En un país serio, la jueza Marta Gómez Alsina acabaría presa

(Diario Crítica de la Argentina, martes 1º de diciembre de 2009)

Supongamos que un juez laboral decidiera, a pedido de un abogado que no representa ni a los familiares de la víctima ni a los acusados, dejar libre al asesino de Cabezas. Algo así hizo este lunes la jueza Marta Gómez Alsina.

Había un fallo autorizando el matrimonio de Alex y José María, dictado por la jueza a la que por sorteo le correspondió entender en la causa. Su competencia no había sido cuestionada por las partes ni por el fiscal y su sentencia no había sido apelada. El plazo legal para hacerlo venció. La sentencia estaba firme. Pero un grupo de abogados presentó varios pedidos de nulidad en diferentes juzgados y fueros, jugando a la lotería con el sistema. Apostaron a que, presentando muchos recursos en diferentes lugares, alguno le podía caer a algún juez «amigo». Luego de que todos los anteriores fueran rechazados por razones obvias (no eran parte en el proceso, el plazo estaba vencido, etc.), encontraron una jueza dispuesta a inmolarse.

El grupo que presentó los recursos está compuesto por ex funcionarios de la dictadura, abogados defensores de militares acusados de delitos de lesa humanidad, organizaciones antisemitas, admiradores confesos de Franco y Mussollini y fanáticos religiosos de ultraderecha. La magistrada Gómez Alsina, por razones que la justicia deberá investigar, decidió ser cómplice y usar su sello para ponerse al servicio de una maniobra ilegal, impidiendo a dos ciudadanos argentinos ejercer sus derechos constitucionales.

El constitucionalista Daniel Sabsay explicó ayer que el Gobierno de la Ciudad debería ignorar este fallo ilegal y acatar la sentencia de Seijas. Pero pase lo que pase hoy, el matrimonio entre personas del mismo sexo llegará, como llegó el voto femenino, como se terminó la segregación racial en distintos países, como fueron conquistándose cada uno de los derechos de las minorías antes humilladas. Este fallo podrá retrasar la boda de Alex y José María una semana, un mes. Pero al final se casarán, y no serán los únicos. Habrá otros fallos, otros matrimonios, otras alegrías. El prejuicio se extinguirá como los dinosaurios que lo defienden y en poco tiempo esta discusión sonará absurda.

En un país con instituciones que funcionen, la jueza Gómez Alsina debería ser destituida y juzgada y terminaría presa, por haber abusado de su poder a sabiendas, como parte de una operación política que nada tiene que ver con su deber de magistrada.

En un país con políticos valientes, el Congreso debería reunirse ya para dar una respuesta definitiva e impedir que nuestras familias sigan siendo rehenes del lobby de unos pocos autoritarios que no se acostumbraron a vivir en democracia. Y la única respuesta definitiva es aprobar la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo. Están en deuda, pero todavía están a tiempo de pagarla.

Acerca de bruno.bimbi

Bruno Bimbi nació en Buenos Aires en 1978. Es periodista, profesor de portugués y estudiante de la maestría en Letras en la Pontifícia Universidade Católica do Rio de Janeiro. Trabajó en los diarios Página/12 y Crítica de la Argentina; en este último realizó durante dos años la sección “El Placard”, dedicada a la diversidad sexual. También colaboró con Tiempo Argentino y las revistas Imperio G, Veintitrés y Newsweek Argentina, entre otros medios. Es activista de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, de la que fue secretario de Prensa y Relaciones Institucionales. Escribió junto a dos abogados el texto de los recursos de amparo por los que varias parejas del mismo sexo consiguieron casarse por fallos judiciales y otras dos llegaron a la Corte Suprema de Justicia y fue uno de los responsables de la estrategia que llevó a la conquista del matrimonio igualitario en la Argentina.

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85 comentarios en «En un país serio, la jueza Marta Gómez Alsina acabaría presa»

  1. Bruno,
    Agrego que parece ser que el abogado que presentó el recurso es un tal Francisco Roggero (su nombre aparece, por ejemplo en Página/12), y además de ser ladero de Andereggen en la movida contra Ferrari (o contra Ibarra, más bien), fue uno de los que estuvo activando contra el nombramiento de la Dra. Argibay en la Corte Suprema.
    http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=615193
    Independientemente de esto, creo que la solución debería ser política, dictarse una ley y listo. Comprendo que estés ofuscado, pero no hay mal que por bien no venga. La Corte Suprema finalmante habilitará el trámite y tarde o temprano habrá ley.
    Saludos

    1. No, Bimbi. Con ese criterio se podría decir que el mejor argumento contra el matrimonio entre personas del mismo sexo es que lo apoya Macri.

      No hay que ser prejuicioso.

    2. Si, en esto acuerdo con Quintín. No suelo compartir eso de «los enemigos de mis enemigos son mis amigos».
      Cuando leí esto me acordé de algo que Quintín sabrá mejor que yo, y es el caso de la película «Ultimo Tango en París», que fue permitida y luego levantada por un recurso que presentó un fulano, un tal Soaje Pinto, si no me equivoco.
      Me puse a googlear el nombre de Roggero y me apareció eso de Ferrari, en el que una jueza con el incongruente apellido «Liberatori» hacía lugar al recurso de un grupo llamado «Cristo Sacerdote», patrocinados por Andereggen y Roggero.
      O sea, distintas circunstancias, similares mecanismo, y nunca soluciones de fondo, y siempre jueces dispuestos a vulnerar los derechos ajenos.
      Saludos

      1. ¿? Yo tampoco estoy de acuerdo con eso de que «los enemigos de mis enemigos son mis amigos». Es más, hace unos años escribí una nota con ese título (más un «no») esplicando por qué: http://bbimbi.blogspot.com/2008/03/maradona-y-ahmadineyad.html

        Lo que no entiendo es qué relación tiene lo que dije con ese razonamiento. Lo que yo dije es que los argumentos de los que se oponen al matrimonio gay eran tan pero tan brutales que acababan siendo argumentos a favor. Y que esos personajes eran tan pero tan nefastos que acababan generando empatía a favor nuestro. Creo que ambos razonamientos no tienen ningún punto de contacto.

      2. El Cholo, con todo respeto. La jueza Liberatori es una jueza jugada y progre -lo podes comprobar en sus fallos, acaba de ordenar que la obra social cubra el tratamiento de fertilización de dos lesbianas, le paro los despidos a macri apenas asumido, le freno la intervención de la obra social, etc, etc-. Esa vez cerró momentaneamente la muestra porque pensó que era ofensiva para muchos cristianos y nada mas. Podrá ser opinable su criterio pero no es ninguna reaccionaria como la queres hacer aparecer, seguramente por desconocimiento. Saludos

      3. Darío,
        Vi tarde tu respuesta. No conozco a la jueza Liberatori y creo lo que me decís, pero su intervención en esa oportunidad fue lamentable. También creo que fue una amplia movida política en contra de Ibarra.
        Saludos

    3. Quintín,
      Si querés, dame un mail y te paso las versiones taquigráficas de las audiencias de las comisiones de Diputados. Estoy seguro que después de leer los argumentos de toda esa gente, te vas a convencer de que son argumentos a favor. Son tan impresentables, dicen cosas tan brutales que para que no te generen rechazo, tenés que ser nazi. Creo que cualquier argentino con un mínimo de formación democrática, después de escucharlos se convence de que tenemos razón.
      Por otra parte, cuando digo que la lista de esa gente es también una prueba a favor, no me parece prejuicioso. Son el club del miedo. Leé mi nota de Crítica del domingo.
      Con relación a Macri… a ver… Yo hice campaña por Daniel Filmus. Jamás podría votar a Macri ni apoyarlo, por una infinidad de razones. Su gobierno reprime a las travestis con la patota de la UCEP y los fachos de Espacio Público. Etc.
      Ahora bien, eso no me impide decir (y no me pongo colorado) que creo que en este tema tuvo un gesto valiente que aplaudo, mientras otros y otras de quienes esperaba un compromiso con mis derechos humanos (porque supongo que nos consideran humanos también) escondieron la cabeza abajo de la tierra como el avestruz.
      Y te digo más: uno de los argumentos con los que yo hice campaña por Filmus fue que Macri iba a ser un jefe de Gobierno homofóbico y que Filmus tenía un compromiso con nuestros derechos. Me basaba en hechos y declaraciones anteriores de ambos. Hoy tengo mis dudas de si Filmus se habría animado a no apelar el fallo de Seijas. No tengo dudas de que en su íntima convicción, Filmus está más convencido que Macri, mucho más, de la importancia de defenderlos. Pero muchos otros que también lo están se corrieron cuando recibieron órdenes de no opacar la visita de la Presidenta al sr. Joseph Ratzinger. ¿Se habría bancado Filmus el costo de la desobediencia? No lo sé. Después del anuncio de Macri, llamé al jefe de prensa de Filmus para entrevistarlo y le dije que quería que me respondiera qué hubiera hecho si hubiese sido jefe de Gobierno. Todavía estoy esperando. «Te llamo ni bien llega Daniel», me dijo hace unos 10 días.
      Saludos

      1. Gracias, pero ni en pedo leería lo que dicen esos monstruos. Uno tiene sus propios prejuicios.

        Lo mío era una broma, aunque a medias. Me acuerdo de que una de las estrechas colabradoras de Ibarra, cada vez que con mi mujer le preguntábamos por el aborto y el matrimonio gay decía que no hay que irritar a la Iglesia, que eso podía comprometer la causa. El progresismo argentino es un poco raro.

        Y le cuento algo más, acabo de ver un reportaje de campaña a Olmedo, el flamente diputado salteño que propone el Servicio Militar obligatorio. Parece que tipo es, además, el mayor productor de soja del país (tiene más tierra propia que Grobo). Era para sentir escalofríos. Pero más impresionante es que el SMO tenga tantos apoyos en AP. Ahi es donde uno termina de no entender nada (o de entender todo, bien mirado).

