El debate por la ley que extiende el derecho a contraer matrimonio a parejas constituidas por personas del mismo sexo dejó como corolario la utilización de un concepto que resultó ser bastante controvertido: la objeción de conciencia.
Tal como afirmó la senadora Negre de Alonso en medio del debate en el senado, la objeción de conciencia es un derecho humano consagrado en el Pacto Internacional de derechos civiles y polÃticos, que adquiere para nuestra ley jerarquÃa constitucional. Es progresista, si se quiere, garantizar el derecho de libertad de conciencia, amparando a quienes lo requirieran y les correspondiere mediante aplicación de la figura de objeción de conciencia.
En términos doctrinarios, la objeción de conciencia tiene lugar cuando una persona se niega por convicciones de carácter personal, individual, a cumplir con una normativa de carácter obligatorio, y para cuyo cumplimiento el Estado se encuentra legitimado a ejercer coerción. La objeción de conciencia, entonces, ampara al objetor contra la coerción estatal. Para eximirse debe presentar judicialmente un recurso de amparo, y el Juez al que le toque entender decide si hace lugar o no al mismo.
Entonces, como condición de posibilidad es necesario que exista una contradicción entre el bien común expresado en la ley (legitimada por la aprobación del órgano legislador), y una convicción individual, “personalÃsimaâ€.
Mi interpretación de la cuestión (y no es nada más que eso, una interpretación) es que un juez, para otorgar el amparo solicitado por el objetor de conciencia, debe garantizar previamente que la objeción no impida el cumplimiento de la ley, o lo que es lo mismo, la realización del bien común. Amparo por objeción de conciencia, si y sólo si, el cumplimiento de la ley está garantizado. El objetor, en ese caso, serÃa eximido de convertirse en brazo ejecutor de la ley, pero con alcance solamente individual.
No corresponderÃa (y hasta podrÃa llegar a ser gravÃsimo) sancionar a una persona por solamente querer ejercer este derecho, en tanto no se impida el cumplimiento de la ley.
Algunas situaciones aparentemente complejas pueden resolverse, sin necesidad de recurrir ni al escarnio, ni al fusilamiento, ni a la expulsión de nadie.
Salvo que las intencionalidades polÃticas sean otras, y en ese caso, todo lo dicho no tendrÃa el mismo valor.
Creo que en este caso habida cuenta de lo reaccionario que es el poder judicial realmente existente (con excepcion de la corte) se hubiera dado el caso de que la ley hubiera quedado muy (pero muy) limitada en sus efectos, con lo cual me parece bien que no sea posible hacerlo aqui.
Saludos!
Mariano:
Desde siempre el hombre se planteó el interrogante sobre el ¿Qué hacemos cuando el derecho de los hombres nos parece injusto, contrario a lo que indican las tradiciones?.-
Esto ya aparece en la tragedia de Sófocles “AntÃgonaâ€, cuyo nudo central es el conflicto entre la ley del Estado –representada por el decreto de Creonte, que prohÃbe dar sepultura al cadáver de Polinice -muerto mientras luchaba contra su ciudad y su patria- y las leyes no escritas de los dioses, el mandamiento ético absoluto que le impone a AntÃgona la obligación de enterrar al hermano caÃdo en la guerra fraticida, de observar la eterna ley del amor fraterno y universal, ley que ningún derecho positivo puede infringir sin perder con ello su legitimidad. Sabemos que AntÃgona, condenada a muerte por desobedecer la ley de la ciudad se suicida, dando origen a otras muertes, y el coro le recuerda al autor de la ley: «No se debe ser impÃo con los dioses. Las palabras insolentes y altaneras
las pagan con grandes infortunios los espÃritus orgullosos, que no aprenden a tener juicio sino cuando llegan las tardÃas horas de la vejez».-
Como vos entiendes, en un mundo que a veces -no siempre- parece ser más civilizado que el de la antigua Grecia, la objeción de conciencia debe respetarse, buscando la manera de que la ley se cumpla.-
Saludos.-
Leer AntÃgona desde las categorÃas «derecho natural» y «derecho positivo» es un anacronismo, Daio. Un ateniense ni siquiera hubiera entendido este conflicto en términos de «libertad de conciencia» (¿Conciencia «individual»? ¿Un ateniense del Siglo V a.C.?). El conflicto entre la Ley del Estado y la conciencia privada sólo se entiende cabalmente a partir del Siglo XVII, cuando aparece en todo su esplendor el chiste de las libertades individuales en tensión con la voluntad general (concepto absurdo para AntÃgona, para Creonte, para Sófocles o para cualquier griego de por esos años nada rústicos, 25 siglos atrás). No hay acá una disputa entre mundos civilizados y mundos arcaicos, sino entre modos de entender lo social.
