La Argentina contó durante algo más de seis años con la Constitución más moderna y progresista de Latinoamérica, e inclusive de muchos paÃses de Europa. Esa Carta Magna, de cuya promulgación se cumplirán 60 años pasado mañana lunes estaba inspirada en los tres principios fundamentales de la doctrina justicialista: INDEPENDENCIA ECONÓMICA, JUSTICIA SOCIAL Y SOBERANÃA POLÃTICA, con un fuerte sesgo hacia la distribución equitativa de la riqueza, la protección del patrimonio y de la producción nacionales, y las relaciones exteriores absolutamente desligadas de los imperios de turno.
Esa Constitución contenÃa en su seno la facultad del DIVORCIO VINCULAR, que luego algunos pillos (35 años después) le adjudicaron como logro original legislativo a la mano de otro partido. La presencia de la norma no se consideró un insulto contra el cristianismo, pese a que aquella Carta Magna también se inspiró en los axiomas sociales compartidos por el Vaticano.
Esa Constitución incluÃa en su seno la legislación laboral más avanzada del continente (y de muchos paÃses de Europa) y estaba destinada a emparejar hacia arriba, con pisos y techos que, lejos de perdudicar a sectores determinados, redundaban en un beneficio sustancial para la Nación en sà misma.
Mostraba un fuerte acento de respaldo a los trabajadores; la exigencia de un compromiso de los dueños del «campo» a para que se explotara la tierra en forma productiva pero no en beneficio sólo de particulares, sino del paÃs en su conjunto, y las raÃces para establecer un basamento económico tendiente a mantener en el tiempo una distribución que en 1950 llegarÃa al 50% para el trabajo, ÚNICA en el mundo occidental de posguerra. También hablaba de nacionalización del comercio exterior y de la tutela del Estado en materia de servicios públicos, para evitar monopolios privados como los que hoy pueden llevarse miles de millones de dólares anuales condenándonos a un servicio mediocre y a una tarifa de asalto.
Aquella Constitución fue elogiada por la Revolución Cubana, aunque no imitada en sus términos más progresistas, lo que sin duda resultó y resulta todavÃa una verdadera paradoja para los argentinos que se dicen izquierdistas, dado que el peronismo, en este nivel, llegó mucho más lejos que la Isla, sin ningún tipo de violencia, proscripción o censura.
La salud, que ya en manos de un ministerio encabezado por el doctor Ramón Carrillo habÃa producido un verdadero salto de calidad inclusiva en sólo un lustro, también era pilar vital de aquella Constitución, asà como la educación, que obtuvo la mayor democratización que recuerde la historia argentina en materia de alfabetización y posibilidad de acceso universitario a la capas populares, algo que no habÃa ocurrido antes, y que no volvió a ocurrir, pese a algunos esfuerzos dispersos.
En definitiva, es larga la enumeración. Valga hoy el homenaje a sus inspiradores y redactores, especialmente el doctor ARTURO SAMPAY, una suerte de numen y guÃa del proyecto que vio la luz el 16 de marzo de 1949.
Esa Constitución fue derogada y pisoteada con el golpe de estado que derrocó a Juan Domingo Perón en 1955, y sus verdugos (los mismos que encarcelaron, mataron, proscribieron y censuraron a mansalva) la enterraron en el fondo de los tiempos, para resucitar el esperpento liberal consagrado en 1853 como plagio abyecto de la Carta Magna de los Estados Unidos.
Con mÃnimos retoques en 1994, que la hicieron aun más liberal (y que mÃnimamente restablecieron algún artÃculo de interés general para el paÃs) esa constitución con minúsculas, la de 1853, auspiciada por los vencedores de Caseros, es la que nos rige actualmente y la que nos sigue otorgando por decisión de algunos de nuestros «próceres» una condición de COLONIA que nos distinguirá hasta tanto no sea reflotada la norma fundamental votada por el congreso nacional hace 60 años.
Eran otros tiempos y era otro paÃs. No necesitaba collar, ni cambiar de collar, porque no era perro.
PD La invitación a leer la Constitución de 1949 queda formulada, especialmente a quienes suelen descargar sus iras contra el justicialismo desde supuestas posiciones de izquierda progresista. Con algún esfuerzo se consiguen ejemplares en librerÃas de viejo. Y algo hay también en Internet.Â
Después me cuentan.
