l7 de mayo de 2012, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó el decreto 678/2012, mediante el cual tomó la decisión de constituir una comisión a la cual encomendó la tarea de elaborar un anteproyecto de reformas al Código Penal, sancionado en 1921.
En la integración de esa comisión primó el criterio de la diversidad y pluralidad políticas, lo que hizo que estuvieran representadas las principales fuerzas con representación parlamentaria: María Laura Barbagelata, por el Partido Socialista; Federico Pinedo, por Pro; Ricardo Gil Lavedra, por la Unión Cívica Radical; quien escribe estas líneas, por el Partido Justicialista, y, presidiéndola, Eugenio Raúl Zaffaroni, juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La mayoría de los nombrados, con actividad académica en la docencia universitaria en materia penal, experiencia en la magistratura y en funciones vinculadas al área de la justicia penal. A lo que cabe añadir, el reconocimiento internacional, como catedrático y autor, de Raúl Zaffaroni, quien presidió la comisión.
De ese modo, se satisfizo, por un lado, una necesidad política, mientras que, por otro, que sus miembros contasen con la experiencia profesional y académica requerida para el caso.
Un código, a diferencia de una ley de emergencia, es un instrumento legal concebido para regir por décadas la vida de una comunidad. El Código Civil es de 1869 y sigue vigente y, como dije, el Código Penal que ahora deseamos reemplazar es de 1921. Casi ciento cincuenta años de vida, el primero. Más de noventa años, el segundo.
Ello habla, de por sí, del carácter estable que cabe reconocer a los diferentes códigos y de la necesidad de preservarlos de coyunturas que, las más de las veces, suelen nublar la razón.
El debate precipitado y extemporáneo que se pretende dar sobre la base de un anteproyecto sobre el cual no se ha expedido aún el Poder Ejecutivo no conduce más que a generar confusión y sirve para manipular a una opinión pública a la que se desinforma, primero, y se obliga, después, a tomar partido por opciones planteadas falsamente. Ello tiene por efecto privar de consenso social a un posible futuro instrumento de regulación de la vida social, que, por su naturaleza, debe necesariamente tenerlo.
En efecto, una ley fundamental, para tener eficacia, debe satisfacer dos requisitos: contar con una amplia aceptación de la sociedad en su conjunto, que tiene que ver en ella un modo posible de mejorar su vida, y un consenso político igualmente amplio, porque la nuestra es una democracia representativa y las leyes las dicta el Congreso, por mayoría de sus miembros, y no las multitudes.
Por tanto, las reglas que presidan el debate necesario deben, ante todo, garantizar la honestidad de los procedimientos de divulgación, esto es: informar con objetividad, no faltar a la verdad, no confundir y permitir que cada cual forme su propio juicio.
Un joven político prominente ha comenzado una campaña que apunta, a través del instrumento de la consulta popular, a tratar de conseguir una mayoría abrumadora que manifieste su oposición a un anteproyecto no difundido. Creo que su iniciativa tan sólo confunde.
El artículo 40 de la Constitución Nacional regula ese procedimiento, pero no como recurso impeditivo de la sanción de una ley, sino al revés. Esto es, para apoyar un proyecto que aspira a verse convertido en ley, supuesto éste en que la iniciativa compete a la Cámara de Diputados. Tampoco se trata, obviamente, de la consulta popular no vinculante que la misma norma constitucional pone entre las competencias del Congreso y del presidente de la Nación.
Por ello, la apropiación e invocación de facultades de las que se carece para procurar impedir que el Poder Ejecutivo Nacional considere una propuesta de reformas supone incorporar una dosis más de desconcierto, en lugar de ayudar a comprender y construir la iniciativa.
No sabemos cuál será la suerte que en definitiva corra la neonata propuesta: si se sumará a la pléyade de anteproyectos y proyectos que conformen el basamento del que finalmente se imponga o si sufrirá cambios que le introducirá el ministro de Justicia de la Nación con el concurso de su cuerpo técnico de asesores. Pero de lo que estamos seguros quienes integramos la comisión es de la necesidad de que la nueva ley penal que habrá de regirnos por décadas se debata en profundidad y con absoluta honestidad.
