A favor de la objeción de conciencia

El debate por la ley que extiende el derecho a contraer matrimonio a parejas constituidas por personas del mismo sexo dejó como corolario la utilización de un concepto que resultó ser bastante controvertido: la objeción de conciencia.

Tal como afirmó la senadora Negre de Alonso en medio del debate en el senado, la objeción de conciencia es un derecho humano consagrado en el Pacto Internacional de derechos civiles y políticos, que adquiere para nuestra ley jerarquía constitucional. Es progresista, si se quiere, garantizar el derecho de libertad de conciencia, amparando a quienes lo requirieran y les correspondiere mediante aplicación de la figura de objeción de conciencia.

En términos doctrinarios, la objeción de conciencia tiene lugar cuando una persona se niega por convicciones de carácter personal, individual, a cumplir con una normativa de carácter obligatorio, y para cuyo cumplimiento el Estado se encuentra legitimado a ejercer coerción. La objeción de conciencia, entonces, ampara al objetor contra la coerción estatal. Para eximirse debe presentar judicialmente un recurso de amparo, y el Juez al que le toque entender decide si hace lugar o no al mismo.

Entonces, como condición de posibilidad es necesario que exista una contradicción entre el bien común expresado en la ley (legitimada por la aprobación del órgano legislador), y una convicción individual, “personalísima”.

Mi interpretación de la cuestión (y no es nada más que eso, una interpretación) es que un juez, para otorgar el amparo solicitado por el objetor de conciencia, debe garantizar previamente que la objeción no impida el cumplimiento de la ley, o lo que es lo mismo, la realización del bien común. Amparo por objeción de conciencia, si y sólo si, el cumplimiento de la ley está garantizado. El objetor, en ese caso, sería eximido de convertirse en brazo ejecutor de la ley, pero con alcance solamente individual.

No correspondería (y hasta podría llegar a ser gravísimo) sancionar a una persona por solamente querer ejercer este derecho, en tanto no se impida el cumplimiento de la ley.
Algunas situaciones aparentemente complejas pueden resolverse, sin necesidad de recurrir ni al escarnio, ni al fusilamiento, ni a la expulsión de nadie.
Salvo que las intencionalidades políticas sean otras, y en ese caso, todo lo dicho no tendría el mismo valor.

48 comentarios en «A favor de la objeción de conciencia»

  1. Creo que en este caso habida cuenta de lo reaccionario que es el poder judicial realmente existente (con excepcion de la corte) se hubiera dado el caso de que la ley hubiera quedado muy (pero muy) limitada en sus efectos, con lo cual me parece bien que no sea posible hacerlo aqui.
    Saludos!

  2. Mariano:
    Desde siempre el hombre se planteó el interrogante sobre el ¿Qué hacemos cuando el derecho de los hombres nos parece injusto, contrario a lo que indican las tradiciones?.-
    Esto ya aparece en la tragedia de Sófocles “Antígona”, cuyo nudo central es el conflicto entre la ley del Estado –representada por el decreto de Creonte, que prohíbe dar sepultura al cadáver de Polinice -muerto mientras luchaba contra su ciudad y su patria- y las leyes no escritas de los dioses, el mandamiento ético absoluto que le impone a Antígona la obligación de enterrar al hermano caído en la guerra fraticida, de observar la eterna ley del amor fraterno y universal, ley que ningún derecho positivo puede infringir sin perder con ello su legitimidad. Sabemos que Antígona, condenada a muerte por desobedecer la ley de la ciudad se suicida, dando origen a otras muertes, y el coro le recuerda al autor de la ley: «No se debe ser impío con los dioses. Las palabras insolentes y altaneras
    las pagan con grandes infortunios los espíritus orgullosos, que no aprenden a tener juicio sino cuando llegan las tardías horas de la vejez».-
    Como vos entiendes, en un mundo que a veces -no siempre- parece ser más civilizado que el de la antigua Grecia, la objeción de conciencia debe respetarse, buscando la manera de que la ley se cumpla.-
    Saludos.-

