• Luego habrÃa multas, clausuras y hasta decomisos.
• Es para controlar a compañÃas “formadoras de preciosâ€.
Por: Carlos Burgueño
Los «formadores de precios» tendrán tiempo hasta hoy para enviarle al Gobierno todos los datos que el oficialismo les pidió, con el objetivo de controlar la estructura de costos de las principales compañÃas del paÃs. A las empresas que no cumplan con esta obligación, desde el Ministerio de EconomÃa, en teorÃa, comenzarÃa a aplicar multas de hasta $ 1 millón (y más del doble si se siguen negando a cumplir con la orden), eventuales clausuras y hasta el decomiso de mercaderÃa.
Según los cálculos de la SecretarÃa de Comercio que maneja Augusto Costa, no enviaron la información solicitada el 70% de los privados que debÃan desde comienzos de marzo pasado cumplir con la obligación de enviar vÃa digital y en un soporte informático todos los datos de producción, distribución y comercialización de los principales productos de consumo masivo, alimentos, bebidas y artÃculos de limpieza. AsÃ, unas 300 grandes compañÃas recibieron el viernes pasado el ultimátum de cumplir esta misma semana con los requerimientos oficiales. El pedido lo efectuaron todas las compañÃas que tienen un «funcionario espejo»; la persona designada desde EconomÃa que tiene a su cargo la comunicación directa con cada una de las empresas incluidas en la obligación de enviar los datos al Palacio de Hacienda; y que fueron designados en su momento luego de un casting realizado por los agente designado por el Palacio de Hacienda para esta misión. Dado el incumplimiento original en el envÃo de la información solicitada, desde el miércoles de la semana pasada Comercio se reglamento un nuevo régimen informático para las empresas productoras de insumos y bienes finales que hayan facturado más de $ 183 millones en 2013, y para las distribuidoras y comercializadoras cuyas ventas hayan superado los
$ 250 millones. En ambos casos, el valor de las ventas debe excluir el IVA y los impuestos internos, con lo que la cantidad de compañÃas que ingresan en el régimen es más importante. EconomÃa creó el sistema a través de la Resolución Conjunta 66 de la SecretarÃa de Comercio y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP); y, según la redacción de la norma, la información debe llegar hoy como fecha lÃmite. La aplicación informática de la AFIP está ya disponible, y fue enviada a las compañÃas que ya están monitoreadas por Comercio y tienen a su disposición al «funcionario espejo». En la regulación publicada el miércoles en el BoletÃn Oficial se aclara además que a los privados que no cumplan con los requisitos, el Gobierno les aplicará las mismas multas que están incluidas dentro de las sanciones previstas en las leyes 11.683 (de Procedimientos Fiscales) y 22.802 de (Lealtad Comercial). En el primer caso, una norma aprobada en 1998 en el Gobierno de Carlos Menem y con Roque Fernández como ministro de EconomÃa, se explicita en el artÃculo 40 (el que reglamenta los casos de potenciales clausuras) que puede alcanzar a «los que no entregaren o no emitieren facturas o comprobantes equivalentes por una o más operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que realicen en las formas, requisitos y condiciones que establezca la AFIP».
Por su parte, la Ley 22.802, aprobada durante la gestión de Néstor Kirchner, se menciona al hablar de las multas que «quien infringiere las disposiciones de la presente ley, las normas reglamentarias y resoluciones que en su consecuencia se dicte, será sancionado con multa de quinientos mil pesos ($ 500.000) a mil millones de pesos ($ 1.000.000.000)» (artÃculo 18) y que «en los casos de reincidencia, asà como en el de concurso de infracciones o desobediencia a una orden de cese, la sanción a aplicarse se agravará duplicándose los lÃmites mÃnimo y máximo. En casos graves podrá imponerse como sanción accesoria el decomiso de la mercaderÃa en infracción» (artÃculo 19).
Entre los datos que deben ser enviados a EconomÃa figuran todos los que ya habÃan sido reglamentados en marzo pasado dentro de la Cédula de Notificación que unas 200 compañÃas recibieron ese mes con la firma del vicepresidente primero de la Comisión de Defensa de la Competencia, Humberto Guardia Mendonca; y que luego de enumerar los datos requeridos, se despedÃa con un «Queda Usted Debidamente Notificado». En esa carta se les pedÃa a las empresas que envÃen a la Comisión los datos sobre todos los productos que en los últimos cinco años comercializó la compañÃa según marca, marca comercial, presentación, especificaciones, canal de distribución, unidades vendidas mensualmente, ventas mensuales en pesos sin IVA (y con IVA), precios de lista por producto, mercado total en unidades y pesos por año, participación del mercado en unidades y pesos, competidores, condiciones de venta (contado, descuentos y bonificaciones), exportaciones del producto, capacidad instalada utilizada para producir dicho producto y las inversiones que se piensa realizar para producir ese bien en los próximos cinco años.
