La Audiencia Nacional española confirmó la pena de dos años y dos meses de prisión a Gerardo Díaz Ferrán, dueño de Marsans, y Antonio Mata por ser «autores criminalmente responsables de un delito contra la Hacienda Pública» por 99 millones de euros del impuesto de sociedades en 2001, en la compra de Aerolíneas Argentinas por parte de Air Comet.
El motivo de no contabilizar los créditos en el ejercicio, resume la sentencia, «no es otro que la de ocultarlos al fisco», por lo que la Audiencia confirmó la resolución dictada en diciembre por el Juzgado central de lo Penal, publicó la agencia de noticias EFE.
La Audiencia Nacional confirmó la resolución que dictó en diciembre pasado el Juzgado Central de lo Penal tras rechazar los recursos interpuestos por Díaz Ferrán y por el ex consejero delegado de Air Comet y ex socio del periodista y empresario argentino Jorge Lanata, Antonio Mata, condenado a la misma pena de dos años y dos meses de prisión. El magistrado José María Vázquez Honrubia, titular de ese juzgado, afirmó en esa resolución que ambos empresarios defraudaron dicha cuantía utilizando fondos públicos de la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) para salir de una compañía con «gravísimos» problemas económicos como Aerolíneas Argentinas.
La SEPI vendió a Air Comet el 99,2% de Interinvest, una sociedad domiciliada en la Argentina que a su vez era propietaria del 92,1% del capital de Aerolíneas Argentinas, y a la que Díaz Ferrán y Mata usaron de «pantalla» porque no tributaba en España. El precio de venta fue de un dólar, pero la SEPI también aportó a Interinvest hasta 300 millones de dólares para pagar a acreedores de Aerolíneas Argentinas, entonces en concurso de acreedores.
De ese modo, Air Comet se convirtió en titular de la deuda y pudo liderar las negociaciones del convenio, que terminaron en 2002 con una quita del 60 por ciento.
La Audiencia Nacional considera que «no hay duda» de que Air Comet no ingresó la cuota del impuesto de sociedades de 2001, por lo que «sus responsables legales» incurrieron en un delito fiscal.
Rechazó argumentos de Díaz Ferrán y de Mata, y concluyó que el delito no prescribió y que de la «numerosísima documental» evidencia «la maniobra de Air Comet en el procedimiento concursal seguido a instancias de Aerolíneas Argentinas». Agrega que «el dinero entregado por la SEPI a Interinvest y transmitidos por ésta a Air Comet, fueron utilizados para la compra de los pasivos y subrogarse como acreedor de Aerolíneas Argentinas en el procedimiento concursal entablado en Argentina».
Así, Air Comet incluyó las pérdidas derivadas de ese 60% de quita en el ejercicio fiscal de 2002, pero no los 300 millones de dólares obtenidos del erario público español a través de la SEPI. La empresa amplió su participación en Aerolíneas Argentinas a costa de los créditos recibidos por Interinvest y pagados por la SEPI, en vez de destinarlo a las deudas de la compañía argentina.
La audiencia concluye que «en toda esa maniobra, para no abonar los impuestos derivados de la percepción de la cifra indicada, la parte recurrente no aportó ningún documento o indicio que permita deducir que la indicada mercantil actuó como mandataria».
El motivo de no contabilizar los créditos en el ejercicio, resume la sentencia, «no es otro que la de ocultarlos al fisco», por lo que la Audiencia confirmó la resolución dictada en diciembre por el Juzgado central de lo Penal, publicó la agencia de noticias EFE.
La Audiencia Nacional confirmó la resolución que dictó en diciembre pasado el Juzgado Central de lo Penal tras rechazar los recursos interpuestos por Díaz Ferrán y por el ex consejero delegado de Air Comet y ex socio del periodista y empresario argentino Jorge Lanata, Antonio Mata, condenado a la misma pena de dos años y dos meses de prisión. El magistrado José María Vázquez Honrubia, titular de ese juzgado, afirmó en esa resolución que ambos empresarios defraudaron dicha cuantía utilizando fondos públicos de la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) para salir de una compañía con «gravísimos» problemas económicos como Aerolíneas Argentinas.
La SEPI vendió a Air Comet el 99,2% de Interinvest, una sociedad domiciliada en la Argentina que a su vez era propietaria del 92,1% del capital de Aerolíneas Argentinas, y a la que Díaz Ferrán y Mata usaron de «pantalla» porque no tributaba en España. El precio de venta fue de un dólar, pero la SEPI también aportó a Interinvest hasta 300 millones de dólares para pagar a acreedores de Aerolíneas Argentinas, entonces en concurso de acreedores.
De ese modo, Air Comet se convirtió en titular de la deuda y pudo liderar las negociaciones del convenio, que terminaron en 2002 con una quita del 60 por ciento.
La Audiencia Nacional considera que «no hay duda» de que Air Comet no ingresó la cuota del impuesto de sociedades de 2001, por lo que «sus responsables legales» incurrieron en un delito fiscal.
Rechazó argumentos de Díaz Ferrán y de Mata, y concluyó que el delito no prescribió y que de la «numerosísima documental» evidencia «la maniobra de Air Comet en el procedimiento concursal seguido a instancias de Aerolíneas Argentinas». Agrega que «el dinero entregado por la SEPI a Interinvest y transmitidos por ésta a Air Comet, fueron utilizados para la compra de los pasivos y subrogarse como acreedor de Aerolíneas Argentinas en el procedimiento concursal entablado en Argentina».
Así, Air Comet incluyó las pérdidas derivadas de ese 60% de quita en el ejercicio fiscal de 2002, pero no los 300 millones de dólares obtenidos del erario público español a través de la SEPI. La empresa amplió su participación en Aerolíneas Argentinas a costa de los créditos recibidos por Interinvest y pagados por la SEPI, en vez de destinarlo a las deudas de la compañía argentina.
La audiencia concluye que «en toda esa maniobra, para no abonar los impuestos derivados de la percepción de la cifra indicada, la parte recurrente no aportó ningún documento o indicio que permita deducir que la indicada mercantil actuó como mandataria».