La ley de medios será aplicada, se terminó la impunidad

La ley más debatida -y en cuya confección mayor cantidad de personas, y de los más diversos sectores, participaron-, en la historia de la democracia recuperada desde 1983, fue suspendida en forma ridícula por la justicia mendocina, que se arrogó el derecho de determinar que todo el país se quedase sin legislación en materia de servicios de comunicación audiovisual.

Ese mamarracho jurídico fue impulsado por un diputado que ofició de felpudo de un grupo de su provincia cuya conformación empresarial es claramente disfuncional para con los postulados de la libre competencia y pluralidad informativa. El mamarracho es que ese diputado tuvo sobrada cantidad de oportunidades para expresar su rechazo a la ley (de hecho, es ridículo decir que no hubo posibilidad de leer la ley y que se presenten cuatro dictámenes de minoría. ¡Cuatro!), en donde le corresponde, su lugar de trabajo, que es la cámara donde presta servicios (aunque en modo bastante deficiente, por cierto).

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Acerca de Pablo D

Abogado laboralista. Apasionado por la historia y la economía, en especial, desde luego, la de la República Argentina.

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27 comentarios en «La ley de medios será aplicada, se terminó la impunidad»

  1. Pablo, no sería tan terminante; Clarín tiene una cautelar a favor respecto de la cláusula de desinversión y ese tema en particular es bastante discutible. El caso que plantea no es tan sencillo como el de Mendoza -donde el resultado era cantado en las tres instancias-. Y cuanto a que la ley de medios la firmó Videla, lo mismo cabe para para el Código Aduanero que faculta al PEN a fijar derechos de exportación, de una forma que no se ajusta mucho que digamos a las pautas constitucionales. De otras dictaduras son leyes tan importantes como la de sociedades comerciales, procedimientos administrativos, amparo, reforma integral del Código Civil; lo que pasa es se recuerda el origen de las leyes cuando no nos gustan, sino no decimos nada.

    1. Sucribo 100% a lo dicho por Hernan.
      Agrego que la Corte se cuido muy bien de señalar que ese fallo no implicaba pronunciarse sobre la constitucionalidad o no de la Ley de Medios (o de ciertos artículos de ella).
      Del mismo modo, la cautelar que obtuvo Clarin no adolece de ninguno de los cuestionamientos que hizo a esta la Corte. Y por si fuera poco, los jueces que otorgaron la cautelar a Clarin (Camara Civil Federal Sala I), son muy prestigiosos, con prestigio bien ganado.

      1. ¿De donde surge, Francisco, el prestigio de los jueces de la Cámara Civil Federal Sala I? Si hablamos de prestigio, si vas a la Facultad de Derecho y pedís que te recomienden una cátedra de Constitucional, en primer lugar te mencionan las de Barcesat. Y te dicen que salgas corriendo disparado de las de Sabsay y Badeni. ¿Eso te dice algo?

      2. Pablo D,

        Sabras de donde sale el prestigio de los jueces cuando pasilles tribunales. Tomalo como una anécdota pero hace dos días fuí a hablar con un Juez Federal por un tema complicado. Le comenté que en un caso parecido la Camara me había dado la razón, me preguntó que sala, cuando dije la 1 me contestó «Ahh son jueces criteriosos».
        No se porque mencionas a Badeni y a Sabsay, esa sala la intengran Najurian, De las Carreras y Farrel

        http://www.slideshare.net/lnsincensura/fallo-contra-la-ley-de-medios0000342996

    2. Hernán. La cautelar en favor de la cláusula de desinversión es otra chicana más. Hoy Wainfeld lo explica clarito en Página. ¿Por qué es poco el plazo? Microsoft, por caso, tuvo menos tiempo -apenas ocho meses- para ponerse en orden en EEUU. Por otro lado volvemos siempre al mismo punto, las licencias forman parte del dominio público del estado. Y es norma del derecho administrativo la mayor flexibilidad con que cuenta el estado para modificar los términos en que contrata con privados. Y aquí hablamos de concesiones, no de ventas ni de actos que impliquen derecho de propiedad alguno.

      Por el resto. ¿No hay diferencias entre una ley de la dictadura que regule la palabra y el acceso a la información plural con otras leyes?