      2. Salta ya tiene educación religiosa en las escuelas, gracias al buenazo de Urtubey, y ahora este Olmedo y la colimba.
        Muy lindo todo.
        Para Olmedo me quedo con Alberto y para Salta me quedo con Violeta.
        Saludos

      3. La no apelacion de Mauricio fue un coartada para desviar el foco mediatico frente a las denuncias por el Fino-gate.
        Ni valiente ni jugado…fue un acto desesperado mas alla del costo politico de la critica de Monsenior y su vicejefa. De todos modos el costo es relativo, hay miles de casos similares donde el presupuesto es el mismo: los halcones o los tipos de derecha no necesitan demostrar lo que son, entonces pueden jugarla de moderados. Mientras que los moderados o mas progres llegado el caso para el poder nunca seran confiables, poruqe como se sabe no son fachos. Los acuerdos siempre los hacen los halcones de cada bando y no las palomas. Por eso las criticas por derecha como los carteles del microcentro («Parao esto lo votaste?») no tiene sentido. Mauricio no necesita convencer al establishment de su organicidad mas alla del voto. Es solo jugada politica. O alguno se piensa que Bergoglio piensa que Macri se zurdizo? Como mucho estara caliente porque el tipo no se jugo a pesar de la mala imagen que pueda resultar. SOn las virtudes que tuvo el Turco o Cavallo en su momento, que no les importaba su imagen sino ser consecuente con el establishment, eso se valora siempre. Del mismo modo nadie en la Iglesia le creera al Gobierno un cambio de opinion si pone el freno momentaneo por razones de la visita al Papa. Saben que ni bien se reanude la dinamica politica, volveran a estar en bandos enfrentados. Tanto el Gobierno como Macri actuan del mismo, deacuerdo a los tiempos politicos propios y al escenario que se les presenta. Y lo mismo deben ser los que impulsan el proyecto, saber cuando presionar, cuando avanzar y cuando esperar. Y cuales terrenos son los mas fertiles para eso. Seleccionar el lugar de la batalla es un presupuesto elemental de cualquier estrategia militar y una ventaja para el que puede hacerlo. Bievenidos al juego de la politica. Otra cuestion si Urtubey es uno de los gobernadores mas fachos que queda para los Rodriguez Saa, o los Cobos, Castillo y demas? No hay que desvirtuar con palabras y con extremismos la variedad de la fauna politica (llamar facho o nazi por cualquier medida o generalizando al modo «todos son asi»). Salta es una sociedad conservadora como Mendoza o Cordoba. Sencillamente es eso…y cualqueir gobernador es sensible a la opinion publica de sus provincias, y a sus alianzas. Urtubey esta aliado a un sector de la derecha, el partido renovador, ex partido que apoyo la dictadura y tenia como lider a un ex gobernador durante la misma, ya que es alianza es el modo que tuvo de derrotar a un conservador y caudillo corrupto como Romero. Por supuesto que su familia es una tipica familia de clase alta saltenia catolica y conservadora. No salio de un repollo ni fue parte del gobierno de Romero por casualidad. Pero si se lo cataloga de represor o facho, que queda para decir de Romero o Ulloa? ya se, van a decir, esos son fachos tambien. Y obviamente concidiriamos, pero justamente se comete el error que decia, de asimilar y decir …»todos los politicos saltenios son fachos» y de ese modo no se puede evaluar correctamente ni un escenario, ni una estrategia , ni una politica de reconocimiento de derechos en la provincia y lo que es peor, una falta de eficacia en la praxis politica tendiente a avanzar en dichos derechos al no poder ver quien es un moderado y quien un halcon.

      4. Insistente:
        Un peronista salteño está a la derecha del peronismo nacional. Un radical salteño está a la derecha de un peronista nacional. Un salteño de derecha está a la derecha nomás.
        Cuando en Salta se formó el Frente Grande su primer candidato a gobernador fue el presidente del Jockey Club.
        En ese marco se podía caracterizar a Juan Manuel Urtubey como un joven de derecha católica, bien educado y razonablemente civilizado, que ve como natural reimplantar la educación religiosa (de hecho católica) en las escuelas. No tiene demasiadas diferencias ideológicas con Juan Carlos Romero, sólo que quiere poder propio, del que careció en la provincia cualquier dirigente durante los 12 años de unicato romerista.
        Representa el joven Urtubey una razonable evolución con respecto a su padre Rodolfo, ex presidente de la Corte de Justicia salteña y luego Fiscal de Estado, que acordó con Romero convertir a Juan Manuel, entonces sin actividad política, en diputado nacional una década atrás. El viejo Rodolfo Urtubey era, es, nazi, dicho esto no como un calficativo sino como una descripción desapasionada. Memorable fue cuando como presidente de la Corte recibió la visita del recién designado ministro de Justicia de Ulloa Osvaldo Camisar (ex diputado nacional UCR), junto con los demás cortesanos. En medio de la reunión protocolar, cuando Camisar amagó sentarse a su lado, Urtubey le indició una silla en la otra punta de la mesa. Camisar replicó «pero aquí estoy cómodo». «Si, pero yo no», replicó el veterano hitlerjugend. De mas está aclarar, Camisar es judío.
        El retoño no tiene las culpas del viejo, pero caracterizarlo como progre, o como increiblemente hace Alberto Fernández al establecer un paralelo entre Urtubey y el joven candidato chileno a la presidencia Marco Enrique Ominami (solo los emparda ser jóvenes) es un delirio.

      5. Dice Insistente: «Urtubey esta aliado a un sector de la derecha, el partido renovador, ex partido que apoyo la dictadura y tenia como lider a un ex gobernador durante la misma, ya que es alianza es el modo que tuvo de derrotar a un conservador y caudillo corrupto como Romero». ¿Es una justificación o una constatación de que es un facho? Porque si justificamos la alianza con el partido de la dictadura (de Ulloa) porque era «el modo que tuvo de derrotar a un conservador y caudillo corrupto como Romero», entonces ya no hay ningún límite. Está bien aliarse con asesinos, torturadores y ladrones de bebés para derrotar a corruptos y caudillos. ¿Si se hubiera aliado con los corruptos y caudillos para derrotar a los asesinos, torturadores y ladrones de bebés también lo defenderías? Yo pensé que había que enfrentar a ambas cosas.
        Te cuento algo. Cuando militaba en el Frente Grande, el partido hizo una alianza con Ulloa en Salta, como parte de la Alianza con los radicales. Hubo un congreso del FG bonaerense y junto con otro compañero de Avellaneda, escribimos una declaración repudiando esa alianza y manifestando que el FG de la provincia de Buenos Aires no aceptaba que el partido se aliara con un partido de la dictadura en Salta, explicando todo esto. Salimos a juntar firmas de congresales. Pocos se animaron y los jefes de las líneas internas, ni bien se avivaron, bajaron línea de que nadie la firmara. Sin embargo, con las pocas firmas que conseguimos, yo presenté la moción (que la firmaba otro compañero que era congresal) y me paré delante de Mosquera, que presidía el Congreso, para pedirle que la leyera y la sometiera a votación. Se aprobó por unanimidad. La votaron todos los que se habían negado a firmarla. Después, claro, vinieron a cagarnos a pedos, y los mandamos a la concha de su hermana.
        Me acuerdo de eso y pienso en lo que vos decís. Esa cosa de justificar todo. No, disculpame pero no. Yo milito para cambiar las cosas, no para llegar al poder como sea y con quién sea.

      6. Pluma de Pato…estamos totalmente de acuerdo. Urtubey no es «progre» o mejor dicho justamente es un «progre» en el sentido de lo que un Alberto F. entiende por ello. Nunca dije de izquierda ni mucho menos, solo dije que no es ni facho ni nazi, al menos en la faz publica y en su vision macro (excluyo la cuestion propia del lugar y la educacion religiosa porque eso forma parte de su estrategia de capital politico). A lo que iba es a terminar con esa cosa de llamar facho a cualquiera banalizando la palabra como suele hacerse aca. Hay radicales que seguramente estan a la izquierda de muchos peronistas saltenios (seguramente si son como Romero) y muchos peronistas a la izquierda de muchos radicales saltenios a la Lopez Murphy o Cobos.
        Yo no defiendo a Urtubey ni me interesa defenderlo, solo pongo en contexto esto de diferenciar los tipos de derecha, centro derecha y fachos. Lo que no me dejan dudas es que Urtubey es preferible a Romero y su gente, mas alla de los vinculos y conexiones que tengan entre ellos. La construccion de un poder nacional o de fuerzas nacionales tambien parte de conocer las realidades distritales y construir poder locales. La construccion de poder requiere de consensos, alianzas y pragmatismo, pero no todo pragmatismo tiene que ser construir poder de cualquier modo. Pero hay que evitar esas generalizaciones, el que se vayan todos, o el todos son chorros, o todos fachos o todos son montoneros, si se quiere construir poder en serio para transformar las cosas de verdad. O te pensas que Mujica, Bachelet o Lula (por citar procesos de armados y construccion de poder serios, pragmaticos en el mejor sentido) no tienen a personas en sus gobiernos que bajo estos prismas serian facilmente considerados «fachos»?

  2. Che, a los compañeros de AP que en su momento la defendían, díganle a Diana que si la destituye a esta jueza, la perdono. Se puede quedar con la plata que me afanó y todo!

  3. La verdad que me parece un mamarracho juridico todo el asunto.

    1. Tengo serias dudas que una jueza de una jurisdicción pueda declarar la nulidad de un fallo de una jueza de otra jurisdicción. Pero no leí el fallo y, en verdad, no recuerdo antecedentes.

    Pero

    2. No puede ser que haya quedado firme un fallo de primera instancia que declara la inconstitucionalidad de arts. del código civil que tienen una aplicación pacifica desde hace ya más de un siglo (y se cuenta los antecedentes, son siglos). Me parece que, como mínimo, el caso debe llegar a la Corte.

    3. No existe el delito de «abuso de poder» por lo que mal puede ser destituida (y mucho menos apresada), la jueza que dictó el fallo ¿Se equivocó? Puede ser pero si metemos presos a los jueces con criterios distintos al nuestro nos quedamos sin ninguno. Tampoco ayuda que, al pasar, la acuses de corrupta o algo por el estilo (lo digo por lo de «amigos»).

    Para mí Macri debió apelar y llevar el caso al superior.

    1. El fallo quedó firme porque nadie lo apeló. Asi de simple.

      Igual concuerdo en que la magistrada que declaró la nulidad no cometió delito alguno.

