El ascenso del ahora teniente general César Milani es un grave error polÃtico. Pero afirmar que ello invalida la polÃtica de derechos humanos de la última década revela un sesgo deliberado. No por casualidad, esa pretensión no proviene de quienes han luchado por la memoria, la verdad y la justicia, sino de aquellos que siempre se opusieron o al menos fueron indiferentes a todo avance en esa dirección. El debate en el Senado no contribuyó a clarificar lo que estaba en juego. La oposición descalificó a Milani como represor o genocida, dio por sentado que se habÃa enriquecido en forma ilÃcita, que realizaba tareas prohibidas de inteligencia interior y que politizaba al Ejército al alinearlo con el gobierno. El oficialismo se limitó a señalar que le cabÃa la presunción de inocencia, ya que no habÃa sido condenado ni imputado por la Justicia. Estas dos equivocaciones simétricas obedecen a la confusión entre un juicio penal y un trámite administrativo y polÃtico. Ya en marzo de 1986, Emilio Mignone le escribÃa a la Comisión de Acuerdos del Senado que “no existe en nuestro ordenamiento jurÃdico el derecho al ascenso, ni esa expectativa puede constituir nunca un derecho adquirido, del cual sólo se puede ser privado en virtud de sentencia judicial”. Para el presidente fundador del CELS, el ascenso “implica un reconocimiento a sus virtudes, un premio por su desempeño y una prueba de confianza administrativa. Cuando el ascendido es un oficial superior de las Fuerzas Armadas, esa confianza administrativa lo es también polÃtica, no en el sentido partidario pero sà en el sentido institucional, por cuanto es en aquellos hombres en quienes se depositan las armas de la República y, con ello, la suerte de la vida y la libertad de los argentinos”.
Lo que Milani haya hecho como subteniente es objeto de procesos judiciales, que determinarán si le corresponde una condena, a lo que nadie debe adelantarse. Lo que se debate desde que su pliego ingresó al Senado es su idoneidad como general y su apego a los principios democráticos imprescindibles para ocupar la jefatura de Estado Mayor del Ejército. Por eso, cuando Milani pidió formular su descargo, el CELS no lo interrogó sobre las causas penales sino respecto del contexto en que los hechos sucedieron y las valoraciones que hoy le merecen. Por propia voluntad agregó respuestas a preguntas que el CELS no le hizo.
– Milani dijo que en La Rioja la represión fue pasiva y de baja intensidad. Esto no es cierto. Mientras él estuvo allà fueron asesinados por militares y policÃas el obispo Enrique Angelelli, los sacerdotes Carlos Murias y Gabriel Longeville y el laico Wenceslao Pedernera.
– Como era muy joven y lo condicionaba la formación militar, “no tuve conocimiento sobre violaciones a los derechos humanos”. Esta afirmación es inverosÃmil en un hombre de familia polÃtica, con militancia en el justicialismo, que fue la primera fuerza en denunciar el carácter terrorista de la represión estatal. En esa unidad, en la que Milani comÃa y dormÃa, sólo revistaban 30 oficiales, lo cual descalifica su pretendida ignorancia.
– Desconoce la existencia de un Centro Clandestino de Detención en el Batallón 141 de Ingenieros. Nunca vio civiles detenidos en la unidad y sólo realizaba trabajo de ingenierÃa militar en construcciones. Los comunicados del jefe de Milani, coronel Osvaldo Héctor Pérez Battaglia, que el CELS aportó al Senado, invitaban a denunciar en el Batallón a los denominados subversivos y las causas judiciales falladas en el último año prueban que también allà iban a reclamar noticias los familiares de los secuestrados. Ningún oficial de la unidad podÃa desconocerlo.
– Sólo trasladó detenidos de la cárcel legal al juzgado legal. En esa cárcel funcionaba un Centro Clandestino donde la Justicia probó que se torturaba a los detenidos. Y el juzgado también cumplÃa una función en el circuito represivo, blanqueando el costado clandestino e ilegal, por lo cual hoy está detenido el entonces juez Roberto Catalán.
– Milani no conocÃa a quienes trasladaba ni qué se les reprochaba, ya que todo el trámite estaba a cargo de la policÃa. El sólo acompañaba al patrullero en una función técnica. Esta afirmación contradice la normativa vigente entonces, por la cual el Batallón 141 era el asiento del Area de Seguridad 314, que encabezaba la represión en La Rioja y que conducÃa operacionalmente a las demás fuerzas, provinciales y nacionales, como la Fuerza Aérea y las policÃas.
– El acta de deserción del soldado Alberto Agapito Ledo fue un procedimiento administrativo formal que le encargaron por ser el oficial de menor graduación en una subunidad distinta a la del conscripto. Sólo debÃa contener una sintética y clara descripción de la forma y circunstancia en la que se produjo el hecho. Pero según el Código de Justicia Militar y el reglamento que regÃan entonces, debÃa practicar todas aquellas diligencias que “mejor convengan al esclarecimiento de los hechos que se investigan y de sus circunstancias”. Esto incluÃa, por ejemplo, entrevistar a otros conscriptos, comunicarse con la familia de Ledo, o, al menos, dar cuenta de las posibles razones de la deserción. Lo confirmó el procesado oficial Esteban Sanguinetti en su declaración indagatoria, cuando dijo que habÃa encargado a Milani “la investigación profunda del caso”.
