Desde hace un año, el organismo que investiga la trata de personas advirtió al gobierno de Mauricio Macri que mantiene la habilitación a locales en donde se ejerce la prostitución, según Prefectura y Gendarmería.
El gobierno de Mauricio Macri avala el funcionamiento de burdeles en la Ciudad de Buenos Aires y se niega a cerrarlos, a pesar de que fue advertido de su funcionamiento por la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (Ufase), que depende de la Procuración General de la Nación. La Ufase le viene pidiendo desde hace más de un año que revoque la habilitación y clausure alrededor de cuarenta locales que tienen permisos para funcionar como whiskería, boliche bailable, cervecería, casa de lunch, cantina o restaurante, pero que en realidad son verdaderos prostíbulos, donde se verificó que había explotación sexual de mujeres, de acuerdo con una pesquisa realizada por el organismo, que derivó luego en una megacausa judicial que tiene en sus manos la jueza federal Romilda Servini de Cubría y que investiga la presunta protección a proxenetas desde 12 comisarías de la Policía Federal (ver aparte). Sin embargo, el gobierno porteño rechazó el planteo: la Agencia Gubernamental de Control alegó en una nota a la Ufase a la que tuvo acceso Página/12 que inspeccionó los locales involucrados en el requerimiento y no encontró infracciones para cerrarlos, aunque tanto Gendarmería como Prefectura corroboraron que se trata de prostíbulos, según figura en el expediente judicial. Además sostuvo que hasta que no finalice la causa penal, no puede actuar. Desde la Ufase, su titular, el fiscal Marcelo Colombo, le replicó al gobierno porteño, en carta dirigida a Macri y fechada el 26 de abril, que supeditar la clausura al avance de un caso penal consagraría una abierta renuncia a ejercer autónomamente su poder de policía, control y sanción sobre un régimen cuya administración le compete entera y exclusivamente, y que los fundamentos que esgrime para no actuar constituyen una falsa excusa legal porque no hay ninguna norma administrativa que prevea la sentencia definitiva como requisito para la aplicación de la sanción administrativa.
En la investigación sobre el delito de trata de personas en el ámbito porteño que inició hace más de un año y medio, la Ufase detectó que en 41 locales habilitados por la Ciudad se registraba en realidad actividad prostibularia. Con esa información hizo una denuncia ante la Justicia, que recayó en el Juzgado Federal Nº 1. El primer pedido al gobierno porteño para que quite las habilitaciones tramitadas para esos locales fue enviado por Colombo el 16 de junio de 2011. En ese oficio al que accedió este diario le solicitó a Macri que evalúe a través del área que corresponda la posibilidad de revocar la habilitación, decretar la inhabilitación, etc., de los locales investigados en la Investigación Preliminar 124/09, cuya denuncia en copia se adjunta al presente, atento a que los elementos colectados en la pesquisa dan cuenta de que en dichos locales funcionan como comercios lícitos bajo eufemismos como whiskerías, bares, etc., cuando en realidad constituyen verdaderos prostíbulos, es decir, emprendimientos que comercian con la prostitución ajena o, lo que es lo mismo, comercios con un claro objeto ilícito.
Los 41 burdeles fueron identificados con nombre y dirección. Como parte de la pesquisa de la Ufase que derivó en la causa penal que tiene a cargo Servini de Cubría, efectivos de Prefectura y Gendarmería comprobaron en diversos procedimientos que en esos lugares había explotación de mujeres que ejercían la prostitución.
En el oficio, que fue recibido por el gobierno porteño el 21 de junio de 2011, Colombo le explicó a Macri que la actividad desarrollada en esos locales no constituye un exceso de rubro sino que se trata de actividades esencialmente opuestas a lo previsto en el artículo 17 de la Ley nacional 12.331 que prohíbe los prostíbulos en la Argentina y a compromisos internacionales como el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y Prostitución Ajena (artículo 1º) y la Convención contra todas las Formas de Discriminación de la Mujer (artículo 6).