    2. Con respecto a la cuestión de la competencia, te aconsejo leer el fallo de la jueza Seijas. Está ampliamente fundamentada. Sin embargo, la fiscalía o las partes podrían haber cuestionado la competencia y no lo hicieron. La jueza falló, vencieron los plazos de apelación, ni la fiscalía ni la Ciudad apelaron, el fallo quedó firme. Es ley. Punto.
      El control de constitucionalidad, en nuestro sistema, lo puede hacer cualquier juez, cuando haya derechos constitucionales afectados en una causa en la que le corresponda intervenir. El Congreso dicta las leyes y el Ejecutivo las promulga y reglamenta, pero las leyes no pueden entrar en contradicción con la Constitución y los tratados internacionales con jerarquía constitucional. Por ello, el sistema prevé que los jueces sean los encargados de controlar su constitucionalidad. Si una ley viola derechos constitucionales, un juez puede declarar su inconstitucionalidad a pedido de la parte afectada.
      Con relación a que el fallo sea de primera instancia, nuevamente: así funciona nuestro sistema de control de constitucionalidad. Siempre el primer fallo es el de primera instancia. Por eso está prevista la posibilidad de que las partes o el Ministerio Público apelen. En este caso no lo hicieron. Y hay plazos, porque si no, no habría seguridad jurídica, cualquiera podría cuestionar un fallo en cualquier momento. El plazo venció y el fallo quedó firme. Asunto terminado. Si se hubiese apelado, no habría quedado firme y Alex y José deberían esperar el fallo de la Cámara o de la Corte.
      Otro juez de primera instancia no puede anular los efectos de ese fallo, porque no tiene autoridad para ello. Si considera que la jueza no era competente, lo único que puede hacer es reclamar la competencia y que resuelva la Corte, pero no puede contradecir una sentencia de otro juez de la misma jerarquía.
      Por otra parte, el recurso presentado en el juzgado de Gómez Alsina era improcedente porque la persona que lo presentó no era parte en el proceso (las partes son el GCBA y la pareja). Por eso fueron rechazados todos los pedidos de nulidad presentados por el Colegio de Abogados Defensores de Militares Acusados de Delitos de Lesa Humanidad y demás agrupaciones fascistas: terceros ajenos al proceso.
      Jugaron a la lotería, otra barbaridad jurídica. Presentaron el mismo pedido en infinidad de juzgados. Todos los rechazaron menos el de Gómez Alsina, una jueza vinculada a la iglesia, profesora de la USAL, que enseña derecho de familia «basado en el Orden Natural» (así, con mayúsculas, figura en el programa de su cátedra).
      Esta jueza se entrometió en un caso que no le correspondía, pretendiendo anular los efectos de una sentencia firme de una jueza de otro fuero con su misma jerarquía, vencido el plazo y a partir del planteo de un particular ajeno al proceso sin legitimidad para litigar.
      Un mamarracho.
      Lean el fallo de Seijas y vean las declaraciones de Sabsay y Gil Domínguez, profesores de derecho constitucional de la UBA, que lo explican con mucha claridad y más fundamentos técnicos que los que puedo tener yo.

  4. Bruno: muy buena la nota, la leí en Crítica antes que acá. Yo adhiero a tu ad hominem, el hecho de quienes son los que presentan el recurso de amparo descalifica la pretensión per se, llama a todos los que estudiamos derecho a querer tomar el colegio de abogados para retirarles la licencia. No se puede, en algo que es dinámico como el derecho, desconocer los nuevos tiempos: la realidad es la que les ha ganado a esos gerontes, así como con el aborto y la desincriminación del consumo de drogas. Con paciencia y militancia, todo va a llegar. Será cuestión de tiempo para que lleguemos a la profesión tipos que nos formamos en otros valores, inclusivos e igualitarios de verdad. Y que no desconocen que no puede existir ley ninguna que se anteponga a sus derechos a quererse como y con quien quieran, y que los aparatos jurídicos de la sociedad no los desmerezca por ello o les imponga status diferentes. Personas como ese grupo de -por llamarlos de alguna forma- abogados son de los que viven en la nebulosa de imaginar que con una ley, cualquiera esta sea, van a poder frenar los consensos que no les convienen a sus intereses particulares (minorías, como vos bien dijiste). Porque si de consensos hablamos, nadie duda que somos abrumadoramente más los que, independientemente de nuestra orientación sexual, estamos de acuerdo en ampliar la tutela de derechos, ni más ni menos. Y así como alguna vez tuvieron que comerse que las personas simplemente dejaban de amarse, y no se cayó el mundo tal cual anunciaban por ello, ahora se tendrán que comer esto. Porque no son quienes para impedirlo. Hace un rato lo oía a Eduardo Feinmann decirle a Vilma Ibarra «¿pero, como? Entonces un día habremos de permitir casamientos entre dos mujeres y un hombre o viceversa, si es que cada uno puede armar su plán de vida como desea». Sí. Así tendrá que ser (quizá porque eso me gustaría a mi, espero reciprocidad de apoyo a esa lucha, jajaja). Y que se dejen de pedir que el estado se meta en los fueros íntimos de las personas, aquellos que no lesionan a nadie. Abogados católicos, por favor. Como si yo el día que me reciba fundara un grupo «abogados bielsistas». Seré, si se me dá, abogado y punto. Con esos preconceptos, lógicos suenan los pedidos de los dinosaurios de que tratamos.

    P.D.: más allá de Macri y Filmus, aquí existe otro, mas bien otra en quien descargar tintas: Gabriela Michetti. Y me tomo un paréntesis de incontinencia: que mujer más pelotuda. Pero pelotuda con acento en la P. A la fuerza Durán Barba tiene que ser buen publicista para vender a esa estúpìda como «buena chica». Resulta que hay que tomar en cuenta la opinión de Bergoglio para decidir las acciones de gobierno, según la muy tarada. ¿Por que mierda, por que carajo hay que atener la democracia, los poderes constituidos, a la opinión de un tipo elegido por nadie? Me recontra chupa la poronga si a la iglesia o la chica esta que hizo su carrera política a base de LÁSTIMA por su lamentable desgracia personal, les parece mal que se rompan cadenas. «Que se junten pero con otro nombre». Cualquier similitud con «yo no digo que Hitler estuvo bien, pero los judíos no son ningunos santos, y ojo que tengo muchos amigos judíos, pero ninguno es pobbre eh» NO es pura coincidencia. Que pedazo de hija de puta esta mina por favor. Y yo que pensaba que el peligroso era Maurizio. Error mío igual: ¿que podía esperar de la María Laura Santillán de la política? A la que no se le ha oído idea, definición o conocimiento político alguno desde que irrumpió a decir pavadas sin que nadie le frene el carro solo porque «pobre, mirá lo que le pasó». Y no me refiero a que no debiera poder ser lo que és por su parálisis. Nada de eso. No puede porque no le da la cabeza. Y lo ha probado. Cierro paréntesis de incontinencia.

    Gracias. Y perdón por el lenguaje o el fanatismo. Pero me enerva que la profesión que amo sea invocada para cosas tan bajas como las que han pasado ayer. Cierro con una cosa: lo unico que no me gustó es tu invocación a «un país serio». Queda peligrosamente cerca de los animales que presentaron el recurso de nulidad metiéndose en lo que no les importa se ve que por tiempo libre. No interesa si en un país serio iría o no presa. No importa si este es o no un país serio. Tienen que tener el derecho, porque es palmariamente inconstitucional negárselos, y san se terminó. El resto es puro cuento. Los banco a muerte. Suerte, saludos.

  5. Que lindo cómo reaccionan los tolerantes cuando algo no les gusta!
    Ahora quieren meter presa a una mujer porque les falló en contra.
    Lobby? No seamos chantas, lobby hacen todos, especialmente ustedes.
    Yo no quiero mandar preso a nadie, pero el fallo de Seijas es una barabaridad.
    Se podrá discutir la necesidad de cambiar el Código Civil, pero eso es materia de la política y del Congreso. No de una jueza a la que nadie votó, y que después de más de 100 años de vigencia del Código Civil ella, una iluminada, descubre que es inconstitucional el matrimonio heterosexual.

  6. La cámara de apelación apoyó el fallo de la jueza, a comerla.
    NO se puede hacer un fallo de primera instancia con modificaciones de fondo que declaren inconstitucional artículos del código civil y encima desde un fuero administrativo (ni siquiera un juez civil fue). La que debería ir presa fue la jueza que «permitió» inconstitucionalmente el pseudo matrimonio que obviamente no se va a dar. Y ahora que pasó por apelación (donde sí o sí debería haber pasado, pero Macri no quiso), sube a la Corte que es donde se debe dar el fallo. Y no en primera instancia.
    Ustedes se garcan en la Constitución y las leyes, y después se quieren hacer los que los discriminan. Si ya el primer fallo estaba totalmente viciado de nulidad. Si quieren el matrimonio hagan un plebiscito, cambian las leyes en el Congreso (si pueden), o ganen en la Corte suprema.
    Esperar ganar porque una jueza trasnochada que patea para ese lado les da la razón era más que naif.

      1. Hay un nuevo fallo de Seijas, de hoy, que ratifica su sentencia y ordena al Registro que la cumpla.
        En temas legales, SIEMPRE se puede decir que las opiniones están divididas, porque siempre vas a encontrar un abogado que defienda cualquier cosa.
        Pero leé las opiniones de Andrés Gil Domínguez, Roberto Gargarella, Daniel Sabsay y otros prestigiosos constitucionalistas que explican claramente lo que yo estoy planteando acá.
        La otra opinión que publica Crítica Digital (la edición online) es de Loñ, bueno… ¿Qué esperás de Loñ? Opina coherentemente sobre todo. Él y Badeni son los constitucionalistas estrella del diario La Nación.

