RIBAMAR OLIVEIRA Brasilia
El gasto en abonos salariales en Brasil (complemento del salario pagado por el estado en el sector formal) está en una trayectoria explosiva, con su duplicación en los últimos cuatro años. En 2007, ese gasto fue de R$ 5.100 millones y, el año pasado, alcanzó R$ 10.380 millones, de acuerdo con el Sistema Integrado de Administración Financiera del Gobierno Federal.
La previsión del ministerio de Planificación es que el gasto en este subisidio alcance R$ 13.300 millones este año, lo que representa un aumento de 28%.
El número de trabajadores con derecho a recibir anualmente el abono, que equivale a un salario mínimo, más que triplicó en los últimos once años, pasando de 5,6 millones en 2000 a 20,3 millones en 2011. En ese total se incluyen los trabajadores de la iniciativa privada y los empleados públicos civiles y militares.
En función del crecimiento acelerado, el equipo económico del gobierno comenzó a estudiar las maneras en que podrían controlarse ese gasto. El Palacio do Planalto acompaña las discusiones, aunque el tema todavía no fue llevado a la mesa de decisión de la presidenta Dilma Rousseff.
La evaluación inicial del área técnica es que las actuales reglas de concesión del beneficio son demasiado generosas y precisan revisarse. Para recibir el abono, el trabajador precisa solamente haberse desempeñado con vínculo de dependencia al menos por 30 días, consecutivos o no, en el año base que se considere para la tributación del beneficio.
Los trabajadores precisan además haber recibido remuneración mensual de hasta dos salarios mínimos el año anterior y estar registrados, desde hace cinco años, en el Programa de Integración Social (PIS) y en el Programa de Formación del Patrimonio del Empleado Público (Pasep). No tienen derecho al beneficio los trabajadores urbanos y rurales vinculados a un empleador Persona Física, empleados domésticos y menores de edad que realizan tareas de aprendices.
La mayor dificultad para los cambios en las reglas es que el abono salarial, previsto en la Constitución, fue reglamentado por la ley 7.859, de 1989. Cualquier alteración tendrá, por lo tanto, que someterse al Congreso Nacional, lo que envolverá seguramente una difícil negociación política.
Algunos sectores del gobierno defienden también la reglamentación del del artículo 239 de la Constitución, que prevé una contribución adicional para el financiamiento del seguro desempleo. Las empresas cuyo índice de rotación de la fuerza de trabajo supere el índice promedio de rotación del sector pagarían ese adicional.
Aunque la economía del país creó un alto número de nuevos puestos de trabajo formal en los últimos años, el gasto del gobierno con el seguro desempleo batió record en 2011, alcanzando R$ 23.800 millones. Cuando recortó el presupuesto en R$ 50.600 millones el año pasado, el gobierno esperaba mantener el gasto total con el seguro desempleo y el abono salarial en R$ 27.100 millones. Pero el gasto llegó a R$ 34.200 millones el año pasado, según datos de la Secretaría del Tesoro Nacional.
Como el abono salarial y el seguro desempleo se pagan con recursos del Fondo de Amparo al Trabajador (FAT), cuya principal fuente es la contribución del PIS/Pasep, el adicional previsto en la Constitución ayudaría a contrabalancear el aumento de los gastos, según esos sectores. El riesgo que corre el gobierno es que, en el futuro, los recursos de FAT no sean suficientes para costear los dos beneficios y obligue al Tesoro a complementar ese pago.
Instituido en la década del 70, durante el gobierno militar, el abono es una especie de décimo cuarto salario que se paga al trabajador con vínculo con empleadores contribuyentes del PIS/Pasep y que gane como máximo dos salarios mínimos.
El objetivo del beneficio era asegurar una participación del empleado en la vida y en el desarrollo de la empresa y, en el caso de los empleados públicos, participar del ingreso de los organismos y entidades integrantes de la administración pública directa e indirecta.
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La previsión del ministerio de Planificación es que el gasto en este subisidio alcance R$ 13.300 millones este año, lo que representa un aumento de 28%.
El número de trabajadores con derecho a recibir anualmente el abono, que equivale a un salario mínimo, más que triplicó en los últimos once años, pasando de 5,6 millones en 2000 a 20,3 millones en 2011. En ese total se incluyen los trabajadores de la iniciativa privada y los empleados públicos civiles y militares.
En función del crecimiento acelerado, el equipo económico del gobierno comenzó a estudiar las maneras en que podrían controlarse ese gasto. El Palacio do Planalto acompaña las discusiones, aunque el tema todavía no fue llevado a la mesa de decisión de la presidenta Dilma Rousseff.
La evaluación inicial del área técnica es que las actuales reglas de concesión del beneficio son demasiado generosas y precisan revisarse. Para recibir el abono, el trabajador precisa solamente haberse desempeñado con vínculo de dependencia al menos por 30 días, consecutivos o no, en el año base que se considere para la tributación del beneficio.
Los trabajadores precisan además haber recibido remuneración mensual de hasta dos salarios mínimos el año anterior y estar registrados, desde hace cinco años, en el Programa de Integración Social (PIS) y en el Programa de Formación del Patrimonio del Empleado Público (Pasep). No tienen derecho al beneficio los trabajadores urbanos y rurales vinculados a un empleador Persona Física, empleados domésticos y menores de edad que realizan tareas de aprendices.
La mayor dificultad para los cambios en las reglas es que el abono salarial, previsto en la Constitución, fue reglamentado por la ley 7.859, de 1989. Cualquier alteración tendrá, por lo tanto, que someterse al Congreso Nacional, lo que envolverá seguramente una difícil negociación política.
Algunos sectores del gobierno defienden también la reglamentación del del artículo 239 de la Constitución, que prevé una contribución adicional para el financiamiento del seguro desempleo. Las empresas cuyo índice de rotación de la fuerza de trabajo supere el índice promedio de rotación del sector pagarían ese adicional.
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Como el abono salarial y el seguro desempleo se pagan con recursos del Fondo de Amparo al Trabajador (FAT), cuya principal fuente es la contribución del PIS/Pasep, el adicional previsto en la Constitución ayudaría a contrabalancear el aumento de los gastos, según esos sectores. El riesgo que corre el gobierno es que, en el futuro, los recursos de FAT no sean suficientes para costear los dos beneficios y obligue al Tesoro a complementar ese pago.
Instituido en la década del 70, durante el gobierno militar, el abono es una especie de décimo cuarto salario que se paga al trabajador con vínculo con empleadores contribuyentes del PIS/Pasep y que gane como máximo dos salarios mínimos.
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