Se deben respetar las objeciones de conciencia, aceptando las renuncias de los jueces que no quieran cumplir la Ley. Eso es lo que creo. No sólo no es poco democrático pretender eso: es el fundamento de lo democrático en tanto tal. Los atenienses lo tenÃan (al menos en este aspecto… y en otros también) bastante claro.
Un detalle nomás… en filosofÃa del derecho de la facultad nacional del litoral nos dan Antigona como ejemplo de eso mismo que dice Daio…
¿Estará mal el Dr. Gardiol?
No concuerdo con esa interpretación, ni con muchas otras tantas interpretaciones que se dan de muchas otras tantas cosas como esas en muchas (otras tantas) facultades de derecho.
«Derecho natural» y «Derecho positivo» son categorÃas modernas, no griegas. Del mismo modo que «Polis» no es «ciudad Estado», en tanto «Estado» es una categorÃa posterior.
El derecho está lleno de anacronismos de este tipo, lo cual no es extraño, teniendo en cuenta que el derecho moderno mismo puede ser pensado como una anacronÃa que se fundamenta en categorÃas medievales (el verdadero autor de la TeorÃa Pura del Derecho es León I, aunque él usaba otra terminologÃa).
Alejandro,
No es tan asÃ. El concepto de «justicia natural» está en Platon y, por lo menos es materia de controversia, si el creador del concepto de ley natural es Aristoteles o si ese lugar lo ocupa Santo Tomas.
AntÃgona siempre se interpretó como la desobediencia del individuo a la polis y por tanto marca un hito en el cual el individuo es independiente de el poder omnÃmodo de la polis (que todavÃa no es estado).
Por lo tanto, la referencia es correcta.
Alejandro Bresler:
Nada más lejos de lo anacrónico que el derecho natural y los griegos, por el contrario en general se considera que en Grecia fue en donde prácticamente nacieron todas las concepciones sobre el derecho natural y todas las posturas filosóficas en su contra, que posteriormente el mundo jurÃdico maduró y complementó. Los griegos reflexionaron sobre este tópico al darse cuenta de la gran variedad de “derechos positivosâ€, de normas vigentes contradictorias, aplicadas en las diferentes ciudades estado. Se plantearon asà si las normas y la misma justicia estaban basadas simplemente en el interés o la conveniencia de quienes los imponÃan, o, más bien, no habrÃa por encima de ellos unos principios rectores u orientadores que determinaban la legislación y la misma concepción de equidad.-Es claro que muchos pensadores adoptaron posiciones contra la existencia de un derecho natural por encima del impuesto por la autoridad, pero la gran mayorÃa de los pensadores adoptaron doctrinas que aceptaban la existencia de un derecho natural como esos “ciertos elementos en la naturaleza humana que son los mismos en todos los tiempos y en todos los pueblosâ€.
Asà por ejemplo, Sócrates: afirmaba la existencia de un derecho natural al cual debÃan responder las leyes humanas para guardar armonÃa. La ley -decÃa- no es simplemente lo que se cree legal, ni tampoco los decretos o resoluciones, sino que “es el descubrimiento de lo que esâ€. A pesar de ello, llegó a sostener que aunque la ley humana fuere injusta debÃa acatarse igual para guardar la coherencia citada.
