Ni muy – muy, ni tan – tan (Algunas impresiones en torno al fallo de la Corte sobre la cautelar Clarín)

No es, el fallo de la Corte del martes que convalida la prosecución de la cautelar Clarín pero pide celeridad para resolver el fondo de la cuestión, exactamente lo que quería el Gobierno que fuera; pero tampoco es un guiño total a las pretensiones de Clarín.

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Hay, para las intenciones del oficialismo en torno a la ley, algunas buenas:

Prima facie. El fallo, decisión unánime, ratifica la plena vigencia de la ley, excepción hecha del artículo 161, exclusivamente en relación a Clarín. No es un dato menor, teniendo en cuenta desde donde partió la discusión por una nueva Ley de Medios en 2009 (retomaremos más adelante): La ley que rige los servicios audiovisuales es, ya definitivamente, la 26.522 (Considerando 5º, párrafo 3º).

Segundo. Según el jurista Damian Loreti, Clarín pidió en su demanda que se determine la inconstitucionalidad de la desinversión como tal: Ni esta, de un año de plazo, ni ninguna. Clarín no quiere desinvertir, nunca. En ese marco, la disección de cuestiones a evaluar en tres que hizo la Corte (Considerando 4º, párrafo 2º), admite como discutible, cuanto mucho, que ese plazo sea de un año, pero de ninguna manera condena el hecho de que Clarín, antes o después, vaya a tener que desinvertir. También eso lo manda al fondo.

(Y no es un tema menor, mucho se arguyó que no se podía que una ley quiera efectuar modificaciones a situaciones jurídicas nacidas al amparo de regulaciones anteriores. No hay tal: El estado tiene potestad de modificar unilateralmente en cuestiones de bienes sobre los que tiene imperio –como lo son las licencias de radiodifusión- en orden a privilegiar el interés público. Son cláusulas exorbitantes del derecho privado, en este caso el llamado ius variandi. Algo de esto dice Arístides Corti, acá y Bernardo Licht aquí. El concepto de derecho de propiedad, tal como se lo conoce en el ámbito del derecho privado, acá, en lo que es derecho público, no corre)

Más. Lo marcó Jorge Giles en El Argentino, y ya al vuelo lo tocamos nosotros arriba. Esta discusión arrancó desde los veintiséis años que tardó en darse. Seguimos con que el debate debía aguardar al “nuevo Congreso” (para que este, funcional a los intereses de los GGEE, lo archivase). Hoy día, están colgados del travesaño: Del 41 y del 161, y gracias. Y lo destacable respecto de cuales son los artículos por los que pelea el GDA es que lo que se discute es, simplemente, dinero, intereses, poder: La versión Carrió de Clarín y Magnetto como guardianes últimos de las libertades cívicas en Argentina, da para reírse un buen rato.

Por último -y a pesar de que a muchos esto les va a pegar en un ojo-. El llamado de atención que hacen los supremos a la (mala) forma en que se vienen otorgando medidas cautelares en tribunales, es reivindicatorio de las quejas que, al respecto, viene efectuando la Presidenta CFK. Refrescante ello, viene bien para enrostrárselo a muchos que toman cada critica que se hace a los fallos (que no lo son) de “la justicia” (un exceso) como una ofensa al sistema republicano mismo.

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Pero surgen también, lamentablemente, algunos tragos amargos en los considerandos de sus señorías:

Principalmente, otorga más tiempo a Clarín, que es a lo que apuestan Magnetto y Cía. (aunque no la eternidad, pide apurar el trámite). Juegan, los clarinistas, a esperar un gobierno más amigable. Mejor dicho, a uno de los tantos subordinados espantapájaros que revistan en Resto del Congreso / Grupo A / Unión Democrática 2.0, para que les rehagan todo a su medida nuevamente. No es mala la estrategia, ¿o es descabellado suponer que cualquiera de los expectantes opositores se prestara mansamente a los deseos del GDA?