      2. tan a favor estás del «a comerla» (muy defendido en AP en el caso Maradona), que es lo ÚNICO que citás, y no podés responder ni un argumento dado.
        Y? qué pasa? se te acabaron los clichés?
        Ya no son «desaparecidos» de la democracia ustedes??
        Ahora citás un fallo de la misma jueza que ratifica lo que ella dice (a pesar de que YA le fallaron en contra en la cámara, que vale más que cualquiera de sus fallos… sin contar que la Ciudad, el Procurador y el Registro Civil ya desconocieron a Seijas).
        Quién se cree que es esta jueza de ciudad (de un fuero local repito)? no puede meterse con cuestiones de instancias que NO le pertenecen. Bimbi, si pueden ganen en el Congreso, en la Corte o en las calles (vía plebiscito y no encuestas truchas).
        Porque por ahora, en el Congreso pierden por muerte (no sólo no los apoya el FPV, tampoco lo hace la UCR ni el PRO); en las calles salvo capital a nadie le importa el tema y en la Corte prometieron que hay juicio para meses…
        Mientras a hacer como dijo Maradona!

  7. la estoy escuchando a la «indignada» lubertino,defendiendo el matrimonio gay y exigiendole a macri que haga acto de presencia ante la pareja de homosexuales.
    hay que ser CARADURA ehhh,cuando la presidenta tiro para atras el proyecto en diputados,previo viajecito a visitar a ratzinger,ahi no la escuche tan «indignada».

    seguramente muchos en AP me diran que la oposicion tambien se retiro,pero como le explican a bimnbi
    que aun ese caso el peronismo tenia los numeros suficientes para el quorum,sin necesidad de la oposicion,para aprobar la ley? y ni que hablar de que iban a contar con todos los subbloques de la centroizquierda por si algun diputado peronista se «perdia» en alguna sacristia yendo a confesar sus pecados.

    es a todas luces verdad que macri se saco este conejo de la galera para quedar bien con ciertos grupos progres porteños y de paso tapar un poco el escandalo de las escuchas.(no hay mal que por bien no venga suelen decir las viejas)
    pero tambien es cierto que el peronismo pseudoprogre se lavo las manos antes de ir a besarle las bolas al papa en este tema.

    ahhh y lo de urtubey implantando la educacion religiosa en las escuelas publicas,DE TERROR (ni los milicos se animaron a tanto,hice la primaria durante la dictadura militar,y ni crucifijos en las aulas habia).

    q diran los «intelectuales progresistas» de CARTA ABIERTA de todos estos despropositos gubernamentales K que ellos tanto se denueban en apoyar a pie juntillas?

    y si,el «progresismo» kirchnerista esta cada vez mas RARO¡.

    la verdad que no soy jurista y no tengo idea de si la jueza que tiro todo para atras esta a derecho o no,pero de lo que si estoy seguro que mas de un jovencito K,utiliza este tema para tirarse contra macri,y no hablar de las rosarios bendecidos por el PAPA que les habra traido la presidenta en su ultimo viajecito al vaticano (forster habra ligado alguno seguro,el es parte del cirkulo intimo se cuenta)

    1. Gabriel, la educación religiosa existe en muchas provincias desde siempre. La educación laica de la 1420 regía solo para las escuelas nacionales o las de aquellas provincias que sancionaron leyes similares (como Buenos Aires). Habrás hecho la primaria durante la dictadura pero no en Salta, evidentemente, ni en otras provincias que tienen educación pública confesional.

    2. Más allá de mis cuestionamientos al bloque oficialista y al gobierno, que son públicas, quiero aclarar algo con respecto a Lubertino.
      María José estuvo acompañando este reclamo desde el primer día, hace muchos años que era una de las únicas dirigentes políticas que iba a la Marcha del Orgullo, ahora van más…
      En el INADI, desde que asumió, puso el matrimonio gay, la derogación de los códigos, la reforma a la ley antidiscriminatoria y la ley de identidad de género como prioridades de su gestión e hizo MUCHO por todas esas cosas.
      En el tema del matrimonio, presentó un amicus en la Corte con su firma, elevó un proyecto de ley al ejecutivo, no le dieron bola y lo llevó directamente al Congreso y el día que los diputados kirchneristas dejaron sin quórum la reunión de las comisiones me consta personalmente que llamó uno por uno a los diputados para reclamarles que bajaran, con mucha firmeza y sin preocuparse por el costo político. Así que María José, en este tema, 10 puntos.

  8. Bruno, no se si me equivoco, pero se me hace que, políticamente, llegar a la corte suprema es mucho más valioso que si esa pareja hubiera podido casarse habilitada en un fallo de primera instancia. Si la pelota vuelve al congreso desde la corte es más difícil hacerse el boludo.

    saludos!

    1. Estoy de acuerdo en que lo que hace falta es un fallo de la Corte o una ley del Congreso. Es decir, la ley antes o el fallo de la Corte y la ley después.
      Para eso, hay dos casos, el de María y Claudia y el de Ernesto y Alejandro, que ya están en la Corte. A eso se refirió Fayt esta mañana cuando dijo que la Corte tiene dos casos en estudio.
      El de Alex y José salió a favor en primera instancia, algo que no había ocurrido con los anteriores. Y como quedó firme, ellos se tienen que casar, ya no debería hacer falta que intervenga la Corte en el caso de ellos. Mientras, seguirán en la Corte los otros dos casos. Y espero que salgan pronto.
      Y los diputados deberían dejar de hacerse los boludos ya…

  9. Lo que parece una conquista de la sociedad civil, una de sus reivindicaciones más libertarias contra la que solo se enfrentan los grupos más oscurantistas y con el que todos quienes se dicen progresistas tenderían a estar naturalmente de acuerdo, se politiza de un modo absurdo. No estamos acostumbrados a un debate en el que no esté en juego si somos K o anti K. Lo digo con una mezcla de asombro y preocupación.

    1. Es que algunos kirchneristas defienden la omisión de sus diputados en el debate de las comisiones de la misma manera que los defenderían si hubieran ido y votado la ley. Y algunos antikirchneristas los critican del mismo modo que los habrían criticado por lo contrario. En fin…
      Nuestra lucha será la misma haga lo que haga cada sector político y seguiremos cuestionando a los que se oponen a nuestros derechos estén del lado que estén. Así como valoramos y aplaudimos a muchos kirchneristas valientes que nos acompañan hoy y nos acompañaron antes, seguiremos cuestionando a los que se hacen los boludos.

  10. Bruno,

    Lees las cosas por la mitad. No sólo los abogados están divididos. La CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL confirmó el fallo por el que tratas a la jueza de oscurantista y delincuente.

    1. La jueza Seijas emitió hoy una nueva resolución ratificando que su fallo está firme y ordenando al Registro Civil que lo cumpla, y fue personalmente al Registro para notificarlos.
      La decisión de la Cámara no puede subsanar la ilegalidad de la intervención de Gómez Alsina. Los argumentos son claros y están expuestos en la nota y en los comentarios anteriores.

      1. Bruno,

        Me tomé el trabajo de leer un poco.

        La competencia en la materia es de los jueces nacionales en lo civil y no de los jueces en contencioso administrativo de la ciudad. Ahora, no leí el dictamen fiscal que mencionas pero, aparentemente, nadie cuestionó su competencia en el proceso.

        La Jueza Gomez Alsina califica ese pronunciamiento de «Cosa Juzgada Irrita» un instituto procesal por medio del cual se anula un acto judicial firme. Este instituto tiene su origen, precisamente, en que los jueces pueden equivocarse y una sentencia así no puede aplicarse… aunque este firme.

        Ayer a las 23.52 dijiste que a esa jueza la deberían meter presa por «abuso de poder» (sin ser penalista, hasta donde entiendo un delito que inventaste anoche). Hoy la Camara Nacional Civil le da la razón.

        Acá hay un claro conflicto de competencia y, según nuestro sistema, debería resolver el superior común. La Jueza Seijas, entiendo, se equivoca al intentar insistir. Debe estar a lo que se resuelva en instancias superiores.

        Entiendo que estes decepcionado pero flaco favor le haces a tu profesión cuando ligeramente acusas de delincuente a una Jueza.

  11. Capítulo IV

    Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos

    ARTICULO 248. – Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

    ¿Yo lo inventé? Me parece que fue el Congreso, no yo.

    1. Sos un payaso Bimbi, la jueza precisamente alega que el fallo de la otra va en contra de las normas (ergo, viola las leyes). Al no ser su instancia, al meterse con la Constitución y el Código Civil.
      Imposible que sea Gómez Alsina la que atenta contra la Constitución cuando es ella la que la defiende y la otra la que pide derogar artículos del código civil porque se le «frega» a ella y a dos homosexuales que se quieren casar SIN QUE LAS LEYES LO PERMITAN.
      Te repito lo último SIN QUE LAS LEYES LO PERMITAN. Porque precisamente el casamiento esta reglamentado y no entra el caso homosexual, y para que entre tiene que ir a Corte Suprema, Congreso o Plebiscito. En otro caso, el abuso de poder es de una jueza de fuero local que se cree que puede trastocar TODA la jurisprudencia hasta la fecha y el Código Civil con un simple fallo sacado de la galera porque ella y vos lo dicen.

      Con ese concepto, mañana un juez comercial declara que matar no es un crimen, dicta que los artículos del Código Penal que criminalizan el acto son incostitucionales, ordena dejar libre al asesino y le sale un defensor como vos, con tus pobres argumentos.

  12. Capítulo X –
    Prevaricato

    Art. 269.- Sufrirá multa de $ 3.000 a $ 75.000 e inhabilitación absoluta perpetua el juez que dictare resoluciones contrarias a la ley expresa invocada por las partes o por él mismo o citare, para fundarlas, hechos o resoluciones falsas.

    ¿Este también lo inventé yo?

  13. Dice el constitucionalista y profesor de derecho Roberto Gargarella:

    “Dos personas con sentencia firme, que tienen derechos adquiridos, son privados de ellos por un juez que no es competente en su jurisdicción y por un tercero que promovió esa acción, aunque no tiene un interés afectado, porque no se ve perjudicado en nada más que en su propia ideología”, sintetizó el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez al referirse a la medida cautelar. Que un juzgado emitiera esa medida es “retroceder jurídicamente al Medioevo, al modelo paleopositivista, destrozar el control de constitucionalidad en Argentina”.
    Puesto a desbrozar la medida cautelar que ninguno de los afectados por ella había podido ver al menos hasta la noche de ayer, Gil Domínguez analizó que “desconoce flagrantemente tres cuestiones”. La primera, “la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, consagrada en 1994”; la segunda, “lo establecido por la ley Cafiero respecto de la autonomía: porque aun dentro de su dudosa constitucionalidad permitió a la Ciudad tener un fuero Contencioso Administrativo y determinar que la competencia de ese fuero será razón del sujeto: cada vez que el gobierno porteño sea demandado, ése es el fuero competente”. Además, “también desconoce el sentido más elemental del control de constitucionalidad de la Argentina, en el sentido de que cualquier juez puede controlar cualquier norma respecto de constitucionalidad o inconstitucionalidad”. Se ha desconocido, además, que mientras que “la Justicia civil tiene competencia para regular cuestiones entre personas privadas, la Contencioso Administrativa es la que regula cuestiones entre las personas y el Estado, como es este caso. Pero cuando los jueces confunden jurisdicción constitucional con púlpito oracular, el Estado de derecho pierde sentido”.