Luego de tomarse alrededor de nueve meses para contestar, el gobierno porteño envió el 19 de marzo de 2012 su respuesta a la Ufase desde la Agencia Gubernamental de Control. En esa nota firmada por la Dra. Alejandra Helfensten, del Departamento Técnico Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos se señala que los locales involucrados en el pedido de la Ufase fueron inspeccionados por la Dirección General de Fiscalización y Control, y en esos procedimientos se labraron algunas actas. La lectura de éstas permite considerar que las faltas plasmadas en las piezas mencionadas carecen de la entidad necesaria para proceder como se solicita. Es decir, evalúan en la Ufase, claramente los controles fueron deficientes, porque los inspectores no vieron lo que Gendarmería y Prefectura sí: que eran prostíbulos. En ninguno se reparó en lo único y esencialmente importante: si la actividad real llevada a cabo en el local era compatible con la actividad habilitada.
Desde la Ufase, el fiscal Colombo insistió con el pedido el 26 de abril último, en otra carta enviada a Macri, con copia al procurador general de la Ciudad, Julio Conte Grand, donde replicó que el fundamento que esgrime la Ciudad para fundar su inacción es una falsa excusa legal porque no hay ninguna norma administrativa que prevea la sentencia definitiva como requisito de la aplicación de la sanción administrativa y, además, porque la investigación penal tiene como fin establecer si los titulares del local cometieron el delito de trata de mujeres para explotarlas sexualmente o si esas mismas personas eran regentes o administradores de un prostíbulo. El proceso administrativo, por otro lado, debe buscar saber quién pidió y obtuvo una habilitación para de-sarrollar un quiosco, un boliche bailable o una panadería y luego la convirtió en un prostíbulo. Dos mundos diferentes en los que incluso los sujetos pasibles de sanción podrían no ser las mismas personas, le explicó Colombo a Macri. Además le detalló que las responsabilidades a establecer en esos dos tipos de proceso el judicial y el administrativo son totalmente distintas. En el derecho administrativo sancionatorio, frente a cualquier ilicitud, la responsabilidad objetiva o por culpa resulta de por sí suficiente para la determinación de la sanción. Para el caso planteado aquí sería suficiente que en sede administrativa se estableciera que A habilitó un lugar que luego devino en prostíbulo, sin resultar de importancia si así lo quiso o eso sucedió por su falta de control, o por negligencia. La objetiva constatación basta para sancionarlo con la revocación del acto administrativo de habilitación. Contrariamente, en sede penal será imprescindible probar que el autor actuó con dolo tanto del delito de trata de personas como del regenteo de un prostíbulo (artículos 145 bis y ter del Código Penal y 17 de la ley 12.331), sigue la nota enviada al jefe de Gobierno por el titular de la Ufase.
Entre las constancias probatorias para afirmar que en los lugares públicos enumerados habilitados para otros propósitos en realidad funcionan prostíbulos, la Ufase menciona inspecciones de fuerzas de seguridad federal, publicaciones en la vía pública, comentarios de usuarios en distintos foros de Internet en los que se hace referencia a la actividad allí desarrollada. Se invitó a la Agencia de Control, para el caso de que lo considerasen necesario, a acudir al expediente judicial en trámite para tomar vista de esas pruebas y de otras agregadas al sumario judicial, y así comprobar el punto por sí mismos, le detalló Colombo a Macri. Además le explicó que el fundamento de la petición de retiro de habilitaciones y clausuras de los locales identificados es sencillo y radica en que la actividad prostibularia se encuentra prohibida en nuestro país por normas supranacionales y nacionales. Es decir que la actividad real constatada en aquellos lugares nocturnos habilitados legalmente para otros propósitos abunda Colombo es ilegal en dos direcciones: a) porque hace uso de una habilitación legal cuyo objeto real es distinto del cual se otorgó en el permiso; y b) en cuanto ese uso distinto está además prohibido por el ordenamiento jurídico argentino por ser campo propicio a la trata de mujeres.
Colombo incluso le expresó su preocupación a Macri por el hecho de que los locales denunciados por la Ufase fueron inspeccionados en promedio tres veces cada uno por el gobierno porteño, y en ninguna de esas oportunidades esos controles habían funcionado como alarma.
