El anhelo del gobierno nacional por modificar el actual sistema electoral mediante la introducción del voto electrónico enfrenta diversas dificultades. Aunque aprobado por la Cámara de Diputados con amplia mayoría, en el Senado, al parecer, el proyecto no cuenta con los votos suficientes para convertirse en ley, al menos en su versión original. En las audiencias públicas realizadas en ambas Cámaras para debatir el tema, además, fue notoria la casi nula participación de expertos informáticos que dieran apoyo a la iniciativa oficial.
A este panorama complicado, se suma otra dificultad que, según intentaremos mostrar en esta nota, resulta de capital importancia. Se trata del escaso tiempo del que se dispondrá para aplicar el voto electrónico -en caso que finalmente el Congreso decida su aprobación- y que conspira contra los controles y auditorías para garantizar la debida transparencia del proceso electoral.
La normativa electoral actual estipula que las elecciones primarias -PASO- se celebrarán el domingo 13 de agosto de 2017. Calcular el tiempo que habrá disponible para poner en ejecución los cambios, resulta difícil en virtud de que no se sabe qué suerte tendrá el proyecto en el Congreso. Hay algunos indicadores, sin embargo, que generan inquietud.
El Ministro del Interior, Rogelio Frigerio, ya dijo que la aspiración de Cambiemos es tratar la reforma en las sesiones extraordinarias. Con esto, dejó entrever que el proyecto no será sancionado el 30 de noviembre (último día de sesiones ordinarias). Suponiendo que ello se logre finalmente en la primera sesión extraordinaria (miércoles 7 de diciembre), recién el lunes 12 de diciembre se podrá comenzar con su aplicación (el 8 y 9 de diciembre son feriados, por lo cual el Poder Ejecutivo no podrá promulgarla). En este escenario quedarían disponibles 244 días.
Según el artículo 62 bis del proyecto, 180 días antes de la elección, el Poder Ejecutivo debe poner a disposición de la Cámara Nacional Electoral toda la información acerca de la votación con impresión de sufragio mediante sistema electrónico, incluyendo los componentes de hardware y software, el procedimiento de recuento y totalización, escrutinio y transmisión de resultados, y el procedimiento de difusión de esos resultados provisorios.
Esto significa que el 14 de febrero, como fecha límite, el Poder Ejecutivo debe cumplir con todo lo que exige este artículo, habiendo comenzado su trabajo el 12 de diciembre: tiene, en síntesis, poco más de un mes para satisfacer los requisitos legales.
Asimismo, el citado artículo 61 bis confiere la posibilidad a los partidos y a las universidades para auditar todo el sistema electrónico, concediéndoles un plazo de 30 días para formular objeciones. Cabe preguntarse qué ocurriría en caso que se efectivice alguna impugnación, ante un ya de por sí apretado cronograma.
Estas proyecciones resultan, por otra parte, muy optimistas, puesto que se basan en el supuesto de que el proyecto será aprobado sin cambios en el Senado, hipótesis en la que incluso el oficialismo tiene pocas esperanzas, hoy en día, de ver concretada. Todo se agravaría, naturalmente, si el proyecto debe volver a la Cámara de Diputados.
Para graficar las complicaciones que se derivan del escaso tiempo disponible, basta con recordar las palabras del Ministro de Modernización, Andrés Ibarra, expresadas en septiembre último: “Nosotros estamos esperando que la ley se apruebe antes del 15 de octubre para que a partir de ahí podamos llevar adelante todo el proceso de compra de equipos, de pantallas y de software. Con eso, estaríamos preparados para ir a todo el país”
Para concluir, y como fuera dicho en reiteradas oportunidades por numerosos especialistas en la materia, el voto electrónico es una tendencia que está retrocediendo en el mundo. Solo tres países lo implementan en forma total: Brasil, India y Venezuela. En estos tres casos, además, hubo en forma previa aplicaciones graduales y entre la sanción de la ley de voto electrónico y su aplicación efectiva y completa medió un tiempo prudencial mayor a un año.
Experiencias en los países donde se aplica el voto electrónico
En Brasil, la ley 9.100, sancionada en septiembre de 1995, fue aplicada por primera vez en las elecciones de 1996, pero en forma gradual y a nivel municipal: solo en algunos municipios de tamaño grande (superiores a 200 mil electores). Su uso fue ampliado en 1998, cuando más de 60 millones de los electores (57% del electorado, aproximadamente) votaron en forma electrónica. Recién en el el año 2000 se aplicó a todos los municipios, y en 2002, en la elección presidencial, en forma completa en todo el país.
En India, la aplicación de voto electrónico también tiene una larga historia. En 1982, se usaron máquinas electrónicas en el estado de Kerala, pero la justicia dictaminó entonces que las máquinas eran ilegales porque la ley en ese momento sólo permitía utilizar papeletas en papel. El Parlamento cambió la ley en 1989, y a partir de ese momento, en forma paulatina, se aplicó el voto electrónico. Por ejemplo, diez años después, en 1999, las elecciones nacionales usaron máquinas de votación electrónica en 46 distritos electorales, repartidas en 17 estados e involucrando a 60 millones de votantes. Después de eso, todas las elecciones estatales se llevaron a cabo electrónicamente. Recién en la elección de mayo de 2004, el 100% de los votos fueron emitidos en forma electrónica en una elección nacional.
En Venezuela, por último, también la implementación del voto electrónico se dio en forma gradual y progresiva. En 1997, se aprobó la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política que consagra, entre otras innovaciones, la automatización de los procesos electorales. Entre 1999 y 2003, se aplicó un sistema mixto: había una tarjeta para ser rellenada con un bolígrafo en forma manual, pero luego, el voto debía ser introducido en unas máquinas con lector óptico para hacer el conteo en forma automatizada. A partir de 2003, se intensificó el proceso de automatización. Ese año, el Consejo Nacional concedió a un consorcio de empresas la automatización de las elecciones regionales y el referéndum de 2004. Finalmente, a nivel presidencial, recién en las elecciones de 2006, el 99,8% de los venezolanos inscritos votaron mediante una urna electrónica (sólo 80 mesas de votación, es decir el 0.02%, recurrieron al sistema manual).