Michetti, le mentiste a Cumbio

Podríamos decir que, cuando los políticos están en campaña, el Señor hace milagros que, pasadas las elecciones, monseñor deshace. Al menos así sucedió con Gabriela Michetti cuando, en pleno recorrido proselitista, se cruzó con la popular flogger Cumbio –la adolescente lesbiana más famosa del país– y, mientras una cámara registraba todo, le aseguró: “Yo creo que la igualación de los derechos de las parejas homosexuales con las parejas heterosexuales es absolutamente necesaria. Tengo una sola duda y es el tema de la adopción”. Cumbio, que de tonta no tiene nada, la intimó a definirse:

—Si yo te voto, Michetti, ¿me voy a poder casar con mi novia?

—Sí, absolutamente —respondió la candidata.

—¿Segura? —preguntó Cumbio, con cara de “No te creo nada”.

—Obviamente —ratificó Michetti con una sonrisa que, imaginemos, quería decir: “Ni en pedo, nena”.

Pero su promesa duró poco. Pocos meses después, ya electa y asumida, Gabriela cuestionó públicamente, a través de una entrevista en el diario La Nación, la decisión de su compañero Mauricio Macri de no apelar el fallo judicial que autorizaba a Alejandro Freyre y José María Di Bello a casarse por civil. Era el primer casamiento entre dos varones —que se realizó finalmente en Ushuaia— y Macri había difundido por internet un video en el que expresaba claramente su apoyo a la legalización del matrimonio civil entre personas del mismo sexo.

“Yo no lo habría autorizado. El matrimonio homosexual y el heterosexual no son lo mismo”, dijo la diputada. Lo que pasa es que, aunque los derechos de gays y lesbianas, para la Sara Palin argentina, no valgan lo mismo que los de los heterosexuales, los votos sí cuentan igual (disculpen aquí un pequeño paréntesis: en la vecina Provincia de Buenos Aires, la ley 5109, sancionada en 1946, prohibía el voto a los homosexuales, y esa prohibición estuvo vigente hasta 1990, cuando fue eliminada por la ley 11019. Sin embargo, es dudoso que alguna vez se haya aplicado eficazmente, porque debía ser difícil para el presidente de mesa determinar si al elector o la electora que se presentaba con su DNI, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento para emitir el sufragio le gustaban los hombres o las mujeres).

Como los votos se cuentan de a uno y todos suman, entonces, en campaña hay que quedar bien con todo el mundo. Pero cuando cerraron las puertas de las escuelas, los sobres que habían entrado en las urnas empezaron a abrirse y la carroza se transformó de nuevo en calabaza, Gabriela fue rápido a confesarse con su amigo Bergoglio, pidió la absolución, rezó dos padres nuestros, cinco avemarías, y listo. Que los putos y las tortas se dejen de joder con eso de casarse.

El problema es que Gabriela, tan Pro, tiene twitter. Es una facha moderna, cool. Y las redes sociales, tan útiles para que los políticos muestren que ellos también son 2.0, tienen la maldita desventaja de que la gente te puede hacer preguntas o cuestionamientos. Y eso hicieron varias personas que habían visto el video de Michetti y Cumbio que —otra vez, ¡maldita internet!— está colgado en Youtube. Y Gabriela fue actualizando su mentira, pero cada vez se le notaba más.

La primera respuesta fue graciosa. Dijo que cuando Cumbio le preguntó si se iba a poder casar, ella pensó que se refería a la “unión civil”. “Matrimonio y unión civil son dos cosas completamente diferentes, Gabriela, no nos tomes por estúpidos”, le dije. Su respuesta fue uno de los actos de cinismo más formidables que escuché en los últimos años (antes que alguien me lo pregunte: no, esto fue hace varios meses, todavía no había escuchado el discurso de Elisa Carrió durante el tratamiento de la ley de matrimonio gay). Dijo nuestra Sara Palin:

“¿Nunca escuchaste a una pareja homosexual decir: ‘nos casamos’, y lo que hicieron es una unión civil? ¡Vos no me tomes de estúpida!”. Su respuesta, aclaremos, fue por mensaje privado, pero está archivada. Twitter guarda todo.