Cuando se discutía el proyecto (porque a pesar de lo que dicen algunos, se debatió y mucho) hubo en danza tres posturas distintas acerca de los plazos de desinversión: La del Gobierno, finalmente aprobada; la de FORJA, que postulaban dos años; y, por último, el proyecto de Margarita Stolbizer –de donde el oficialismo sacó varias cosas-, apoyado por los izquierdistas de derecha de Proyecto Sur.

¿Por qué es poco un año? ¿Cuánto sería bueno darles? ¿Basados en qué? No pedimos tales respuestas en los escritos judiciales, las pedimos en la calle. Otra cosa: ¿Por qué el relator de libertad de expresión de la ONU, Frank Le Rue, se cansó de ponderar –hasta en los estudios de CNN- a la 26.522, y nada se le oyó decir respecto de la cláusula de desinversión? Acusaciones de que a Le Rue le pagaron llegando en 5, 4, 3, 2…

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El fallo es técnicamente irreprochable. De eso no queda ninguna duda. ¿Pudo haber sido distinto? Para esto tampoco hay lugar a ningún tipo de dudas. El menú, bien lo dijo Mario Wainfeld, no se acotaba a sólo lo finalmente decidido por la Corte. El derecho no es una ciencia exacta. De hecho, tanto el mencionado abogado y periodista, como quien firma, hubiesen preferido que la faena se definiera ayer, definitivamente. Había basamentos legales para hacerlo sin lugar a quejas. No fue así, lamentablemente para Segundas Lecturas.

La actual conformación de cortesanos hizo –aunque, reiteramos, siguiendo la ley al pie de la letra- algo que no acostumbra: Sacarse de encima la responsabilidad. E hizo, además, política pura, y bien rosquera, el inicio del Considerando 7º es claramente demostrativo de esto: Buscaron, dicen ellos mismos, equilibrio entre los intereses en pugna. Va para los que niegan tintes políticos a las sentencias.

Lo que extraña de este fallo a quienes venimos siguiendo la trayectoria de la actual Corte, es que optaron, para terminar decidiendo lo que decidieron, por abstraerse de la realidad por detrás de las fachadas jurídicas. “La ley esta es contra Clarín”. Vaya novedad, claro que es así. La ley apunta a impedir la conformación de grupos dominantes del mercado de la comunicación. Clarín tiene un esquema de negocios claramente disfuncional a lo que debe ser la libre competencia. Ergo, la ley es contra Clarín, como lo será contra cualquiera que pueda llegar a su tamaño.

Entonces, si bien es cierto que la Corte no se aparta de lo que ha sido la tradición histórica del tribunal en materia de cautelares, lo cierto es que en los hechos, con lo fallado, se da la paradoja de que los plazos de desinversión ya están corriendo para el resto de quienes están en infracción (Daniel Vila / José Luis Manzano, Grupo Prisa, Cadena 3 de Córdoba), que tienen –todos- un volumen de negocios menor a quien más está en falta para con la ley.

El peor infractor, será aún más grande, siendo que algunos de sus competidores ya tienen que empezar a reducir su volumen, y por ende las diferencias relativas se engrosaran, al menos por un buen rato. Vaya cosa. No hacemos señalamientos, simplemente marcamos que hubiésemos preferido otra cosa. Nada más. ¿Está mal? Por decir algo: ¿Por qué prolongan los efectos de una medida que cuestionan y de la cual dicen que se mal concedió? ¿Para qué pedir modificaciones y no hacerlo por sí mismos?

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No es para tirarse debajo de un tren. Da la sensación de que la Corte quiere que el partido se dirima en los otros poderes. En ese sentido, las primeras reacciones del kirchnerismo suenan bastante sensatas. Lo concreto es que el juego está abierto. A jugar, pues, que cuando hemos jugado, hemos ganado.

(Bonus track: “En efecto, si la sentencia en la acción de fondo demorara un tiempo excesivo, se permitiría a la actora excepcionarse por el simple transcurso del tiempo, de la aplicación del régimen impugnado obteniendo de esta forma por vía del pronunciamiento cautelar, un resultado análogo al que se lograría en caso de que se acogiera favorablemente su pretensión sustancial en autos.”.

