Han transcurrido dos años desde la sanción de la polémica ley de glaciares promulgada en octubre de 2010, tras haber sido vetada en 2008, cuando el proyecto había sido aprobado por unanimidad de ambas cámaras del Congreso Nacional.
San Juan, como provincia minera por excelencia, presentó una medida cautelar a pedido de la empresa minera Barrick, la que fue otorgada por un juez federal local con el objetivo de suspender la aplicación de la ley por entender que existía una inconstitucionalidad en varios artículos, entre ellos, el referido a la obligación de realizar un Inventario Nacional de Glaciares y del ambiente Periglacial, a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Conicet.
La Corte Suprema de Justicia, que en la práctica ha venido actuando como la autoridad ambiental nacional, revocó la medida cautelar a mediados del año pasado, al velar por el cumplimiento y la aplicación de la ley nacional de glaciares en San Juan.
La norma, cuyo objetivo es preservar a los glaciares como reserva de agua, prohíbe toda actividad que impacte negativamente sobre ellos y ordena la realización del citado inventario en un plazo de 180 días.
Lo cierto es que, a pocos meses de cumplirse el tercer año de su vigencia, el inventario se sigue haciendo esperar y, según ha trascendido, es imposible que se concrete este año ya que el Ianigla no cuenta con presupuesto para afrontar los gastos correspondientes, situación que permite a las megamineras seguir operando sin restricciones y control ambiental serio.
Por su parte, el gobierno sanjuanino formó la Unidad Especial de Auditoría Ambiental, encargada de hacer el inventario de la provincia y dio a conocer a través del Departamento de Hidráulica de San Juan los resultados de una auditoría que determina que «las mineras no afectan glaciares», un resultado que no ha conformado a varios sectores que no sólo critican el proceso y la metodología utilizada para su realización, sino el hecho de que el propio anunciante habría trabajado para la empresa Barrick Gold y sus subsidiarias en el país.
Lo curioso es que los informes de impacto ambiental presentados por la empresa propietaria de las minas Veladero y Pascua Lama admiten que el proyecto Pascua Lama afectará a alrededor de 300 hectáreas de permafrost (suelo congelado que está protegido por la ley de glaciares y que integra el ambiente periglacial) lo que constituye una verdadera violación a la norma.
Lo cierto es que aún no se realizó en esa zona el inventario conforme lo establece la norma, mientras que esa zona, por contener actividades en ejecución, debió haber sido considerada como prioritaria.
Es necesario volver a destacar que los minerales y los metales hacen una gran contribución a la economía y a la sociedad, y que todos utilizamos elementos que son consecuencia de la industria minera.
No obstante, ello no quiere decir que la sociedad deba aceptar procedimientos que carecen de transparencia y de una metodología adecuada para proteger los recursos naturales de nuestro país.
El verdadero progreso es aquel que promueve un desarrollo en armonía con la naturaleza. No es posible admitir que, por razones económicas o políticas, se tolere un impacto a un valioso recurso que debemos proteger para el bienestar de las generaciones futuras.
De nada sirve contar con una legislación que establezca esa protección si quienes tienen que aplicarla carecen de recursos para hacerlo o, superados por intereses coyunturales, miran para otro lado..
San Juan, como provincia minera por excelencia, presentó una medida cautelar a pedido de la empresa minera Barrick, la que fue otorgada por un juez federal local con el objetivo de suspender la aplicación de la ley por entender que existía una inconstitucionalidad en varios artículos, entre ellos, el referido a la obligación de realizar un Inventario Nacional de Glaciares y del ambiente Periglacial, a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Conicet.
La Corte Suprema de Justicia, que en la práctica ha venido actuando como la autoridad ambiental nacional, revocó la medida cautelar a mediados del año pasado, al velar por el cumplimiento y la aplicación de la ley nacional de glaciares en San Juan.
La norma, cuyo objetivo es preservar a los glaciares como reserva de agua, prohíbe toda actividad que impacte negativamente sobre ellos y ordena la realización del citado inventario en un plazo de 180 días.
Lo cierto es que, a pocos meses de cumplirse el tercer año de su vigencia, el inventario se sigue haciendo esperar y, según ha trascendido, es imposible que se concrete este año ya que el Ianigla no cuenta con presupuesto para afrontar los gastos correspondientes, situación que permite a las megamineras seguir operando sin restricciones y control ambiental serio.
Por su parte, el gobierno sanjuanino formó la Unidad Especial de Auditoría Ambiental, encargada de hacer el inventario de la provincia y dio a conocer a través del Departamento de Hidráulica de San Juan los resultados de una auditoría que determina que «las mineras no afectan glaciares», un resultado que no ha conformado a varios sectores que no sólo critican el proceso y la metodología utilizada para su realización, sino el hecho de que el propio anunciante habría trabajado para la empresa Barrick Gold y sus subsidiarias en el país.
Lo curioso es que los informes de impacto ambiental presentados por la empresa propietaria de las minas Veladero y Pascua Lama admiten que el proyecto Pascua Lama afectará a alrededor de 300 hectáreas de permafrost (suelo congelado que está protegido por la ley de glaciares y que integra el ambiente periglacial) lo que constituye una verdadera violación a la norma.
Lo cierto es que aún no se realizó en esa zona el inventario conforme lo establece la norma, mientras que esa zona, por contener actividades en ejecución, debió haber sido considerada como prioritaria.
Es necesario volver a destacar que los minerales y los metales hacen una gran contribución a la economía y a la sociedad, y que todos utilizamos elementos que son consecuencia de la industria minera.
No obstante, ello no quiere decir que la sociedad deba aceptar procedimientos que carecen de transparencia y de una metodología adecuada para proteger los recursos naturales de nuestro país.
El verdadero progreso es aquel que promueve un desarrollo en armonía con la naturaleza. No es posible admitir que, por razones económicas o políticas, se tolere un impacto a un valioso recurso que debemos proteger para el bienestar de las generaciones futuras.
De nada sirve contar con una legislación que establezca esa protección si quienes tienen que aplicarla carecen de recursos para hacerlo o, superados por intereses coyunturales, miran para otro lado..