La sustentabilidad de las políticas que han mejorado la situación económica y social de nuestro país, desde mayo de 2003 a la fecha, requiere del esfuerzo cotidiano y profesional de todos los organismos del Estado involucrados en la gestión de las variables económicas, siendo la tarea de recaudación un elemento esencial para la prosecución de este objetivo.
El ciento por ciento (1) de los gastos corrientes y de capital que hace el Estado nacional se sustenta en la recaudación que gestiona la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de sus distintas áreas operativas. En este sentido, medidas trascendentes implementadas por el gobierno de la presidenta Cristina Fernández, como son la Asignación Universal por Hijo o la movilidad jubilatoria, requieren de una AFIP fuerte y eficiente, y con una gran vocación recaudatoria.
Consecuentemente, la gestión diaria necesita de un gran nivel de responsabilidad y de la capacidad para asumir la toma de decisiones analizando constantemente el impacto de cada medida en la vida de todos los ciudadanos para seguir fortaleciendo el modelo económico y social que nuestro país ratificó en las últimas elecciones presidenciales.
Las distintas opiniones de teóricos y doctrinarios, ensayando y teorizando respecto de la política fiscal a seguir por parte del Poder Ejecutivo, tienen un claro sesgo: la falta de responsabilidad en la gestión diaria.
La discusión generada en torno del Impuesto a las Ganancias sobre la renta de los trabajadores en relación de dependencia es un claro ejemplo de esto; sin el debido sustento técnico muchos doctrinarios han opinado sobre la necesidad de eliminar o reducir sustancialmente el Impuesto a las Ganancias para estas rentas reemplazando este ingreso con un impuesto a la renta financiera que grave la venta de acciones.
En primer lugar, la utilidad obtenida por la venta de acciones no es técnicamente una renta financiera, sino una ganancia de capital. Además, la utilidad por la venta de acciones ya está gravada en el Impuesto a las Ganancias, tanto si el sujeto que vende es una empresa o una persona física habitualista en estas operaciones. Situación similar ocurre con la renta financiera o renta derivada de los intereses por depósitos a la vista: las empresas pagan el Impuesto a las Ganancias sobre estas rentas y sólo están exentas las personas físicas.
Ahora bien, ¿cuál es la recaudación estimada para el año 2012 en concepto de Impuesto a las Ganancias para los empleados que obtienen rentas por sobre el mínimo no imponible?: más de 32 mil millones de pesos anuales; esto representa más del 24 por ciento (2) de la recaudación del total del impuesto.
Veamos ahora cómo se cubriría el déficit recaudatorio ya sea que se proponga eliminar el impuesto, se incremente el mínimo no imponible o se proyecte un esquema más progresivo de la escala actual según la opinión de los expertos académicos:
n ¿Cuál sería la recaudación adicional por aplicar el Impuesto a las Ganancias a la utilidad por la venta de acciones de las personas físicas no habitualistas?: 710 millones de pesos anuales (3);
n ¿Y la recaudación adicional por aplicar el impuesto sobre los intereses de depósitos en entidades financieras y obligaciones negociables?: 1658 millones de pesos anuales (4);
n ¿Y si adicionalmente los miembros de los poderes judiciales nacionales y provinciales pagaran el Impuesto a las Ganancias sobre sus ingresos?: 351 millones de pesos anuales (5);
Aplicar el impuesto sobre estas ganancias dotaría al actual sistema tributario de una mayor equidad, pero claramente estos ingresos adicionales no serían suficientes para cubrir el bache recaudatorio que se generaría.
Surge claramente que las intenciones o proyecciones teóricas caen ante los números duros de la estructura tributaria y presupuestaria del país y que, además, es necesaria la visión del órgano recaudador en cualquier modificación normativa que se pretenda impulsar por el impacto directo y operativo de cada medida en el comportamiento de los contribuyentes.
Nuevamente, la propuesta de eliminar este impuesto justo y equitativo sólo beneficiaría al 19 por ciento de los empleados que concentran más del 41 por ciento del total de la masa salarial, pero, por otro lado, dejarían de ingresar a las arcas fiscales el equivalente a tres veces el valor anual de la Asignación Universal por Hijo. Esto tiene una única consecuencia: desfinanciar al Estado y quitarle poder de intervención en la economía a favor de los más necesitados. Evidentemente, los consejos de grupos académicos de laboratorio sin experiencia en el terreno operativo y en la gestión recaudatoria chocan con la realidad de las necesidades del país.
Recaudar los tributos no es una tarea simpática, pero el crecimiento armónico y el progreso económico con justicia social que este gobierno encabeza requieren de la colaboración en su justa medida de todos los ciudadanos. Esto también requiere prudencia y responsabilidad en la opinión de aquellos actores con influencia en la opinión pública, máxime si luego pretenden capitalizar los logros de este gobierno.
(1) Ley de Presupuesto año 2012: Total gastos corrientes y de capital, $ 505.130,0 millones.
(2) Ley de Presupuesto año 2012. Punto 3.1. Estimación Impuesto a las Ganancias año 2012 a $131.329,7 millones.
(3) Estimación efectuada en función a las operaciones de compraventa de acciones registradas en los años 2010 y 2011.
(4) y (5) Ley de presupuesto año 2012. Cuadro Nº 2: Ver puntos 2 y 6. Esto no incluye los Intereses de títulos públicos.
