1 ¿Qué cambió en las operaciones de compraventa de moneda extranjera?
La AFIP sumó un paso adicional en las operaciones de compraventa de divisas: los bancos y casas de cambio deben consultar y registrar, a través de un sistema informático, que la capacidad económica de la persona o empresa sea suficiente para realizar la operación. Para eso, los interesados en comprar divisas deberán suministrar el CUIT, CUIL o Clave de Identificación (CDI) al cajero. El empleado de la entidad financiera ingresará al sistema esa información junto con el monto de la operación en pesos y la moneda que desea adquirir la persona. La respuesta de AFIP, la validación o el rechazo de la operación, se realizará en tiempo real. En el sitio web de AFIP (www.afip.gov.ar) se pueden simular operaciones con distintas monedas y corroborar la situación personal accediendo al servicio Consulta de Operaciones Cambiarias. Para realizar la consulta on line es necesario contar con una clave fiscal.
2 ¿Por qué el sistema rechaza una operación?
La respuesta Con inconsistencias indica que la persona física o jurídica no superó los controles y se detallarán los motivos correspondientes. La leyenda La/El CUIT/CUIL/CDI presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada aparecerá cuando el monto que desea adquirir una persona en una operación supera su capacidad de compra anual el sistema la rechazará. Lo mismo sucederá cuando las transacciones realizadas a lo largo del año hayan alcanzado su límite. En el equipo económico señalaron que las deudas fiscales, por ejemplo en el pago del monotributo o el Impuesto a las Ganancias, también implicarán la limitación de la compraventa de dólares, reales, euros.
3 ¿Cómo se puede normalizar la situación?
Cuando la consulta al sistema arroje que la operación no puede llevarse a cabo, el interesado podrá acercarse a la dependencia del organismo recaudador donde se encuentre inscripto para corroborar su situación y/o regularizar sus deudas. En el caso de que el sistema ignore, por ejemplo, los ingresos provenientes por la venta de una propiedad que habilitarían una mayor capacidad de compra, el individuo deberá concurrir a la agencia del organismo recaudador para acreditar ese cambio patrimonial. Cuando se trate de deudas fiscales, el camino será la regularización de esos pasivos.
4 ¿Cómo se define la capacidad de compra de divisas de cada individuo?
La determinación de la capacidad para adquirir dólares de una persona o empresa se realizará en cada caso particular y dependerá de distintas variables. La estimación será anual, pero las personas podrán comprar, siempre dentro de sus capacidades, cuando prefieran hacerlo. El que tenga todo en blanco no va a tener problemas para comprar moneda extranjera, reiteró ayer el titular del Palacio de Hacienda, Amado Boudou. Los interesados no podrán destinar la totalidad de sus ingresos a la compra de divisas, sino que se considerará disponible una porción de esos recursos, ya que la AFIP supone que parte de ese dinero se utiliza para comprar comida, ropa y transporte, entre otros gastos cotidianos. No obstante, las dependencias públicas vinculadas con la implementación y diseño de la medida AFIP, Banco Central y Ministerio de Economía todavía no brindaron ninguna precisión sobre cómo se determina la capacidad de compra.
5 ¿Qué factores inciden en la determinación de la capacidad de compra?
Fuentes oficiales explicaron a Página/12 que la base para el cálculo son los ingresos, ya sea de un trabajador en relación de dependencia o monotributista, y la declaración jurada de bienes personales. El sistema contempla, a su vez, elementos como los gastos mensuales con tarjetas de crédito y débito, la composición de cada familia y el salario mínimo vital y móvil, entre otros factores como instrumentos adicionales al momento de determinar el excedente disponible para las operaciones cambiarias. Con esa información, el sistema de la AFIP habilitará destinar una porción de los ingresos anuales a la compra de divisas. Así, un profesional con dos hijos que gane 15 mil pesos por mes podrá adquirir menos divisas que un trabajador en relación de dependencia soltero que tenga el mismo nivel de ingresos.
6 ¿Quiénes no podrán comprar más divisas con la medida?