    1. No existen los «constitucionalistas» Bimbi, no chamuyes. No es un tipo de abogado. Y todos los abogados son a la vez «constitucionalistas» (porque se mueven dentro del ámbito de la interpretación de la Constitución y sus leyes).
      Esa figura chamuyera implica que algunos «selectos» valen más para interpretar la verdad de la ley (los que están a favor tuyo), más que los otros. Por ejemplo, Gómez Alsina cuando emite fallo es experta Constitucionalista -y por eso el Estado la ha puesto a ella y no a Gargarella en su cargo de jueza.
      Lo mismo la Cámara de Apelación, que es «Constitucionalista» y emitió un fallo de TRES jueces favorable a Gómez Alsina al interpretar la ley a favor de su fallo, y en contra de Seijas, vos, y los demás «constitucionalistas» de cotillón que salen en los diarios como Sabsay y Gargarella (y Monner Sans).

  14. Dice la sentencia de Seijas sobre la competencia:

    Que teniendo en cuenta las afirmaciones de la demandada, parece menester recordar que el artículo 75, inciso 12, de la Constitución Nacional diferencia la atribución de dictar normas de derecho común y de derecho federal —a cargo del Congreso Nacional— de la atribución jurisdiccional para resolver conflictos sobre la primera de esas materias, a cargo de los estados locales. En concordancia con los artículos 5º, 116, 122 y 129 de la Constitución Nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires se reservan la aplicación de la ley común por sus respectivos tribunales locales. El artículo 116 de la Constitución Nacional no es más que un explícito refuerzo de la mencionada directriz, esencial de la forma federal que la Argentina adoptó para su gobierno, desde el momento en que la competencia de la Corte Suprema y los demás tribunales inferiores de la Nación se extiende al conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por las leyes nacionales, “con la reserva hecha en el inciso 12 del artículo 75”. Tal reserva fue introducida por la Convención de 1860, con el deliberado propósito de impedir que las provincias carecieran de jurisdicción en las materias a que dicha norma hace referencia. Luego de la reforma de 1994, la Ciudad de Buenos Aires goza de las mismas facultades jurisdiccionales inherentes al concepto jurídico de autonomía. En ese sentido, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires dispone en su artículo 106 asignar a su Poder Judicial “el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por esta Constitución, por los convenios que celebre la Ciudad, por los códigos de fondo y por las leyes y normas nacionales y locales…”. Según la ley 189 “se considerarán autoridades administrativas de la Ciudad de Buenos Aires la administración pública centralizada, desconcentrada y descentralizada, los órganos legislativo y judicial de la Ciudad de Buenos Aires en ejercicio de la función administrativa y los entes públicos no estatales o privados en cuanto ejercen potestades públicas otorgadas por las leyes de la Ciudad” (art. 1º); y “Son causas contencioso administrativas a los efectos de este Código, todas aquellas en que una autoridad administrativa, legitimada para estar en juicio, sea parte, cualquiera que sea su fundamentación u origen, tanto en el ámbito del derecho público como del derecho privado. La competencia contencioso administrativa es de orden público” (art. 2º). Recientemente el Superior Tribunal de la Ciudad, en voto de Ana María Conde, Luis Francisco Lozano y José Osvaldo Casás, en una sentencia referida al juzgamiento de delitos creados con posterioridad a la ley 24.588 (desarmado y venta de autopartes) recordó “la regla general según la cual asisten a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como propias, todas las facultades no delegadas a la Nación en el texto de la Constitución Nacional ni retenidas o conservadas por el gobierno federal”. Añadió que si bien pudo sostenerse en alguna oportunidad que los poderes del gobierno central habían sido delegados por las provincias por ser éstas históricamente preexistentes a la organización nacional, tal criterio puramente cronológico no se ve convalidado por el hecho cierto de que existen nueve (9) estados provinciales que adquirieron dicho estatus después de suscripto el Pacto Constitucional originario. Con ello, abandonado el criterio puramente cronológico, debe concluirse que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires se encuentran en situación de igualdad, con equivalente representación en la instancia federal del Senado (ver voto en disidencia de Zaffaroni, en Fallos: 330:5279) y con la única restricción que puede derivarse, para la Ciudad de Buenos Aires, de ser asiento de los poderes federales. Luego, de modo contundente, han afirmado que “desde una concepción de Estado basada en el principio de soberanía popular y en la forma republicana de gobierno, los estados locales delegantes no concurren a esa delegación con poderes reconocidos como propios en sentido estricto, sino como resultantes de un aporte de los individuos a quienes representan. Desde esta perspectiva, no caben dudas acerca de que el ‘pueblo’ —cuya soberanía constituye uno de los principios fundamentales de la CN y base de los poderes que ejercen las autoridades que establece— es tanto el que reside en las Provincias, como el que lo hace en la Ciudad de Buenos Aires. Negar facultades propias de los estados locales a esta Ciudad importa negar la igualdad entre pares; esa igualdad que exige reconocer iguales gobiernos para personas iguales y con idénticos derechos a los de sus vecinos” (“Ministerio Público —Fiscalía ante la Cámara con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas 1— s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Incidente de incompetencia en autos ‘NN s/ inf. art. 00 —presunta comisión de un delito—’”. Exp. 6397/09, del 27/08/09). Tratándose en el caso de una acción de amparo interpuesta para cuestionar una decisión del Registro Civil de la Ciudad, de acuerdo al marco constitucional y legal detallado, resulta indudable la competencia del tribunal para resolver en el sub examine.

  15. Dice el constitucionalista y titular de cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires Daniel Sabsay:

    El constitucionalista Daniel Sabsay coincide con la posición de la Federación Argentina LGBT. Para él, para anular el fallo que habilita el matrimonio gay habría que apelar a una instancia superior, no lo puede suspender un magistrado de otro fuero. (DyN)
    El fallo de la jueza civil de la Nación, Marta Gómez Alsina, que suspendió el primer casamiento gay de Argentina y América Latina, abrió un abanico de interpretaciones en un tema muy complejo y de extrema sensibilidad social. Tal es así que dos de los más prestigiosos juristas del país tienen posturas opuestas sobre la medida.
    Para el constitucionalista Daniel Sabsay, la decisión de la magistrada a cargo del juzgado de familia 85 es insólita: «Algo que no vi nunca en mi vida», expresó. Según Sabsay, el registro civil de Palermo que se disponía a casar mañana a Alex Freire y José María Del Bello debería desoír el fallo por provenir “de un tribunal que no es competente” y que decreta “la nulidad de un fallo que estaba firme”.
    En diálogo con Críticadigital, Sabsay explicó que «los fallos se revocan o anulan con una apelación ante el tribunal de alzada», por lo que «en la medida que esto no se produjo, el fallo quedó firme». «Me resulta sorprendente que a una sentencia firme la ataque simplemente porque entiende que la jueza que dictó el fallo no era competente, está fuera de todo contexto”, continuó.

    1. Estimado: La discusión es bizantina. En primer lugar, el fallo de la Jueza Seias autorizando el casamiento es nulo, ya que una jueza de su fuero no está juridicamente capacitada PARA MODIFICAR EL CODIGO CIVIL.
      Es verdad, toda la cuestión es un mamarracho. Pero por razones diferentes a las que se aducen aqui.Hay otras voces, y otras opciones posibles, entre los que aceptan todo y los que lo rechazan todo:

      http://www.foroplanetario.com.ar/docs/Editoriales.php?IdEditorial=112

      Cortesmente
      AM

    1. Aparte ni Loñ, ni Sabsay, ni Badeni son unos grossos eh. A mi no me deslumbra ninguno de los tres. González Arzac, Dalla Vía, esos son para leer.

  16. Bruno,

    Ninguno de los dos delitos que reseñas se llama abuso de poder (ese es mi punto) uno es abuso de autoridad y otro es prevaricato. De todos modos sólo los citas y no señalas porque – en tu opinión – la conducta de la Jueza se ajusta alguno de los dos tipos penales. De hecho, citar hasta el art 269 parece, a priori, hasta absurdo: alguien se presentó ante esa jueza y le pidió la nulidad de la sentencia.
    Respecto al tema de la competencia, la otra jueza y su Camara no está de acuerdo.
    Mi punto es que no es una delincuente por fallar en contra de la postura que defendes (aún si esta equivocada) y que un periodista no puede ligeramente acusar a un juez de delincuente y menos copiando y pegando de infoleg.
    Después no te quejes cuando alguien te pregunte si así de ligera es tu acusación contra la Diputada ¿Conti? (acá aclaro que como Gorila facho que soy te creo porque se que es el modus operandi justicialista).

      1. Artículos del Código Penal. Decis que la jueza es una delincuente «Abuso de poder» y después justificas tus dichos con un copie y pegue del Código Penal. No es serio.

      2. ¿Pero vos querés todo servido, que te explique cada artículo del Código? Lo que afirmo es claro, me dijiste que estaba inventando delitos inexistentes, por eso te copié los artículos para que los veas. Saludos.

  17. Agrego que, pese a que no me atrevo a discutir con Sabsay, lo cierto es que por cosa juzgada irrita se puede desconocer los efectos de un fallo firme, por lo que en ese punto esta equivocado.
    De otro lado ¿Y qué si es derechista? Aún los derechistas pueden tener razón.

