El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 4 declaró «abstracto» un planteo formulado por asociaciones de medios que pedÃan una regulación especial para el IVA, al considerar que con la aprobación de la Ley 26.982 se determinó un régimen de pago que terminó con la «incertidumbre», abriendo asà las puertas a una regularización que alcanza también al diario La Nación, que por más de una década mantuvo una deuda con la AFIP.
Asà lo dispuso la jueza Rita Ailán, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 4, al declarar en su fallo «abstracto» el planteo de asociaciones de medios, destacando que la nota 26.982, publicada el 29 de septiembre de 2014 y que modificó la Ley de Impuesto al Valor Agregado, «implicó que la incertidumbre denunciada, cuyo planteo originó la presente causa, ha cesado».
La ley a la que hizo referencia la magistrada establece un régimen diferencial sobre las alÃcuotas que gravan las ventas, locaciones e importaciones, asà como la locación de espacios publicitarios en diarios, revistas y publicaciones periodÃsticas.
Además, aseguró que “no es atribuible al Poder Judicial la creación de una categorÃa que fije un régimen tributario aplicable a las quÃa actoras. SÃ, en cambio, es potestad del Poder Legislativo determinar dicha circunstancia en caso de considerarlo pertinenteâ€.
La Nación, entre otros medios de comunicación, obtuvo en el 2001, a través del decreto 730, firmado por el entonces presidente Fernando de La Rúa y por su Ministro de EconomÃa, Domingo Cavallo, el beneficio de no pagar el impuesto a la ganancia mÃnima presunta y que computara sus contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal en el momento de la liquidación del IVA.
En marzo de 2003, el ex presidente, Eduardo Duhalde, eliminó el cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal para todos los sectores excepto dos: los medios de comunicación y el transporte de carga.
Ese decreto de necesidad y urgencia, del 28 de marzo de ese año, especificaba que la excepción regirÃa por el “plazo mÃnimo y acotado†de cuatro meses, por lo que para julio se vencÃa el plazo.
En octubre de 2003 La Nación consigue la cautelar, que este año mantendrÃa la Corte, mientras que en mayo de 2009 el gobierno firmó convenios de canje de pasivos fiscales por espacios de publicidad con cientos de medios en similares condiciones que La Nación, como los diarios La Gaceta y La Nueva Provincia y los canales América TV y Telefe.
Pero, pese a las alternativas de pago ofrecidas por el gobierno, el diario La Nación no regularizó su deuda y aunque no es el único medio que presenta deudas con la AFIP, es el que mantenÃa la de mayor monto.
Asà lo dispuso la jueza Rita Ailán, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 4, al declarar en su fallo «abstracto» el planteo de asociaciones de medios, destacando que la nota 26.982, publicada el 29 de septiembre de 2014 y que modificó la Ley de Impuesto al Valor Agregado, «implicó que la incertidumbre denunciada, cuyo planteo originó la presente causa, ha cesado».
La ley a la que hizo referencia la magistrada establece un régimen diferencial sobre las alÃcuotas que gravan las ventas, locaciones e importaciones, asà como la locación de espacios publicitarios en diarios, revistas y publicaciones periodÃsticas.
Además, aseguró que “no es atribuible al Poder Judicial la creación de una categorÃa que fije un régimen tributario aplicable a las quÃa actoras. SÃ, en cambio, es potestad del Poder Legislativo determinar dicha circunstancia en caso de considerarlo pertinenteâ€.
La Nación, entre otros medios de comunicación, obtuvo en el 2001, a través del decreto 730, firmado por el entonces presidente Fernando de La Rúa y por su Ministro de EconomÃa, Domingo Cavallo, el beneficio de no pagar el impuesto a la ganancia mÃnima presunta y que computara sus contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal en el momento de la liquidación del IVA.
En marzo de 2003, el ex presidente, Eduardo Duhalde, eliminó el cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal para todos los sectores excepto dos: los medios de comunicación y el transporte de carga.
Ese decreto de necesidad y urgencia, del 28 de marzo de ese año, especificaba que la excepción regirÃa por el “plazo mÃnimo y acotado†de cuatro meses, por lo que para julio se vencÃa el plazo.
En octubre de 2003 La Nación consigue la cautelar, que este año mantendrÃa la Corte, mientras que en mayo de 2009 el gobierno firmó convenios de canje de pasivos fiscales por espacios de publicidad con cientos de medios en similares condiciones que La Nación, como los diarios La Gaceta y La Nueva Provincia y los canales América TV y Telefe.
Pero, pese a las alternativas de pago ofrecidas por el gobierno, el diario La Nación no regularizó su deuda y aunque no es el único medio que presenta deudas con la AFIP, es el que mantenÃa la de mayor monto.
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