El anteproyecto de un nuevo Código Penal que el Poder Ejecutivo tiene en evaluación prevé que también las empresas puedan ser sancionadas por participar en esquemas que impliquen los delitos de enriquecimiento ilícito o utilización de testaferros. Además, la iniciativa crea un nuevo delito, el de utilización de sistemas de facturación apócrifos con fines de evasión, por el que podrán ser penadas personas físicas o jurídicas con multas o prisión.
Estos planteos se enmarcan en la decisión de incluir en el texto la responsabilidad penal de las personas jurídicas, novedad propuesta por la comisión de juristas y legisladores que trabajó en la iniciativa y detallada ayer por El Cronista.
El anteproyecto, que el Gobierno aún no decidió enviar al Congreso, incorpora a las empresas en el capítulo sobre Incremento Patrimonial No Justificado de Funcionarios y Empleados Públicos, y establece que puedan ser alcanzadas por las penas por Incremento Patrimonial No Justificado (también conocido como enriquecimiento ilícito) y Persona Interpuesta para Disimular Incremento Patrimonial, con multas de 30 a 180 días de facturación.
El sistema de días-multa que contempla el texto reemplazaría el criterio del Código actual, que establece montos de dinero que suelen quedar desactualizados con el paso del tiempo. Para sortear ese inconveniente, el anteproyecto dispone multas de entre cinco y 720 días de facturación para el caso de las personas jurídicas, con un tope: un día de multa no puede superar el valor de un salario mínimo, vital y móvil ni superar un tercio de los ingresos del sancionado. A valores actuales, la multa máxima sería de $2,6 millones.
Además, el anteproyecto sugiere crear el delito de Utilización de Programa o Sistema Destinado a Emitir Comprobantes Apócrifos o Reflejar una Situación Diferente de la Real, es decir, facturación trucha con fines de evasión. Por ese hecho podrán ser sancionadas personas jurídicas o físicas, para quienes el texto dispone penas de prisión de uno a cuatro años. Y, también dentro del título sobre Delitos Contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, propone subir las penas mínimas para quienes sean encontrados culpables del delito de Obtención Fraudulenta de Beneficios Fiscales.
Esta información surge del cuadro comparativo que difundió en su blog el coordinador de la Comisión para la Reforma del Código Penal, el doctor Roberto Carlés. Ese es, hasta ahora, el documento más preciso sobre el anteproyecto, dada la demora del Poder Ejecutivo en difundir oficialmente el texto.
La comisión redactora estuvo presidida por el juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni; e integrada por el jurista León Arslanian; el ex diputado radical Ricardo Gil Lavedra; el jefe del bloque de diputados del PRO, Federico Pinedo; y la ex diputada socialista María Elena Barbagelata. Ellos propusieron que, además, las empresas puedan ser penalmente responsables por los delitos de utilización de información privilegiada; manipulación del mercado y oferta engañosa; y registro irregular de operaciones financieras, entre otros casos.
Con el apoyo de los principales sectores de la actividad, el pasado mes de noviembre fue presentado el Proyecto de Ley de Promoción de la Marina Mercante y la Industria Naval Argentina en la Cámara de Diputados de la Nación. La iniciativa, que ya fue girada a la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios, propone una serie de beneficios fiscales, impositivos, aduaneros y financieros para las empresas argentinas del sector. A juicio del diputado por Nuevo Encuentro, Gastón Harispe, uno de los impulsores del proyecto, hay expectativa en el Congreso y en la Argentina, sobre todo por las restricciones externas que se avizoraron como horizonte y la realidad objetiva de la cuestión de los fletes y la logística. A nosotros nos parece un tema estratégico, más preponderante que nunca, si bien nunca perdió vigencia, todos lo sabemos, por la matriz productiva del país. La expectativa que generó el proyecto creo que lo hace viable. Creemos que este va a ser el año de su impulso definitivo. Confiado en que se alcanzó un consenso básico por primera vez en muchos años, el legislador, en declaraciones al sitio pescare.com.ar, aseguró que esta ley aparece como una necesidad objetiva. Argentina tiene que recuperar los 5 o 7 mil millones de dólares que se pierden por fletes. Recuperar la industria naval es importante, pero para eso necesitamos recuperar la carga. En ese sentido, el Gobierno nacional ha encarado con la Resolución 11/08 toda una restructuración compleja de negociación con los gobiernos del Mercosur en transbordo de cargas. Eso más el Canal de Punta Inidio y otras modificaciones importantes hacen que este proyecto de ley tenga más vigencia. Entre los objetivos del proyecto figura la recuperación de la bandera nacional en el transporte y el fuerte incentivo a la producción y reparación de barcos a partir de definir que el régimen de locación a casco desnudo sea reemplazado por buques nacionales. Esto dinamizaría la industria naval y además aparece la limitación al tratamiento de la bandera de conveniencia. El proyecto excluía originalmente a la pesca por la cuestión del tonelaje. Después, en posteriores reuniones se trató la posibilidad de incluirla. Hubo algunos encuentros con empresarios pesqueros que nos pusieron en el interesante debate de si hacer una ley especial o incorporar la actividad a este proyecto. Ahora, tenemos que terminar de verlo con asesores de la Comisión de Intereses Marítimos, aclaró Harispe.