Por cierto que somos conscientes del preciado valor de la ley penal y de su función eminente en la protección de los bienes jurídicos fundamentales en una sociedad y por eso procuramos dotarla de eficacia en lugar de privilegiar su carácter puramente simbólico, propiciando el cumplimiento de la totalidad de las penas impuestas y la supresión de la condena de ejecución en suspenso y de la libertad condicional, entre tantas otras cosas.
Por fin, para evitar zozobras innecesarias y aventar suspicacias resulta útil transcribir uno de los párrafos del mensaje de elevación a la señora Presidenta: «No se ha optado por ninguna regla general de mayor o menor punibilidad, sino que se propone disminuir o aumentar las escalas penales en la medida necesaria para evitar contradicciones axiológicas graves. Dado que toda escala penal proyecta negativamente el valor jurídico positivo lesionado, es ineludible tomar como parámetro general y orientador para el resto el de la vida humana. La desarmonía que implica desconocer que este valor se halla en la cúspide del orden jurídico argentino repudia a la Constitución Nacional, pues importa adhesión a un orden jurídico extraño al nuestro, que reemplazaría -en el punto más alto de su objetivo- por otro ente extra o ultrapersonal, lo que resultaría claramente incompatible con la axiología constitucional, histórica y culturalmente consagrada».
Ésa es la síntesis del pensamiento común de quienes trabajamos en la propuesta: tan alejado de cualquier abolicionismo cuanto del nuevo paganismo de rancias ordalías.
El autor, ex juez, fue ministro de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires .
En la integración de esa comisión primó el criterio de la diversidad y pluralidad políticas, lo que hizo que estuvieran representadas las principales fuerzas con representación parlamentaria: María Laura Barbagelata, por el Partido Socialista; Federico Pinedo, por Pro; Ricardo Gil Lavedra, por la Unión Cívica Radical; quien escribe estas líneas, por el Partido Justicialista, y, presidiéndola, Eugenio Raúl Zaffaroni, juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La mayoría de los nombrados, con actividad académica en la docencia universitaria en materia penal, experiencia en la magistratura y en funciones vinculadas al área de la justicia penal. A lo que cabe añadir, el reconocimiento internacional, como catedrático y autor, de Raúl Zaffaroni, quien presidió la comisión.
De ese modo, se satisfizo, por un lado, una necesidad política, mientras que, por otro, que sus miembros contasen con la experiencia profesional y académica requerida para el caso.
Un código, a diferencia de una ley de emergencia, es un instrumento legal concebido para regir por décadas la vida de una comunidad. El Código Civil es de 1869 y sigue vigente y, como dije, el Código Penal que ahora deseamos reemplazar es de 1921. Casi ciento cincuenta años de vida, el primero. Más de noventa años, el segundo.
Ello habla, de por sí, del carácter estable que cabe reconocer a los diferentes códigos y de la necesidad de preservarlos de coyunturas que, las más de las veces, suelen nublar la razón.
El debate precipitado y extemporáneo que se pretende dar sobre la base de un anteproyecto sobre el cual no se ha expedido aún el Poder Ejecutivo no conduce más que a generar confusión y sirve para manipular a una opinión pública a la que se desinforma, primero, y se obliga, después, a tomar partido por opciones planteadas falsamente. Ello tiene por efecto privar de consenso social a un posible futuro instrumento de regulación de la vida social, que, por su naturaleza, debe necesariamente tenerlo.
En efecto, una ley fundamental, para tener eficacia, debe satisfacer dos requisitos: contar con una amplia aceptación de la sociedad en su conjunto, que tiene que ver en ella un modo posible de mejorar su vida, y un consenso político igualmente amplio, porque la nuestra es una democracia representativa y las leyes las dicta el Congreso, por mayoría de sus miembros, y no las multitudes.
Por tanto, las reglas que presidan el debate necesario deben, ante todo, garantizar la honestidad de los procedimientos de divulgación, esto es: informar con objetividad, no faltar a la verdad, no confundir y permitir que cada cual forme su propio juicio.
Un joven político prominente ha comenzado una campaña que apunta, a través del instrumento de la consulta popular, a tratar de conseguir una mayoría abrumadora que manifieste su oposición a un anteproyecto no difundido. Creo que su iniciativa tan sólo confunde.
