Nuevas falsedades del Gobierno en la audiencia por la Ley de Medios

Nuevas falsedades del Gobierno en la audiencia por la Ley de Medios
Como en el día de ayer, los representantes del Gobierno Nacional volvieron a utilizar
información falsa y argumentos sesgados en la audiencia de la causa por la Ley de Medios.
El Gobierno ratificó que considera a las licencias “meros privilegios precarios”, a los que puede cancelar antes de su vencimiento, generando una “espada de Damocles” sobre la libertad de expresión de los medios que utilizan esas licencias. Así, estos se convertirían en rehenes de la discrecionalidad estatal, lo que configura un típico caso de censura indirecta según el Pacto de San José de Costa Rica.
Con igual gravedad, el Gobierno pretendió desconocer para los medios audiovisuales la protección constitucional del artículo 32, limitándolo insólitamente a la prensa gráfica, pese a la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema.
El AFSCA no supo contestar cuántas licencias detenta el Grupo Clarín y cuál es su participación en cada uno de los mercados en los que compite. Frente a ello, debemos reiterar que Grupo Clarín convive con más competidores que el promedio mundial. Tiene 8 radios sobre 12 mil (2 en AMBA sobre 550), 4 canales abiertos sobre 45 analógicos y 32 digitales, 1 señal de noticias sobre 7 existentes, y participa de un 24% del mercado de acceso a Internet.
Los funcionarios no pudieron explicar por qué se necesitaría quitarle licencias al Grupo Clarín para que existan otras voces. Por el contrario, quedó demostrado que -tanto en los medios que usan espectro como en los que no lo usan-, no hay impedimento alguno para que existan nuevos participantes. Y que esto no depende en absoluto de las licencias del Grupo Clarín. De hecho, tampoco pudieron explicar por qué quedaron vacantes los concursos de 220 licencias de TV digital, si existen voces que no pueden expresarse.
El propio AFSCA reconoció que, desde la sanción de la ley, otorgó más de 800 licencias. Y lo pudo hacer sin desguazar al Grupo Clarín. ¿Entonces por qué la falacia de que necesita destruirlo para generar nuevas voces?
Respecto de la supuesta “adecuación” de otros Grupos, el AFSCA no pudo responder por qué sólo el 35,9% de los mismos están adecuados (muchos de ellos con insólitos “simulacros de adecuación”), cuando el plazo venció a fines de 2011.
Otra falsedad fue la alusión a un supuesto plan de adecuación del socio minoritario de Cablevisión. Nunca ese socio, Fintech, presentó un plan de adecuación. Sólo hizo una mera consulta.
Quedó en claro que el Gobierno no se basó, a la hora de redactar los límites del art. 45, en estudios o análisis de mercado ni de defensa de la competencia. Esto condujo a que no pudiera justificar por qué consideró razonable el límite de 24 licencias locales de cable (cuando sus competidores pueden llegar a todo el país), el porcentaje del 35% de mercado (cuando el mismo fue derogado en otros países y aquí no se le aplica al Estado), la incompatibilidad entre TV abierta y cable (cuando son dos servicios que no compiten entre sí), o el límite de una señal audiovisual (que no usa espectro y favorece la diversidad). Tampoco pudo explicar en qué se basó para reducir de 24 a 10 las licencias de radiodifusión, modificando la norma de 1999, pese a que hoy existe mucho más espacio en el espectro por la digitalización.
En el colmo de la manipulación, el AFSCA puso en un pie de igualdad licencias que cubren todo el país con aquellas que sólo corresponden a una pequeña localidad. Así, pretendió comparar las 158 licencias locales de Cablevisión con la única licencia nacional de DirecTV. Y omitió que otros operadores, como Telecentro, cubren con una sola licencia la misma área geográfica que a Cablevisión le demanda 21 licencias. Además, faltó a la verdad al afirmar que el Grupo Clarín tiene 237 licencias de cable cuando en realidad tiene 158.
El organismo pretendió sugerir que Cablevisión no cumple con el régimen de multiplicidad de licencias, cuestión absolutamente falsa pues la empresa devolvió todas las licencias excedentes al momento de notificar su fusión. Y sostuvo que los canales Paka-Paka y CN23 (este último privado) no estaban en la grilla de Cablevisión, pese a que ambos se encuentran disponibles en el servicio básico digital, que se ofrece sin cargo y sin codificar, como marca la ley.