«Que por esta razón, y para evitar ese efecto no deseado, se considera conveniente la fijación de un límite razonable para la vigencia de la medida cautelar. Si el tribunal de grado no utilizara ex oficio este remedio preventivo, la parte recurrente podría promover la solicitud de la fijación de un plazo.».

Estos dos parrafitos del fallo, en especial la parte destacada en negrita, habilitan a hipotetizar que si Clarín va, por vía cautelar, a pedir de parte de jueces solícitos soluciones que, así como se las han concedido, equivaldrían a burlar la ley cual si hubieran resultado triunfantes en el fondo del litigio, es -justamente- porque saben que, si buscan aquel fondo, pierden. Conocen que no tienen razón, por eso buscan zafar de esta forma. Puede que no. Pero puede que sí. Este dueto de consideraciones cortesanas, a entender del firmante, puede leerse como un pequeño llamado de atención al el grupo. Veremos.)

Acerca de Pablo D

Abogado laboralista. Apasionado por la historia y la economía, en especial, desde luego, la de la República Argentina.

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17 comentarios en «Ni muy – muy, ni tan – tan (Algunas impresiones en torno al fallo de la Corte sobre la cautelar Clarín)»

  1. «Clarín pidió en su demanda que se determine la inconstitucionalidad de la desinversión como tal: Ni esta, de un año de plazo, ni ninguna. Clarín no quiere desinvertir, nunca. En ese marco, la disección de cuestiones a evaluar en tres que hizo la Corte (Considerando 4º, párrafo 2º), admite como discutible, cuanto mucho, que ese plazo sea de un año, pero de ninguna manera condena el hecho de que Clarín, antes o después, vaya a tener que desinvertir. También eso lo manda al fondo»

    Estás equivocado. La CSJN decidió que, el marco de la cautelar, estaba limitado a suspender la aplicación del art. 161 de la Ley para Clarin y por un término razonable. El momento para expedirse sobre la demanda de fondo de Clarin no es en el marco de la cautelar sino al dictar la Sentencia de fondo. O sea que bien puede declararse la inconstitucionalidad del art. 161.
    El fallo es una clara derrota contra el Gobierno que ahora salió a través de su monopolio a cantar victoria.
    Como nota curiosa, a los Jueces de Cámara y de Corte reciben el tratamiento de S.E no de S.S.

    1. No coincido. En mi forma de ver, si quisiera la Corte (y más esta Corte) hubiese dicho algo. Suelen dar mensajes cuando quieren, sobre todo, reitero, la actual conformación. Claro que puede declararse la inconstitucionalidad del 161 todo, pero también puede que sólo se invalide el plazo. No me resulta inocente diferenciar entre desinversión en general, y la desinversión propuesta por el 161 en particular. Y ese no es, repito lo que dije en el post, un dato menor para las intenciones de Clarín.

      ¿Cual es el monopolio del Gobierno? ¿Un canal de noticias de cable que no se puede ver en la mayoría de los televisores argentinos -menos voces-, un diario (dos si querés), una radio -Del Plata- y unas cuantas revistas semanales? ¿Eso merece la calificación de monopolio, de verdad? ¿Al lado del despliegue de Clarín y afines? Y ojo, yo no hablo en todo el post de «monopolio» para referirme a Clarín. Soy bien preciso en ese aspecto con mi lenguaje.

      No sabía lo de S.E. / S.S., de todas formas tengo aquí en mis manos escritos que han presentado mis jefes ante cámaras comerciales donde dicen «V.E., V.S.», indistintamente.

      1. No es un tema de coincidir o no. La Corte no dice nada sobre el fondo de la cuestión planteado por Clarín porque no es el momento de hacerlo. Recién tratará este tema en su momento.
        La calificación de «monopolio» es en sorna. Si 6,7,8 sostiene que Clarin, La Nación, etc son «el monopolio», yo puedo hacer lo mismo.
        Lo de V.E es anecdotico. De hecho, mucha gente se confunde. A la abogada interna de una empresa con la que trabajamos la tengo que corregir constantemente porque cierra con «Saludo a Ud. Atte» cuando, al cerrar un oficio dirigido a un juez tenes que hacerlo con la siguiente formula «Dios guarde a S.S.»… de la época de las cavernas, como llamar Dr. a un abogado, cuando no lo es.