El artículo 40 de la Constitución Nacional regula ese procedimiento, pero no como recurso impeditivo de la sanción de una ley, sino al revés. Esto es, para apoyar un proyecto que aspira a verse convertido en ley, supuesto éste en que la iniciativa compete a la Cámara de Diputados. Tampoco se trata, obviamente, de la consulta popular no vinculante que la misma norma constitucional pone entre las competencias del Congreso y del presidente de la Nación.
Por ello, la apropiación e invocación de facultades de las que se carece para procurar impedir que el Poder Ejecutivo Nacional considere una propuesta de reformas supone incorporar una dosis más de desconcierto, en lugar de ayudar a comprender y construir la iniciativa.
No sabemos cuál será la suerte que en definitiva corra la neonata propuesta: si se sumará a la pléyade de anteproyectos y proyectos que conformen el basamento del que finalmente se imponga o si sufrirá cambios que le introducirá el ministro de Justicia de la Nación con el concurso de su cuerpo técnico de asesores. Pero de lo que estamos seguros quienes integramos la comisión es de la necesidad de que la nueva ley penal que habrá de regirnos por décadas se debata en profundidad y con absoluta honestidad.
Por cierto que somos conscientes del preciado valor de la ley penal y de su función eminente en la protección de los bienes jurídicos fundamentales en una sociedad y por eso procuramos dotarla de eficacia en lugar de privilegiar su carácter puramente simbólico, propiciando el cumplimiento de la totalidad de las penas impuestas y la supresión de la condena de ejecución en suspenso y de la libertad condicional, entre tantas otras cosas.
Por fin, para evitar zozobras innecesarias y aventar suspicacias resulta útil transcribir uno de los párrafos del mensaje de elevación a la señora Presidenta: «No se ha optado por ninguna regla general de mayor o menor punibilidad, sino que se propone disminuir o aumentar las escalas penales en la medida necesaria para evitar contradicciones axiológicas graves. Dado que toda escala penal proyecta negativamente el valor jurídico positivo lesionado, es ineludible tomar como parámetro general y orientador para el resto el de la vida humana. La desarmonía que implica desconocer que este valor se halla en la cúspide del orden jurídico argentino repudia a la Constitución Nacional, pues importa adhesión a un orden jurídico extraño al nuestro, que reemplazaría -en el punto más alto de su objetivo- por otro ente extra o ultrapersonal, lo que resultaría claramente incompatible con la axiología constitucional, histórica y culturalmente consagrada».
Ésa es la síntesis del pensamiento común de quienes trabajamos en la propuesta: tan alejado de cualquier abolicionismo cuanto del nuevo paganismo de rancias ordalías.
El autor, ex juez, fue ministro de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires .
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Meter a los delincuentes en la cárcel no los resocializa porque las cárceles, dada la incapacidad del Estado de administrarlas sanamente, son meras escuelas de delito. Por no hablar de los organismos de seguridad como cómplices de los delincuentes.
Dejarlos libres es poner en riesgo la vida, salud mental y física de los ciudadanos, víctimas propiciatorias del desaguisado.
Se está optando por la segunda alternativa ante la nula aptitud del Estado (o sea del Gobierno) de cumplir con la Constitución.
Obvio que una cifra, digamos de 30 mil «que ya no están» tendrá, en algunos años, un nuevo y macabro significado.
Bueno en tu caso estás libre de «poner en riesgo» tu «salud mental», algo menos de qué preocuparte. Y no te pongas mal, «salud mental» también le falta a muchos de tus camaradas de armas en AP, no estás solo
Saludetes
PD: seguí con tu terapia, te faltan más agudos comentarios en la columna de «lecturas» de AP y ¡¡faltan las del día de la fecha!! ju ju ju…
No pensaba en mí, soy apenas un jubilado laburante. Pienso en mis nietos.
Mi único riesgo razonable es tener una bici de la misma marca que del tipo que asesinaron en Palermo, camino por el que paso todos los fines de semana.
O sea que mi posible próximo asesino, está libre.
Lo voy a ver en terapia esta semana. Gracias, Sile.
Al tipo no lo mataron para robarle la bicicleta. Ni ninguna otra cosa.
Ahora resulta que si un tipo tiene un entripado con un socio y lo mata, y no lo agarran y condenan AL MINUTO, el mismo tipo va a ir por usted…
No, hermano, el problema no era la bicicleta, era la «marcación» de la víctima.