¿Hace falta decir que si una pareja gay de Buenos Aires hace una unión civil y dice “nos casamos” no es porque no sepa la diferencia entre el certificado municipal de puto –o torta, según el caso–, que no da derecho a casi nada, y un matrimonio con todas las de la ley, sino porque es la única celebración pública con reconocimiento oficial que el Estado le permite realizar? ¿Hace falta recordar que cuando no había Ley de divorcio, muchas parejas que no podían casarse porque uno de los dos era “separado” usaban anillo y palabras como “marido” o “esposa” para referirse a su condición de casados sin papeles? Pero cuando la famosa flogger le preguntó si, en caso de votarla como diputada se iba a poder casar, Gabriela entendió la pregunta. No es tonta.

Y le mintió a Cumbio. Después, descubierta en su mentira, siguió mintiendo y enterrándose cada vez más con su propia lengua.

Decidí continuar el intercambio de mensajes con la diputada. Ya que ellos dicen siempre que hace falta diálogo, consenso y todas esas cosas, le propuse que dialogáramos. Ella me repitió que tenía “dudas” con relación a la adopción, que no sabía de todos los temas, que quería aprender. Le di mi mail: escribime, contame cuáles son tus dudas. Le ofrecí información y todas las respuestas que pudiera darle.

Al final, pareció rendirse: “Mandame un mail a gmichear@yahoo.com.ar. Cuando hayan pasado los días de fin de año que arrancan a las 8 y terminan a la 1 AM, ‘conversamos’,  ¿dale?”, me respondió por mensaje privado. Y agregó: “Beso. Y gracias por la paciencia”. Esperé a enero. Le mandé un mail. Esperé un poco más. Otro mail. Otro más. Nunca respondió. Le envié nuevos mensajes por twitter. Nada. Durante parte de enero y febrero estuve en Buenos Aires, llamé a su despacho, hablé con su secretaria, le dejé mensajes, le dije que pasaba cuando ella tuviera un rato libre para charlar. Nada.

Había cuidado cada palabra del mail que le envié: era una invitación a dialogar sin condiciones ni reproches, abierta, sin preconceptos. Cuando, de tanto insistirle por twitter, me respondió, comenzó tratando de esquivar el diálogo —respondía sólo en twitter, jamás por email— diciendo que yo me creía “dueño de la verdad”, que era “autoritario”, etc. O me respondía con frases lindas que no decían nada, consignas huecas de esas que les enseña Durán Barba. Le dije que no creía ni en verdades ni en dueños, que sólo quería compartir información con ella. Que si realmente lo que tenía eran dudas, me gustaría que las conversáramos, que tenía mucho material para ofrecerle, información, estudios académicos, informes de universidades, etc. Empezó a hacerse la boluda, no respondía más. Yo insistía, le preguntaba si no aceptaba dialogar, ella que siempre dice que el gobierno nacional no dialoga…

Cuando el bloque Pro anunció mediante una gacetilla de prensa que presentarían un proyecto alternativo contra el matrimonio entre personas del mismo sexo y que ella sería una de las firmantes —un proyecto espantosamente discriminatorio, vale decir; el «apartheid» para putos y tortas— se lo cuestioné otra vez en twitter. Me respondió que ella no estaba de acuerdo con ese proyecto (lo cual se comprobó falso cuando, en la sesión que dio media sanción a la reforma al Código Civil, Michetti defendió el dictamen de minoría de Pinedo, que proponía aprobar ese proyecto, y votó contra el matrimonio) y yo volví a pedirle diálogo. Los ratones volvieron a comerle la lengua.

Poco antes de la votación, cuando Gabriela participó de una reunión que organizaron los obispos para acordar estrategias con los diputados que se oponían a la igualdad de derechos para gays y lesbianas, dejé un mensaje en twitter que decía que Michetti se reunía con los obispos para conspirar contra la igualdad. Volvió a responderme, esta vez con un mensaje abierto: “¡Cómo se nota que no tenés idea de lo que fue mi intervención en esa reunión! ¡Faltó muy poco para salir excomulgada de mi religión!”. Le respondí que, si era así, lo demostraría con su voto, y yo le pediría disculpas.

Ahí mismo le mandé un nuevo mail, volviendo a proponerle dialogar sobre el tema, que me contara sus dudas sobre la adopción, y le envié materiales y textos para leer sobre el tema. Y le insistí con que, si bien no creía que ella fuera a votar a favor, si lo hacía y me demostraba de ese modo que era verdad que su posición en esa reunión la había puesto al borde de la excomunión, le pediría disculpas en público. Ninguna respuesta. Finalmente, como era de esperar, Michetti votó en contra de que Cumbio se case con su novia.