  2. Una sola cosa, meramente narrativa: » en tribunales, es reivindicatorio de las quejas que, al respecto, viene efectuando la Presidenta CFK al respecto.» decís dos veces al respecto (?).

    Por lo demás, me ha dado una bocanada de aire fresco ante tanta negativa que vengo viendo (de nuevo) en las calles…

    Se agradece

    1. Gracias, don, por el aviso. Me interesa siempre ser depurado sintática, semántica, y ortográficamente. En la versión de mi blog personal ya lo corregí, acá no porque estoy en el laburo, no me loguea automáticamente como en casa, y mi clave de AP no la recuerdo.

      Por lo otro: Hay que recoger el guante y salir a pelear de nuevo. Si se pudo una vez, se podrá dos. Pero no da para quedarse rezongando y batiendo el parche con que «fue votada por el Congreso», porque eso va en contra de nuestra esencia: Redoblar la apuesta con innovaciones que quitan discurso. Estoy convencido que, siempre, acá también, se puede fugar hacia adelante.

  3. No sería sorprendente que el grupo Vilas-Manzano y otros grupos concentrados soliciten el mismo tratamiento y lo terminen consiguiendo. El antecedente es de peso.

    Mi impresión es que, puesta a dirimir hoy sobre la cuestión de fondo, la CSJ fallaría a favor de la constitucionalidad del Art. 161.

    La apuesta de Clarín es a estirar los tiempos hasta que un nuevo parlamento, mas favorable a su postura, derribe la Ley 26.522, tornando la cuestión abstracta.

    1. Puede ser, pero no van a recibir tantos guiños al voleo tan facilmente como venían dándoseles hasta ahora. Empieza una nueva etapa, emocionante creo.

  4. En mi escasísimo conocimiento de leyes, creo que se le pedía a la CSJ algo que no podía dar.
    La CSJ se iba a atener, como siempre hasta ahora, a Derecho. Y me parece bien, aunque no me guste y hubiera preferido que tirara abajo la cautelar del Oligopolio.

    Coincido entonces con el espíritu de tu posteo, y no con mucho discurso de barricada que anduve leyendo o escuchando a partir de esta decisión del Tribunal. Y, claro, también coincido con la interpretación de Néstor Kirchner, porque así soy yo: un kirchnerista acrítico. Ja.

    1. Es gorilopolio, hay que instalar ese término. La Corte se mantiene en regla en cuanto a derechoy eso es indudable, me da no se qué que hayan hecho política de una forma en la cual no acostumbraron nunca estos ministros. Me hubiera gustado que se involucren más a fondo. De todas formas, hay un panorama abierto que, por el momento, me gusta más de lo que me disgusta. Pero es duro, y hay que seguir rosqueando, no se van a quedar quietos por un buen rato.

  5. Estoy de acuerdo con Político Aficionado. Nada impide que Vilas-Manzano obtengan lo mismo que acaba de obtener Clarín. Además, sería razonable sino como señala el post, los más chicos tendrían que desinvertir sin que lo haga el pez gordo.

    De cualquier manera es un fallo razonable. Clarín gana tiempo, sin duda, pero el mensaje de la Corte es que este es un tema político. Y en ese sentido me parece difícil que un nuevo presidente no kirchnerista pueda voltear la ley o vaciarla de sentido.

    Si en el 2011 gana algún candidato de la oposición, en particular si no es del peronismo federal, tendrá que gobernar con una minoría estrecha, frente a la primer minoría K, a la CGT y a los MMSS. Tendrá que devolver lo que sus amigos y aliados gastaron a cuenta con el grupo Clarín pero no tendrá una gran discrecionalidad para hacerlo. Va a estar en un portaobjeto, observado por todos. Las promesas que hoy pueda hacer como candidato no necesariamente se traducirán en hechos, por más atracción que los radicales sientan hacia el suicidio político.