      1. Pablo D,

        Lee el fallo.
        Los jueces consideran que la combinación del art. 41 con el 161 produce una «desinversión forzada» que afecta un derecho de propiedad de Clarin.
        El caso Microsoft que señalas no es pertinente dado que ello resultó de una sanción por conductas reñidas con la compentencia, que no es el caso.
        Respecto a las supuestas atribuciones del estado, no son tan amplias como vos sostenes, de ahí el art. 17 de la Constitución Nacional.
        Veremos que dice la Corte.

      2. Pablo, pero justamente, Microsoft no tenía un contrato preexistente -licencia-, ejercía una industria que por el momento no tenía más regulaciones que las leyes antitrust. Y por más que sea correcto afirmar que el contrato administrativo le da prerrogativas al Estado que en el marco de un acuerdo privado serían nulas, ello no lo exime ejercerlas en el marco del derecho: si querés rescindir por incumplimiento, debés probarlo; si pretendés el rescate, tendrás que explicar qué circunstancias de hecho cambiaron de cuando me otorgaste la licencia, etc.
        Pero además, quien le ordenó a Microsoft desprenderse de activos fue un juez en conjunto con la FCC, por violación a la regulación antimopolócia, en el marco de un pleito en el que se probaron las conductas anticompetitivas. Aquí, y no digo que eso sea per se inconstitucional, el legislador estableció ciertas presunciones legales que no admiten prueba en contrario -vgr. si tenés más de X cantidad de licencias, se afecta la libre concurrencia, tenés que vender-. Sólo digo que el régimen jurídico argentino contempla la posibilidad de sancionar una empresa por conductas monopólicas, inclusive con la disoluación o división de las empresas infractoras (art. 46.c, de la ley 25.156). Pero obviamente, como eso requiere tiempo y la intervención de un juez, se prefiere el atajo de un cambio de legislación general.
        En cuanto a las leyes de la dictadura, creo que todas tienen una presunción de legalidad en contra. Y aunque la ley de radiodifusión derogada restringiera derechos tan básicos como los que mencionás -lo cual comparto-, tampoco podemos olvidar que su utlización fue validada por todos los gobiernos constitucionales post 83´; lo mismo con el Código Aduanero.

      3. Francisco: «Los jueces consideran que la combinación del art. 41 con el 161 produce una “desinversión forzada” que afecta un derecho de propiedad de Clarin.»

        Por supuesto que produce «desinversión forzada». Forzada por la ley, vale aclarar. Del mismo modo que si pierdo un juicio por desalojo, soy objeto de un «desalojo forzado», o si mato a alguien, de «prisión forzada».

        ¿O lo que se está objetando es que las leyes cambien? Yo antes cruzaba la calle de mi casa cuando se me cantaba. Ahora pusieron un semáforo. Y ahora cruzo cuando debo, no cuando quiero. No puedo ir a decirle «Ehhh…, me cambian las reglas de juego», «Inseguridad Jurídica» y toda la sarasa. Sí, las leyes cambian, cuando nos favorecen nos quedamos chito, cuando no, chillamos. Parece joda.

        «El caso Microsoft que señalas no es pertinente dado que ello resultó de una sanción por conductas reñidas con la compentencia, que no es el caso.»

        ¿Así que constituirse en oligopolio con aspiraciones de monopolio no está reñido con las reglas de la competencia? Pero vea uste…

        Una pregunta adicional: ¿Porqué defendés el statu quo a como dé lugar? Quiero suponer que no sos boga del grupete, verdad?

      4. Eduardo,

        Cada día sos más divertido.

        1. La Camara, y no yo, sostiene lo de la desinversión forzada.

        2. Los ejemplos que das no son muy buenos que digamos. Te pongo uno mejor: sale una ley que dice que en tu casa se va a construir una Autopista y te desalojan ¿Objetas al cambio de la ley? La respuesta, si discutis con buena fe, es que no, siempre que te indemnicen a tal punto que quedes como estabas hasta la sanción de la ley.

        3. Tu calificación de Oligopolío de Clarin y la calficación de 6,7,8 de monopolio corren por sus respectivas cuentas. Lee la respuesta de Hernán que lo dijo mejor que yo.

        4. No defiendo el Status Quo, defiendo que las cosas – por una vez – se hagan bien. No soy, pero me gustaría serlo, abogado de Clarín.

      5. 1. La Camara, y no yo, sostiene lo de la desinversión forzada.