Para Platón: el centro de la doctrina platónica gira en torno a “las Ideasâ€, dándole éstas unidad y coherencia al conjunto. El mundo de los sentidos es engañoso y en consecuencia testimonian equÃvocos, porque la auténtica, verdadera y cierta realidad es la de las Ideas , que habitan “eternamente en un lugar del cieloâ€, de esta forma las cosas de este mundo no son más que sombras, imágenes de las Ideas respectivas. En definitiva las cosas son en la medida que reproducen fielmente la Idea respectiva. En base a esto sólo será verdadera y auténtica la ley que sea hecha a semejanza de la ley ideal, por lo que se advierte un iusnaturalimo en sentido amplio.
Aristóteles: en primer lugar distingue en “lo justo por naturaleza y lo justo porque asà lo establecen las leyes humanas. Asà dice: “lo que es justo en la ciudad, lo es por naturaleza o por ley , lo justo por naturaleza es aquello que en todas partes tiene la misma fuerza y no depende de las diferentes opiniones; lo justo legal es aquello que resulta ser justo porque se establece como talâ€.
Asà vemos que lo justo natural es expresión de una justicia objetiva y, como tal, inalterable y permanente. Lo justo legal en cambio , es aquello cuya justicia le viene de que haya sido asà establecido en leyes humanas, siendo una justicia ocasional, circunstancial.
El mito de Prometo, narrado por Protágoras, señala que Zeus, temiendo que sucumbiese la raza humana, envió a Hermes a que donase a los hombres el sentido moral y la justicia, a fin de que hubiese orden en las ciudades y lazos de amistad concorde. Estas virtudes, que son el fundamento de la democracia, pues significan la capacidad de vivir juntos y participar en la construcción de nuestra vida justa son repartidas por igual entre todos los hombres; asà el sentido moral y la justicia no se generan a partir de un contrato social, son la posibilidad y la condición sine qua non de la existencia de la verdadera polis democrática.- Para algunos el derecho natural serÃa creación de los dioses, para otros estarÃa en la naturaleza humana, pero la idea ya estaba en esos tiempos.-
Esa tragedia, siempre tan presente, entre la justicia y el derecho positivo, como dice bien Norberto Bobbio nos indica que hay un sólo camino: luchar para crear una legalidad más justa sin limitarse a contraponer las voces del corazón a las normas positivas, sino haciendo que esas voces del corazón se conviertan en normas, en nuevas normas más justas.-
Saludos.-
Daio;
a Sócrates, si mal no recuerdo, no lo trataron muy bien. Usted me habla de algunos pensadores de fines del siglo V que fueron, precisamente, quienes combatieron la concepción griega de lo jurÃdico (sin éxito, al menos hasta muchos siglos después y no en Grecia). Platón (el pensador que marca el quiebre, sacando a Sócrates, que no conocemos sino por intermedio de su alumno) es casi un anti griego.
Si usted encuentra algún texto griego de la etapa democrática que hable de «derecho natural», tiene que reescribir la historia de las ideas de occidente. Si hay algo que un griego sabe es que la physis no legisla: es. La Ley es Nomos y el Nomos es humano.
Leer AntÃgona en clave de «derecho natural» contra «derecho positivo» es, no un anacronismo, sino «el» anacronismo del derecho moderno, que se encuentra a sà mismo en todas partes, esté o no esté, para justificarse.
Por otra parte, que existan autores clásicos que hables de derecho natural (posteriores, como Cicerón) no va al punto. Una cosa es distinguir derechos naturales y otra muy diferente es concluir de allà una tensión entre la conciencia individual y la ley del Estado. Esto último sólo se entiende a partir del momento en que aparece la idea de que las relaciones sociales partes de la pura voluntad individual. Lo dijo un señor que se llamaba Hobbes, unos dos mil años después de todo esto que estamos mencionando.
Repito lo que creo: no hay división (tensión) entre «derecho natural» y «derecho positivo» en Atenas. Sólo hay algunos pensadores (digo «sólo», pero reconozco su trascendencia), profundamente antidemocráticos, que se rebelaron contra la idea de que toda Ley es Ley de la ciudad (ergo, del pueblo reunido en Asamblea). Eso, y no otra cosa, los hacÃa, precisamente, profundamente antidemocráticos.
Porrrrrrrrr lo menos, asà lo veo yo.