    1. Mi estimado Dr: Le recomiendo leer el art. 1 y 2 de la ley 189 (Código Contencioso Administrativo de la Ciudad), art. 14 de la Constitución de la Ciudad que autoriza a dictar aún de oficio la inconstitucionalidad de una norma y recordar el control difuso de constitucionalidad de todos los jueces de la república y verá que la jueza Seijas perfectamente puede decretara la inconstitucionalidad de una norma del Código Civil. Se hace casi a diario en sentencias judiciales de todo el país.
      Sin embargo, más dificil le resultará justificar que una jueza civil pueda dejar sin efecto una sentencia firme, le repito firme, porque ninguno de los legitimados para apelarla (la actora, la demandada y el fiscal) lo habian hecho y le reconoce a dos trasnochados torquemada legitimación para hacerlo en forma tardía.
      Ese criterio llevado al absurdo permitiria que cualquier sentencia para pasar en autoridad de cosa juzgada tenga que ser consentida expresamente por los 40 millones de habitantes, sino nunca adquiriria firmeza.
      En cuanto a la cosa juzgada irrita, figura procesal sostenida por Morello, requiere por requisito que la pueda plantear persona legitimada para hacerlo. Ud. piensa que dos abogados por el solo hecho de ser catolicos estan legitimados para pedir cosa juzgada irrita?. Si la respuesta es si, ud. o yo tenemos que volver a Figueroa Alcorta y Pueyrredon. Saludos

      1. ¿Figueroa Alcorta y Pueyrredon? No entiendo
        Coincidirás conmigo que éste caso no tiene nada de normal y que la resolución es de por sí complicada. A tu opinión, y la de Sabsay, se le opone la opinión – entre otros – de la Camara del Fuero Civil.
        Ahora no puedo abrir El Dial (donde esta el fallo que discutis) para ver el tema de la legitimidad por lo que no opino pero, agrego, que Morello no es el único a favor de éste instituto. Nuestros tribunales lo aplican no muy comunmente porque, justamente, es para casos de excepción
        ¿Este caso lo es? ¿Quién tiene razón? No lo se. Lo que si se es que fallar como fallo no convierte a esta jueza en una delincuente ni a Loñ en un desgraciado facho por opinar que tiene razón.

      2. Figueroa Alcorta y Pueyrredón: dirección de la Facultad de Derecho de la UBA.
        Lo que convierte a la jueza Gómez Alsina en delincuente no es su opinión sobre la competencia, que es discutible, sino la manera ilegal en la que intervino en la causa.
        Yo estoy convencido de que la jueza Seijas era competente y hay destacadísimos constitucionalistas que opinan lo mismo. Vos podés pensar que no lo era. Es una discusión válida. Pero hay procedimientos para cuestionar la competencia: debían hacerlo las partes o el fiscal al inicio del proceso. No lo hicieron. La jueza se declaró competente, falló y no fue cuestionada por quienes tenían legitimidad para cuestionarla: el fiscal, el Gobierno de la Ciudad o la pareja. Tampoco fue apelada su sentencia y el plazo legal venció. Quedó firme y ahora es ley, cosa juzgada. Si un juez de otro fuero consideraba que le correspondía la competencia y que había una nulidad, debería haberlo planteado a una instancia superior, pero un juez no puede anular la sentencia de otro juez de la misma jerarquía ni suspender sus efectos, porque eso viola una de las reglas más elementales de organización del sistema judicial. Por otra parte, para que otro juez interviniera en la causa, debería haber existido una presentación de un actor legitimado para interponer recursos. No puede un tercero ajeno al proceso entrometerse. Es como si yo me presentara con un recurso en un juzgado francés pidiendo anular el divorcio de Sarkozy. ¿Quién soy yo para meterme?
        Entonces, lo que la jueza Gómez Alsina hizo fue, a partir de una presentación improcedente de un abogado que no representaba a ninguna de las partes del proceso ni a nadie que tuviera derechos afectados en la causa, vencidos todos los plazos, entrometerse en un tema que no le correspondía y pretender suspender los efectos de un fallo que estaba firme, dictado por una jueza de su misma jerarquía cuya competencia no había sido cuestionada por quienes podían cuestionarla. Todo ese procedimiento es ilegal. No fue más que una maniobra política que no tiene nada que ver con la función de la justicia.
        Hubo una lotería judicial. Los mismos abogados presentaron varios recursos en el fuero civil, otros varios en el fuero contencioso administrativo, en el propio juzgado de Seijas, en la Cámara, en todas partes. Les faltó ir a los juzgados de paz de la provincia o pedir la intervención de un árbitro de la AFA. Sus recursos fueron siendo rechazados uno a uno hasta que finalmente tuvieron suerte con Gómez Alsina. Y luego consiguieron el fallo de la sala E de la Cámara que, aclaremos, no convalidó lo de Gómez Alsina, como se está informando, sino que falló a favor de la apelación presentada por otro de los abogados fascistas, Pedro Andereggen, al fallo de primera instancia de otro juez que lo había rechazado. Fue una lotería. Si el sistema funcionara así, cada fallo de cualquier juez por cualquier tema podría ser recurrido por cualquier persona sin ningún requisito, sin plazos, hasta cuando quiera hacerlo, todas las veces que quiera, en todos los juzgados que quiera, y por lo tanto no quedaría firme nunca, porque siempre seguiría existiendo la posibilidad de que al final, después de cinco, diez, cincuenta, cien intentos, al final uno de los recursos le caiga a un juez que decida aceptarlo. Y ese recurso, a su vez, podría también ser cuestionado, y así hasta el infinito. Chau seguridad jurídica, vale todo.
        La jueza Gómez Alsina abusó de su sello de magistrada para impedir un matrimonio entre dos hombres pura y exclusivamente porque ella no está de acuerdo conque dos hombres puedan casarse, por sus prejuicios religiosos. Pero su trabajo como jueza es otro y sus atribuciones deben ejercerse de acuerdo a derecho y cumpliendo una serie de reglas que no le importaron. Es escandaloso lo que hizo y debería ser destituida y terminar presa.

  18. Sería interesante alguna vez discutir cuál es ese poder tan temible que supuestamente tiene la jerarquía católica. Lo planteo porque es algo que ignoro. Veo gente, diputados por ejemplo, que a conciencia están a favor de la reforma, pero la dejan pasar para «no abrir otro frente de conflicto». O a SuperMauricio, que bastó una reunión con el Momio Jefe para darse vuelta como una tortilla (si me permiten la metáfora, que parece hecha para la ocasión).

  19. Aquí la cuestión, Bimbi, es que vos pedís la cárcel (si, nada menos que la cárcel) para una jueza que falló de un modo que no te gusta. Las ironías del destino te ubican en el lugar más retrógrado de los participantes de este foro.
    No es raro, a poco que para descartar las opiniones directamente tachás a los que te repican de oscurantistas, ultracatólicos o retrógrados.
    Abrí un poco tu cabeza de fanático militante gay, y aceptá que somos muchos los que no creemos que:
    1.- Una cuestión como esta pueda resolverse en tribunales, sino que debe ser discutida en el Congreso.
    2.- No creemos que la consagración legal del matrimonio heterosexual exclusivamente sea la discriminación que pretendes.
    No por ello somos ortodoxos conservadores, sino simplemente, no estamos de acuerdo con vos.

    1. 1 – El Congreso debe discutir la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo. Lo venimos reclamando hace rato y lo seguiremos haciendo. No te olvides que los proyectos de ley los presentamos nosotros. Pero eso no quita que una de las funciones del poder judicial es ejercer el control de constitucionalidad de las leyes. El divorcio fue posible porque un fallo de la Corte declaró inconstitucionales en un caso particular las normas del Código Civil que lo impedían. Eso obligó al Congreso a cambiar la ley. La despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal es otro ejemplo. O la nulidad de los indultos. O la inconstitucionalidad de la ley de ART. Etc. Es parte de las funciones de la justicia y muchas veces las leyes que, como esta, son inconstitucionales, se cambian luego de que la justicia así las declara, lo cual lleva a los diputados y senadores a completar el trabajo;
      2 – Es muy simple y si no lo entendés es un problema tuyo. La Constitución dice que somos todos iguales ante la ley. Yo tengo el mismo derecho que vos a casarme. Si la ley no me deja, es discriminatorio y está violando mis derechos y la Constitución. Vos podés estar de acuerdo o no, pero los derechos se ejercen y se defienden, y yo voy a defender los míos. Y vos podrás estar de acuerdo o no pero eso no justifica que mis derechos sean vulnerados.

    1. Sos un imbécil. Estás tergiversando las cosas de manera perversa, como si yo quisiera mandar preso al que opina distinto. La jueza Gómez Alsina tiene todo el derecho del mundo de opinar distinto. Yo podré decir que su opinión no me gusta, que me parece retrógrada, discriminatoria, facha, etc. Pero nadie acá propone mandar preso a nadie por su opinión (sabemos lo que significa que el Estado te persiga, en unas 10 provincias hay leyes por las cuales, por ser gay, lesbiana, travestis o transexual podés ir preso). Que la jueza o vos opinen lo que quieran, lo seguiremos debatiendo y yo te diré retrógrado o lo que me parezca, pero no te voy a mandar preso por eso. Pero la jueza no opinió. La jueza participó de una maniobra ilegal para violar los derechos constitucionales de dos ciudadanos, abusando de su poder de magistrada para, por su opinión, violar la ley. Son dos cosas MUY diferentes.

      1. ¿Qué parte de que la Camara del fuero Civil le dío la razón a la jueza que vos descalificas como delincuente no entendes?
        ¿También ellos merecen ser destituidos y ser apresados?
        ¿Puede que estes equivocado vos y no la jueza?

      2. Informate antes de opinar. La única relación entre la resolución de la sala E de la Cámara y el fallo de Gómez Alsina es que ambos casos fueron impulsados por el mismo grupo fascista. Pero son dos causas diferentes, de modo que no «le dio la razón». Igual, eso es lo de menos. Más abajo lo expliqué en la respuesta a Carpe Diem. Chicos, no opinen sin informarse antes y saber de qué están hablando.

  20. El fallo de Cámara confirmando lo dispuesto por la jueza Gomez Alsina me parece que la aleja un poco de la celda del país serio de Bruno, no?.
    Yo no creo que ninguna de las dos juezas merezca mas que eventuales reproches desde lo jurídico, subsanables en instancias superiores, pues el tema (no solo el de fondo, el de la competencia también) tiene cierta complejidad.
    Mas fácil que descubrir ahora inconstitucionalidades en una norma de fondo, de pacífica y centenaria aplicación sería el tratamiento de una ley específica que habilite el matrimonio entre personas del mismo sexo.
    Aunque sospecho que, como en el caso del divorcio, será la Corte la que, con considerablemente menos temor a los costos políticos, termine resolviendo el tema.