En un escenario de presiones al alza sobre el tipo de cambio y fuga de divisas donde el Banco Central debe intervenir activamente vendiendo reservas internacionales para aplacar esas tensiones, la medida restringe las operaciones realizadas por los coleros y prestanombres. Con un ingreso mensual que no supera los 2000 pesos, esas personas adquirían más de 3000 dólares por mes para financiar la actividad de las cuevas cambiarias. A su vez, los ingresos no declarados provenientes de actividades informales no serán tenidos en cuenta por el fisco para definir la capacidad de compra de moneda extranjera. Así, si un profesional posee un salario de diez mil pesos y tiene actividades adicionales por las cuales no realiza la facturación adecuada, sólo podrá adquirir moneda extranjera a partir de sus ingresos declarados. En Argentina, los niveles de informalidad y evasión fiscal son elevados.
7 ¿Hay que presentar más información cuando las divisas sean para viajar al exterior?
No. Según explicaron desde el equipo económico, en ningún caso será necesario acreditar datos adicionales para la compra de divisas. No importa el destino, importa el origen, precisó ayer Boudou. Ya sea que se destinen a un viaje al exterior, ahorro o pago de importaciones, las personas y empresas deberán contar con la capacidad económica suficiente para adquirir esos dólares.
8 ¿Cuándo volverán a funcionar las operaciones en moneda extranjera por medios electrónicos?
Ayer pocas entidades ofrecieron esa posibilidad por dificultades técnicas en la implementación del sistema. Desde la AFIP señalaron que el único banco que puso a punto su sistema para que los clientes puedan realizar operaciones cambiarias a través de Internet y cajeros automáticos fue el Banco Francés. Según el organismo recaudador el resto de las entidades financieras del país estarán listas para vender divisas por medios electrónicos entre hoy y mañana.
9 ¿Quiénes compran dólares?
Entre enero y septiembre, unos 3.000.000 de individuos y empresas compraron dólares en el mercado cambiario local. Los datos del Banco Central señalan que el 0,2 por ciento del total, alrededor de 6000 personas, adquirió más de 250 mil dólares cada uno en ese período. El resto de la demanda de divisas se distribuye entre 2.994.000 personas físicas y jurídicas que compraron montos menores a los 250 mil dólares. A lo largo de los primeros nueve meses del año, la fuga de capitales superó los 16.000 millones de dólares, el reducido segmento de grandes compradores concentró el 35 por ciento de esa demanda de moneda extranjera, más de 5600 millones de dólares.
tlukin@pagina12.com.ar
La AFIP sumó un paso adicional en las operaciones de compraventa de divisas: los bancos y casas de cambio deben consultar y registrar, a través de un sistema informático, que la capacidad económica de la persona o empresa sea suficiente para realizar la operación. Para eso, los interesados en comprar divisas deberán suministrar el CUIT, CUIL o Clave de Identificación (CDI) al cajero. El empleado de la entidad financiera ingresará al sistema esa información junto con el monto de la operación en pesos y la moneda que desea adquirir la persona. La respuesta de AFIP, la validación o el rechazo de la operación, se realizará en tiempo real. En el sitio web de AFIP (www.afip.gov.ar) se pueden simular operaciones con distintas monedas y corroborar la situación personal accediendo al servicio Consulta de Operaciones Cambiarias. Para realizar la consulta on line es necesario contar con una clave fiscal.
2 ¿Por qué el sistema rechaza una operación?
La respuesta Con inconsistencias indica que la persona física o jurídica no superó los controles y se detallarán los motivos correspondientes. La leyenda La/El CUIT/CUIL/CDI presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada aparecerá cuando el monto que desea adquirir una persona en una operación supera su capacidad de compra anual el sistema la rechazará. Lo mismo sucederá cuando las transacciones realizadas a lo largo del año hayan alcanzado su límite. En el equipo económico señalaron que las deudas fiscales, por ejemplo en el pago del monotributo o el Impuesto a las Ganancias, también implicarán la limitación de la compraventa de dólares, reales, euros.
3 ¿Cómo se puede normalizar la situación?
Cuando la consulta al sistema arroje que la operación no puede llevarse a cabo, el interesado podrá acercarse a la dependencia del organismo recaudador donde se encuentre inscripto para corroborar su situación y/o regularizar sus deudas. En el caso de que el sistema ignore, por ejemplo, los ingresos provenientes por la venta de una propiedad que habilitarían una mayor capacidad de compra, el individuo deberá concurrir a la agencia del organismo recaudador para acreditar ese cambio patrimonial. Cuando se trate de deudas fiscales, el camino será la regularización de esos pasivos.