        Ahhhh…, es el equivalente de cornetín «Dicen que…», chuta!, hoy no traje el diccionario Clorín – Castellano

        «2. Los ejemplos que das no son muy buenos que digamos. Te pongo uno mejor: sale una ley que dice que en tu casa se va a construir una Autopista…»

        Y yo que pensaba que el espacio radioeléctrico era de los argentinos. Clah…! Era de Clorín.

        «3. Tu calificación de Oligopolío de Clarin y la calficación de 6,7,8 de monopolio corren por sus respectivas cuentas»

        Tenés razón. En el diccionario Clorín – Castellano dice que oligopolio es el que tiene 3 millones de licencias. Disculpe.

        «4. No defiendo el Status Quo, defiendo que las cosas – por una vez – se hagan bien.»

        Ergo, como dice Magnetto

        «No soy, pero me gustaría serlo, abogado de Clarín.»

        Dele, que usté puede. Hace tanto mérito que cómo no va a ligar algo…

      6. ¿querés otro ejemplo Francisco? alquilé un local a la calle casi en la esquina de Scalabrini Ortiz y Guemes, justito donde paraban tres líneas de colectivo. Mi kioskito viento en popa, cada vez que bajaba los pasajeros, alguno venía comprar algo. Otros que esperaban la llegada del transporte, también.
        Ahora a Mauricio se le ocurrió cambiar la dirección en que circulan los autos en la calle Guemes, además cambió el recorrido de los colectivos.
        No hay más filas de personas esperando en la puerta de mi negocio y tentándose con un buen alfajor.
        Estoy perdiendo plata desde entonces.
        ¿Usted cree que los tribunales me daran una cautelar para retrotraer todo a la situación anterior?

      7. Deja, Camilo. No te gastes. Si este texto, así idéntico como está hoy, lo hubiese presentado cualquiera de la oposición, estarían apaludiendo. Acá el problema no es la ley, le tienen tirria a Kirchner, y no va a haber una cosa que haga que les caiga bien. En EEUU no podrían tener Canal 13 porque no se permite a los dueños de diarios tener un canal en el mismo área de cobertura. Acá ni cerca de eso se llega. Pero ni cerca. Es moderadísima la ley. Y no va, no gusta. Los profesores de la UNQUI, de cs de la comunicación, están todos a favor de esta ley. Y ninguno es pagado por K, yo lo conozco. Y estos pretenden saber más que ellos de como hacer una ley de medios. Dejá, ya está jugado esto. Ni vale la pena.

        P.D: «¿Usted cree que los tribunales me daran una cautelar para retrotraer todo a la situación anterior?» No, no te la van a dar. Y otra cosa mas: Ponele que una mina caiga a tu casa un dia a querer encajarte un pibe. Te vas a tener que hacer los examenes de sangre obligatoriamente, sino va a pesar presuncion en tu contra. Sin tutia. Y en donde te digan, no dónde a vos se te ocurra. Vas a tener que ir y sacarte sangre para quedarte tranquilo. No todos parecen obligados a lo mismo, se ve. Privilegios que da tener dinero, años de impunidad, y 264 medios machacando que sos vos el que tiene razon,

      8. Pablo,

        Vas a fallar como abogado pibe. Nunca dejes que tu ideología te haga meter la pata:

        «Beginning in 1975, FCC rules banned cross-ownership by a single entity of a daily newspaper and television or radio broadcast station operating in the same local “market.” Under the 2007 revised rule, the FCC will evaluate a proposed cross-ownership combination on a case-by-case basis to determine whether it would be in the public interest – specifically, whether it would promote competition, localism, and diversity».

        Dado que hablas tanto de EEUU supongo que podes leer el texto de arriba, cuya cita es: http://www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/reviewrules.html

        No hablar al pedo te cuesta 5 minutos en la red.
        Te trato de esta forma porque, además de equivocarte feo, sos arrogante.

      9. Francisco/Pablo: Ootro tema oscuro en la ley es el tope de mercado para cableoperadores fijado en el 35% de los abonados. Según las notas del proyecto, eso salió de las regulaciones de la FCC. La norma existía, es cierto, pero fue declarada inconstitucional el año pasado por la Corte Federal de Apelaciones del Distrito Columbia, que es alzada de esa agencia -caso «FCC v. Comsat»-. Y en buena medida, el fallo tuvo en cuenta que debía incluirse a los prestadores de televisación satelital en el mercado económico relevante.
        El problema de los medios oficialistas es que subsisten con la publicidad que les da el Estado… en detrimento de otros medios que no son/eran afines.