—No, Cumbio, no te vas a poder casar. Haré todo lo imposible para impedirlo, torta degenerada —debería haberle respondido. Pero en campaña no se puede hacer eso. Hay que quedar bien con el mundo, sonreír, sacarse fotos, dar besos y decirle a cada uno lo que quiere escuchar.

El día de la votación, discutimos bastante con Gabriela, si es que es posible discutir por twitter. Una de las cosas más Pro que tiene esta plataforma es que hay que resumir cualquier idea que uno quiera explicar en 140 caracteres. Es fácil, entonces, no decir nada. Es por eso que Gabriela responde en twitter pero jamás por mail, y menos aún acepta dialogar personalmente. Ahí tendría que sostener su mentira en más de 140 caracteres, y sería imposible hacerlo por mucho tiempo.

Michetti miente cuando dice que tiene “dudas” sobre la adopción. Miente, como mienten todos los diputados que dijeron que votaban que no por la adopción. Miente porque sabe que gays y lesbianas ya podemos adoptar y que la reforma al Código Civil no va a cambiar eso.

Repito: gays y lesbianas ya podemos adoptar con la ley actual.

No sólo eso. Muchísimas parejas de lesbianas tienen hijos mediante técnicas de fertilización asistida.

Esos chicos con dos papás o dos mamás existen, son de carne y hueso, no son una hipótesis. Y son cientos. Tienen una familia que los ama y a la que aman. Es su familia. Le guste o no a Gabriela Michetti y a su amigo Bergoglio. La realidad podrá taparse con 140 caracteres, pero en un diálogo le sería imposible seguir haciéndose la boluda frente a un dato de la realidad fácilmente comprobable.

Esos chicos que tienen dos papás o dos mamás seguirán existiendo, con o sin cambios en la ley. El problema es que cuando una pareja de lesbianas tiene un hijo por inseminación artificial o un gay o una lesbiana en pareja adopta, el Registro Civil lo anota como hijo de la que lo parió (en el primer caso) o de uno solo de los miembros de la pareja (en el segundo): su otra mamá o su otro papá no existe para el Estado, aunque vivan ambos bajo un mismo techo y compartan la crianza, el amor y las responsabilidades. Ese chico tiene dos papás o dos mamás en casa, pero uno/a ante la ley.

Si su mamá / papá registrado no tiene trabajo, el otro / la otra no puede anotarlo en la obra social ni tramitar el salario familiar. Tampoco puede autorizar una cirugía o estudios médicos, ni ir a la reunión de padres de la escuela, ni firmar el boletín o una autorización para que vaya a una excursión con la maestra. Si su mamá / papá registrado muere, pasa a ser huérfano. Si muere el otro / la otra, no hereda nada. Si se separan, no puede elegir con quién quedarse, ni acceder a un régimen de visitas, ni reclamarle alimentos al papá o la mamá que no existe para la ley. Es decir, ese niño o niña está desprotegido por la ley porque sus padres o madres no se pueden casar y, al no poder casarse, no pueden compartir la patria potestad.

En realidad, los hijos de gays y lesbianas son algo parecido a los hijos extramatrimoniales del pasado. Ligan de rebote las consecuencias de los prejuicios que un sector de la sociedad tiene contra sus familias, quedando privados de derechos. Son niños y niñas de segunda, así como gays y lesbianas somos ciudadanos de segunda.

Gabriela Michetti lo sabe. Conoce la ley pero sigue el libreto de “mis dudas sobre la adopción” para votar en contra de la igualdad en el acceso al matrimonio. Lo que les preocupa no es la adopción, que ya existe y es legal, sino que el Estado reconozca a nuestras familias el mismo estatus y los mismos derechos. Lo que les preocupa es, a esta altura, una cuestión simbólica, porque va en contra de su milenario discurso de odio y prejuicio contra la homosexualidad. Y, hilando más fino, lo que le preocupa a Bergoglio no es ni siquiera eso —me niego a creer que para un tipo culto e inteligente como él esté “mal” que los gays tengamos los mismos derechos que los heterosexuales—, sino que se trata de una mera cuestión de poder. Si Bergoglio quiere ser Papa o, al menos, escalar en la curia y conseguir residencia en Roma, que en su diócesis se apruebe una de las leyes que más aterra a Benedicto XVI le resta varios puntos. Por eso Gabriela, que sabe eso y defiende los intereses de su amigo cardenal, no quiere dialogar sobre este tema con nadie que pueda responderle sus “dudas” y ponerla en el brete de tener que pensar una excusa más consistente.