    1. Leer Antígona desde las categorías «derecho natural» y «derecho positivo» es un anacronismo, Daio. Un ateniense ni siquiera hubiera entendido este conflicto en términos de «libertad de conciencia» (¿Conciencia «individual»? ¿Un ateniense del Siglo V a.C.?). El conflicto entre la Ley del Estado y la conciencia privada sólo se entiende cabalmente a partir del Siglo XVII, cuando aparece en todo su esplendor el chiste de las libertades individuales en tensión con la voluntad general (concepto absurdo para Antígona, para Creonte, para Sófocles o para cualquier griego de por esos años nada rústicos, 25 siglos atrás). No hay acá una disputa entre mundos civilizados y mundos arcaicos, sino entre modos de entender lo social.

      Se deben respetar las objeciones de conciencia, aceptando las renuncias de los jueces que no quieran cumplir la Ley. Eso es lo que creo. No sólo no es poco democrático pretender eso: es el fundamento de lo democrático en tanto tal. Los atenienses lo tenían (al menos en este aspecto… y en otros también) bastante claro.

      1. Un detalle nomás… en filosofía del derecho de la facultad nacional del litoral nos dan Antigona como ejemplo de eso mismo que dice Daio…
        ¿Estará mal el Dr. Gardiol?

      2. No concuerdo con esa interpretación, ni con muchas otras tantas interpretaciones que se dan de muchas otras tantas cosas como esas en muchas (otras tantas) facultades de derecho.

        «Derecho natural» y «Derecho positivo» son categorías modernas, no griegas. Del mismo modo que «Polis» no es «ciudad Estado», en tanto «Estado» es una categoría posterior.

        El derecho está lleno de anacronismos de este tipo, lo cual no es extraño, teniendo en cuenta que el derecho moderno mismo puede ser pensado como una anacronía que se fundamenta en categorías medievales (el verdadero autor de la Teoría Pura del Derecho es León I, aunque él usaba otra terminología).

      3. Alejandro,

        No es tan así. El concepto de «justicia natural» está en Platon y, por lo menos es materia de controversia, si el creador del concepto de ley natural es Aristoteles o si ese lugar lo ocupa Santo Tomas.
        Antígona siempre se interpretó como la desobediencia del individuo a la polis y por tanto marca un hito en el cual el individuo es independiente de el poder omnímodo de la polis (que todavía no es estado).
        Por lo tanto, la referencia es correcta.

