Mayor transparencia fiscal internacional: es ley el convenio tributario con Suiza

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.010, a través del Decreto 2262/2014 publicado ayer en el Boletín Oficial, el nuevo Convenio entre Argentina y Suiza para evitar la Doble Imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio.
Este instrumento se enmarca en el trabajo que viene desarrollando la Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble Imposición -presidida por la AFIP e integrada por las carteras de Economía y Finanzas Públicas y de Relaciones Exteriores y Culto- en el contexto de la estrategia de transparencia fiscal impulsada por el Gobierno Nacional desde el 2009 y las recomendaciones del G-20 sobre la exigencia de un comportamiento fiscal responsable.
Argentina comenzó un significativo proceso de evaluación y revisión de sus objetivos de política tributaria internacional, a fin de analizar los convenios internacionales respecto a su impacto en la tributación nacional, así como la posibilidad de que su aplicación conduzca a la doble no tributación en virtud de la legislación doméstica.
Asimismo, desde el año 2009 la AFIP ha venido extendiendo su red de acuerdos internacionales con el objetivo de potenciar las tareas de fiscalización a nivel mundial. Es a partir de la utilización de estos acuerdos internacionales que AFIP ha detectado cuentas, sociedades e inmuebles de argentinos ocultos en el exterior que pagaron los impuestos adeudados y declararon bienes ocultos en el exterior: son 2.312 argentinos que rectificaron sus declaraciones juradas por más de $ 5.862 millones.
También, en ese contexto es que recientemente el gobierno francés -en el marco del Convenio de Doble Imposición entre Argentina y Francia- entregó a la AFIP la información de las cuentas bancarias no declaradas de 4.040 argentinos en la sucursal del HSBC de Suiza; esta información ya está siendo analizada por la justicia penal tributaria y el Congreso de la Nación en orden al cumplimiento tributario de los respectivos responsables y de los facilitadores de la maniobra.
Respecto al análisis de los Convenios de Doble Imposición, ya en 2008 se analizó el convenio con Austria, que se denunció en junio de ese año y dejó de tener efectos en enero de 2009 para evitar que argentinos compren bonos de Austria y no paguen el Impuesto sobre los Bienes Personales. El resultado de ello fue que los planificadores fiscales que asesoran a residentes argentinos enviaron a sus clientes a comprar bonos chilenos que tenían una cláusula similar, buscando minimizar su carga fiscal de manera abusiva. Los números son evidentes: del año 2007 al 2010 se fugaron de Austria $ 9.631 millones de inversiones argentinas. Como contrapartida, al año 2010 ya existían $ 5.433 millones invertidos en bonos chilenos, un incremento del 752% en tres años.
En un análisis más integral y conceptual del viejo convenio suscripto con Suiza en 1997, la AFIP detectó efectos impositivos desfavorables a los intereses argentinos, lo que derivó en la decisión de cesar su aplicación provisional. Claramente, el Gobierno argentino nunca tuvo la intención de afectar negativamente las relaciones económicas entre ambos países, sino evitar la utilización abusiva del instrumento; ello es necesario ya que en la Argentina hay, aproximadamente, 80 empresas de capitales suizos que brindan empleo directo a más de 23.000 trabajadores y que en el último año facturaron más de $ 30.000 millones. Suiza es el sexto inversor directo en el país y es el tercer destino de las inversiones financieras de los residentes argentinos.
Así, en términos amplios, se puede destacar algunas cláusulas que contempla el nuevo Convenio con Suiza y que mejoran estratégicamente la posición de nuestro país:
* El nuevo acuerdo contempla la potestad para la Argentina de aplicar retenciones por pagos de regalías a empresas suizas y permite la imposición de las acciones y participaciones sociales con impuestos patrimoniales;
* Se elimina la cláusula de la nación más favorecida, que comprometía los tratamientos que pudieran acordarse con terceros países en futuras negociaciones de convenios tributarios, y;
* Se establece una cláusula general anti-abuso, a fin de que residentes de terceros países no se aprovechen indebidamente de los beneficios del Convenio mediante la estructuración de planificaciones fiscales abusivas que resulten en una doble no imposición.
Pero el punto fundamental de este nuevo Convenio radica en la transparencia fiscal: Suiza no solo habilita el intercambio de información fiscal a requerimiento de la AFIP sino que también incorpora el compromiso para implementar el intercambio automático de información fiscal y financiera.
Se confirma así el compromiso de Argentina y Suiza hacia la transparencia fiscal internacional y su lucha contra la evasión, situación que ya se vio reflejada en la adhesión de ambos países a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE y el Consejo de Europa.
Otra muestra del compromiso con la transparencia es la adhesión al Acuerdo entre Autoridades Competentes para la aplicación del Estándar Global referido al Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras entre las autoridades fiscales.
En total fueron 50 países -reunidos en el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales que se desarrolló en Berlín- los que declararon su compromiso de intercambiar una amplia gama de información sobre cuentas en el extranjero , incluidos los saldos de las cuentas y la propiedad efectiva.
Argentina se encuentra dentro del grupo de países que implementará el nuevo estándar en forma temprana (Early Adopters), lo que implica que se comenzará a intercambiar información bajo esta modalidad a partir del año 2017. Desde entonces, la AFIP tendrá acceso a los datos de las cuentas bancarias de los argentinos radicadas en el exterior. Suiza, por su parte, tras la reunión anual, es hoy la 52ª jurisdicción en firmar el Acuerdo Multilateral de autoridad competente, lo que le permitirá seguir adelante con los planes para activar el intercambio automático de información de la cuenta financiera en materia tributaria con otros países a partir de 2018.
Es en este momento en el cual toman importancia las palabras de Jacques Watteville, Secretario de Estado para Asuntos Financieros Internacionales de la Confederación Suiza, cuando firmamos el Acuerdo en marzo pasado: «No habrá más secreto bancario ni fiscal entre la Argentina y Suiza».
Finalmente, podemos afirmar que este nuevo convenio recoge las expectativas de ambas partes en beneficio mutuo, con el fin de brindar un escenario favorable para la creación de nuevos puestos de trabajo e inversiones, en un marco de certidumbre y seguridad jurídica. Es un camino prudente y equilibrado para que los fiscos de ambos países no vean mermado su nivel de recaudación y que la mecánica para evitar la doble imposición sea beneficiosa para ambas partes, ya que permitirá además monitorear de manera profesional el nivel de las inversiones bilaterales.

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