Alejandro Bressler:
Son innumerables los autores que han leÃdo a AntÃgona como un conflicto entre las leyes del Estado y las leyes no escritas, a ella se han referido Hegel, Brecht, Hölderin, etc.- No creo que hacer esa distinción sea antidemocrático, por el contrario, por sà sola la ley no es garantÃa de legitimidad, ello no significa que no deba cumplirse, sino que puede y debe acudirse a la justicia para que la interprete y en su caso la rechace por no adecuarse a nuestra constitución.- La objeción de conciencia no debe impedir el cumplimiento de la ley.-
Ahora bien, si tanto Platón como Aristóteles,entienden que las leyes del Estado injustas deben cumplirse, y asà lo pagó con su vida Socrates, al referirse a una injusticia es porque entienden que hay una justicia que no se ha reflejado en la ley.-
El tema está bien narrado en «UtopÃa y desencanto» de Claudio Magris. Págs. 266/279 de la edición de Anagrama, Barcelona, 2001.-
Saludos.-
Si Brecht, Hegel y Hölderin pensaron asÃ, entonces discrepot con Brecht, Hegel y Hölderin (y con los que pensaron asÃ).
No soy polemista. No estoy de acuerdo con que la postulación de la existencia de derechos naturales no sea antidemocrática. Para mà es la raÃz del pensamiento antidemocrático. Es la raÃz del republicanismo moderno, de hecho, que es antidemocrático genéticamente.
Si Platón y Aristóteles entendieron eso que vos decÃs, entonces tampoco estoy de acuerdo con ellos, como no lo estaba, en general, la Atenas democrática a la que trataron de purificar de su hábito de creer que un ciudadano común puede entender cosas tan complicadas como las leyes.
El iusnaturalismo moderno (eso es el iusnaturalismo, incluso el de los estoicos del siglo III) es, a mi juicio, la teorización más acabada de la repugnancia por los principios democráticos.
Saludos
Es más, recuerdo un trabajo practico que pedÃa entre otras cosas la interpretación del derecho natural en la Roma republicana.
Francisco y Lelale;
no me pronuncio por la corrección o incorrección de la referencia; sólo digo que no la comparto.
Saludos
Ahhh, ok…
no es democratico el que no acata el dictamen de la mayoria.y pretende escudarse en su individualismo,que puede llevar a la anarquia(o a la traicion,en el caso Cobos).
Si es masivo y es un reclamo popular… me harÃa pensar que no estaba tan mal la iglesia en pedir el plebiscito…
Pero por suerte Isabel, no creo que tantos tengan objeción de conciencia.
Lelale:
Con relación a la objeción de conciencia y AntÃgona hay
un buen estudio: Dominación, resistencia y democracia
de constestación. El entramado polÃtico de la AntÃgona de Sófocles, de Philippe Gérard, que se ubica en Google buscando: Philippe Gerard y AntÃgona, que es interesante no sólo en cuanto a la objeción de conciencia, sino también en cuanto a los lÃmites del poder del gobernante, y que dice por ejemplo:
Pero Creonte no reivindica solamente un poder exclusivo.
Cuando afirma: «es a aquél que la ciudad ha situado a
la cabeza a quien se debe obediencia, en las cosas más pequeñas,en lo que es justo, y en lo que no lo es» (v. 666-
667)18, Creonte reivindica igualmente un poder sin lÃmites.
Tal como es formulada, esta tesis implica que las leyes
humanas, en cuanto expresan la voluntad del soberano, pueden establecer normas que contradigan las exigencias de la justicia, sin cesar por ello de ser impuestas a los ciudadanos. Al adoptar tal posición, Creonte le da la razón a AntÃgona, que calificaba su poder de tiránico:«Pues es —entre otras— la ventaja de la tiranÃa que tiene el derecho a decir y a hacer exactamente lo que quiere» (v. 506-607).
Evoquemos ahora la figura de AntÃgona. Pese a que
puede considerarse como reductora, la interpretación polÃtica ordinaria de la tragedia, que hace de AntÃgona el sÃmbolo de la resistencia contra el arbitrio estatal, no está desprovista de razón. Hasta cierto punto, la actitud de AntÃgona puede ser analizada como un ejemplo de resistencia a la autoridad polÃtica y, más en concreto, de desobediencia civil o de objeción de conciencia.»