      4. Alejandro Bresler:
        Nada más lejos de lo anacrónico que el derecho natural y los griegos, por el contrario en general se considera que en Grecia fue en donde prácticamente nacieron todas las concepciones sobre el derecho natural y todas las posturas filosóficas en su contra, que posteriormente el mundo jurídico maduró y complementó. Los griegos reflexionaron sobre este tópico al darse cuenta de la gran variedad de “derechos positivos”, de normas vigentes contradictorias, aplicadas en las diferentes ciudades estado. Se plantearon así si las normas y la misma justicia estaban basadas simplemente en el interés o la conveniencia de quienes los imponían, o, más bien, no habría por encima de ellos unos principios rectores u orientadores que determinaban la legislación y la misma concepción de equidad.-Es claro que muchos pensadores adoptaron posiciones contra la existencia de un derecho natural por encima del impuesto por la autoridad, pero la gran mayoría de los pensadores adoptaron doctrinas que aceptaban la existencia de un derecho natural como esos “ciertos elementos en la naturaleza humana que son los mismos en todos los tiempos y en todos los pueblos”.
        Así por ejemplo, Sócrates: afirmaba la existencia de un derecho natural al cual debían responder las leyes humanas para guardar armonía. La ley -decía- no es simplemente lo que se cree legal, ni tampoco los decretos o resoluciones, sino que “es el descubrimiento de lo que es”. A pesar de ello, llegó a sostener que aunque la ley humana fuere injusta debía acatarse igual para guardar la coherencia citada.
        Para Platón: el centro de la doctrina platónica gira en torno a “las Ideas”, dándole éstas unidad y coherencia al conjunto. El mundo de los sentidos es engañoso y en consecuencia testimonian equívocos, porque la auténtica, verdadera y cierta realidad es la de las Ideas , que habitan “eternamente en un lugar del cielo”, de esta forma las cosas de este mundo no son más que sombras, imágenes de las Ideas respectivas. En definitiva las cosas son en la medida que reproducen fielmente la Idea respectiva. En base a esto sólo será verdadera y auténtica la ley que sea hecha a semejanza de la ley ideal, por lo que se advierte un iusnaturalimo en sentido amplio.
        Aristóteles: en primer lugar distingue en “lo justo por naturaleza y lo justo porque así lo establecen las leyes humanas. Así dice: “lo que es justo en la ciudad, lo es por naturaleza o por ley , lo justo por naturaleza es aquello que en todas partes tiene la misma fuerza y no depende de las diferentes opiniones; lo justo legal es aquello que resulta ser justo porque se establece como tal”.
        Así vemos que lo justo natural es expresión de una justicia objetiva y, como tal, inalterable y permanente. Lo justo legal en cambio , es aquello cuya justicia le viene de que haya sido así establecido en leyes humanas, siendo una justicia ocasional, circunstancial.
        El mito de Prometo, narrado por Protágoras, señala que Zeus, temiendo que sucumbiese la raza humana, envió a Hermes a que donase a los hombres el sentido moral y la justicia, a fin de que hubiese orden en las ciudades y lazos de amistad concorde. Estas virtudes, que son el fundamento de la democracia, pues significan la capacidad de vivir juntos y participar en la construcción de nuestra vida justa son repartidas por igual entre todos los hombres; así el sentido moral y la justicia no se generan a partir de un contrato social, son la posibilidad y la condición sine qua non de la existencia de la verdadera polis democrática.- Para algunos el derecho natural sería creación de los dioses, para otros estaría en la naturaleza humana, pero la idea ya estaba en esos tiempos.-
        Esa tragedia, siempre tan presente, entre la justicia y el derecho positivo, como dice bien Norberto Bobbio nos indica que hay un sólo camino: luchar para crear una legalidad más justa sin limitarse a contraponer las voces del corazón a las normas positivas, sino haciendo que esas voces del corazón se conviertan en normas, en nuevas normas más justas.-
        Saludos.-

      5. Daio;

        a Sócrates, si mal no recuerdo, no lo trataron muy bien. Usted me habla de algunos pensadores de fines del siglo V que fueron, precisamente, quienes combatieron la concepción griega de lo jurídico (sin éxito, al menos hasta muchos siglos después y no en Grecia). Platón (el pensador que marca el quiebre, sacando a Sócrates, que no conocemos sino por intermedio de su alumno) es casi un anti griego.

        Si usted encuentra algún texto griego de la etapa democrática que hable de «derecho natural», tiene que reescribir la historia de las ideas de occidente. Si hay algo que un griego sabe es que la physis no legisla: es. La Ley es Nomos y el Nomos es humano.

        Leer Antígona en clave de «derecho natural» contra «derecho positivo» es, no un anacronismo, sino «el» anacronismo del derecho moderno, que se encuentra a sí mismo en todas partes, esté o no esté, para justificarse.

        Por otra parte, que existan autores clásicos que hables de derecho natural (posteriores, como Cicerón) no va al punto. Una cosa es distinguir derechos naturales y otra muy diferente es concluir de allí una tensión entre la conciencia individual y la ley del Estado. Esto último sólo se entiende a partir del momento en que aparece la idea de que las relaciones sociales partes de la pura voluntad individual. Lo dijo un señor que se llamaba Hobbes, unos dos mil años después de todo esto que estamos mencionando.

        Repito lo que creo: no hay división (tensión) entre «derecho natural» y «derecho positivo» en Atenas. Sólo hay algunos pensadores (digo «sólo», pero reconozco su trascendencia), profundamente antidemocráticos, que se rebelaron contra la idea de que toda Ley es Ley de la ciudad (ergo, del pueblo reunido en Asamblea). Eso, y no otra cosa, los hacía, precisamente, profundamente antidemocráticos.