    1. El fallo de la Cámara es en otra de las apuestas de la lotería, no es el mismo caso de Gómez Alsina. Es parte del mismo juego sucio y está lleno de irregularidades. Fue una presentación de Andereggen, del grupo Cristo Sacerdote, ligado a organizaciones neonazis. El juez de primera instancia lo rechazó por razones obvias (falta de legitimación por ser un particular ajeno al proceso), apeló y la Cámara le dio la razón haciendo en 24 horas cosas que cualquiera que conozca tribunales sabe que demora una semana. Es un mamarracho, igual de mamarracho que lo de Gómez Alsina, que es otra causa. Y es todo parte de este insólito procedimiento de la lotería judicial impulsada por terceros ajenos al proceso en diferentes fueros y a través de diferentes presentaciones.

      1. Perdon, el punto es que la Camara confirma la postura de Gomez Alsina por lo que mi pregunta se mantiene
        ¿A los Camaristas también hay que meterlos presos?

      2. Evidentemente, la situación es muy similar. Estoy esperando que me llegue ese segundo fallo para leerlo, pero según lo que me adelantó una de las abogadas del equipo, sería la misma situación y por lo tanto seguramente los denunciaremos en el Consejo y en la justicia penal.

  21. Ya veo que tolerante que sos.
    Tenés una gran facilidad para descalificar a los que no piensan como vos; evidentemente, yo soy mucho más democrático que vos.
    Dejá de insultarme, tratá con argumentos.
    Yo lo único que te reproché es que la quisieras mandar presa, cosa que sinceramente es un disparate, y creo que a esta altura ya te diste cuenta, pero tu soberbia te impide recular.
    Es cierto que una ley puede ser declarada inconstitucional; nunca dije lo contrario.
    También es cierto que el Congreso puede no compartir la opinión del Poder Judicial, y eso ya ha ocurrido (el ejemplo de la tenencia de drogas para uso personal sirve para demostrar, también, lo que te digo: la Corte resolvió en caso Bazterrica, y el Congreso insistió con la penalización de la tenencia al sancionar la Ley 23.737).
    Por lo demás, como señala Carpe Diem, ya son varios los jueces que consideran que quien se excedió en sus funciones fue la jueza de la Ciudad (ojo, yo no la quiero mandar presa por eso).

    1. No, me acusaste irónicamente de querer mandarte preso a vos. Por eso te respondí que sos un imbécil. Y después te respondí sobre el tema de fondo. Pero otra vez cambiás todo.
      En lo de Bazterrica, te saltaste unos cuantos años… Siempre cambiás todo, che.

      1. No me salté nada, te puse un ejemplo de un caso en el cual en Congreso dice A, la Corte B, y el Congreso vuelve a insistir en A. Se estudia en Derecho Constitucional, nada mas que eso es lo que quise decir.
        Igual, me hartaste, flaco. No escribo más, me cansa discutir con fanáticos.
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  22. Tranquilo, Bimbi, no te enloquezás.
    Estoy de acuerdo con lo que pedís pero no con tu planteo. Lo de los fallos, contrafallos y apelaciones no es más que una chapuza.
    Tal como están las cosas, es posible que la Corte Suprema intervenga y le de la razón a las parejas que quieren casarse, pero lo que importa es que esto se convierta en ley, y esto es una cuestión política y no judicial. Si los encargados de legislar legislan, se termina el conflicto y no habrá lugar a fallos de jueces en uno u otro sentido. Los jueces lo que hacen es vigilar el cumplimiento de la ley.
    Ocurre que cuando hay una ley que dice una cosa, pero la percepción social de las cosas va en otro sentido o simplemente evoluciona (como en este caso), se empiezan a producir distintas interpretaciones, y por eso sucede lo que sucede.
    Saludos

  23. Cuando Macri decidió no apelar el fallo de la jueza Seijas todos intuímos que lo había hecho sencillamente porque así lo indicaban las encuestas. Tenía que ponerse del lado de la pareja gay. Le resultaba funcional a sus intereses mediáticos en medio del escándalo de las escuchas ilegales. No es que estuviera de acuerdo –según sus íntimas convicciones– con el casamiento de dos hombres. Su pensamiento es refractario respecto de una unión de esas característics. Macri es homofóbico; descree de las relaciones homosexuales.
    Luego fue llamado de urgencia por el cardenal Bergoglio quien lo reprendió por semejante osadía. Cómo era posible que en su diócesis se cometiera semejante herejía? Acaso no está enterado de cuál es el pensamiento de la Iglesia? Acaso no habla con Michetti? Seguramente le auguró el infierno para cuando Macri muera.
    Pero una vez que apareció el fallo de la jueza Gómez Alsina, Macri se sacó la careta y no se jugó por la jueza Seijas. Entonces, dijo que sea la Corte Suprema la que resuelva. Creyó que su apego a la ley le iba a proporcionar la adhesión de la ciudadanía. «Macri basura, vos sos la dictadura» es lo menos que le dijeron. Macri siempre choca contra el sentido común. Elige mal, se desdice, afirma que comete «errores» pese a que le señalan que los puede cometer si elige, por ejemplo, a Palacios para dirigir la policía metropolitana.
    Pero quiero detenerme en la actitud de la Iglesia. Si hubiera puesto el mismo empeño para oponerse a esta boda como en denunciar las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, cuanto se hubiera ahorrado la sociedad argentina en muertos y desapariciones. Sería bueno que tanto esfuerzo lo destine a sancionar al cura von Wernich –hallado culpable por la justicia por su complicidad con esa dictadura– o al pedófilo cura Grassi, también hallado culpable por abusar de menores.
    No hay comentarios de monseñor respecto de estos dos temas que tanto implican a la Iglesia. Pero si se exacerba cuando dos personas del mismo sexo, que se aman, quieren formalizar ese amor con el casamiento. Cuánta hipocresía, tanto de Macri, un derechoso que trató de convertirse por un instante, en un tipo con la mente abierta como de la Iglesia que cree que son los tiempos de la Inquisición!!!

    1. Qué querés que haga Macri, a ver??
      Si el fallo de la Cámara de Apelación fue en contra. Y el poder judicial es independiente del ejecutivo.
      Macri no apeló. Bien. Pero apeló un particular, le hicieron lugar en primera instancia, fallaron a su favor, y luego en el conflicto de intereses le hicieron lugar al fallo en segunda instancia en la apelación. Listo. A obedecer el dictamen.
      Que además quito a Seijas del medio y pidió un nuevo juez de primera instancia por sorteo, al rebatir su fallo y viciarlo de nulidad.
      Se fue Seijas, ganaron en apelación; la Corte es la única que puede dar vuelta ese fallo. Y ahora la culpa es de Macri? qué pretendés que Macri maneja personalmente la justicia? querés que la obligue a pesar de un fallo adverso? o sos como la Lubertino que le tira la culpa para tapar que ellos, los kirchneristas, están más en contra del casamiento homosexual y lo apoyaron menos (pero claro, para la gilada salen por tele, pero en el Congreso no).
      El tratamiento de esto es judicial, no del ejecutivo porteño, Macri no tiene nada que ver. Ni siquiera puede hacer un decreto reglamentado el casamiento aunque quiera.

      1. Más allá de la explicación de más abajo sobre qué es lo que se le cuestiona a Macri, coincido con vos en que la responsabilidad de los kirchneristas es infinitamente mayor.

    2. Ayer, antes de que Alex y José María fueran al Registro Civil, la jueza Gabriela Seijas, que era la jueza competente en la causa, emitió una nueva resolución que decía: «En consecuencia, y atento el pedido de fs. 181/186 vta., líbrese oficio -con copia de la presente resolución- a la Procuración General y al Registro del Estado Civil y Capcacidad de las Personas de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, haciéndoles saber que la sentencia dictada en autos se encuentra firme y consentida, y que, a fin de cumplir con lo decidido, deberán llevar la celebración del matrimonio de los actores, tal como ha sido planificada para el día de la fecha».
      El funcionario a cargo del Registro Civil fue notificado formalmente de la resolución y su obligación como funcionario público era cumplirla. El fallo de la justicia civil estaba viciado de nulidad, ya que se entrometieron en una causa ajena a partir de una presentación improcedente de un particular ajeno al proceso. El problema central ni siquiera es la competencia, sino la legitimación. Para que se entienda… Yo estoy convencido que tienen razón los constitucionalistas Daniel Sabsay, Roberto Gargarella y Andrés Gil Domínguez, que saben más que vos y que yo de esto, y que la jueza Seijas es competente y los explican con mucha claridad. La fundamenteación de la competencia en el fallo de Seijas es contundente. Sin embargo, supongamos que yo esté equivocado y Seijas no sea competente. Igualmente, los fallos de Gómez Alsina y de la sala E de la Cámara Civil, que es en otro proceso, no es el mismo de Gómez Alsina son ilegales, porque los particulares que se presentaron, además de haberlo hecho con todos los plazos vencidos ante una sentencia que no fue apelada y estaba firme, son dos abogados ajenos al proceso. No tienen legitimación. Yo no puedo presentarme en el juicio de divorcio de Capitanich para pedir nulidades. No soy parte en el proceso.
      Por último, insisto en que lo más grave acá es la falta de legitimación y la lotería judicial. Si este sistema fuera aceptado, ningún fallo de ningún juez en ninguna causa podría quedar firme nunca. Chau seguridad jurídica. Porque cualquier ciudadano podría pedir la nulidad de cualquier sentencia en cualquier plazo y ante todos los juzgados que quiera y bastaría con que luego de presentar uno, cinco, diez, cincuenta recursos, días tras día, al final alguno le caiga a un juez amigo.
      El doctor Andereggen —el mismo que pidió clausurar la muestra de Ferrari en el Centro Cultural Recoleta hace unos años—, por ejemplo, presentó varios recursos, en el fuero contencioso y en el civil. El fallo de la sala E de la Cámara es por uno de los recursos de Andereggen, los otros fueron rechazados. De hecho, ese caso fue rechazado por el fiscal y desestimado por el juez en primera instancia, él apeló y en un plazo récord la Cámara le dio la razón, con un procedimiento inusual, en el que hicieron en 24 horas lo que cualquiera en tribunales sabe que lleva como mínimo una semana. Pero el tipo ya había presentado otros recursos pidiendo lo mismo en otros juzgados, que fueron rechazados. Varios abogados del mismo grupo hicieron esto.
      Así que suponete que aceptamos este procedimiento. Yo puedo presentarme con 10 recursos diferentes, que irían cayendo en 10 juzgados diferentes, pidiendo la nulidad del fallo de Gómez Alsina. Suponete que uno de esos 10 jueces me da la razón. Ahí vos vas a 10 juzgados a pedir la nulidad del fallo que me dio la razón a mí. Al final, un juez te da la razón. Ahí va María y presenta otros 10 recursos. Podemos seguir por años haciendo esto. Es un disparate.
      Por eso, en un proceso hay partes. Las partes, en este caso, eran la pareja y la Ciudad, además de la fiscalía, que representa al ministerio público. Hay plazos procesales, para cuestionar la competencia, para apelar el fallo, etc. Si esas dos reglas no se cumplen y jugamos a la lotería, vale todo. Es una joda.
      Todo esto lo estamos discutiendo porque se trata del matrimonio gay y está la iglesia atrás. Si en vez del matrimonio gay fuese cualquier otra causa, sería un escándalo institucional lo que hicieron.
      Igualmente, la jueza será denunciada en el Consejo de la Magistratura y en la justicia penal por nuestros abogados. Y seguramente los funcionarios porteños serán imputados por desacato por la jueza Seijas. Esto no terminó.

