Ver más fotos
Ricardo Echegaray, jefe de la AFIP, y Guillermo Moreno.
El Gobierno dio ayer otro paso para profundizar el control cambiario que impuso a fines de 2011. Creó en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una nueva ventanilla ante la que deberán presentarse todas las empresas que pretendan girar divisas al exterior por las siguientes operaciones:
Remitir utilidades a sus casas matrices o pagar dividendos.
Cancelar deudas financieras originadas en compras de mercancías no ingresadas al mercado local y vendidas a terceros países.
Pagar intereses por deudas.
Cancelar gastos derivados del envío o la recepción por vía aérea de mercancías que pesen hasta 50 kilos y cuyo valor no supere los 1000 dólares, lo que se conoce como régimen de courier o subregímenes de importación simplificada.
La resolución general 3417/2012, publicada ayer en el Boletín Oficial, instaura una nueva obligación para estas empresas: presentar, desde el próximo 1° de febrero, una declaración anticipada de pagos al exterior (DAPE), que, en los hechos, universaliza la imposición del pedido previo de autorización oficial para cualquier pago al exterior.
La medida, según explicó la AFIP en la resolución, forma parte del sistema de ventanilla única de comercio exterior puesto en marcha hace poco más de un año y comprenderá incluso a las «operaciones realizadas con anterioridad» al 1° de febrero «que tengan pagos pendientes a esa fecha».
En este sentido, se presenta como un complemento de la Declaración Jurada Anticipada de Importaciones (DJAI), mediante la cual se regulan las operaciones cambiarias vinculadas con el comercio exterior, en un intento de «cuidar las divisas» y evitar que la restricción externa con la que pasó a convivir la economía dispare una crisis.
En definitiva, se trata de una herramienta más que lanza el Gobierno con la intención de instaurar una ventanilla única para profundizar el control de los pagos al exterior, tras haber convivido en los últimos años con un sistema que favoreció una fuga de capitales por algo más de US$ 80.000 millones en los últimos cinco años, un monto equivalente a dos veces las reservas bajo administración del Banco Central (BCRA).
«Para registrar una DAPE se deberá habilitar a los operadores el uso del servicio web correspondiente, y éste les asignará un número de identificación. También habrá que subir cierta documentación en formato PDF, de acuerdo con el caso. Luego, la información registrada será puesta a disposición de los organismos que adhieran en función de su competencia en la materia», explicó a LA NACION el consultor Martín Clément, especializado en comercio exterior.
La referencia a otros organismos tiene que ver con la experiencia de las DJAI en enero pasado. «La Secretaría de Comercio Interior adhirió a este régimen informativo; es probable que ahora sea la primera que también adhiera a la DAPE y luego aparezca el BCRA con alguna normativa para disponer esta declaración», anticipó el especialista. La autorización será necesaria «para que los bancos o agentes cambiarios puedan vender las divisas para realizar el giro al exterior», explicó.
Más trámites
El camino que las empresas deben recorrer para lograr la autorización para comprar divisas destinadas al pago de importaciones o deudas comienza en la AFIP, tiene una parada técnica en el BCRA, pero se define en la Secretaría de Comercio Interior. «En los hechos, este sistema consagra a Guillermo Moreno como el gran administrador de las divisas», admitió un operador que pidió el anonimato.
Desde hace un año, el Gobierno analiza caso por caso los pedidos de compras de divisas para atender pagos de comercio exterior. Ahora universaliza el criterio para los pedidos tendientes al envío de dividendos o el resto de los pagos, canal por el que durante 2011 salieron casi US$ 5000 millones, algo así como el 40% del total de egresos por la cuenta capital y financiera cambiaria. Este año esos giros habían caído a US$ 60 millones hasta fin de septiembre.
«El problema es que los subregímenes aduaneros ya están afectados por la DJAI, por lo que la nueva imposición duplica los trámites ante la ventanilla», advierte Clément.
Quien había dado un primer paso para «pisar» el envío de dividendos al exterior había sido el BCRA, que a fin de enero de este año aumentó al 15% la exigencia de capital mínimo para que las entidades financieras en el país puedan girar dividendos, y paralelamente dispuso un colchón adicional para autorizar este tipo de pagos. De esta manera, por una vía indirecta, bloqueó -al menos temporalmente- la remisión de utilidades de ese sector.
Operaciones alcanzadas por la nueva obligación
Comercio exterior
El pago de deudas financieras originadas en compras de mercancías que luego no resultan ingresadas al mercado local porque fueron vendidas a terceros países
Pago de deudas
Todos los giros realizados al exterior y destinados a cumplir con el pago de intereses originados en deudas comerciales o financieras
Giro de utilidades
Los remesas de utilidades a casas matrices o el pago de dividendos
Importaciones
Las operaciones que se encuentren incluidas en los subregímenes de importación simplificada o de importaciones «a consumo» o temporarias
Operaciones de courier
Todas las operaciones vinculadas con pagos derivados del régimen de courier, es decir, envío o recepción por vía aérea de mercancías cuyo peso no supere los 50 kilogramos y su valor no sea mayor a los 1000 dólares.
Del editor: qué significa.
Necesitado de dólares, el Gobierno le da legalidad a una medida que, en los hechos, ya condicionaba los movimientos de divisas.
