Como Argentina, también en Uruguay se restringen las compras por Internet

Las restricciones para la compra de productos a través de Internet cruzaron el charco y llegaron a Uruguay. Al estilo de las normas que implementan en nuestro país la AFIP y la Aduana, también en la vecina orilla se limitarán las operaciones por Internet. La medida comenzará a regir a partir del 1´ de enero de 2015 desde cuando será obligatorio que quien realice compras en el exterior mediante la web sea propietario de una tarjeta de crédito internacional cuya titularidad coincida con el titular de la compra y con el destinatario de la encomienda. También se restringirán a cinco las operaciones anuales por persona por hasta u$s 200 cada una. Esta medida regirá para cualquier tipo de adquisición por encomienda que provenga desde el exterior, incluso las menores a u$s 50 que hasta ahora tienen acceso libre y que generalmente son las que provienen de China, en especial del sitio AliExpress. Además, se requerirá más información a las firmas -hasta 17 datos- en cada operación que se realice y las compras no deberán tener fines comerciales. Por su parte, los libros y los medicamentos quedarán exceptuados del límite de cinco compras anuales. Además, aquellos que compren antes de fin de año, quedarán por fuera del nuevo régimen.
Los cambios en los controles responden a reclamos de varios comerciantes locales, que creen que al no pagar impuestos, las compras por la web en el exterior se convierten en una competencia desleal, aunque, según el diario El Observador , apenas representan el 9% de las ventas totales. Las medidas son similares a las que se establecieron en Argentina en enero cuando la AFIP comenzó a aplicar nuevas normas para las compras minoristas de productos en el exterior a través de Internet. Localmente se restringe a dos veces al año las transacciones cuando las mercancías ingresen al país por el correo oficial y no superen los u$s 25 de franquicia anual. Cuando se supere la cantidad de envíos permitidos el comprador deberá inscribirse como importador. Además, si las compras exceden los u$s 25, rige un impuesto equivalente al 50 % del valor del producto, incluyendo los costos del envío.
En el caso de Uruguay, el decreto del Ministerio de Economía justifica los cambios «atendiendo a la adecuada distribución de cargas y beneficios, la libertad de acceso y elección de los consumidores», pero también «para evitar alteraciones sustantivas en las condiciones de competencia para los sectores de producción y comercio nacionales».
Hasta ahora, los uruguayos podían realizar cinco compras que no superaran los u$s 200 por año. Y con una misma tarjeta internacional podían comprar varias personas. A su vez, las empresas de courier facilitaban a quienes no tienen tarjetas de crédito internacionales las compras en el exterior, según explican los diarios El País y El Observador de Montevideo, ya que se encargaban del pago de la mercadería y luego le facturaba los costos al cliente que podía abonar a través de una red de pagos.
A partir de enero, los operadores postales estarán obligados a proporcionar a la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) toda la información necesaria para el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control. El organismo dispuso la inclusión de nuevos datos en la documentación de cada operación como la descripción de la mercadería de acuerdo a una codificación que se anexó al decreto, la especificación del tipo de tarjeta de crédito o débito del titular de la compra, el emisor de la tarjeta y la inclusión en la documentación de los cuatro últimos dígitos del número de la tarjeta de crédito o débito del titular de la compra.
Los operadores postales tendrán hasta el 30 de junio de 2015 para la inclusión de esos datos y remitir la información solicitada de los 17 puntos. De cualquier modo, la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) podrá solicitar a los operadores postales información adicional respecto a las operaciones del presente régimen, según aclara el decreto.

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