        Porrrrrrrrr lo menos, así lo veo yo.

      6. Alejandro Bressler:
        Son innumerables los autores que han leído a Antígona como un conflicto entre las leyes del Estado y las leyes no escritas, a ella se han referido Hegel, Brecht, Hölderin, etc.- No creo que hacer esa distinción sea antidemocrático, por el contrario, por sí sola la ley no es garantía de legitimidad, ello no significa que no deba cumplirse, sino que puede y debe acudirse a la justicia para que la interprete y en su caso la rechace por no adecuarse a nuestra constitución.- La objeción de conciencia no debe impedir el cumplimiento de la ley.-
        Ahora bien, si tanto Platón como Aristóteles,entienden que las leyes del Estado injustas deben cumplirse, y así lo pagó con su vida Socrates, al referirse a una injusticia es porque entienden que hay una justicia que no se ha reflejado en la ley.-
        El tema está bien narrado en «Utopía y desencanto» de Claudio Magris. Págs. 266/279 de la edición de Anagrama, Barcelona, 2001.-
        Saludos.-

      7. Si Brecht, Hegel y Hölderin pensaron así, entonces discrepot con Brecht, Hegel y Hölderin (y con los que pensaron así).

        No soy polemista. No estoy de acuerdo con que la postulación de la existencia de derechos naturales no sea antidemocrática. Para mí es la raíz del pensamiento antidemocrático. Es la raíz del republicanismo moderno, de hecho, que es antidemocrático genéticamente.

        Si Platón y Aristóteles entendieron eso que vos decís, entonces tampoco estoy de acuerdo con ellos, como no lo estaba, en general, la Atenas democrática a la que trataron de purificar de su hábito de creer que un ciudadano común puede entender cosas tan complicadas como las leyes.

        El iusnaturalismo moderno (eso es el iusnaturalismo, incluso el de los estoicos del siglo III) es, a mi juicio, la teorización más acabada de la repugnancia por los principios democráticos.

        Saludos

      8. Es más, recuerdo un trabajo practico que pedía entre otras cosas la interpretación del derecho natural en la Roma republicana.

      9. Francisco y Lelale;

        no me pronuncio por la corrección o incorrección de la referencia; sólo digo que no la comparto.

        Saludos

  3. no es democratico el que no acata el dictamen de la mayoria.y pretende escudarse en su individualismo,que puede llevar a la anarquia(o a la traicion,en el caso Cobos).

    1. Si es masivo y es un reclamo popular… me haría pensar que no estaba tan mal la iglesia en pedir el plebiscito…
      Pero por suerte Isabel, no creo que tantos tengan objeción de conciencia.

      1. Lelale:
        Con relación a la objeción de conciencia y Antígona hay
        un buen estudio: Dominación, resistencia y democracia
        de constestación. El entramado político de la Antígona de Sófocles, de Philippe Gérard, que se ubica en Google buscando: Philippe Gerard y Antígona, que es interesante no sólo en cuanto a la objeción de conciencia, sino también en cuanto a los límites del poder del gobernante, y que dice por ejemplo:
        Pero Creonte no reivindica solamente un poder exclusivo.
        Cuando afirma: «es a aquél que la ciudad ha situado a
        la cabeza a quien se debe obediencia, en las cosas más pequeñas,en lo que es justo, y en lo que no lo es» (v. 666-
        667)18, Creonte reivindica igualmente un poder sin límites.
        Tal como es formulada, esta tesis implica que las leyes
        humanas, en cuanto expresan la voluntad del soberano, pueden establecer normas que contradigan las exigencias de la justicia, sin cesar por ello de ser impuestas a los ciudadanos. Al adoptar tal posición, Creonte le da la razón a Antígona, que calificaba su poder de tiránico:«Pues es —entre otras— la ventaja de la tiranía que tiene el derecho a decir y a hacer exactamente lo que quiere» (v. 506-607).
        Evoquemos ahora la figura de Antígona. Pese a que
        puede considerarse como reductora, la interpretación política ordinaria de la tragedia, que hace de Antígona el símbolo de la resistencia contra el arbitrio estatal, no está desprovista de razón. Hasta cierto punto, la actitud de Antígona puede ser analizada como un ejemplo de resistencia a la autoridad política y, más en concreto, de desobediencia civil o de objeción de conciencia.»
        Saludos.-