Ni el jefe de Gobierno ni el procurador general de la Ciudad respondieron todavía el segundo pedido de cierre de los prostíbulos.
El gobierno de Mauricio Macri avala el funcionamiento de burdeles en la Ciudad de Buenos Aires y se niega a cerrarlos, a pesar de que fue advertido de su funcionamiento por la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (Ufase), que depende de la Procuración General de la Nación. La Ufase le viene pidiendo desde hace más de un año que revoque la habilitación y clausure alrededor de cuarenta locales que tienen permisos para funcionar como whiskería, boliche bailable, cervecería, casa de lunch, cantina o restaurante, pero que en realidad son verdaderos prostíbulos, donde se verificó que había explotación sexual de mujeres, de acuerdo con una pesquisa realizada por el organismo, que derivó luego en una megacausa judicial que tiene en sus manos la jueza federal Romilda Servini de Cubría y que investiga la presunta protección a proxenetas desde 12 comisarías de la Policía Federal (ver aparte). Sin embargo, el gobierno porteño rechazó el planteo: la Agencia Gubernamental de Control alegó en una nota a la Ufase a la que tuvo acceso Página/12 que inspeccionó los locales involucrados en el requerimiento y no encontró infracciones para cerrarlos, aunque tanto Gendarmería como Prefectura corroboraron que se trata de prostíbulos, según figura en el expediente judicial. Además sostuvo que hasta que no finalice la causa penal, no puede actuar. Desde la Ufase, su titular, el fiscal Marcelo Colombo, le replicó al gobierno porteño, en carta dirigida a Macri y fechada el 26 de abril, que supeditar la clausura al avance de un caso penal consagraría una abierta renuncia a ejercer autónomamente su poder de policía, control y sanción sobre un régimen cuya administración le compete entera y exclusivamente, y que los fundamentos que esgrime para no actuar constituyen una falsa excusa legal porque no hay ninguna norma administrativa que prevea la sentencia definitiva como requisito para la aplicación de la sanción administrativa.
En la investigación sobre el delito de trata de personas en el ámbito porteño que inició hace más de un año y medio, la Ufase detectó que en 41 locales habilitados por la Ciudad se registraba en realidad actividad prostibularia. Con esa información hizo una denuncia ante la Justicia, que recayó en el Juzgado Federal Nº 1. El primer pedido al gobierno porteño para que quite las habilitaciones tramitadas para esos locales fue enviado por Colombo el 16 de junio de 2011. En ese oficio al que accedió este diario le solicitó a Macri que evalúe a través del área que corresponda la posibilidad de revocar la habilitación, decretar la inhabilitación, etc., de los locales investigados en la Investigación Preliminar 124/09, cuya denuncia en copia se adjunta al presente, atento a que los elementos colectados en la pesquisa dan cuenta de que en dichos locales funcionan como comercios lícitos bajo eufemismos como whiskerías, bares, etc., cuando en realidad constituyen verdaderos prostíbulos, es decir, emprendimientos que comercian con la prostitución ajena o, lo que es lo mismo, comercios con un claro objeto ilícito.
Los 41 burdeles fueron identificados con nombre y dirección. Como parte de la pesquisa de la Ufase que derivó en la causa penal que tiene a cargo Servini de Cubría, efectivos de Prefectura y Gendarmería comprobaron en diversos procedimientos que en esos lugares había explotación de mujeres que ejercían la prostitución.
En el oficio, que fue recibido por el gobierno porteño el 21 de junio de 2011, Colombo le explicó a Macri que la actividad desarrollada en esos locales no constituye un exceso de rubro sino que se trata de actividades esencialmente opuestas a lo previsto en el artículo 17 de la Ley nacional 12.331 que prohíbe los prostíbulos en la Argentina y a compromisos internacionales como el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y Prostitución Ajena (artículo 1º) y la Convención contra todas las Formas de Discriminación de la Mujer (artículo 6).