Saludos.-
Por otra parte, si no sedemos ante la objeción de conciencia, los nazis y cualquier genocida que se haya defendido en juicio al argUir que no podÃa apartarce de sus ordenes tendrÃan razón.
Concuerdo con lo que decÃs, sobre todo por la última oración.
El General Perón decÃa que para ser libres debemos ser esclavos de la ley.
No me sorprende. TÃpico comentario de un facista.
En los mismos términos lo acba de explicar el titular del registro civil de Concordia en el programa de Lanata: él puede excusarse de intervenir siempre y cuando el Estado garantice que la ley se cumpla.
De la misma manera un médico puede negarse a atender a un acusado de violación de los derechos humanos durante la dictadura si hay otro médico que lo haga y siempre y cuando la vida del paciente no corra peligro.
De esa manera no es esclavo de la ley, sino que, por el contrario, se coloca por encima de ella.
Nop, hace un paso al costado. En el caso de ocacionar un daño, deberá pagar las consecuencias.
Con argumentos de ese tipo se bloqueó, recientemente, el acceso al aborto de una discapacitada vÃctima de una violación, contrariando no sólo a la ley sino también a una expresa orden judicial.
Si hablás de la victima que hubo en Entre RÃos el año pasado, al final se le hizo el aborto y se cumplió al pié de la letra la resolución judicial. Los medicos que iban a intervenir fueron sustitÃdos por otros.
SÃ, pero también hubo un caso hace cinco años, más o menos, en Santa Fe, en el que la mujer embarazada no tuvo la misma suerte y acabó falleciendo. Ahora los médicos están siendo llevados a juicio.
Entonces ahà no hay objeción de conciencia si los medicos no cumplieron con sus obligaciones y dejaron morir a la mujer.
Ese es justamente el tema, si tenés una objeción de conciencia y se te permite, es por que hay otro que te puede suplantar en la tarea que vos dejás de hacer.
¿puedo ser objetor de conciencia si alguien puede reemplazarme? si no tengo suplente ¿mis principios al cajon? este quemmmm….
No, si no se puede cumplir la ley, no tenés mas alternativa, obvio que estamos hablando de casos que son de vida o muerte.
Para defenderme del futuro cinismo: Cuando hablo de vida o muerte, no me jodan con casos que mandan a matar a alguien o cosas asÃ, lo digo por el comentario de los nazis y los genocidas en total. Cuando me refiero a vida o muerte estoy hablando de personas que en sus manos está la salvación de una vida, como es un medico, un policÃa que tiene que rescatar a alguien, un socorrista, un enfermero, etc.
Sino en el lÃo que se meterÃa la fuerza pública en el caso de que «no rescato a esta persona por asesino»…
Respecto de los homosexuales y el matrimonio igualitario, si un juez de paz se niega por una objeción de conciencia, siempre va a haber otro que los case.
La Objeción de conciencia era un argumento para los que no querÃan hacer la colimba en su momento no?
en ese caso, me parece positivo, yo no sé si hubiera dejado a mi hijo hacer la colimba en esos años…
No es lo mismo objeción de conciencia para el aborto. En un caso estás matando un pibe y en el otro negándole a dos personas lo que ya es un derecho adquirido. Creo que es claro como el agua.
Me refiero como derecho adquirido el casamiento entre personas de mismo sexo. Es una ley aprobada. Con el mismo criterio puede no querer casar a dos personas de distinta etnia.
Redundo por si las moscas.
Una pregunta ¿por que es claro como el agua? la diferencia no la entendÅ
Si practico un aborto estoy perjudicando (mas aun, matando) a la futura persona que va a ser el feto. Si practico un casamiento homosexual no perjudico a nadie, al contrario, beneficio a dos personas.
Es exactamente lo opuesto un caso al otro. No creo que aplique la objeción de conciencia para NEGARLE algo a otra(s) persona(s) mientras con ello no perjudiquen a nadie. Y casandose, no perjudican a nadie.