Los sicarios, como los milicos de hace 30 años, te podían ejecutar «por error», aunque por supuesto también por el consolador «por algo habrá sido»
Así que la marcación sería por marca de bici… Y eso seguro que es por el gobierno que tenemos…
Está superándose minuto a minuto.
Bueno, múdese a un país serio con cero asesinatos… Aunque con esa percepción que tiene, no se va a sentir seguro en ningún lado.
Y otra vez más -y ya van unas cuantas- trata de DIS-CUL-PAR al Plan del terrorismo de Estado comparándolo con hechos delictivos puntuales.
No justifico ningún crimen.
Los milicos eran perversos.
Estos son inútiles.
El resultado es parecido, veremos qué dice el juicio de la Historia.
‘Resultado parecido’…
Ahí está la trampita.
Para banalizar los delitos de lesa humanidad.
Es decir, para dar un ejemplo: lo que hizo Pol-pot en Camboya lo comparamos con veinte años de accidentes de tránsito y, claro, ‘es el mismo resultado’…
Lo que va a ser muy drástico y tajante es el ‘juicio de la historia’ ante tanta deshonestidad -o pavada- junta.
Tendría que dar precisiones suficientes sobre eso de ‘dejarlos libres’, dicho con tanta liviandad.
Y, de paso, tendría que diferenciar entre ‘dejar libres’ a los que perpetran delitos contra la propiedad y los que perpetran delitos contra la integridad y la vida.
Pero es demasiado pedir…
Unos tipos con muchos conocimientos -y sus equipos asesores- se quemaron las cejas durante un año para hacer algo necesario… y eso se demuele con tres eslóganes fachos tirados a la marchanta.
Querido Raúl:
De ningún modo es mucho pedir. Estoy a tus órdenes.
Dejarlos libres significa algo parecido a dejarlos libres.
Dicho de otro modo: asesinos y violadores seriales saldrían en libertad si aceptan ayudar a cruzar la calle a las viejitas durante unas horas.
Por supuesto nunca hablé de los delitos contra la propiedad que son una forma de justicia distributiva. Después de todo: ¿Por qué tendría que poseer yo una pantalla de 46″ y mi chorro una motito berreta?
Y obviamente, al chorro que «trabaja» con una moto de alta cilindrada, de 50 mil dólares, con más razón debiera estar libre… al menos por ser más «piola» que el suscripto.
Y más piolas son los que se «quemaron las cejas» (pobrecitos, trabajaron), y de paso quedan bien con «vatayones» varios.
Y lo digo honestamente, para que no me tilden de facho, cosa que me preocuparía mucho, soy extremadamente sensible…
De todos modos, te pediría, querido Raúl, que leas bien mis comments antes de responder.
Ya que hablé claramente de los próximos 30 mil «desaparecidos» y eso no refiere en absoluto a delitos contra la «propiedad».
Que como ya dije, esos delitos mínimos deberían estar plenamente justificados, más aún, deberían ser alentados por el Gobierno.
Ponerte un caño enla cabeza es un delito contra vos, no contra la propiedad que puedas o no tener.
Yo no tendría problemas en que le den tres años al boquetero que entra en un banco un fin de semana y se lleva 100 millones, y le den 10 años al que le pone un tramontina en el cuello a un pibito para sacarle la bicicleta. Para mi es justo.
David: no está discutiendo conmigo sino con un interlocutor inventado por usted.
En lugar de divagar, es mejor leer PRIMERO esta nota:
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-241425-2014-03-09.html
y contestar a lo que allí se dice.
Estoy debatiendo con alguien que dice ser «Raul C.»
Ahora resulta que sos un invento mío… caramba…
Y con referencia al artículo que linkeás, no estoy en condiciones de analizar cuestiones jurídicas ya que no entiendo nada del tema.
Solo sé que hay violadores reincidentes sueltos, eso sale en los diarios cuando matan a su enésima víctima. Y hasta se publican los nombres de los jueces que los liberaron «por buena conducta»
Para leer los diarios no debo ser necesariamente un especialista en código penal.