• Es para controlar a compañÃas “formadoras de preciosâ€.
Por: Carlos Burgueño
Los «formadores de precios» tendrán tiempo hasta hoy para enviarle al Gobierno todos los datos que el oficialismo les pidió, con el objetivo de controlar la estructura de costos de las principales compañÃas del paÃs. A las empresas que no cumplan con esta obligación, desde el Ministerio de EconomÃa, en teorÃa, comenzarÃa a aplicar multas de hasta $ 1 millón (y más del doble si se siguen negando a cumplir con la orden), eventuales clausuras y hasta el decomiso de mercaderÃa.
Según los cálculos de la SecretarÃa de Comercio que maneja Augusto Costa, no enviaron la información solicitada el 70% de los privados que debÃan desde comienzos de marzo pasado cumplir con la obligación de enviar vÃa digital y en un soporte informático todos los datos de producción, distribución y comercialización de los principales productos de consumo masivo, alimentos, bebidas y artÃculos de limpieza. AsÃ, unas 300 grandes compañÃas recibieron el viernes pasado el ultimátum de cumplir esta misma semana con los requerimientos oficiales. El pedido lo efectuaron todas las compañÃas que tienen un «funcionario espejo»; la persona designada desde EconomÃa que tiene a su cargo la comunicación directa con cada una de las empresas incluidas en la obligación de enviar los datos al Palacio de Hacienda; y que fueron designados en su momento luego de un casting realizado por los agente designado por el Palacio de Hacienda para esta misión. Dado el incumplimiento original en el envÃo de la información solicitada, desde el miércoles de la semana pasada Comercio se reglamento un nuevo régimen informático para las empresas productoras de insumos y bienes finales que hayan facturado más de $ 183 millones en 2013, y para las distribuidoras y comercializadoras cuyas ventas hayan superado los
$ 250 millones. En ambos casos, el valor de las ventas debe excluir el IVA y los impuestos internos, con lo que la cantidad de compañÃas que ingresan en el régimen es más importante. EconomÃa creó el sistema a través de la Resolución Conjunta 66 de la SecretarÃa de Comercio y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP); y, según la redacción de la norma, la información debe llegar hoy como fecha lÃmite. La aplicación informática de la AFIP está ya disponible, y fue enviada a las compañÃas que ya están monitoreadas por Comercio y tienen a su disposición al «funcionario espejo». En la regulación publicada el miércoles en el BoletÃn Oficial se aclara además que a los privados que no cumplan con los requisitos, el Gobierno les aplicará las mismas multas que están incluidas dentro de las sanciones previstas en las leyes 11.683 (de Procedimientos Fiscales) y 22.802 de (Lealtad Comercial). En el primer caso, una norma aprobada en 1998 en el Gobierno de Carlos Menem y con Roque Fernández como ministro de EconomÃa, se explicita en el artÃculo 40 (el que reglamenta los casos de potenciales clausuras) que puede alcanzar a «los que no entregaren o no emitieren facturas o comprobantes equivalentes por una o más operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que realicen en las formas, requisitos y condiciones que establezca la AFIP».
Por su parte, la Ley 22.802, aprobada durante la gestión de Néstor Kirchner, se menciona al hablar de las multas que «quien infringiere las disposiciones de la presente ley, las normas reglamentarias y resoluciones que en su consecuencia se dicte, será sancionado con multa de quinientos mil pesos ($ 500.000) a mil millones de pesos ($ 1.000.000.000)» (artÃculo 18) y que «en los casos de reincidencia, asà como en el de concurso de infracciones o desobediencia a una orden de cese, la sanción a aplicarse se agravará duplicándose los lÃmites mÃnimo y máximo. En casos graves podrá imponerse como sanción accesoria el decomiso de la mercaderÃa en infracción» (artÃculo 19).
Entre los datos que deben ser enviados a EconomÃa figuran todos los que ya habÃan sido reglamentados en marzo pasado dentro de la Cédula de Notificación que unas 200 compañÃas recibieron ese mes con la firma del vicepresidente primero de la Comisión de Defensa de la Competencia, Humberto Guardia Mendonca; y que luego de enumerar los datos requeridos, se despedÃa con un «Queda Usted Debidamente Notificado». En esa carta se les pedÃa a las empresas que envÃen a la Comisión los datos sobre todos los productos que en los últimos cinco años comercializó la compañÃa según marca, marca comercial, presentación, especificaciones, canal de distribución, unidades vendidas mensualmente, ventas mensuales en pesos sin IVA (y con IVA), precios de lista por producto, mercado total en unidades y pesos por año, participación del mercado en unidades y pesos, competidores, condiciones de venta (contado, descuentos y bonificaciones), exportaciones del producto, capacidad instalada utilizada para producir dicho producto y las inversiones que se piensa realizar para producir ese bien en los próximos cinco años.