Despouy: «En deuda las reglas son muy precarias»

EL PAIS › LEANDRO DESPOUY DESTACO EL PARI PASSU Y CRITICO EL DERECHO SOBRE LAS DEUDAS
Auditor, ex director de Derechos Humanos de la Cancillería, antiguo exiliado desde la aparición de la Triple A, Despouy analizó el problema de los fondos buitre, destacó las normas globales existentes y se quejó de las insuficiencias.
Por Martín Granovsky
El actual presidente de la Auditoría General de la Nación fue asesor de la Dirección de Derechos Humanos y luego director del área en la Cancillería en el gobierno de Raúl Alfonsín. Durante la presidencia de Fernando de la Rúa volvió al puesto como representante especial para los Derechos Humanos, una virtual subsecretaría. Desde allí Leandro Despouy ayudó al juzgamiento de represores en el exterior, contra la opinión del propio gobierno, y discutió con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el alcance de los juicios patrimoniales contra el Estado.
–Ambas experiencias le permiten sacar una conclusión sobre la situación con los fondos buitre después del fallo del juez Thomas Griesa.
–Sí. Que la Argentina no puede asumir ningún compromiso internacional que implique una violación del principio de pari passu.
–Igualdad de tiempos y de derechos.
–Sí. Y por ese motivo los compromisos se van cumpliendo de acuerdo con los pactos asumidos. El principio, aplicado a las deudas, es relativamente moderno y se ensayó con la Argentina, Indonesia y Rusia, entre otros estados. El país no puede ofrecer a otros acreedores condiciones más favorables que a unos anteriores. La negociación original implicaba quitas y plazos al mismo tiempo. El Estado luego puede hacer otras negociaciones, pero no en condiciones más favorables. Se buscaba que los estados pagaran en la medida en que pudieran. Por eso incluso los organismos internacionales respaldaban esas negociaciones. Es un principio básico de equidad y de legalidad sobre el cual se reestructuró todo el conjunto de deudas. Violar ese principio es peligroso.
–¿Por qué?
–Implicaría destruir las bases de la reestructuración y expandir la destrucción a otros países que renegociaron antes. Pero además la Argentina como Estado asumió esas bases. Es deuda soberana.
–La Corte Suprema de los Estados Unidos discutió ese punto en su fallo de mediados de junio.
–Pero no hay duda de que es deuda soberana. La asumió el Estado a través de las negociaciones del Poder Ejecutivo y la aprobó el Poder Legislativo. El Ejecutivo, lo quiera o no lo quiera, no puede negociar deuda en otras condiciones que las ya llevadas a cabo. Si no, significaría que el Congreso aprobó un monto de deuda que, por poner una hipótesis al vuelo, después hubiera podido duplicarse. Según el fallo de Nueva York confirmado por la segunda instancia los acreedores que no se sometieron al sistema de reestructuración de la deuda pueden embargar los fondos que el Estado argentino deposite. Es otra violación del pari passu, porque se trata de deuda registrada en los organismos internacionales. El juez asimila al Estado argentino a una empresa, a un privado. Y eso no puede ser.
–¿Por qué hay tan pocas reglas internacionales si uno compara la deuda y sus efectos con áreas temáticas como los crímenes de lesa humanidad?
–En materia de deuda las reglas internacionales son muy precarias y poco desarrolladas. Pero al mismo tiempo hay reglas, como la de pari passu, muy consolidadas como práctica. Se consolidaron porque su violación puede tener consecuencias imprevisibles e inimaginables.
–¿Cuál es la razón de la precariedad?
–Es un derecho que se construyó pensando en los acreedores más que en los deudores y en los estados. Hubiera sido distinto si en la década del 80 los países que heredaban las deudas de las dictaduras hubieran podido negociar en conjunto. No pudieron. De todos modos, no delegaron soberanía. Ese fue el mérito más grande de Raúl Alfonsín y tal vez una de las razones de la alarma que despertó en ciertos sectores ultraconservadores. Pero la Argentina no pudo negociar desde un derecho de los deudores. En cambio sí hubo una fuerte literatura muy crítica del endeudamiento. El problema central es que los acreedores tuvieron el respaldo de los países poderosos. Hicieron que en la práctica los países deudores asumieran la deuda debido a las enormes presiones y a los enormes condicionamientos. Recién después surgieron las teorías del default en condiciones de crisis extrema.