      1. Pobres funcionarios porteños si cumplen están en desacato y si no cumplen también. La Argentina del siglo xxi cada día se parece más a un cuento de Kafka.
        Toda vez que, aparentemente, vos sos el encargado de los castigos sugiero la horca por el delito de impiedad.
        Lo tuyo ya es absurdo. Ceso la discusión.

      2. Lo único que voy a agregar es una desmentida a tu afirmación de que «cualquiera sabe que un recurso lleva por lo menos una semana».
        Yo hago amparos pero en otra área y te aseguro que los plazos son más bien cortos. En cuestiones urgentes no son raros los pronunciamientos en horas, y esto lo digo por experiencia.

      3. ¡Claro! ¡Por fin te acercás al problema! Es un disparate que otro juez invada un asunto que ya fue juzgado y tiene sentencia firme, a partir de un planteo improcedente de un tercero ajeno al proceso. Eso fue lo que generó esa situación insólita, en la que los funcionarios, hicieran lo que hicieran, estarían desacatando a una u otra jueza. Pero ese problema existe por lo que yo te digo. Porque había un fallo firme y otra jueza que no tenía nada que ver dictó una sentencia ilegal entrometiéndose.

  24. ANÁLISIS DEL JURISTA GUSTAVO ARBALLO:

    El disparate procesal del amparo contra el amparo del casamiento gay

    miércoles, diciembre 02, 2009

    No voy a decir una palabra del tema de fondo sobre casamiento entre personas del mismo sexo (algo dijimos acá hace poco).

    Este post se limita a hacer una breve lectura (complementaria de esta otra de Diego Goldman, que recomiendo calurosamente) para comentar los despropósitos procesales de la sentencia que aceptó la cautelar contra el casamiento que antes había autorizado una jueza porteña de lo Contencioso.

    Competencia para el amparo de la decisión originaria

    – En la Administración se aplican muchas normas de fondo: el Registro de la Propiedad Inmueble aplica las normas civiles y registrales de derechos reales, las Direcciones de Personas Jurídicas de cada provincia aplican las normas del régimen de sociedades comerciales. Del mismo modo, si hay un Registro Civil, se van a aplicar las normas del Derecho de Familia. Por otro lado, no hay comportamientos estancos, porque los jueces civiles también aplican e interpretan normas de derecho administrativo (notoriamente, en juicios por responsabilidad del Estado).

    – Quien controla a la Administración es el fuero Contencioso-Administrativo. Por carácter transitivo, tiene que revisar la interpretación y validez de las normas que la Administración aplicó, normas que no necesariamente son locales, sino que pueden ser «comunes» y sancionadas por el Congreso de la Nación.

    – Decir que sólo un juez nacional puede controlar la validez de la normativa «común» (codigo civil, codigo penal, etc.) dejaría sin control de constitucionalidad al 90 % del derecho en todas las provincias, donde hay legislación nacional aplicada por tribunales locales.

    Legitimación de los que se amparan contra el amparo

    – Nos parece muy feo usar mayúsculas en un texto, que es como hablar a los gritos. Preferimos las itálicas, que es como un susurro. Dicho esto, confundir el genérico y abierto derecho de peticionar a las autoridades con el concreto y específico concepto de legitimación activa es una premisa RIDICULA.

    – Decir que cualquier individuo de la sociedad está legitimado para actuar en defensa de los derechos garantizados en pactos internacionales haría que cualquiera esté facultado para intervenir en, literalmente, cualquier juicio que se sustancie en los tribunales, por cualquier derecho. La suposición es RIDICULA (las negritas indican el mismo grito, pero haciendo bocina con las manos).

    – Ni «Ekmekdjian», ni mucho menos «Halabi», dicen semejante(s) cosa(s). Ninguna de las dos nos sirve para explicar por qué integrar a un tercero ajeno a una litis fenecida.

    – Más aún: en el caso, los litigantes no intervienen en defensa de derechos propios, ni comunes ni difusos, sino en ataque a derechos que la justicia les ha reconocido a otros.

    – Abogados de grandes estudios que promovieron el caso deberían pensar en las penosas consecuencias que ello acarrea para con la seguridad jurídica.

    Competencia del legislador vs. competencia del juez

    – El único que puede reglamentar el régimen de familia y matrimonio es el Congreso de la Nación, cierto. Pero esa competencia reglamentaria no queda exenta de la regla de supremacía (31 CN) por la cual toda ley puede ser revisada en su constitucionalidad a pedido de parte.

    – Un juez no puede cambiar el Código Civil, pero sí puede declarar la nulidad total de un artículo, la nulidad parcial de un artículo, la interpetación conforme a la Constitución de un artículo. Negarle esa facultad es negarle el deber de aplicar prioritariamente la Constitución al resolver un caso.

    Competencia de la jueza civil que ordena suspender el casamiento

    – Regla 1: no se puede hacer un amparo contra un amparo. Como dijo Lino Palacio: si no, esto sería un quilombo.

    – Regla 2: no se puede hacer un amparo contra una cosa juzgada (la doctrina de la «cosa juzgada írrita» nunca viajó en el carril rápido del amparo, y nunca la vimos pegarse a una cautelar).

    – La sentencia viola simultáneamente las dos reglas prácticas anteriores.

    Dictado de la cautelar y verosimilitud del derecho

    – El punto clave es la «verosimilitud del derecho» invocado por los accionantes que se oponen al amparo que autorizaba casarse a dos hombres. Pero en lugar de mirar la «verosimilitud» según y como fue definido el derecho en la sentencia, que era de última la piedra de toque de la discusión, la jueza retrocede un paso y se atiene a la contestación de la demanda y al dictamen previo de la fiscal porteña que refieren a la legislación vigente -¡que era lo que la demanda precisamente cuestionaba!-.

    – Esa parte de la sentencia no podría haberse escrito en inglés: porque la pregunta es por un right, y se le contesta con un law.

  25. Lo de Arballo, impecable.
    Siguiendo la logica positivista de algunos, incluso diria que los jueces que asumen su condicion catolica, deberian excusarse de fallar en el tratamiento del asunto de fondo de la constitucionalidad o no del matrimonio.
    Siguiendo la logica opositora de otros, seguramente ahora el asunto con Sola, Ricardito, Carrio, Michetti, en la Camara salga por un tubo y es mas…hasta Michetti sea la autora del proyecto de ley, en reconocimiento a su promesa a Cumbio. Ahora que el kirchnerismo no tiene mayoria en las comisiones, seguramente todo salga mas rapido.

    1. Carrió siempre estuvo en contra del matrimonio gay, al igual que Michetti. Por eso es que la Federación llamó abiertamente a votar en contra de ambas e hizo campaña para que la gente de la comunidad supieran sus posiciones. En el caso de la Coalición Cívica, sin embargo, la posición de Carrió sólo es compartida por el diputado Fernando Sánchez, por razones que me resultan inexplicables… El resto del bloque está a favor de la ley, al menos los diputados actuales. No sé los nuevos que asumen el 10/12. Prat Gay se manifestó en contra, después a favor, después en contra, así que puede ser cualquier cosa. Con relación a Michetti, ha sido siempre una militante de la discriminación. Su promesa a Cumbio fue un acto de cinismo. Ricardo Alfonsín tengo entendido que está a favor, al igual que buena parte de los diputados radicales, sobre todo los más cercanos a Morales. Aguad, Sanz y los cobistas están en contra. De Solá podemos esperar cualquier cosa, ya que es un tipo que suele pensar una cosa, al otro día lo contrario, al otro día otra vez lo que pensaba antes, etc.
      Más allá de lo particular, lo que es cierto es que el único bloque importante que actuó orgánicamente en contra del matrimonio gay fue el bloque kirchnerista, cuando le dieron la orden, del mismo modo que seguramente actuaría orgánicamente a favor si se lo ordenan. En los demás bloques, hay diputados a favor y diputados en contra en la mayoría, y en algunos están todos a favor, como en el SI, el bloque socialista, Proyecto Sur, Encuentro, etc. O el caso de la CC, donde están todos a favor salvo Carrió y Sánchez. El problema del kirchnerismo es que hacen lo que les diga la Presidenta. Porque a mí me consta que la mayoría del bloque está a favor y que en las comisiones había amplia mayoría. El único K de las comisiones que estaba abiertamente en contra era Cigogna. Pero aún los firmantes del proyecto no dieron quórum cuando les dieron esa orden. Espero que eso cambie y estamos haciendo todo lo posible para que así sea, hablando con quienes tenemos que hablar. Pero mientras el bloque siga jugando mal, los seguiremos cuestionando, como corresponde.

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