      2. Por otra parte, si no sedemos ante la objeción de conciencia, los nazis y cualquier genocida que se haya defendido en juicio al argUir que no podía apartarce de sus ordenes tendrían razón.

  4. En los mismos términos lo acba de explicar el titular del registro civil de Concordia en el programa de Lanata: él puede excusarse de intervenir siempre y cuando el Estado garantice que la ley se cumpla.
    De la misma manera un médico puede negarse a atender a un acusado de violación de los derechos humanos durante la dictadura si hay otro médico que lo haga y siempre y cuando la vida del paciente no corra peligro.

  5. Con argumentos de ese tipo se bloqueó, recientemente, el acceso al aborto de una discapacitada víctima de una violación, contrariando no sólo a la ley sino también a una expresa orden judicial.

    1. Si hablás de la victima que hubo en Entre Ríos el año pasado, al final se le hizo el aborto y se cumplió al pié de la letra la resolución judicial. Los medicos que iban a intervenir fueron sustitídos por otros.

      1. Sí, pero también hubo un caso hace cinco años, más o menos, en Santa Fe, en el que la mujer embarazada no tuvo la misma suerte y acabó falleciendo. Ahora los médicos están siendo llevados a juicio.

      2. Entonces ahí no hay objeción de conciencia si los medicos no cumplieron con sus obligaciones y dejaron morir a la mujer.
        Ese es justamente el tema, si tenés una objeción de conciencia y se te permite, es por que hay otro que te puede suplantar en la tarea que vos dejás de hacer.

      3. ¿puedo ser objetor de conciencia si alguien puede reemplazarme? si no tengo suplente ¿mis principios al cajon? este quemmmm….

      4. No, si no se puede cumplir la ley, no tenés mas alternativa, obvio que estamos hablando de casos que son de vida o muerte.
        Para defenderme del futuro cinismo: Cuando hablo de vida o muerte, no me jodan con casos que mandan a matar a alguien o cosas así, lo digo por el comentario de los nazis y los genocidas en total. Cuando me refiero a vida o muerte estoy hablando de personas que en sus manos está la salvación de una vida, como es un medico, un policía que tiene que rescatar a alguien, un socorrista, un enfermero, etc.
        Sino en el lío que se metería la fuerza pública en el caso de que «no rescato a esta persona por asesino»…
        Respecto de los homosexuales y el matrimonio igualitario, si un juez de paz se niega por una objeción de conciencia, siempre va a haber otro que los case.

  6. La Objeción de conciencia era un argumento para los que no querían hacer la colimba en su momento no?
    en ese caso, me parece positivo, yo no sé si hubiera dejado a mi hijo hacer la colimba en esos años…

  7. No es lo mismo objeción de conciencia para el aborto. En un caso estás matando un pibe y en el otro negándole a dos personas lo que ya es un derecho adquirido. Creo que es claro como el agua.

    1. Me refiero como derecho adquirido el casamiento entre personas de mismo sexo. Es una ley aprobada. Con el mismo criterio puede no querer casar a dos personas de distinta etnia.

      Redundo por si las moscas.

      1. Si practico un aborto estoy perjudicando (mas aun, matando) a la futura persona que va a ser el feto. Si practico un casamiento homosexual no perjudico a nadie, al contrario, beneficio a dos personas.

        Es exactamente lo opuesto un caso al otro. No creo que aplique la objeción de conciencia para NEGARLE algo a otra(s) persona(s) mientras con ello no perjudiquen a nadie. Y casandose, no perjudican a nadie.