No obstante, sugiero poner doncellas en las cárceles y comprobar si las violan y matan antes de dictarles la libertad. No sé, digo…
No está hablando conmigo EN ABSOLUTO, porque:
-No dije nada nunca sobre justicia distributiva, ni sobre quién es más piola, ni de que hay que liberar violadores, ni de las minifaldas provocativas, ni absolutamente nada de nada de eso.
No tiene idea de lo que pienso sobre esos temas.
Lo que sí pienso es que hay que ordenar y limpiar el Código Penal (y el Civil, y el Procesal) para modernizarlos, y que es una política de Estado.
Y que Massa, Tinelli y ustedes hablan sin tener puta idea del proyecto. Simplemente inventan para empiojar.
Y con respecto a lo de ‘buena conducta’ y demás, por un lado se soluciona mejorando el Código, y no diciendo ‘no, no y no’ a que se lo toque siquiera.
Por otra parte, lo que usted cuestiona son decisiones de jueces.
Y al mismo tiempo se pone a putear cuando el gobierno quiere reformar algo en ‘la Justicia’.
Raul: No digo que el código penal actual este perfecto, todo lo contrario.
Pero parece que los planetas se estaban alineando para que salga un código penal peor (para nosotros gente común) que el vigente ahora.
La jugada de frenarlo me parece buena.
Si no los resocializa, se tienen que quedar más tiempo. Por lo menos la sociedad no tiene que temerles mientras estan entre rejas.
Pero sería injusto dejarlos entre rejas, según la doctrina Zaffaroni:
El criminal es una doble víctima: primero nació pobre y /o en condiciones sociales desfavorables, y después lo metieron en cana por violar y asesinar a una pendeja en provocativa minifalda.
¡Un poco de justicia para el tipo, por favor!
Bué, no es que me extasíe que cierta gente esté libre (que esto quede claro), pero hay sobrados ejemplos, aquí y en muchos países, de tipos bien pesados que manejan organizaciones delictivas desde dentro de la cárcel… en la que además disfrutan de condiciones de ‘hotelería’ preferenciales, gentileza de sus custodios.
Mientras, nuestra sagaz clase media cacerolera piensa ‘me siento tranquilo/a porque están adentro’…
David:
– Sigue inventando interlocutores imaginarios y contestándoles ‘valientemente’.
– Yo me leí una colección de fascículos de Zaffaroni que habían salido en P/12, y EN NINGÚN LUGAR DICE NI INSINÚA NADA DE LO QUE USTED IRRESPONSABLEMENTE PONE AQUÍ.
– Recordemos quiénes eran/son los que tienen problema con el enfoque de Zaffaroni desde MUCHO ANTES de los gobiernos K., y tendremos una pauta de la ideología de David: ‘aquí hace falta una mano dura’ (siempre y en cualquier circunstancia).
Sinceramente seré muy cacerolero como usted dice, pero a mi no me preocupan los que estan adentro, hasta que salen. Me preocupan los que estan sueltos, que son muchos.
Fijate que para vos pedir que los criminales esten presos más tiempo es «mano dura». No es más que un ejemplo de esa filosofía.
Razonemos distinto: Pongamos, para simplificar, que el homicidio en ocasión de robo tenga dos opciones de tiempo real en prisión: a)10 a 15 años b) 25 a 35 años.
Cuál es la opción que beneficia a la mayoría de los habitantes? Quiénes serían potencialmente perjudicados por la opción a, y la opción b? Cuál sería entonces la opción más progresista?
Raúl C (¿Existís o sos un invento mío?):
No vas a encontrar un solo comment mío de los varios cientos que llevo en 5 años aquí que haya pedido «mano dura».
Es más, sostengo que las «reformas Blumberg» arruinaron las proporcionalidades del Código Penal.
A Zaffaroni lo escuché yo en TV decir lo que dije, referido a que el pobre ya nace criminalizado.
Y lo de eliminar la reincidencia como agravante, lo dicen incluso los comentaristas jurídicos referidos a la «doble condena» de lo cual se han derramado ríos de tinta en estos últimos días, tema sobre el cual no tengo (ni podría tener) opinión jurídica propia.
Sobre mi «valentía», comprobarás que sigo escribiendo a pesar de figurar en los archivos de nuestro «service» predilecto, que me conoce mucho más de lo que yo desearía.
Mi única preocupación son las futuras víctimas, violento deporte nacional que nunca hemos abandonado.
