En estos momentos, el Congreso Nacional está tratando el proyecto para sancionar un nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Frente a este relevante acontecimiento, es muy importante que el público conozca los antecedentes del proceso de reforma y unificación de esos códigos, que comenzó hace casi treinta años, con la reinstauración de la democracia.
Existe un amplio consenso desde hace muchos años en la comunidad académica argentina acerca de que es necesaria una reforma integral del Código de Comercio (sancionado en 1862) y, especialmente, del Código Civil (de 1869), que es el que más influye en la vida cotidiana de las personas. Se presentaron proyectos en los años 1987, 1992 (dos iniciativas) y 1998, y ninguno fue adoptado.
En la actual oportunidad, se formó una comisión redactora integrada por los profesores Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Aída Kemelmajer de Carlucci. La comisión convocó a casi cien juristas de todo el país, que fueron aportando opiniones y conformaron grupos de trabajo. Sobre la base de la labor colectiva de todos ellos -coordinada y dirigida por la comisión- se redactó el proyecto, que representa la opinión de todo el mundo académico especializado en derecho civil y comercial. Es lógico que, habiendo tantos temas en juego, existan polémicas sobre aspectos parciales, pero no hay duda alguna de que el mundo académico desea terminar con 30 años de frustraciones y dar un código nuevo a la comunidad.
El proyecto fue luego presentado por la comisión al Poder Ejecutivo, quien le hizo algunas modificaciones y lo envió al Congreso. Allí se formó la Comisión Bicameral, integrada por muchos partidos, que desarrolló una extraordinaria labor: numerosas audiencias públicas en todo el país, debates con participación de todos los sectores, gran cantidad de ponencias. Luego se resumieron las cuestiones centrales, con lo cual el proyecto estaba en condiciones de ser tratado hace un año.
Este breve resumen de lo actuado, que está publicado en todos los medios, es una muestra de que estamos en presencia del proceso de codificación más participativo y democrático de la historia argentina y de toda la región.
El contenido del proyecto ha sido discutido ampliamente en la comunidad jurídica. En todos los temas han participado los mejores juristas del país, y no hay en él normas que puedan causar temor alguno en la sociedad. De hecho, lo proyectado representa, en gran medida, lo que ya aplica la jurisprudencia y lo que reflejan las costumbres, que han avanzado respecto de la ley. En los numerosos congresos y cursos nacionales e internacionales realizados sobre el tema en países como Francia, España, Alemania, Italia, Brasil y Uruguay no hubo más que elogios dentro del mundo académico; e incluso los principios latinoamericanos de los contratos, que están siendo elaborados por juristas de muchos países, se han inspirado en varios casos en el proyecto argentino.
Es lógico y saludable que existan aspectos controvertidos. La Comisión Bicameral los ha podido comprobar en sus sesiones y están publicados. Más allá de los ajustes que tienen que hacerse, no hay demasiados temas importantes que estén discutidos y en los que no pueda haber soluciones, pero ésa es una decisión del Parlamento.
Lo relevante es que la comunidad académica, la judicial y los especialistas en general, están contestes en que la nueva codificación traerá progreso y beneficios para la población.
Por eso estoy convencido de que debemos dejar actuar al Congreso en las definiciones que se tienen que dar, para llegar por fin a una nueva codificación enfocada en los problemas del ciudadano común, que será una renovación importantísima para mejorar la vida de nuestro pueblo.
El autor es profesor universitario y juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil .
Existe un amplio consenso desde hace muchos años en la comunidad académica argentina acerca de que es necesaria una reforma integral del Código de Comercio (sancionado en 1862) y, especialmente, del Código Civil (de 1869), que es el que más influye en la vida cotidiana de las personas. Se presentaron proyectos en los años 1987, 1992 (dos iniciativas) y 1998, y ninguno fue adoptado.
En la actual oportunidad, se formó una comisión redactora integrada por los profesores Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Aída Kemelmajer de Carlucci. La comisión convocó a casi cien juristas de todo el país, que fueron aportando opiniones y conformaron grupos de trabajo. Sobre la base de la labor colectiva de todos ellos -coordinada y dirigida por la comisión- se redactó el proyecto, que representa la opinión de todo el mundo académico especializado en derecho civil y comercial. Es lógico que, habiendo tantos temas en juego, existan polémicas sobre aspectos parciales, pero no hay duda alguna de que el mundo académico desea terminar con 30 años de frustraciones y dar un código nuevo a la comunidad.
El proyecto fue luego presentado por la comisión al Poder Ejecutivo, quien le hizo algunas modificaciones y lo envió al Congreso. Allí se formó la Comisión Bicameral, integrada por muchos partidos, que desarrolló una extraordinaria labor: numerosas audiencias públicas en todo el país, debates con participación de todos los sectores, gran cantidad de ponencias. Luego se resumieron las cuestiones centrales, con lo cual el proyecto estaba en condiciones de ser tratado hace un año.
Este breve resumen de lo actuado, que está publicado en todos los medios, es una muestra de que estamos en presencia del proceso de codificación más participativo y democrático de la historia argentina y de toda la región.
El contenido del proyecto ha sido discutido ampliamente en la comunidad jurídica. En todos los temas han participado los mejores juristas del país, y no hay en él normas que puedan causar temor alguno en la sociedad. De hecho, lo proyectado representa, en gran medida, lo que ya aplica la jurisprudencia y lo que reflejan las costumbres, que han avanzado respecto de la ley. En los numerosos congresos y cursos nacionales e internacionales realizados sobre el tema en países como Francia, España, Alemania, Italia, Brasil y Uruguay no hubo más que elogios dentro del mundo académico; e incluso los principios latinoamericanos de los contratos, que están siendo elaborados por juristas de muchos países, se han inspirado en varios casos en el proyecto argentino.
Es lógico y saludable que existan aspectos controvertidos. La Comisión Bicameral los ha podido comprobar en sus sesiones y están publicados. Más allá de los ajustes que tienen que hacerse, no hay demasiados temas importantes que estén discutidos y en los que no pueda haber soluciones, pero ésa es una decisión del Parlamento.
Lo relevante es que la comunidad académica, la judicial y los especialistas en general, están contestes en que la nueva codificación traerá progreso y beneficios para la población.
Por eso estoy convencido de que debemos dejar actuar al Congreso en las definiciones que se tienen que dar, para llegar por fin a una nueva codificación enfocada en los problemas del ciudadano común, que será una renovación importantísima para mejorar la vida de nuestro pueblo.
El autor es profesor universitario y juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil .