobado sin ellos. Pero se rectificaron cuando advirtieron que habÃan producido una derrota. De hecho, el oficialismo mostró sus dudas sobre el recuento de votos por los artÃculos cuando ordenó, contrariando el reglamento, que se votara dos veces en general todo el paquete, sin detenerse en cada artÃculo. Un escándalo opositor frenó esa decisión antirreglamentaria. Graciela Camaño le manoteó el micrófono al presidente de la Cámara, Julián DomÃnguez; Camaño suele usar las manos cuando no le bastan las razones o cuando no se las escuchan.
Pero, ¿es legÃtimo hablar de una reforma radical del sistema judicial en semejantes condiciones de precariedad o en un contexto de tantos agravios a las leyes y los reglamentos? El Gobierno llegó con la lengua afuera a una votación que venÃa anunciando ampliamente victoriosa. Una manifestación de ciudadanos comunes se habÃa reunido en la plaza del Congreso. Fue minoritaria si se la mide con la vara de los últimos cacerolazos, pero serÃa una medición injusta. Lo cierto es que no hubo antes una manifestación voluntaria con ese número de personas por ninguna otra ley. Una ley que se referÃa a un concepto que podrÃa parecer abstracto, como es el de la independencia de la Justicia. Un amplio sector de la sociedad parece haber reducido el conflicto a una opción: autoritarismo o Poder Judicial. Una buena sÃntesis del complejo dilema en el que se debate hoy el paÃs.
En su obstinación por terminar con el prestigio de todo lo que no es propio, el Gobierno dejó correr también la versión de un improbable pacto con el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti. Nunca desmintió ese pacto que no habÃa sucedido y algunos legisladores suyos deslizaron párrafos que lo homologaban. Sucedió otra cosa. La Corte Suprema en pleno habÃa decidido dar pelea contra la reforma que vaciaba al Poder Judicial de sus recursos, que le quitaba a la Corte las oficinas que habÃa creado para llevar adelante polÃticas públicas, que la dejaba sin personal y que la eliminaba como cabeza de un poder del Estado. La convertÃa, en verdad, en un tribunal provinciano.
Con los recursos en manos de un órgano polÃtico y deliberativo como el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial se encaminaba hacÃa su parálisis. La Corte decidió un plan de acción: dictarÃa una acordada anulando esas decisiones sobre sus facultades y la promocionarÃa ampliamente. Los jueces saldrÃan a defender públicamente su posición. Lorenzetti ya preparaba sus valijas para viajar el exterior y hacer las correspondientes denuncias en organismos internacionales.
Las alternativas evaluadas
Si todo hubiera fracasado, existÃa un consenso implÃcito entre los jueces para presentar la renuncia colectiva de la Corte Suprema. ¿DebÃan esperar callados el decurso de las cosas? Prevaleció entonces el criterio de que la Corte no es una secta que conspira en la clandestinidad. Es un poder del Estado, forma parte de él. Todos los miembros de la Corte autorizaron a Lorenzetti para que hablara con la Presidenta y le expusiera la situación tal como era. La advertencia fue hecha primero al secretario legal y técnico de la presidencia, Carlos Zannini, y luego fue escrita en un papel enviado al Poder Ejecutivo. Al final, Lorenzetti conversó con Cristina Kirchner.
Lorenzetti tenÃa en su poder un pedido de todos los presidentes de las cámaras federales del paÃs, que incluÃa también, además del planteo por los recursos y las atribuciones, un reclamo por la constitucionalidad de otras decisiones de la reforma judicial. La Corte no esconde que ese planteo existió. Pero le pidió al titular de la Junta de Presidentes de las Cámaras Nacionales y Federales, Gustavo Hornos, que enviara una nueva versión excluyendo el párrafo que se referÃa a la constitucionalidad de la reforma. La decisión última sobre la constitucionalidad de la ley del Consejo de la Magistratura, de la limitación casi absoluta de las medidas cautelares y de la creación de las cámaras de casación es una facultad indelegable de la Corte Suprema. El sólo traslado de una opinión sobre esa constitucionalidad cuestionada podÃa abrir las puertas de la recusación para todos los jueces supremos del paÃs.
El juez Hornos hizo esos cambios y quedó sometido a la crÃtica interna de algunos presidentes de las cámaras federales. Tiene un atenuante: debÃa decidir tales modificaciones el pasado jueves 18, cuando una huelga de personal habÃa paralizado todos los tribunales del paÃs. La nueva versión del planteo de los camaristas, firmada por Hornos, tiene fecha del 18 de abril. Tampoco podÃa esperar: el debate en Diputados era inminente.
El pacto es imposible cuando se advierte que la Corte está molesta por la reforma a la reforma enviada a último momento por el Gobierno. «Hay cosas positivas, pero también hay cosas que rechazamos de plano», dijo uno de los máximos magistrados. ¿Con qué cosas no están de acuerdo? Son varias. El Tesoro, por ejemplo, podrá meter mano en los fondos judiciales, que es un ahorro de 10 años de 5000 millones de pesos. El Gobierno ha encontrado otra caja para financiar su ahogo de recursos genuinos. Esos fondos podrÃan servir, por ejemplo, para los aumentos del personal judicial durante los próximos cinco años. Ahora, podrán ser usados por el Tesoro a cambio de bonos que pagará Dios si se acuerda de los argentinos.
Otro asunto conflictivo es el que les sacará a las Cámaras Federales y a la Corte la designación de los jueces subrogantes. El Gobierno ha mantenido históricamente un 30 por ciento de los juzgados sin nombrar titulares. Antes era la Corte o las Cámaras los que designaban a los jueces interinos. En adelante lo hará el Poder Ejecutivo, que previsiblemente enviará a sus amigos a administrar justicia. La Corte hizo lo que debÃa hacer en un momento extremo y agonizante de la República. ¿Fue suficiente? Seguramente, no. Sólo se preservó como la instancia final de una Justicia que deberá remendar sobre los estragos institucionales del cristinismo..
Tiene razón Morales Solá. Salvo en los Estados absolutos o totalitarios, en los cuales el legislador, como dice Ferrajoli, es “legibus solutus†(*), de manera que cualquier norma emanada por los sujetos y en las formas queridas por él es una norma válida, en los modernos estados constitucionales, la validez de la norma no depende sólo de los aspectos formales de la producción normativa que permite afirmar el “ser†o la existencia de las normas, depende igualmente del significado de los enunciados normativos producidos, y más exactamente de la valoración de la conformidad de su contenido con el “deber ser†jurÃdico establecido por normas superiores. El fundamento polÃtico o externo del moderno estado de derecho está en efecto en su función de garantÃa de los derechos fundamentales mediante la sanción de la anulabilidad de los actos inválidos; de las leyes por violación de las normas constitucionales; de los actos administrativos y decisiones judiciales, por violación de las leyes constitucionalmente válidas. Ferrajoli, Luigi. Derecho y razón. TeorÃa del garantismo penal. Trotta. Madrid. 2011. páginas 354 y siguientes.
(*) Libre de ataduras legales.