Ricardo Echegaray, jefe de la AFIP, y Guillermo Moreno.
El Gobierno dio ayer otro paso para profundizar el control cambiario que impuso a fines de 2011. Creó en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una nueva ventanilla ante la que deberán presentarse todas las empresas que pretendan girar divisas al exterior por las siguientes operaciones:
Remitir utilidades a sus casas matrices o pagar dividendos.
Cancelar deudas financieras originadas en compras de mercancías no ingresadas al mercado local y vendidas a terceros países.
Pagar intereses por deudas.
Cancelar gastos derivados del envío o la recepción por vía aérea de mercancías que pesen hasta 50 kilos y cuyo valor no supere los 1000 dólares, lo que se conoce como régimen de courier o subregímenes de importación simplificada.
La resolución general 3417/2012, publicada ayer en el Boletín Oficial, instaura una nueva obligación para estas empresas: presentar, desde el próximo 1° de febrero, una declaración anticipada de pagos al exterior (DAPE), que, en los hechos, universaliza la imposición del pedido previo de autorización oficial para cualquier pago al exterior.
La medida, según explicó la AFIP en la resolución, forma parte del sistema de ventanilla única de comercio exterior puesto en marcha hace poco más de un año y comprenderá incluso a las «operaciones realizadas con anterioridad» al 1° de febrero «que tengan pagos pendientes a esa fecha».
En este sentido, se presenta como un complemento de la Declaración Jurada Anticipada de Importaciones (DJAI), mediante la cual se regulan las operaciones cambiarias vinculadas con el comercio exterior, en un intento de «cuidar las divisas» y evitar que la restricción externa con la que pasó a convivir la economía dispare una crisis.
En definitiva, se trata de una herramienta más que lanza el Gobierno con la intención de instaurar una ventanilla única para profundizar el control de los pagos al exterior, tras haber convivido en los últimos años con un sistema que favoreció una fuga de capitales por algo más de US$ 80.000 millones en los últimos cinco años, un monto equivalente a dos veces las reservas bajo administración del Banco Central (BCRA).
«Para registrar una DAPE se deberá habilitar a los operadores el uso del servicio web correspondiente, y éste les asignará un número de identificación. También habrá que subir cierta documentación en formato PDF, de acuerdo con el caso. Luego, la información registrada será puesta a disposición de los organismos que adhieran en función de su competencia en la materia», explicó a LA NACION el consultor Martín Clément, especializado en comercio exterior.
La referencia a otros organismos tiene que ver con la experiencia de las DJAI en enero pasado. «La Secretaría de Comercio Interior adhirió a este régimen informativo; es probable que ahora sea la primera que también adhiera a la DAPE y luego aparezca el BCRA con alguna normativa para disponer esta declaración», anticipó el especialista. La autorización será necesaria «para que los bancos o agentes cambiarios puedan vender las divisas para realizar el giro al exterior», explicó.
Más trámites
El camino que las empresas deben recorrer para lograr la autorización para comprar divisas destinadas al pago de importaciones o deudas comienza en la AFIP, tiene una parada técnica en el BCRA, pero se define en la Secretaría de Comercio Interior. «En los hechos, este sistema consagra a Guillermo Moreno como el gran administrador de las divisas», admitió un operador que pidió el anonimato.
Desde hace un año, el Gobierno analiza caso por caso los pedidos de compras de divisas para atender pagos de comercio exterior. Ahora universaliza el criterio para los pedidos tendientes al envío de dividendos o el resto de los pagos, canal por el que durante 2011 salieron casi US$ 5000 millones, algo así como el 40% del total de egresos por la cuenta capital y financiera cambiaria. Este año esos giros habían caído a US$ 60 millones hasta fin de septiembre.
«El problema es que los subregímenes aduaneros ya están afectados por la DJAI, por lo que la nueva imposición duplica los trámites ante la ventanilla», advierte Clément.
Quien había dado un primer paso para «pisar» el envío de dividendos al exterior había sido el BCRA, que a fin de enero de este año aumentó al 15% la exigencia de capital mínimo para que las entidades financieras en el país puedan girar dividendos, y paralelamente dispuso un colchón adicional para autorizar este tipo de pagos. De esta manera, por una vía indirecta, bloqueó -al menos temporalmente- la remisión de utilidades de ese sector.
Operaciones alcanzadas por la nueva obligación
Comercio exterior
El pago de deudas financieras originadas en compras de mercancías que luego no resultan ingresadas al mercado local porque fueron vendidas a terceros países
Pago de deudas
Todos los giros realizados al exterior y destinados a cumplir con el pago de intereses originados en deudas comerciales o financieras
Giro de utilidades
Los remesas de utilidades a casas matrices o el pago de dividendos
Importaciones
Las operaciones que se encuentren incluidas en los subregímenes de importación simplificada o de importaciones «a consumo» o temporarias
Operaciones de courier
Todas las operaciones vinculadas con pagos derivados del régimen de courier, es decir, envío o recepción por vía aérea de mercancías cuyo peso no supere los 50 kilogramos y su valor no sea mayor a los 1000 dólares.
Del editor: qué significa.
Necesitado de dólares, el Gobierno le da legalidad a una medida que, en los hechos, ya condicionaba los movimientos de divisas.