        Algunos dirán que ofende a Dios. Eso es una interpretación de un texto que no tiene porqué tener injerecia en la vida política, porque hay otros textos que dicen otras cosas, y si le vamos a dar bola a todos es un despelote.

        Si en una empresa te toca hacer un trabajo que no te gusta, tenés dos opciones, o te la fumás y la hacés o te buscás otro trabajo. Acá es lo mismo. El que no quiera casar Gays, Afroamericanos, Judíos o gente con pelo largo, que se busque otro laburo.

      2. Existe más de una forma en democracia para evitar que mis jefes me obliguen a hacer algo que no quiero hacer sin tener que renunciar a mi puesto. Si me echan deberán probar que lo que pedían no lo podía hacer nadie más y eso atentaba contra la empresa, intentando vaciarla o algo por el estilo. Pero sería más inteligente de su parte buscar a alguien que me reemplace en esa tarea específica y no confrontar conmigo perdiedo energía, tiempo y tal vez dinero.

      3. Un detalle nomás; si no estás a favor del aborto por el tema de la personería del feto no digas «la futura persona», decí «la persona», digo, quedaría consecuente.
        mmmmmmmmVolviendo al tema….
        Respecto a los homosexuales depende de quien lo mire, si te ponés en los zapatos de un cristiano conservador y extremista, los homosexuales son degenerados, y como el degeneramiento nace de los malos ejemplos, no piensan poner bajo su firma una adopción que puede salir otra persona mal educada por ser degenerada.
        Pero como sabemos vos y yo que no es un degeneramiento, sino una condición, para nosotros nos parece irrisorio, pero para ellos es como para que corra sangre.

      4. Mishíguene kop, creo que en el caso de la jueza de La Pampa, está haciendo un vaciamiento de la «empresa», es decir, el objetivo de un registro civil, y es que CUALQUIERA, de acuerdo a lo que dicta la ACTUAL ley de matrimonio civil, reciba el mismo trato y se le de lugar a su derecho de casarse. La analogía no es perfecta, pero creo que sirve.

        Lelale, un estado de derecho no puede dar cabida a todas esas visiones extremas, porque insisto, las hay de todo tipo y color, se contradicen entre sí, y no tiene porqué más validez legal La Biblia que el Bhagavad Gita o El Señor de los Anillos. Ya seria hora de tener un estado laico que no ponga una religión por encima de otra.

  8. Recuerdo que la objeción de conciencia ya ha sido contemplada en nuestro orden jurídico:
    Ley 26130 sobre métodos de anticoncepción quirúrgica:
    Art. 6:
    Objeción de conciencia. Toda persona, ya sea médico/
    a o personal auxiliar del sistema de salud,
    tiene derecho a ejercer su objeción de conciencia
    sin consecuencia laboral alguna con respecto a las
    prácticas médicas enunciadas en el artículo 1o de
    la presente ley.
    La existencia de objetores de conciencia no exime
    de responsabilidad, respecto de la realización de
    las prácticas requeridas, a las autoridades del establecimiento
    asistencial que corresponda, quienes
    están obligados a disponer los reemplazos necesarios
    de manera inmediata.
    Si bien al no existir una norma general, no podría aplicarse, en principio, en el caso de la reforma a la ley de matrimonio, aunque sin dejar de cumplir con ella, puede buscarse alguna forma de que el objetor no intervenga en el acto.-

    1. Claro, entiendo, es un paso al costado, pero lo que no llego a captar es que pasa en el caso de imposible cumplimiento de la ley en el caso de que haya una objeción de conciencia.
      Un ejemplo sería un solo juez de paz a cientos de kms a la redonda.

      1. Lelale:
        El catecismo de la Iglesia Católica, para el supuesto de un Juez católico, que entienda que su conciencia le impide celebrar una unión, que dicho catecismo considera que «son contrarios a la ley natural»,a su vez le manda que los homosexuales «Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ello,todo signo de discriminación injusta».- (nº 2358)Por lo tanto, existiendo una ley que autoriza la unión, el funcionario católico puede celebrarla, sin dejar por ello de cumplir con su conciencia.-
        Saludos.-

      2. Perfecto dato Daio, la verdad me deja mas tranquilo de saber que en este caso la objeción de conciencia no objetaría el incumplimiento de una norma legal.