4 ¿Cómo se define la capacidad de compra de divisas de cada individuo?
La determinación de la capacidad para adquirir dólares de una persona o empresa se realizará en cada caso particular y dependerá de distintas variables. La estimación será anual, pero las personas podrán comprar, siempre dentro de sus capacidades, cuando prefieran hacerlo. El que tenga todo en blanco no va a tener problemas para comprar moneda extranjera, reiteró ayer el titular del Palacio de Hacienda, Amado Boudou. Los interesados no podrán destinar la totalidad de sus ingresos a la compra de divisas, sino que se considerará disponible una porción de esos recursos, ya que la AFIP supone que parte de ese dinero se utiliza para comprar comida, ropa y transporte, entre otros gastos cotidianos. No obstante, las dependencias públicas vinculadas con la implementación y diseño de la medida AFIP, Banco Central y Ministerio de Economía todavía no brindaron ninguna precisión sobre cómo se determina la capacidad de compra.
5 ¿Qué factores inciden en la determinación de la capacidad de compra?
Fuentes oficiales explicaron a Página/12 que la base para el cálculo son los ingresos, ya sea de un trabajador en relación de dependencia o monotributista, y la declaración jurada de bienes personales. El sistema contempla, a su vez, elementos como los gastos mensuales con tarjetas de crédito y débito, la composición de cada familia y el salario mínimo vital y móvil, entre otros factores como instrumentos adicionales al momento de determinar el excedente disponible para las operaciones cambiarias. Con esa información, el sistema de la AFIP habilitará destinar una porción de los ingresos anuales a la compra de divisas. Así, un profesional con dos hijos que gane 15 mil pesos por mes podrá adquirir menos divisas que un trabajador en relación de dependencia soltero que tenga el mismo nivel de ingresos.
6 ¿Quiénes no podrán comprar más divisas con la medida?
En un escenario de presiones al alza sobre el tipo de cambio y fuga de divisas donde el Banco Central debe intervenir activamente vendiendo reservas internacionales para aplacar esas tensiones, la medida restringe las operaciones realizadas por los coleros y prestanombres. Con un ingreso mensual que no supera los 2000 pesos, esas personas adquirían más de 3000 dólares por mes para financiar la actividad de las cuevas cambiarias. A su vez, los ingresos no declarados provenientes de actividades informales no serán tenidos en cuenta por el fisco para definir la capacidad de compra de moneda extranjera. Así, si un profesional posee un salario de diez mil pesos y tiene actividades adicionales por las cuales no realiza la facturación adecuada, sólo podrá adquirir moneda extranjera a partir de sus ingresos declarados. En Argentina, los niveles de informalidad y evasión fiscal son elevados.
7 ¿Hay que presentar más información cuando las divisas sean para viajar al exterior?
No. Según explicaron desde el equipo económico, en ningún caso será necesario acreditar datos adicionales para la compra de divisas. No importa el destino, importa el origen, precisó ayer Boudou. Ya sea que se destinen a un viaje al exterior, ahorro o pago de importaciones, las personas y empresas deberán contar con la capacidad económica suficiente para adquirir esos dólares.
8 ¿Cuándo volverán a funcionar las operaciones en moneda extranjera por medios electrónicos?
Ayer pocas entidades ofrecieron esa posibilidad por dificultades técnicas en la implementación del sistema. Desde la AFIP señalaron que el único banco que puso a punto su sistema para que los clientes puedan realizar operaciones cambiarias a través de Internet y cajeros automáticos fue el Banco Francés. Según el organismo recaudador el resto de las entidades financieras del país estarán listas para vender divisas por medios electrónicos entre hoy y mañana.
9 ¿Quiénes compran dólares?
Entre enero y septiembre, unos 3.000.000 de individuos y empresas compraron dólares en el mercado cambiario local. Los datos del Banco Central señalan que el 0,2 por ciento del total, alrededor de 6000 personas, adquirió más de 250 mil dólares cada uno en ese período. El resto de la demanda de divisas se distribuye entre 2.994.000 personas físicas y jurídicas que compraron montos menores a los 250 mil dólares. A lo largo de los primeros nueve meses del año, la fuga de capitales superó los 16.000 millones de dólares, el reducido segmento de grandes compradores concentró el 35 por ciento de esa demanda de moneda extranjera, más de 5600 millones de dólares.
tlukin@pagina12.com.ar