Algunos dirán que ofende a Dios. Eso es una interpretación de un texto que no tiene porqué tener injerecia en la vida polÃtica, porque hay otros textos que dicen otras cosas, y si le vamos a dar bola a todos es un despelote.
Si en una empresa te toca hacer un trabajo que no te gusta, tenés dos opciones, o te la fumás y la hacés o te buscás otro trabajo. Acá es lo mismo. El que no quiera casar Gays, Afroamericanos, JudÃos o gente con pelo largo, que se busque otro laburo.
Existe más de una forma en democracia para evitar que mis jefes me obliguen a hacer algo que no quiero hacer sin tener que renunciar a mi puesto. Si me echan deberán probar que lo que pedÃan no lo podÃa hacer nadie más y eso atentaba contra la empresa, intentando vaciarla o algo por el estilo. Pero serÃa más inteligente de su parte buscar a alguien que me reemplace en esa tarea especÃfica y no confrontar conmigo perdiedo energÃa, tiempo y tal vez dinero.
Un detalle nomás; si no estás a favor del aborto por el tema de la personerÃa del feto no digas «la futura persona», decà «la persona», digo, quedarÃa consecuente.
mmmmmmmmVolviendo al tema….
Respecto a los homosexuales depende de quien lo mire, si te ponés en los zapatos de un cristiano conservador y extremista, los homosexuales son degenerados, y como el degeneramiento nace de los malos ejemplos, no piensan poner bajo su firma una adopción que puede salir otra persona mal educada por ser degenerada.
Pero como sabemos vos y yo que no es un degeneramiento, sino una condición, para nosotros nos parece irrisorio, pero para ellos es como para que corra sangre.
MishÃguene kop, creo que en el caso de la jueza de La Pampa, está haciendo un vaciamiento de la «empresa», es decir, el objetivo de un registro civil, y es que CUALQUIERA, de acuerdo a lo que dicta la ACTUAL ley de matrimonio civil, reciba el mismo trato y se le de lugar a su derecho de casarse. La analogÃa no es perfecta, pero creo que sirve.
Lelale, un estado de derecho no puede dar cabida a todas esas visiones extremas, porque insisto, las hay de todo tipo y color, se contradicen entre sÃ, y no tiene porqué más validez legal La Biblia que el Bhagavad Gita o El Señor de los Anillos. Ya seria hora de tener un estado laico que no ponga una religión por encima de otra.
Recuerdo que la objeción de conciencia ya ha sido contemplada en nuestro orden jurÃdico:
Ley 26130 sobre métodos de anticoncepción quirúrgica:
Art. 6:
Objeción de conciencia. Toda persona, ya sea médico/
a o personal auxiliar del sistema de salud,
tiene derecho a ejercer su objeción de conciencia
sin consecuencia laboral alguna con respecto a las
prácticas médicas enunciadas en el artÃculo 1o de
la presente ley.
La existencia de objetores de conciencia no exime
de responsabilidad, respecto de la realización de
las prácticas requeridas, a las autoridades del establecimiento
asistencial que corresponda, quienes
están obligados a disponer los reemplazos necesarios
de manera inmediata.
Si bien al no existir una norma general, no podrÃa aplicarse, en principio, en el caso de la reforma a la ley de matrimonio, aunque sin dejar de cumplir con ella, puede buscarse alguna forma de que el objetor no intervenga en el acto.-
Claro, entiendo, es un paso al costado, pero lo que no llego a captar es que pasa en el caso de imposible cumplimiento de la ley en el caso de que haya una objeción de conciencia.
Un ejemplo serÃa un solo juez de paz a cientos de kms a la redonda.
Lelale:
El catecismo de la Iglesia Católica, para el supuesto de un Juez católico, que entienda que su conciencia le impide celebrar una unión, que dicho catecismo considera que «son contrarios a la ley natural»,a su vez le manda que los homosexuales «Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ello,todo signo de discriminación injusta».- (nº 2358)Por lo tanto, existiendo una ley que autoriza la unión, el funcionario católico puede celebrarla, sin dejar por ello de cumplir con su conciencia.-
Saludos.-
Perfecto dato Daio, la verdad me deja mas tranquilo de saber que en este caso la objeción de conciencia no objetarÃa el incumplimiento de una norma legal.