Es más:
En estos días me recontra putearon aquí porque pedí justicia no vindicativa con los delincuentes de lesa humanidad.
Así que nada de mano dura conmigo.
Justicia, sí.
Y proteción hacia la sociedad, abandonando la complicidad de los poderes del Estado con la delincuencia y el narcotráfico.
Claro, mano blanda para los genocidas solamente.
En fin… chau por hoy.
Mariano T.:
Con ese razonamiento de ‘beneficiar a la mayoría’, tendría que haber perpetua para todos. Porque b) sería mejor que a), y la perpetua sería mejor aún que b).
Y de ahí se diría: ¿para qué mantenerlos toda la vida si nunca van a salir? Entonces, pena de muerte para todos y chau…
No soy un conocedor del tema, que hablen los que saben. Pero lo suyo lleva ‘por lógica’ a la Edad Media.
Calculo que prisión perpetua para todos y todas sería muy caro. Y el estado no debería matar a nadie a sangre fría.
Pero el criterio es ese.
Las penas cumplen 3 objetivos:
1)El supuesto y poco probable cambio de actitud del delincuente.
2)Reemplaza y representa la venganza de las víctimas.
3)Es una barrera fisica que separa al criminal de sus víctimas futuras durante x años.
En el caso de los milicos es 2. En el caso de delincuentes comunes violentos es 3, salvo que en la carcel se hagan evangelicos, en ese caso es 1.
– Como de costumbre, reivindica (de manera capciosa y sesgada, pero reivindica) el terrorismo de Estado, al deformar la motivación por la que se hace justicia e ignorar el concepto de delitos de lesa humanidad. (Pero claro, no es ninguna novedad).
– En casos de delitos comunes, la tendencia manodurista (Blumberg, Cohen Agrest, etc.) siempre hace hincapié en 2) mucho más que en 3). Mediáticamente se insiste en que las víctimas sean las que *indiquen* a los poderes públicos qué es lo que hay que hacer con los victimarios (pero también se insiste en que eso está mal en el caso del terrorismo de Estado; es decir, hay víctimas clase A y víctimas clase B).
– Como dije antes, la ‘barrera física’ es muy ‘porosa’ para los ‘porongas’.
Yo reivindico a los tres objetivos de la pena. Así que (2)»el que las hace las paga» es una de las funciones de la pena, incluyendo a lo milicos, así que no veo la reivindicación que mencionás, es solo tu imaginación y tu mala leche.
En cuanto a (3) lo podemos ver en la declaración «No quiero que le hagan a otra nena lo que le hicieron a mi hija» Que es una constante en los familiares de las víctimas.
Y para mi es la parte más práctica de la pena, por más que en algunos casos los penitenciarios los dejen salir. En un código hay que pensar que esa aberración no existe, y que si existe se corrige encanando a los penitenciarios.
No me refería a rateros a los que los penitenciarios ‘dejan salir’, sino a los capos que manejan sus redes delictivas desde dentro de las cárceles, si es que llegaron a caer.
No vayas a los extremos, estas viendo muchas telenovelas colombianas.
De todos modos, eso no implica que algo mejora largándolos a la calle.
Tal vez deberíamos invertir la carga de la prueba. Yo les pediría a Mariano, David et al que expliquen por qué es necesario mantener el actual Código Penal. ¿Por qué el Código Penal vigente, ese monstruo de Frankenstein jurídico creado hace casi cien años, es mejor que el que propone la comisión multipartidaria? ¿Por qué rechazan el nuevo Código in toto?
Y digo «comisión multipartidaria» porque varios comentaristas, con picardía, enfocan la discusión en Zaffaroni y su abolicionismo, una doctrina impopular pero respetable, cuando esa bête noire del manodurismo fue solo uno de los cinco integrantes de la comisión, un cuerpo con mayoría de opositores.
Martín:
No soy jurista, ni abogado, apenas un ciudadano que padece (o disfruta) las bondades de las leyes.
No digo que hay que mantener el actual Código Penal. Tampoco digo que hay que mantener la actual Consitución.
Lo único que ansío es que se cumplan.
Y cuando veo que la delincuencia aumenta, y que la progresía ve a la sufrida madre Cohen Agrest como un monstruo porque lucha y protesta por el asesinato de su hijo, y además lo expresa con prosa impecable, solo puedo pensar que el código que nos quieren imponer no es para cuidarnos precisamente.