    Hay que recordar las amenazas del matón Iglesias. El experto en comunicación de la CC sostenía por TN que en diciembre del 09, apenas asumida la nueva mayoría en el congreso, iban a ¨voltear¨ la ley mordaza K.

    Seguimos esperando.

    1. «Si en el 2011 gana algún candidato de la oposición, en particular si no es del peronismo federal, tendrá que gobernar con una minoría estrecha,…»
      Si no entiendo mal: si gana el peronismo federal, ¿podrá gobernar tranquilo? ¿Los que ahora militan el el FPV volverán al redil.-? Se conversa sobre ello. ¿Es Scioli el intermediario?
      Para mi punto de vista que, por ahora, entiendo que por lo menos para el siguiente gobierno, no existe más opción que el peronismo, no deja de ser interesante.-

      1. Daio

        El último párrafo de tu comentario es un poco oscuro.

        Mi opinión es que de ser el próximo un gobierno peronista, oficialista u opositor, tendrá un mayor margen de maniobra que si ganaran los radicales y sus socios, no que los radicales no puedan ganar.

        La UCR no ha perdido la capacidad de acceder al gobierno, solo de mantenerlo.

      2. Aclaro el último párrafo:
        Entiendo que actualmente hay profundas divisiones en nuestra sociedad, en la que se ha privilegiado el conflicto por sobre la posibilidad del consenso. La democracia admite el conflicto, si no lo hiciere, estaríamos no frente a un sistema democrático sino autoritario. Pero no se puede vivir eternamente en estado de confrontación. El conflicto lleva implícita la idea de encontrar una solución al mismo.
        Si se hace un poco trabajo de campo podrá comprobarse a lo que me refiero. Por ello entiendo que es necesario un gobierno que sepa encauzar y solucionar, en la medida de lo posible, los conflictos existentes y que tenga capacidad y apoyo para ello, fuera del peronismo no lo encuentro, y dentro del peronismo excluyo, por supuesto, al kirchnerismo, no culpable de todas las divisiones sociales actuales, pero sí de que muchas de ellas se mantengan.
        Doy un ejemplo: el caso del procurador Sosa, resuelto definitivamente, primero por la Corte de la Provincia de Santa Cruz y luego por la de la Nación, es mantenido indefinidamente abierto como conflicto por Néstor Kirchner, privilegiando no la autonomía provincial como dice, sino la idea de que cuando una decisión final no conviene, hay que rechazarla.-

      3. Daio

        En democracia los conflictos se resuelven en las urnas. El consenso consiste en ponernos de acuerdo en respetar la Constitucion y las leyes, cosa que nadie pone en duda, ni la mentalista Carrió con sus visiones apocalípticas ni el JDG con sis chicanas a la Corte.
        La crisp
        ación no es una forma de gobierno, sino la consecuencia de iniciativas que en su gran mayoría aplaudo. Por eso el estilo me tiene sin cuidado.
        Es posible que si el gobierno compartiera tus inquietudes hubiera preferido consensuar con Bergoglio la ley de matrimonio gay que defender la que finalmente se votó y generó tanta crispación con la iglesia.
        Por suerte, prefirieron la crispación al consenso que hubiera generado una peor ley o simplemente mantenido el sistema vigente.

      4. El acto electoral es la garantía de la posibilidad de que las distintas fuerzas políticas puedan alternarse en el gobierno, pero durante los dos o cuatro años, según lo que se elija, en que las urnas están guardadas, hay que gobernar y resolver los conflictos. En defecto de ello le estarías dando la razón a Rousseau, en cuanto a que el pueblo sólo es libre el día en que vota, luego deja de serlo.-

      5. Daio

        Hay que gobernar y es lo que hace el gobierno.
        Cada 2 años, en legislativas o presidenciales, la ciudadanía opina, castiga o premia, ese gobierno.
        Lo que importan son las iniciativas políticas ya que es lo que va a perdurar, no eso que tanto te perturba, como la crispación, el estilo o las terribles intenciones.
        Hablemos de política, no de buenas maneras que nada tienen que ver con la libertad o su falta.

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