* Administrador Federal de Ingresos Públicos.
El ciento por ciento (1) de los gastos corrientes y de capital que hace el Estado nacional se sustenta en la recaudación que gestiona la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de sus distintas áreas operativas. En este sentido, medidas trascendentes implementadas por el gobierno de la presidenta Cristina Fernández, como son la Asignación Universal por Hijo o la movilidad jubilatoria, requieren de una AFIP fuerte y eficiente, y con una gran vocación recaudatoria.
Consecuentemente, la gestión diaria necesita de un gran nivel de responsabilidad y de la capacidad para asumir la toma de decisiones analizando constantemente el impacto de cada medida en la vida de todos los ciudadanos para seguir fortaleciendo el modelo económico y social que nuestro país ratificó en las últimas elecciones presidenciales.
Las distintas opiniones de teóricos y doctrinarios, ensayando y teorizando respecto de la política fiscal a seguir por parte del Poder Ejecutivo, tienen un claro sesgo: la falta de responsabilidad en la gestión diaria.
La discusión generada en torno del Impuesto a las Ganancias sobre la renta de los trabajadores en relación de dependencia es un claro ejemplo de esto; sin el debido sustento técnico muchos doctrinarios han opinado sobre la necesidad de eliminar o reducir sustancialmente el Impuesto a las Ganancias para estas rentas reemplazando este ingreso con un impuesto a la renta financiera que grave la venta de acciones.
En primer lugar, la utilidad obtenida por la venta de acciones no es técnicamente una renta financiera, sino una ganancia de capital. Además, la utilidad por la venta de acciones ya está gravada en el Impuesto a las Ganancias, tanto si el sujeto que vende es una empresa o una persona física habitualista en estas operaciones. Situación similar ocurre con la renta financiera o renta derivada de los intereses por depósitos a la vista: las empresas pagan el Impuesto a las Ganancias sobre estas rentas y sólo están exentas las personas físicas.
Ahora bien, ¿cuál es la recaudación estimada para el año 2012 en concepto de Impuesto a las Ganancias para los empleados que obtienen rentas por sobre el mínimo no imponible?: más de 32 mil millones de pesos anuales; esto representa más del 24 por ciento (2) de la recaudación del total del impuesto.
Veamos ahora cómo se cubriría el déficit recaudatorio ya sea que se proponga eliminar el impuesto, se incremente el mínimo no imponible o se proyecte un esquema más progresivo de la escala actual según la opinión de los expertos académicos:
n ¿Cuál sería la recaudación adicional por aplicar el Impuesto a las Ganancias a la utilidad por la venta de acciones de las personas físicas no habitualistas?: 710 millones de pesos anuales (3);
n ¿Y la recaudación adicional por aplicar el impuesto sobre los intereses de depósitos en entidades financieras y obligaciones negociables?: 1658 millones de pesos anuales (4);
n ¿Y si adicionalmente los miembros de los poderes judiciales nacionales y provinciales pagaran el Impuesto a las Ganancias sobre sus ingresos?: 351 millones de pesos anuales (5);
Aplicar el impuesto sobre estas ganancias dotaría al actual sistema tributario de una mayor equidad, pero claramente estos ingresos adicionales no serían suficientes para cubrir el bache recaudatorio que se generaría.
Surge claramente que las intenciones o proyecciones teóricas caen ante los números duros de la estructura tributaria y presupuestaria del país y que, además, es necesaria la visión del órgano recaudador en cualquier modificación normativa que se pretenda impulsar por el impacto directo y operativo de cada medida en el comportamiento de los contribuyentes.
Nuevamente, la propuesta de eliminar este impuesto justo y equitativo sólo beneficiaría al 19 por ciento de los empleados que concentran más del 41 por ciento del total de la masa salarial, pero, por otro lado, dejarían de ingresar a las arcas fiscales el equivalente a tres veces el valor anual de la Asignación Universal por Hijo. Esto tiene una única consecuencia: desfinanciar al Estado y quitarle poder de intervención en la economía a favor de los más necesitados. Evidentemente, los consejos de grupos académicos de laboratorio sin experiencia en el terreno operativo y en la gestión recaudatoria chocan con la realidad de las necesidades del país.
Recaudar los tributos no es una tarea simpática, pero el crecimiento armónico y el progreso económico con justicia social que este gobierno encabeza requieren de la colaboración en su justa medida de todos los ciudadanos. Esto también requiere prudencia y responsabilidad en la opinión de aquellos actores con influencia en la opinión pública, máxime si luego pretenden capitalizar los logros de este gobierno.
(1) Ley de Presupuesto año 2012: Total gastos corrientes y de capital, $ 505.130,0 millones.
(2) Ley de Presupuesto año 2012. Punto 3.1. Estimación Impuesto a las Ganancias año 2012 a $131.329,7 millones.
(3) Estimación efectuada en función a las operaciones de compraventa de acciones registradas en los años 2010 y 2011.
(4) y (5) Ley de presupuesto año 2012. Cuadro Nº 2: Ver puntos 2 y 6. Esto no incluye los Intereses de títulos públicos.
* Administrador Federal de Ingresos Públicos.
como era de esperar los recalcitrantes boca de jarro sobre esto no hacen ni un suspiro…