Ese código, y las leyes en general, no son para favorecernos a nosotros, los ciudadanos de a pie, que no tenemos autos blindados ni barrios cerrados. Es para otros. Por razones que no conocemos, pero intuimos.
Si la «década ganada» termina con el establecimiento definitivo de los carteles de la droga, protegidos por los poderes públicos, y con leyes ad hoc para sus dineros negros, cualquier ley que nos quiera imponer esta gente, me parecerá mala. O como mínimo, lo será en contra mío y de mi familia.
De paso, y por pura curiosidad: suponiendo que vos, Martín, sos un tipo de clase media con una buena instrucción…
¿Me podrías recordar al menos UNA ley de esta década que haya contribuido a mejorar tu calidad de vida?
(Por favor no me vengas conque ver presos a delincuentes de lesa humanidad mejoraron tu calidad de vida, tal vez sí tus irrefrenables ansias de justicia, pero mi pregunta es otra).
Matrimonio igualitario.
Cierto, Martín, un punto a favor tuyo. (Tenía que haberte pedido dos ejemplos en vez de uno)
Por ser una «década ganada» hubiese pensado (además del matrimonio igualitario), por ejemplo en algunas leyes tales como:
1) Eliminar el impuesto distorsivo al cheque.
2) Aborto en condiciones de seguridad sanitaria.
3) Disminuir el IVA del 21% a la canasta de los pobres.
4) Y si se reforma el Código Penal, que se agraven las penas para los funcionarios corrutos.
5) Registro de violadores
6) Desarme de la población civil
Es obvio que podría pasarme el día entero escribiendo ideas maravillosas para la gente decente.
Pero quedate tranquilo, nada de eso va a pasar.
Básicamente porque en vez de alargar el tiempo de prisión por varios de los delitos que sufre la gente común, la acorta.
Para decirlo en una sola frase. Nadie santifica el código actual, pero hay que mejorarlo en vez de empeorarlo.
Repito: tienen que leer esta nota.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-241425-2014-03-09.html
Son más los delitos a los que se les aumenta la pena, que los delitos a los que se la disminuye.
Leete cuáles estan en cada categoría. Gerardo Fernandez hizo una lista.
Te pedí explicaciones, no slogans.
Si baja las penas a la docena de delitos más comunes que hacen a la seguridad de las personas corrientes, es peor.
No es una slogan. Es taxativo.
Y porqué? Porque los presos no roban a la gente de afuera. Más tiempo presos, menos probabilidad de asaltos. Menos asaltos, menos probabilidad de ser lastimado, torturado, o muerto por esos tipos.
Quién se perjudica por penas más largas? Unos pocos miles de delincuentes y sus abogados. Quiénes se benefician? El resto de los 41 millones de habitantes. Qué costo tiene? El de aumentar las plazas carcelarias.
Aquí hay un interesantísimo post, que plantea la posibilidad de que Massa (con la corporación mediática/opositora atrás) esté haciendo ‘la del tero’.
http://nestornautas.blogspot.com.ar/2014/03/massa-hace-la-del-tero.html
Algunos cambios proyectados en el Código Penal son bastante rigurosos para ciertos delitos cometidos por ‘personas jurídicas’, y eso parecería que pisa algunos callos por ahí.
No entendí lo de las personas jurídicas. No podés meter preso un CUIT, solo personas. Me imagino que debe ser una multa por parte del juez penal, en vez del resarcimiento civil.
Y ya que hablamos de Massa, o si querés también de Scioli, que aparentan ser los próximos presidenciables, no es para alegrarse.
Fueron, son y serán parte del aparato peronista.
Entonces, ya sabemos lo que nos espera: más delincuencia, más droga, más impuestos, más inseguridad, más circo en forma de fútbol o lo que fuera, y un nuevo relato seductor para mayorías cada vez más pauperizadas e ignorantes.
Para los que creíamos que no podía haber (en democracia) nada peor que Menem, comprobamos que al jodón irresponsable le sucedió gente maldad supina.
Mi imaginación no dá para imaginar cuánto peor podrían ser Massa o Scioli.
Vienen tiempos interesantes…