Por favor no comparen mas la objecion de conciencia en un caso de aborto con la objecion de conciencia en un casamiento gay. No tienen nada que ver. Esta ultima es inadmisible.
Estamos hablando de una discriminacion basada en un prejuicio.
La objeción de conciencia no funciona como le hubiera gustado a negre de Alonso, tal como lo quiso poner en el frustrado proyecto de ley de unión civil. La idea de la senadora era que la ley autorizara a cualquier juez de paz a esgrimir objeción de conciencia de hecho. Es decir, el derecho a objetar quedaba legitimado por la ley misma. No necesitaba intervención judicial. O sea, era legislar la desobediencia civil.
En la realidad, sin embargo, las cosas no son asà (por suerte, según mi opinión). Un juez de paz o cualquier persona, si quiere objetar puede hacerlo, presentando un amparo para que se lo exima de la coerción estatal que lo obligue a cumplir con la ley en un caso particular (repito: en un caso particular).
Y el juez debe decidir si le otorga el amparo. Y se lo puede otorgar si y sólo si está previamente garantizado el cumplimiento de la ley.
Este serÃa el punto.
De manera que muchos de los argumentos contra la objeción de conciencia, podrÃan convertirse en fundamentos del juez que entendiera en la presentación de amparo.
El efecto polÃtico de esta situación serÃa claro: usar la objeción de conciencia como «cobertura legal» de una desobediencia civil serÃa imposible. La objeción de conciencia, entonces, pasarÃa a ser irrelevante para muchas personas que lo que buscan es herramientas que les permitan obstruir la aplicación de la ley. Y serÃa sencillamente lo que es: un derecho de alcance individual.
Saludos
Si bien el juez o jueza tiene todo el derecho a ser un cavernicola no por ello puede obstruir el cumplimiento de la ley y repito lo que digo mas arriba, tengamos en cuenta al poder judicial realmente existente. Acuerdense que misteruiosamente todos los recursos de parejas homosexuales para casarse caian en el mismo juzgado, cosa realmente dificil dado que es por sorteo y doy fe por que me gano la vida en los tribunales.
Reconozco el derecho de objecion de conciencia en el caso del aborto (a pesar de que estoy a favor) pero esto me parece demasiado elemental como parapermitir la desobediencia.
Dindane:
Si trabajas en tribunales, y con relación al supuesto «sorteo» de los expedientes,¿como hace Oyarbide para que los casos calientes caigan en su Juzgado. Si, creo que está a cargo de dos pero, la máquina que hace el sorteo es la máquina de Dios?
Saludos.-
Y la verdad no te se decir, es de otro fuero.
yo trabajo con civiles y comerciales.
ademas si te referis por ejemplo al caso de Macri tene en cuenta que apelo en otras instancias que no son sorteadas y se le denego Oyarbide no puede estar atras de todo siempre hay otras instancias.
claro que pasa lo mismo con el tema del matrimonio, la idea es que es una cagada tener que andar con elveciones y apelaciones solo p casarte la cuestion es diferente cuando uno esta procesado.
Tambien supongo que se podia apelar el fallo respecto a la fortuna de los k, supongo que nadie lo hizo o si asi fue la misma habra sido desestimada por otra instancia.
Lelale:tal vez la Igesia pidio un plebiscito como ultimo recurso para frenar la aprobacion de la ley.Y no sabemos que hubiera dicho la mayoria de la poblacion.No hay que desconfiar del»realismo de la gente.Aun asi,cuando hablo de respetar el dictamen mayoritario pienso en el voto de nuestros representantes legislativos.Es evidente que por un lado esta la ley,que por mala que sea es preferoble a ninguna(Aristoteles dixcit)y por otro la moral y la etica,reinos de la conciencia,donde uno es el juez de si mismo.Sera por eso que nunca me gusto la abogacia,desnaturalizada cuando deja su funcion tribunalicia de defender a las victimas.