En 1984, el cantinero del Batallón, Bartolomé Juan Mario Bonissone, declaró ante la Comisión Riojana de Derechos Humanos que en la unidad se comentaba que un soldado fue llevado a Tucumán y asesinado “por usar la bazuca a lo extremista”. En su exhaustiva investigación “El Escuadrón Perdido”, sobre los 129 soldados secuestrados y desaparecidos, el capitán José Luis DÂ’Andrea Mohr sólo consigna el caso de un conscripto riojano, Alberto Agapito Ledo. Si el concesionario civil de la cantina sabÃa lo sucedido, ¿quién puede creer que lo desconociera el oficial que llevó a Ledo en comisión a Tucumán y que luego instruyó el acta falsa sobre su deserción? Por último, el 8 de julio de 1976, Pérez Battaglia exhortó a la ciudadanÃa a “combatir al delincuente que disfrazado de soldado destruye la vida de los defensores de nuestra nacionalidad”. El presunto candor de las respuestas del general Milani queda al desnudo a la luz de estas palabras, pronunciadas diez dÃas después de que el subteniente Milani firmara el documento falso que encubrió la desaparición del único soldado riojano al que cuadraba la definición brutal de Pérez Battaglia.
Lo que Milani haya hecho como subteniente es objeto de procesos judiciales, que determinarán si le corresponde una condena, a lo que nadie debe adelantarse. Lo que se debate desde que su pliego ingresó al Senado es su idoneidad como general y su apego a los principios democráticos imprescindibles para ocupar la jefatura de Estado Mayor del Ejército. Por eso, cuando Milani pidió formular su descargo, el CELS no lo interrogó sobre las causas penales sino respecto del contexto en que los hechos sucedieron y las valoraciones que hoy le merecen. Por propia voluntad agregó respuestas a preguntas que el CELS no le hizo.
– Milani dijo que en La Rioja la represión fue pasiva y de baja intensidad. Esto no es cierto. Mientras él estuvo allà fueron asesinados por militares y policÃas el obispo Enrique Angelelli, los sacerdotes Carlos Murias y Gabriel Longeville y el laico Wenceslao Pedernera.
– Como era muy joven y lo condicionaba la formación militar, “no tuve conocimiento sobre violaciones a los derechos humanos”. Esta afirmación es inverosÃmil en un hombre de familia polÃtica, con militancia en el justicialismo, que fue la primera fuerza en denunciar el carácter terrorista de la represión estatal. En esa unidad, en la que Milani comÃa y dormÃa, sólo revistaban 30 oficiales, lo cual descalifica su pretendida ignorancia.
– Desconoce la existencia de un Centro Clandestino de Detención en el Batallón 141 de Ingenieros. Nunca vio civiles detenidos en la unidad y sólo realizaba trabajo de ingenierÃa militar en construcciones. Los comunicados del jefe de Milani, coronel Osvaldo Héctor Pérez Battaglia, que el CELS aportó al Senado, invitaban a denunciar en el Batallón a los denominados subversivos y las causas judiciales falladas en el último año prueban que también allà iban a reclamar noticias los familiares de los secuestrados. Ningún oficial de la unidad podÃa desconocerlo.
– Sólo trasladó detenidos de la cárcel legal al juzgado legal. En esa cárcel funcionaba un Centro Clandestino donde la Justicia probó que se torturaba a los detenidos. Y el juzgado también cumplÃa una función en el circuito represivo, blanqueando el costado clandestino e ilegal, por lo cual hoy está detenido el entonces juez Roberto Catalán.
– Milani no conocÃa a quienes trasladaba ni qué se les reprochaba, ya que todo el trámite estaba a cargo de la policÃa. El sólo acompañaba al patrullero en una función técnica. Esta afirmación contradice la normativa vigente entonces, por la cual el Batallón 141 era el asiento del Area de Seguridad 314, que encabezaba la represión en La Rioja y que conducÃa operacionalmente a las demás fuerzas, provinciales y nacionales, como la Fuerza Aérea y las policÃas.
– El acta de deserción del soldado Alberto Agapito Ledo fue un procedimiento administrativo formal que le encargaron por ser el oficial de menor graduación en una subunidad distinta a la del conscripto. Sólo debÃa contener una sintética y clara descripción de la forma y circunstancia en la que se produjo el hecho. Pero según el Código de Justicia Militar y el reglamento que regÃan entonces, debÃa practicar todas aquellas diligencias que “mejor convengan al esclarecimiento de los hechos que se investigan y de sus circunstancias”. Esto incluÃa, por ejemplo, entrevistar a otros conscriptos, comunicarse con la familia de Ledo, o, al menos, dar cuenta de las posibles razones de la deserción. Lo confirmó el procesado oficial Esteban Sanguinetti en su declaración indagatoria, cuando dijo que habÃa encargado a Milani “la investigación profunda del caso”.
En 1984, el cantinero del Batallón, Bartolomé Juan Mario Bonissone, declaró ante la Comisión Riojana de Derechos Humanos que en la unidad se comentaba que un soldado fue llevado a Tucumán y asesinado “por usar la bazuca a lo extremista”. En su exhaustiva investigación “El Escuadrón Perdido”, sobre los 129 soldados secuestrados y desaparecidos, el capitán José Luis DÂ’Andrea Mohr sólo consigna el caso de un conscripto riojano, Alberto Agapito Ledo. Si el concesionario civil de la cantina sabÃa lo sucedido, ¿quién puede creer que lo desconociera el oficial que llevó a Ledo en comisión a Tucumán y que luego instruyó el acta falsa sobre su deserción? Por último, el 8 de julio de 1976, Pérez Battaglia exhortó a la ciudadanÃa a “combatir al delincuente que disfrazado de soldado destruye la vida de los defensores de nuestra nacionalidad”. El presunto candor de las respuestas del general Milani queda al desnudo a la luz de estas palabras, pronunciadas diez dÃas después de que el subteniente Milani firmara el documento falso que encubrió la desaparición del único soldado riojano al que cuadraba la definición brutal de Pérez Battaglia.