Enrique: Suscribo tus palabras. La CN del 49 reflejó en el texto legal todo aquello que postulaba el proyecto justicialista, que contenÃa una cosmovisión propia de la comunidad y de lo que debÃa ser un paÃs. Muchos la desmerecen como un anacronismo, pero las clausulas más revolucionarias que poseÃa esa Constitución, no las vimos nunca más en las que vinieron.
Un abrazo, Enrique.
Acá hay un texto http://www.lucheyvuelve.com.ar/Documentos/cons.html
Saludos
Tengo entendido, aunque no estoy seguro, que la función social de la propiedad abrcaba a TODAS las porpiedades, no solo a la tierra sino también a industrias, servicios, etc.
Exactamente, es asÃ. Lo malo es que en el caso de esta Constitución, campea el «no estoy seguro», producto de la censura primero y del ninguneo después, a que fue sometida.
Mono, en serio pensás que por la Constitución de 1853 somos colonia? No será exculpar a los verdaderos cipayos???? muchos de los cuales son compañeros que se llenan la boca hablando de la Constitución del 49`.
Creo quela Constitución del 52 es muy acorde a su época, y la del 49 también expresa las tendencias de los 40. Por suerte en los 30 no cambiamos la Constitución porque habrÃa sido mucho peor.
Che, estarÃa lindo proponer volver a la constitución del 49. Decir, bueno, queremos volver a esa cosntitución, nada de boludeces raras ni nada por el estilo. Proponer su restauración, y ver cuántos perogarcas se oponen. SerÃa lindo, aunque más no sea, tirar una puntita y ver qué dicen.
No hay nada de los derechos sociales de la Constitución del ’49 que ya no esté en la Constitución del ’94 o en el resto de la legislación argentina.
Por otra parte, da la impresión que si lo mejor del peronismo es esta Constitución, lo mejor del peronismo vino del radicalismo. Sampay era un radical que adhirió al peronismo y terminó perseguido por el mismo peronismo, lo que tendrÃa que haber servido de lección a las futuras generaciones de radicales progresistas.
Es imposible el progresismo en un partido autoritario.
Me encantan las constituciones progresistas que impulsaron, sancionaron y promulgaron los gobiernos radicales.
También me encanta el punto final, la obediencia debida, la hiperinflación, el pacto de olivos, la baja de sueldos y de jubilaciones (13%) por decreto, los patacones, el megacanje, el blindaje, el plan austral, el soborno de la Banelco para destrozar trabajadores (descubierto por Moyano) y los 18 muertos de delaruina.
Ah, y siempre me encantó BalbÃn denunciando la ‘subversión industrial’ (miles de delegados fabriles muertos), como me sigue encantando que la ucr le haya dado 600 hombres a la última dictadura, entre embajadores e intendentes.
Por eso ¡Gerardo Morales presidente!
PD De todos modos, como usted dice que la ‘constitución del 94’ incluye a la del 49, debo observarle que aquella no existe porque sólo es la de 1853 modificada. Y si usted dice que es igual a la del 49, le invito a leer la del 49 por primera vez. El amigo Ramiro, unos posts más arriba, nos ha aportado todo el texto. Se llevará una sorpresa, igual que Fidel Castro…
PD II HabrÃa que ver por qué Sampay se fue de la UCR. Presumo que fue por lo mismo que Homero Manzi y todos los de FORJA, únicos radicales con mentalidad nacional, además de Alem e Yrigoyen. El resto, paisaje liberal vergonzante.
Que le vaya bonito.
Yo no dije que la Constitución del ’94 incluyera a la del ’49, ni que fuera igual, sino que los derechos sociales de la del ’49 y más, ya están incluÃdos en la legislación argentina, Constitución incluÃda.
Y lo relevante es eso.
Ah, en cuanto a la reforma del ’49. Las propuestas radicales eran mucho más avanzadas en cuanto a legislación laboral y social que las peronistas.
Usted lo dijo: propuestas.
Los aborÃgenes le propusieron a Roca que no los matara.
Bueno, lo que hizo Perón fue meter a los radicales en la cárcel. Siempre tan democrático él…
«Es imposible el progresismo en un partido autoritario.»
