¿Tienen que ver el faso, Scioli y Cromañón?

El fallo de la Corte despenalizando la utilización de marihuana para consumo personal tiene múltiples aristas.

 

Desde lo jurídico se me ocurre irreprochable. Muchos de los que habitamos el derecho, en los pasillos de universidades o tribunales, veníamos bregando por lo que, al decir de la propia CSJN, es un retorno a la doctrina sentada alguna vez en “Bazterrica”, que volteó la Corte de Carlo en los noventa y que, a juicio de este estudiante, es la que mejor honor hace al artículo 19 de la Constitución Nacional, bien citado por los cortesanos en el fallo.

 

Luego, dos cosas que vienen siendo constante de esta Corte. La primera, jerarquizar los Tratados Internacionales de DDHH: el fallo hace reiterada mención a los documentos internacionales y el sentido que éstos dan a la cuestión de limitar las atribuciones de ingerencia del estado en la vida privada e intimidad de las personas, y el no-establecimiento de un modelo de vida o determinada pauta moral. Por otro lado, se ubica como poder del estado y actúa hasta el límite de sus posibilidades en cuanto exhorta al legislativo y ejecutivo la adopción de las acciones políticas que vuelvan palpables lo que ellos defienden en sus fallos. A menudo se olvida que la Corte es la que pone a salvaguarda los derechos consagrados en la CN. Y a diferencia de otras composiciones del tribunal, la actual no se contenta con escribir un tratado de derecho por cada decisión que toma, sino que dice “esto es lo correcto que haga, pues háganlo”.

 

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Acerca de Pablo D

Abogado laboralista. Apasionado por la historia y la economía, en especial, desde luego, la de la República Argentina.

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