  9. Por favor no comparen mas la objecion de conciencia en un caso de aborto con la objecion de conciencia en un casamiento gay. No tienen nada que ver. Esta ultima es inadmisible.
    Estamos hablando de una discriminacion basada en un prejuicio.

  10. La objeción de conciencia no funciona como le hubiera gustado a negre de Alonso, tal como lo quiso poner en el frustrado proyecto de ley de unión civil. La idea de la senadora era que la ley autorizara a cualquier juez de paz a esgrimir objeción de conciencia de hecho. Es decir, el derecho a objetar quedaba legitimado por la ley misma. No necesitaba intervención judicial. O sea, era legislar la desobediencia civil.

    En la realidad, sin embargo, las cosas no son así (por suerte, según mi opinión). Un juez de paz o cualquier persona, si quiere objetar puede hacerlo, presentando un amparo para que se lo exima de la coerción estatal que lo obligue a cumplir con la ley en un caso particular (repito: en un caso particular).
    Y el juez debe decidir si le otorga el amparo. Y se lo puede otorgar si y sólo si está previamente garantizado el cumplimiento de la ley.
    Este sería el punto.
    De manera que muchos de los argumentos contra la objeción de conciencia, podrían convertirse en fundamentos del juez que entendiera en la presentación de amparo.

    El efecto político de esta situación sería claro: usar la objeción de conciencia como «cobertura legal» de una desobediencia civil sería imposible. La objeción de conciencia, entonces, pasaría a ser irrelevante para muchas personas que lo que buscan es herramientas que les permitan obstruir la aplicación de la ley. Y sería sencillamente lo que es: un derecho de alcance individual.
    Saludos

  11. Si bien el juez o jueza tiene todo el derecho a ser un cavernicola no por ello puede obstruir el cumplimiento de la ley y repito lo que digo mas arriba, tengamos en cuenta al poder judicial realmente existente. Acuerdense que misteruiosamente todos los recursos de parejas homosexuales para casarse caian en el mismo juzgado, cosa realmente dificil dado que es por sorteo y doy fe por que me gano la vida en los tribunales.
    Reconozco el derecho de objecion de conciencia en el caso del aborto (a pesar de que estoy a favor) pero esto me parece demasiado elemental como parapermitir la desobediencia.

    1. Dindane:
      Si trabajas en tribunales, y con relación al supuesto «sorteo» de los expedientes,¿como hace Oyarbide para que los casos calientes caigan en su Juzgado. Si, creo que está a cargo de dos pero, la máquina que hace el sorteo es la máquina de Dios?
      Saludos.-

  12. ademas si te referis por ejemplo al caso de Macri tene en cuenta que apelo en otras instancias que no son sorteadas y se le denego Oyarbide no puede estar atras de todo siempre hay otras instancias.
    claro que pasa lo mismo con el tema del matrimonio, la idea es que es una cagada tener que andar con elveciones y apelaciones solo p casarte la cuestion es diferente cuando uno esta procesado.
    Tambien supongo que se podia apelar el fallo respecto a la fortuna de los k, supongo que nadie lo hizo o si asi fue la misma habra sido desestimada por otra instancia.

  13. Lelale:tal vez la Igesia pidio un plebiscito como ultimo recurso para frenar la aprobacion de la ley.Y no sabemos que hubiera dicho la mayoria de la poblacion.No hay que desconfiar del»realismo de la gente.Aun asi,cuando hablo de respetar el dictamen mayoritario pienso en el voto de nuestros representantes legislativos.Es evidente que por un lado esta la ley,que por mala que sea es preferoble a ninguna(Aristoteles dixcit)y por otro la moral y la etica,reinos de la conciencia,donde uno es el juez de si mismo.Sera por eso que nunca me gusto la abogacia,desnaturalizada cuando deja su funcion tribunalicia de defender a las victimas.

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