–¿En qué se expresó la cesión de soberanía para la solución de controversias?
–En que el resto del mundo tratara de establecer tribunales fuera de la órbita nacional, como el caso del Ciadi, donde los países se deben someter obligatoriamente cuando se plantean conflictos con entidades o empresas extranjeras. En lugar de haberse producido un fenómeno de consolidación de las soberanías o una entidad de los endeudados, ocurrió lo contrario. Con Carlos Menem en la presidencia la Argentina se lanzó a la abdicación abierta de la soberanía. No lo hizo Brasil, y por eso sigue teniendo mayor fortaleza sin haber dejado de recibir un gran nivel de inversión extranjera. En la Argentina las inversiones llegaron con inversión de soberanía. ¿Para qué? Para dar seguridad jurídica, era el argumento. ¿A quién? A los acreedores. Pensando en estas cosas es que a comienzos de la democracia discutimos la forma de adherir a la Convención Americana de Derechos Humanos. El texto se orienta sobre todo a preservar los derechos civiles y políticos pero proteger el derecho de propiedad. Les pone pocas limitaciones al uso de la propiedad y a su goce. Por eso a comienzos de la democracia el reconocimiento de ese derecho podía generarle problemas graves a un país aquejado por una tremenda deuda externa y sin apoyo de los acreedores. Entonces la Argentina introdujo una reserva. Dijo que ni la Comisión de Derechos Humanos ni la Corte Interamericana de Derechos Humanos podían intervenir en cuestiones de política económica. La Cancillería, donde yo revistaba en el área de Derechos Humanos, depositó la ratificación de la Convención por parte del Congreso aclarando esa cláusula que menciono. El que se dio cuenta del alcance que tenía la reserva fue Alvaro Alsogaray, que impugnó la Convención. Muchos años después, antes de la crisis del 2001, me tocó intervenir otra vez desde la Cancillería en casos presentados ante la Comisión Interamericana. El Banco Federal del Norte tenía de abogado a Bob Dole, que había sido senador y candidato a presidente por el Partido Republicano en 1996. El Banco invocó el derecho de propiedad. Como representante especial para los derechos humanos de la Cancillería, me encargué de conseguir que no hubiera juicios patrimoniales. La Convención americana fue escrita para evitar que a un tipo le arrancaran los ojos, no para que los bancos arreglaran cuentas.
–Como ex relator de la ONU para cuestiones de independencia del Poder Judicial, ¿de qué modo puede considerarse a la Justicia de los Estados Unidos?
–Estados Unidos es un país con márgenes importantes de independencia pero ofrece dos debilidades. Una es que el propio sistema registró situaciones de racismo, por ejemplo, lo cual se expresa en la cantidad desproporcionada de afroamericanos y latinos en condiciones de detención. Es un tema que llegó a la propia Justicia de los Estados Unidos y hubo sentencias anuladas por brotes de racismo. La otra debilidad es una sorprendente defensa del interés privado por sobre las cláusulas de equidad de las negociaciones de las deudas.
–Sin que la crítica a un país signifique automáticamente la santidad de la Justicia en el país desde el que se hace la crítica, también surgió el problema de la cárcel de Guantánamo.
–Sí. En el tratamiento de los presos de Guantánamo violaron principios fundamentales: tortura, detenciones arbitrarias, comisiones especiales, ataque al principio de defensa y a la integridad física. Yo mismo como funcionario de Naciones Unidas critiqué esas violaciones y me dirigí al presidente Barack Obama pidiéndole que cerrara Guantánamo por las torturas, por la falta de tribunales ordinarios y por la clandestinidad. Por eso digo que globalmente es un sistema judicial avanzado, que funciona, con libertad de expresión, y tiene al mismo tiempo las debilidades que cité. No devaluemos todo porque no sería real ni justo.
“Es un derecho que se construyó pensando en los acreedores más que en los deudores y los estados.”

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