11/10/12
Respecto de las manifestaciones presidenciales, el Grupo Clarín ratifica que no sólo cumple la ley, sino que es uno de los pocos grupos mediáticos en la Argentina que lo ha hecho a lo largo de su historia.
Tras la sanción de la ley de medios 26.522, los medios audiovisuales del G rupo Clarín fueron los primeros en cumplir todos los artículos de la norma que se encontraban vigentes, tales como producción nacional, contenidos infantiles, parámetros publicitarios, etc.
Para aquellos que por su arbitrariedad resultaban violatorios de la Constitución Nacional, el Grupo Clarín hizo lo que cualquier ciudadano o empresa debe hacer en democracia: acudir a la Justicia.
En particular, se impugnaron dos artículos dictados para evitar que haya radios y canales de TV independientes -económica y editorialmente- del gobierno de turno.
El 161, que desconoce las licencias que el mismo Estado otorgó.
El 45, que legisla contra algunos medios, discriminatoriamente. A unos les permite llegar a 2200 ciudades; a otros, a 24. A los que tienen negocios con el Estado (como petróleo, casinos u obras públicas) les permite tener medios libremente; a los que tienen cable, no. Los extranjeros pueden tener 30 ó 40 canales de cable; los argentinos, sólo uno.
La justicia suspendió estos artículos, no toda la ley, mientras en el juicio de fondo se define la inconstitucionalidad.
Clarín respetó y respeta la ley y la Justicia.
Los que no lo hacen son el AFSCA y numerosos grupos mediáticos que no fueron a la Justicia y que por lo tanto están incumpliendo la ley desde el 28 de diciembre de 2011, como dijo la Corte Suprema.
Lejos de no respetar los poderes del Estado, el Grupo Clarín ha acudido a los mecanismos institucionales previstos en la Constitución Nacional. Quien no respeta la división de poderes en este caso es el Ejecutivo, que no ha aplicado la ley en los términos que marcaron el Congreso y la Corte.
Es grave que la Presidenta de la Nación haya intentado interferir en un poder del Estado que tiene aún definiciones pendientes sobre esta cuestión.
Respecto de otras afirmaciones, el Grupo Clarín ratifica que es titular de 11 licencias de radiodifusión, menos que muchos de sus competidores. Hay una deliberada intención de confundir estas licencias con las de cable, que no utilizan espectro radioeléctrico. Cablevisión posee 158 licencias locales. La ley pretende reducirlas a 24, mientras que a sus competidores (DirecTV o las empresas telefónicas), les permite llegar a las 2.200 localidades del país con una sola licencia. Esta discriminación es uno de los motivos del juicio de fondo por inconstitucionalidad.
La mayoría de las disposiciones del artículo 45 no tienen antecedentes internacionales y fueron pensadas deliberadamente para afectar la sustentabilidad y la independencia de grupos como Clarín, titular de los pocos medios audiovisuales que quedan fuera del proceso de colonización oficial en la Argentina.
Respecto de las manifestaciones presidenciales, el Grupo Clarín ratifica que no sólo cumple la ley, sino que es uno de los pocos grupos mediáticos en la Argentina que lo ha hecho a lo largo de su historia.
Tras la sanción de la ley de medios 26.522, los medios audiovisuales del G rupo Clarín fueron los primeros en cumplir todos los artículos de la norma que se encontraban vigentes, tales como producción nacional, contenidos infantiles, parámetros publicitarios, etc.
Para aquellos que por su arbitrariedad resultaban violatorios de la Constitución Nacional, el Grupo Clarín hizo lo que cualquier ciudadano o empresa debe hacer en democracia: acudir a la Justicia.
En particular, se impugnaron dos artículos dictados para evitar que haya radios y canales de TV independientes -económica y editorialmente- del gobierno de turno.
El 161, que desconoce las licencias que el mismo Estado otorgó.
El 45, que legisla contra algunos medios, discriminatoriamente. A unos les permite llegar a 2200 ciudades; a otros, a 24. A los que tienen negocios con el Estado (como petróleo, casinos u obras públicas) les permite tener medios libremente; a los que tienen cable, no. Los extranjeros pueden tener 30 ó 40 canales de cable; los argentinos, sólo uno.
La justicia suspendió estos artículos, no toda la ley, mientras en el juicio de fondo se define la inconstitucionalidad.
Clarín respetó y respeta la ley y la Justicia.
Los que no lo hacen son el AFSCA y numerosos grupos mediáticos que no fueron a la Justicia y que por lo tanto están incumpliendo la ley desde el 28 de diciembre de 2011, como dijo la Corte Suprema.
Lejos de no respetar los poderes del Estado, el Grupo Clarín ha acudido a los mecanismos institucionales previstos en la Constitución Nacional. Quien no respeta la división de poderes en este caso es el Ejecutivo, que no ha aplicado la ley en los términos que marcaron el Congreso y la Corte.
Es grave que la Presidenta de la Nación haya intentado interferir en un poder del Estado que tiene aún definiciones pendientes sobre esta cuestión.
Respecto de otras afirmaciones, el Grupo Clarín ratifica que es titular de 11 licencias de radiodifusión, menos que muchos de sus competidores. Hay una deliberada intención de confundir estas licencias con las de cable, que no utilizan espectro radioeléctrico. Cablevisión posee 158 licencias locales. La ley pretende reducirlas a 24, mientras que a sus competidores (DirecTV o las empresas telefónicas), les permite llegar a las 2.200 localidades del país con una sola licencia. Esta discriminación es uno de los motivos del juicio de fondo por inconstitucionalidad.
La mayoría de las disposiciones del artículo 45 no tienen antecedentes internacionales y fueron pensadas deliberadamente para afectar la sustentabilidad y la independencia de grupos como Clarín, titular de los pocos medios audiovisuales que quedan fuera del proceso de colonización oficial en la Argentina.