El jurista Gustavo Arballo advertÃa sobre la ley de medios, en un post de su blog, el 25 de septiembre de 2009, que los actores grandes del mercado de medios audiovisuales iban “a iniciar una guerra de guerrillas contra la Administración, litigando en sede administrativa y luego en sede judicial los mecanismos de transición. Cosa muy complicada, la cirugÃa bucomaxilofacial de la hidra de mil cabezas va a llevar tiempo y un pallet de anestesias y cautelares. (…) El cronograma y las bazas de esa transición no la puede controlar absolutamente el gobierno, no porque no pueda ser mayorÃa en la autoridad de aplicación, sino porque hay algo que se llama ‘control judicial’, que va a ser aquà persistentemente requerido y monitoreado, y uno piensa, prestamente ejercido.â€
Y concluÃa: “Esto ocurrirá asà con independencia del plazo nominal que use el legislador para ‘apurar’ el proceso†(énfasis del original).
Estas citas resultan ser, a casi cuatro años vista de escrito aquello, la mejor guÃa conceptual para entender el movimiento que intenta desde hace algunas horas Maurizio Macrì, el jefe del desgobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en derredor del expediente, en vÃas a tornarse batalla y eterna, por el cumplimiento efectivo y completo de lo dispuesto por la ley de servicios de comunicación audiovisual (LdSCA), en el que ha intervenido por medio de un DNU local que se pretende “en defensa de la libertad de expresiónâ€.
El operador del diario La Nación JoaquÃn Morales Solá puso blanco sobre negro al dÃa siguiente del mamarracho firmado por el intendente porteño: “(…) el trasiego de planteos por la jurisdicción será largo y seguramente terminará en la Corte Suprema de Justicia† (énfasis nuestro).
En efecto, habida cuenta de la muy probable –y, sobre todo, próxima– convalidación que de la LdSCA puede llegar a establecer la Corte Suprema de Justicia, el Grupo ClarÃn, cuyos intereses gerencia cabalmente el ex presidente de Boca Juniors como fiel exponente del bloque de clases dominantes que nunca ha dejado de ser, apuesta, ahora por medio del DNU porteño, a aferrarse de la que ha sido su táctica predilecta desde siempre: el paso del tiempo, a expensas del cual pueda operar polÃticamente una modificación de escenario en el que le sea posible esterilizar las pretensiones reguladoras de las instituciones de la república.
Dicho de un tirón: en la hipótesis de que la LdSCA fuera declarada constitucional en su totalidad –y no por partes como ocurrió con el fallo que a estos respectos firmó en abril último la Cámara Cautelar de Apelaciones en lo ClarÃn y Rural–, la sucesión de trámites que se harán necesarios a efectos de disponer la concreta aplicación de lo dispuesto en su articulado será de todo menos sencilla. Y cada nuevo acto administrativo en tal sentido abrirÃa una numerosa cantidad de posibles litigios que operasen en función de insistir en la paralización de la actividad del órgano administrador del Estado (esto es, el Poder Ejecutivo).
Lo antedicho fue parcialmente solucionado por el Estado a través de una de las seis leyes que integraron el primer paquete de la reforma judicial, por medio de la cual se corrigió el abuso de medidas cautelares de que se servÃan los distintos elementos del establishment. Bloqueada esa posibilidad, ClarÃn podrá ahora acudir al salvavidas de la sobrejudicialización que a partir del conflicto de competencias generó Macrì con el DNU local que acaba de presentar, de evidentes pretensiones electorales y que presta enorme atención de las vicisitudes que alega el multimedios conducido por el contador Héctor Magnetto.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como cualquiera de las 23 provincias de la organización federal establecida por la Constitución Nacional, conserva para sà la competencia regulatoria en materia de libertad de imprenta. Ello es asà desde la reforma constitucional de 1860, fue una de las condiciones que puso el entonces Estado de Buenos Aires para aceptar la reunificación nacional con la Confederación. Temerosos los dueños de los diarios porteños del siglo pasado de posibles represalias que pudiera querer cobrarse con ellos el general Justo José de Urquiza, lÃder de la Confederación, por el trato denigrante que recibÃa en sus páginas.