En el mundo y en particular en América Latina abundan ejemplos que refutan a esa afirmación, sobre todo frente a coaliciones «democráticas» que en realidad representaban el liberalismo en economÃa y el conservadurismo en polÃtica (muy comunes en América Latina).
El varguismo, sobre todo en faz trabalhista, es uno de los casos que refuta la afirmación. Siempre conviene recordar que LuÃs Carlos Prestes, cuando salió de la cárcel en 1945, pese a que Vargas habÃa entregado a la esposa al régimen criminal de la Alemania nazi, cuando vio a las fuerzas que actuaban en la oposición pasó a defender a Vargas de la ofensiva «liberal».
Es cuestión de agarrar los libros de historia…
Qué lo parió. La rancia derecha peronista comenta en este post.
Que lo parió, la economista liberal-gorila no asumida ve peronistas por todos lados. Esto ya me pasó con el Sr. Guillermo, quien por haberle retrucado en otro tema también me ubicó en el peronismo.
No es asà Sra. que vive entre Bru y Bue (¿más en Bru, no?. Yo no soy peronista… !eu soy varguista!.
Un artÃculo en el que la Constitución del ’94 es claramente superior a la del ’49.
1949:
Art. 77 – Para ser elegido presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, pertenecer a la comunión Católica Apostólica Romana, y las demás calidades exigidas para ser senador.
1994:
Art. 89.- Para ser elegido presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en paÃs extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador.
En realidad ese artÃculo es de la Constitución de 1853; los constituyentes de 1949 se limitaron a no modificarlo. Considero injusto atribuÃrselo a ellos.
Eso no quita que, en ese sentido, la del ’94 sea superior a las otras dos.
Yo hubiera señalado otros defectos que sà se pueden atribuir a los redactores de la Constitución del ’49, como que se mantuviera el mandato presidencial de 6 años + reelección indefinida + elección directa sin ballotage.
Saludos.
Tenés razón, pero decir eso me pareció un poco fuerte.
Sra. Ana de Bru:
Esa comparación es ridÃcula, a la Constitución de 1949 hay que contrastarla con la norma anterior (de un liberalismo tan rancio como el tuyo), o con la posterior, es decir con la que hicieron ustedes los gorilas con la modificación de la fusiladora.
Mire, estimado, digamos que desde el punto de vista ideológico yo estoy en las antÃpodas de eso que usted nombra más arriba, asà que déjese de embromar con lo del liberalismo rancio. Y entonces yo me dejo de embromar con que usted es un peronista de derecha.
En cuanto a la comparación de Constituciones, no entiendo por qué hay que andar añorando una Constitución que cumple 60 años cuando tenemos una que es mejor.
SÃ, Ana C: es mejor. Ya sabemos para quienes. Lo sabemos desde 1853.
A propósito, ¿cómo anda la Ucede?
Mono: Lo felicito por mantener presente uno de los hitos más importantes en la historia de los pueblos.
PermÃtame mencionar a dos grandes hombres, sometidos al olvido y al escarnio por los libertadores y sus continuadores directos del 76; Pablo Ramella y Arturo Sampay. Con el último, lamentablemente, la persecución comenzó en 1952.
Pd. Tal vez una omisión cuestionable en la Constitución fue la del derecho de huelga.
Para quien desee profundizar le dejo un link http://www.elortiba.org/const1949.html#Sampay:_Padrino_del_constitucionalismo_social
Que la constitucion del 94 tiene mas derechos que la del 49 es cierto, tiene mas derechos que no se cumplen.
Compañeros sin los articulos 38,39 y 40. todos esos derechos que dice Ana que existen en la nueva Constitucion son inaplicables en la realidad, porque nunca existen los recursos y las politicas economicos que crean las condiciones para efectivizarlos.
Sino es como decir que la Constitucion Nacional era tambien antiobrera ( dicho por un profesor de mi facultad que no habia leido en su puta vida la Constitucion) porque a los obreros no se les reconocia el derecho a huelga ( ¿no era un derecho implicito de todas maneras? como los del art.33).
Y si en cambio la Constitucion de 1957 los reconocia en su articulo 14 bis.
La Constitucion Nacional de 1949 es una Constitucion Nacional, esta que tenemos ahora es un zafarrancho impresentable que para millones de compatriotas no es mas que letra muerta.