      10. Exacto Hernan.
        La ley de medios tiene dos problemas.
        El primero, es una ley que nació vieja: ni habla de Internet y esto ya no es más el futuro: es el presente.
        El segundo está en el espiritu que la anima. A este gobierno no le interesa la libertad de expresión: basta observar el naciente multimedio oficial. Una verguenza.

  2. Pablo D:
    Creo que en principio, todos debemos alegrarnos del fallo de la Corte, no necesariamente por su contenido, sino y fundamentalmente porque las instituciones de nuestra Constitución están funcionando debidamente, sin per saltum, ni presiones, como corresponde en una República.-
    Que sin perjuicio de ello, destacamos que el fallo subraya los límites del mismo, en cuanto que “la cuestión sometida a la consideración de esta Corte no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario. Y primero resuelve “Que la invocación de la calidad de ciudadano, sin la demostración de un perjuicio concreto, es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma.- En efecto, cabe poner de manifiesto que el de «ciudadano» es un concepto de notable generalidad y su comprobación, en la mayoría de los casos, no basta para demostrar la existencia de un interés «especial» o «directo», «inmediato», «concreto» o «sustancial» que permitir tener por configurado un «caso contencioso».-También reafirma la vieja doctrina de que en el control de los jueces de la constitucionalidad de las leyes, y en “Una acción como la precedente, ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma erga omnes ni nunca la tuvo desde la sanción de la Constitución de 1853/1860. Si no la tiene en la sentencia que decide el fondo de la cuestión, a fortiori menos aún puede ejercerla cautelarmente.”.-
    Todos, y repito todos, debemos respetar los fallos, estemos de acuerdo con ellos o no, de esa manera iremos construyendo una sociedad mejor.
    Saludos.-

  3. para quien se termina la impunidad con la ley, che. para hadad? para szpolski? para garcía de crónica? para el 26 tv? para el 9? todos esos empresarios son buena gente para k. no es que faltan voces? BAe, Pagina, Tiempo Argentino, Diagonales, Ambito, Cronica, Diario Popular, Buenos Aires Herald, La Opinion Autral, El Periodico Austral, El Argentino, Del Plata, Radio 10, Infobae, Rivadavia, América Radio.
    La lista de medios K es impresionante muchachos. Impresionante.

    1. Ninguno en falta. Ni con la ley de Videla, ni con la de la democracia. Todos en regla. Clarín fuera de regla. Con la ley de ellos, la de Videla; y con esta.

  4. y no será que ninguna fuera de regla porque la ley fue medio hecha a medida contra clarin? es feo defender a clarin así, pero es evidente que es una ley dirigida. una pena.

    1. Clarín se hizo una ley a medida gracias a Videla. Si esta ley nueva parece a medida y en contra, es justamente porque está hecha para evitar que existan monstruos como Clarín.

      1. Ayay… acá se aplica lo del post anterior, diferencia entre historia y memoria… Cuando se sancionó la vieja ley de radiodifusión Clarín no tenía radios, canales y menos aun cables. El que abrió la puerta fue Alfosín, que los dejó entrar en Mitre y luego Menem… Obviamente que Clarín es deleznable porque cuando no les sirvió más, les soltó la mano a ambos…

    2. Vos me cargas Roberto, me parece. Fuera de broma. Sí, la ley es contra Clarín. Porque la ley es contra quienes ejercen posiciones dominantes en el mercado infocomunicacional. Y Clarín tiene posición dominante. Ergo, esta o cualquier ley que de verdad se proponga desconcentrar será contra Clarín. Sepa que cualquier experto en ciencias de la comunicación desaconseja la integración vertical (diario-radio-TV). Por ejemplo, en EEUU vos no podes ser propietario de una licencia de TV si en la misma ciudad tenés un diario. No lo dice Pablo D, lo dice la ley estadounidense. Bueno, acá la nueva ley no lo prohibe. Ni se animaron a lo que en otros lados es normal. Pero… quieren demasiado. Demasiado. Gula se le llama.

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