La definición, entonces, rastreada en su sentido histórico, está clara: es sobre prensa escrita que no puede establecerse la jurisdicción federal. Asà y todo, las estipulaciones de la ley de medios no requieren de ser abordadas a través de analogÃa ninguna, tienen regulación especÃfica en la CN artÃculo 75, inciso 19, párrafo cuarto, que establece como atribución del Congreso, entre muchÃsimas otras enumeradas en el mismo artÃculo, la de “Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artÃstico y los espacios culturales y audiovisuales.â€
Doctrina, por otro lado, compartida también por una serie de fallos de Corte Suprema de Justicia, el último de los cuales es del año 2012, en un caso en que la provincia de San Luis demandó contra las potestades del Estado nacional en materia audiovisual.
El DNU PRO-ClarÃn, asà las cosas, confunde –por supuesto que de manera intencional– las competencias entre el orden federal y el local, por un lado, además de, en virtud de la excesiva cantidad de facultades que se auto atribuye en su articulado, pasar abiertamente por encima de otra legislación nacional (la ley de quiebras, por caso, con una prohibición al desapoderamiento de bienes, y también el derecho de huelga de los trabajadores de prensa) y aún constitucional (exceptuando a un tipo particular de empresas, las de medios, de la posibilidad de expropiación, lo que a su vez conlleva problemas en términos de igualdad).
Y nunca estará de más recordar la voluntad desesperada de Macrì por colocarse a resguardo de sus propias desventuras judiciales, está procesado en doble instancia por los tribunales federales en la causa por escuchas ilegales. Ésta será una de tantas bengalas que a que pueda acudir como excusa si ese asunto se le complica cuando le llegue la hora de victimizarse mintiendo persecuciones que atribuirá a su condición de opositor al kirchnerismo.
De todas formas, interesa poco adentrarse en la especificidad de la amplia gama de cuestionamientos legales que es posible señalar del esperpento jurÃdico firmado por Macrì. El bloque que integra el jefe del desgobierno porteño ya ha reconocido expresamente que es secundario para ellos el territorio argumentativo, tan es asà que se está en medio de una suerte de psicosis social a partir de la especie de una hipotética intención por parte del gobierno nacional de intervenir el Grupo ClarÃn, que a esta hora no ha superado el rango de las formas verbales condicionales.
A pocas horas de anunciado el blanqueo de capitales por el equipo económico de la presidenta CFK, fracasó un nuevo intento de corrida bancaria, tanto que ahora el precio de la divisa ilegal desciende raudamente. Se hacÃa necesario generar una nueva lÃnea de condicionamiento al oficialismo: el cuidado de la salud de ClarÃn, teóricamente en riesgo, es la respuesta. En momentos en que la confrontación del grupo dominante del mercado infocomunicacional argentino con la legalidad ha ingresado en tiempo de descuento y con pronóstico reservado.
Justo en la semana en la que se cumplieron 10 años de la amenaza de José Claudio Escribano en tapa de La Nación al entonces recién consagrado presidente Néstor Kirchner. El pliego de condiciones al que debÃa someterse si no querÃa que su gobierno durase apenas un año. Que asÃ, después de todo, se habÃa manejado siempre el establishment con los gobiernos consagrados desde 1983: sólo se gobernaba si era en acuerdo con el bloque de clases dominantes, al que los diarios ClarÃn y La Nación expresan y organizan; y si no, no. Por ese pliegue intenta ahora Macrì erigirse antagonista refutatorio del presente ciclo histórico: que la polÃtica vuelva a ser mera instancia de convalidación de negocios privados.
A la luz de lo sucedido en estos 10 años, cada cual podrá sacar sus conclusiones respecto de si finalmente Kirchner accedió o no a las amenazas que le formularon. No fue uno, como pronosticó Escribano. Ya van 10, serán 12 y quién sabe si no más. Hoy el pliego de condiciones se denomina “cotización del dólar blue†y “amenazas contra la libertad de expresiónâ€. A partir de lo aprendido en una experiencia de la que fue protagonista principalÃsima, sabrá la Presidenta cómo responder a las bravuconadas de los mafiosos de 2013, según Néstor lo hiciera con los de 2003.