Se sostuvo que Cablevisión tiene una participación del 45% del mercado, cuando la propia AFSCA, en documentos públicos, afirma que posee el 40,8%. También falseó números de participación del Grupo Clarín en radio y TV abierta.
Los funcionarios pretendieron alarmar mencionando pérdida de fuentes de trabajo y cierres de canales locales. Pero con Cablevisión sucedió todo lo contrario: desde 2007 tiene más de 2 mil nuevos puestos de trabajo. Y los canales locales se multiplicaron y potenciaron su calidad de producción. Los canales “Somos” son el mejor ejemplo de ello.
El Gobierno pretendió justificar la inédita prohibición de explotar un canal abierto y un cable en la misma ciudad con un ejemplo de San Juan, donde históricamente hubo un solo canal abierto. Sin embargo, en el AMBA, Canal 13 compite otros 4 canales abiertos y 32 digitales. Y los concursos allí también quedaron desiertos. Por ello, no hay razón alguna para excluir al Grupo Clarín de Canal 13, salvo que justamente se lo quiera silenciar por expresar una voz crítica.
Se pretendió justificar el límite de una señal audiovisual con el argumento de evitar exclusiones de otras. Se trata de un sinsentido, ya que estas no usan espectro y existen diversos operadores de TV paga que compiten intensamente. Además, la digitalización permite multiplicar la cantidad de señales transportadas, y los grandes grupos mundiales explotan aquí más de 40 señales. ¿Cómo entender que se quieran silenciar 7 señales argentinas, que dan trabajo aquí, y al mismo tiempo autorizar centenares de los Estados Unidos?
Al ser preguntada por la Corte sobre si existen sanciones contra el Grupo Clarín o Cablevisión por “abuso de posición dominante”, el AFSCA optó por eludir la respuesta, apelando a la existencia de vagas “denuncias” que no especificó. Quizás lo hizo porque sabe perfectamente que el Grupo no ha recibido sanciones por este tema.
Respecto de la sustentabilidad de las empresas de cable, el AFSCA mencionó que el segundo y el tercer operador de TV paga (DirecTV y Supercanal) son sustentables. Lo que no aclaró es que DirecTV es una empresa regional, que opera en toda Latinoamérica con 16 millones de abonados. Y que Supercanal está en concurso preventivo desde hace más de 15 años, con un servicio de mucha menor calidad al de Cablevisión. Está claro que ambas empresas no son sustentables con sus operaciones argentinas.
Respecto de la sustentabilidad del Grupo Clarín, quedó acreditado a lo largo del expediente, que la misma está dada por su estructura actual. La conformación multimedia del Grupo Clarín es la que le permite, según las pericias, sostenerse autónomamente pese a estar excluido de la publicidad oficial, sufrir el cepo publicitario privado y soportar una escalada inédita de hostigamiento oficial. Sólo con esta estructura nacional (que compite con grandes actores globales) el Grupo Clarín puede seguir produciendo contenidos televisivos de nivel internacional, investigación periodística de la más alta calidad y servicio de cable e Internet según los estándares mundiales.
Hoy, con un mercado de medios audiovisuales controlado directa o indirectamente en un 80% por el Gobierno, el espacio para las voces críticas está claramente amenazado. La existencia de medios verdaderamente sustentables sin asistencia estatal es una garantía de libertad de expresión.
Buenos Aires, 29 de agosto de 2013.-

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2 comentarios en «Nuevas falsedades del Gobierno en la audiencia por la Ley de Medios»

  1. Respuesta de Craciana Peñaflort en la audiencia pública

    “Para el Estado la licencia es un privilegio que no genera derechos adquiridos en términos de mantenimiento de la misma”

    Constitución de la Nación Argentina

    Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

    Artículo 16.- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.

    Artículo 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

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