Luego de tomarse alrededor de nueve meses para contestar, el gobierno porteño envió el 19 de marzo de 2012 su respuesta a la Ufase desde la Agencia Gubernamental de Control. En esa nota firmada por la Dra. Alejandra Helfensten, del Departamento Técnico Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos se señala que los locales involucrados en el pedido de la Ufase fueron inspeccionados por la Dirección General de Fiscalización y Control, y en esos procedimientos se labraron algunas actas. La lectura de éstas permite considerar que las faltas plasmadas en las piezas mencionadas carecen de la entidad necesaria para proceder como se solicita. Es decir, evalúan en la Ufase, claramente los controles fueron deficientes, porque los inspectores no vieron lo que Gendarmería y Prefectura sí: que eran prostíbulos. En ninguno se reparó en lo único y esencialmente importante: si la actividad real llevada a cabo en el local era compatible con la actividad habilitada.
Desde la Ufase, el fiscal Colombo insistió con el pedido el 26 de abril último, en otra carta enviada a Macri, con copia al procurador general de la Ciudad, Julio Conte Grand, donde replicó que el fundamento que esgrime la Ciudad para fundar su inacción es una falsa excusa legal porque no hay ninguna norma administrativa que prevea la sentencia definitiva como requisito de la aplicación de la sanción administrativa y, además, porque la investigación penal tiene como fin establecer si los titulares del local cometieron el delito de trata de mujeres para explotarlas sexualmente o si esas mismas personas eran regentes o administradores de un prostíbulo. El proceso administrativo, por otro lado, debe buscar saber quién pidió y obtuvo una habilitación para de-sarrollar un quiosco, un boliche bailable o una panadería y luego la convirtió en un prostíbulo. Dos mundos diferentes en los que incluso los sujetos pasibles de sanción podrían no ser las mismas personas, le explicó Colombo a Macri. Además le detalló que las responsabilidades a establecer en esos dos tipos de proceso el judicial y el administrativo son totalmente distintas. En el derecho administrativo sancionatorio, frente a cualquier ilicitud, la responsabilidad objetiva o por culpa resulta de por sí suficiente para la determinación de la sanción. Para el caso planteado aquí sería suficiente que en sede administrativa se estableciera que A habilitó un lugar que luego devino en prostíbulo, sin resultar de importancia si así lo quiso o eso sucedió por su falta de control, o por negligencia. La objetiva constatación basta para sancionarlo con la revocación del acto administrativo de habilitación. Contrariamente, en sede penal será imprescindible probar que el autor actuó con dolo tanto del delito de trata de personas como del regenteo de un prostíbulo (artículos 145 bis y ter del Código Penal y 17 de la ley 12.331), sigue la nota enviada al jefe de Gobierno por el titular de la Ufase.
Entre las constancias probatorias para afirmar que en los lugares públicos enumerados habilitados para otros propósitos en realidad funcionan prostíbulos, la Ufase menciona inspecciones de fuerzas de seguridad federal, publicaciones en la vía pública, comentarios de usuarios en distintos foros de Internet en los que se hace referencia a la actividad allí desarrollada. Se invitó a la Agencia de Control, para el caso de que lo considerasen necesario, a acudir al expediente judicial en trámite para tomar vista de esas pruebas y de otras agregadas al sumario judicial, y así comprobar el punto por sí mismos, le detalló Colombo a Macri. Además le explicó que el fundamento de la petición de retiro de habilitaciones y clausuras de los locales identificados es sencillo y radica en que la actividad prostibularia se encuentra prohibida en nuestro país por normas supranacionales y nacionales. Es decir que la actividad real constatada en aquellos lugares nocturnos habilitados legalmente para otros propósitos abunda Colombo es ilegal en dos direcciones: a) porque hace uso de una habilitación legal cuyo objeto real es distinto del cual se otorgó en el permiso; y b) en cuanto ese uso distinto está además prohibido por el ordenamiento jurídico argentino por ser campo propicio a la trata de mujeres.
Colombo incluso le expresó su preocupación a Macri por el hecho de que los locales denunciados por la Ufase fueron inspeccionados en promedio tres veces cada uno por el gobierno porteño, y en ninguna de esas oportunidades esos controles habían funcionado como alarma.
Ni el jefe de Gobierno ni el procurador general de la Ciudad respondieron todavía el segundo pedido de cierre de los prostíbulos.