Sabe cuál fue el camino que permitió a su espacio dejar en ridÃculo por decuplicado a quienes creyeron que podrÃan maniatarlo. Se trata no más que de reincidir en lo que ya ha sido exitoso.
Pablo, aunque solemos disentir, respeto tu inteligencia y pasión. Y por eso me permito decirte que estás equivocado en denigrar al tribunal que falló la causa de la LSCA de la forma en que lo hacés. Al menos en lo que respecta a Najurieta te puedo asegurar que es una de la personas más rectas dentro del mundo del derecho. La tuve de profesora de internacional privado. Cualquiera que haya cursado en su comisión sabe porqué; difÃcilmente vayas a encontrar un adjunto con más compromiso y humildad hacÃa el alumno. Fue ovacionada al final del curso. Y luego trabajé con ella por un tiempo, y te aseguro que es un caso único -conozco por dentro dos fueros federales y trabajé con más de diez jueces diferentes-. Va todos los dÃas de 8 y media a 6 de la tarde, escribe todas sus sentencias, revisa todo, es amable, humilde y respetuosa. Se preocupa por el personal, es tan correcta que cuando le instalan algo en la computadora pregunta a los técnicos de computación si el PJN tiene la licencia del software. Como me dijo alguien una vez: «no predica, vive la caridad cristiana». Y no estoy exagerando.
En cuando a lo demás, yo no estoy tan seguro que el fallo de la Corte vaya a ser enteramente favorable al gobierno -estimo que corregirá el tema de participación cruzada de cable y señal, que es lo más flojo del fallo de Cámara-. Y el DNU de Macri me lo tomo con menos dramatismo. Lo veo como una declaración inofensiva que no va a tener demasiadas consecuencias prácticas. Sà creo que el GCBA no tiene facultades para regular de esa forma el mercado audiovisual. Juega, cuando menos, la cláusula del comercio del art. 75.13 de la CN -por nombrar una norma constitucional-.
Es cierto que soy injusto con ella, el tema son sus dos compañeros, sobre todo De Las Carreras.
Tengo el dato de que el fallo de Corte es 4 a 3 a favor de confirmar la sentencia de primera instancia (Zaffaroni, Lorenzetti, Highton y Maqueda versus Petracchi, Fayt y Argibay) de pasillos de tribunales.
Por último, si vemos el DNU de Macrì con menor dramatismo porque se trata de una cuestión inocua, que es verdad que en el fondo lo serÃa, entonces correspondientemente deberÃamos muchÃsimas veces desdramatizar el asunto muchas veces que el gobierno nacional actúa que parece por cómo se lo cuenta que estamos en medio de Kosovo. Claro que no lo digo por vos. Y para no agarrarmela automáticamente con crÃticas por derecha, que son la mayorÃa, puedo mencionar el caso de la ley antiterrorista.
Abrazo.
Traducción del artÃculo: «Blah blah blah …nada menos que Macri nos viene a deschavar lo fachos que somos, yaddah yaddah yaddah ….qué adentro que la tenemos, sarasa sarasa sarasa …Mauri por favor sacánosla un poquito …etc.».
Frente a lo cual sólo procede remitirme a las sabias palabras del filósofo contemporáneo Guillermo Francachela: «AAAAAA COMEEEEEEEEERLAAAAAAAAAAA…».
Hoy, muy previsiblemente, le dictaron una cautelar en contra. Me parece que el que la tiene adentro sos vos y tu amigo el inútil Mauri
Mauri sacanosla un poquito… y ponete a laburar para la ciudad que «gobernas»…un poquitito aunque sea
El decreto de Macri apenas tiene una cautelar en contra por dos párrafos referidos a temas tributarios. Tu jefa en cambio tiene la ley de medios parada hace tres años y se tuvo que meter el 7D en el ojete …¿todavÃa te queda alguna duda de quién la tiene adentro, salame?
pobrecito
¿Quién te dijo que soy pobre? ¿Querés ver mi bóveda?