“Gabriela, explicame por qué no estás de acuerdo con que los hijos de mis amigas lesbianas tengan obra social”, le pregunté el día de la votación por twitter. “Claro que estoy de acuerdo. Te estás yendo al diablo. ¡Así no se discute, flaco!”, me respondió. “¿Y si estás de acuerdo, por qué votaste en contra?”. Tu tu tu tu tu… Cada vez que se queda sin respuesta, el teléfono da ocupado. Y después, en 140 caracteres, termina cambiando de tema, haciendo de cuenta que no leyó el último mensaje.

Hay gente que se enoja con Cynthia Hotton. Es cierto, su discurso es muy ofensivo. Llevó al debate en las comisiones a “expertos” que dijeron que los gays somos enfermos mentales, drogadictos, anormales, antinaturales, enemigos de la familia, que queremos destruir el matrimonio para acabar con la sociedad, que las lesbianas odian a los hombres, etc. Todo consta en la versión taquigráfica. Sí, a mí también me repugna.

Pero entre Hotton y Michetti, me quedo con Hotton. Pobrecita, es inimputable; no se le puede reprochar su ignorancia, su fanatismo religioso o su bajo coeficiente intelectual. Lo que dice, lo cree, de corazón. ¡Es tan tonta!  Michetti, en cambio, no es tonta, por eso no dice. Hizo todo lo posible por pasar desapercibida en el debate; al hablar, se escudó en el discurso de Pinedo; confundió con sus mensajes en twitter, le mintió a Cumbio, y no aceptó jamás dialogar con nosotros porque, a diferencia de Hotton, ella no se la cree.

Ella sabe que lo que está haciendo es una canallada. Es consciente de que está privando a miles de personas de derechos elementales, protegidos por la Constitución, sin ninguna razón más que su mezquina especulación política. Sabe que los hijos de gays y lesbianas no tienen la culpa de que ella tenga acuerdos con un cardenal, sabe que sus «dudas» no existen y que sus excusas se caen si tiene que sostenerlas en un debate, pero tomó la decisión política de bancar a su amigo Bergoglio en esta cruzada porque quiere su apoyo político para cuando sea candidata a algo más importante (¿Jefa de gobierno?). Michetti no una fanática religiosa como Hotton, sino una fría y calculadora que quiere más poder. Donde Hotton actúa por medievales convicciones, ella lo hace por pura especulación.

La misma especulación por la que, años atrás, le dio su apoyo en una operación interna del Pro al “obispo” Santiago de Estrada (el mismo que fue embajador y secretario de Estado en la dictadura de Jorge Rafael Videla) y consiguieron que Mauricio descartara la candidatura de Ignacio Liprandi, al que el ahora jefe de gobierno había presentado durante toda la campaña como “mi futuro ministro de Cultura” y le había encargado armar el programa para ese área y armarle reuniones con todos los sectores de la cultura y el arte que pudieran votarlo.

¿Cuál fue el delito de Liprandi?

Dijo, en una entrevista en Veintitrés, que estaba a favor del matrimonio gay.

La Sara Palin argentina sabe muy bien a qué juega y por qué lo hace. Ojalá que los porteños se den cuenta a tiempo.

Acerca de bruno.bimbi

Bruno Bimbi nació en Buenos Aires en 1978. Es periodista, profesor de portugués y estudiante de la maestría en Letras en la Pontifícia Universidade Católica do Rio de Janeiro. Trabajó en los diarios Página/12 y Crítica de la Argentina; en este último realizó durante dos años la sección “El Placard”, dedicada a la diversidad sexual. También colaboró con Tiempo Argentino y las revistas Imperio G, Veintitrés y Newsweek Argentina, entre otros medios. Es activista de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, de la que fue secretario de Prensa y Relaciones Institucionales. Escribió junto a dos abogados el texto de los recursos de amparo por los que varias parejas del mismo sexo consiguieron casarse por fallos judiciales y otras dos llegaron a la Corte Suprema de Justicia y fue uno de los responsables de la estrategia que llevó a la conquista del matrimonio igualitario en la Argentina.

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82 comentarios en «Michetti, le mentiste a Cumbio»

  1. Bruno, estoy de acuerdo en casi todo, pero no sé si @gabimichetti es tan inteligente…

    La madrugada despúes de la votación, viendo cómo estaba agazapada contestándonos por twitter parecía un preservativo del PRO ya anudado y a punto de ser arrojado al cesto de basura… Un fusible, un soldado raso, una marioneta manipulada por el verdadero hombre detrás de la cortina.

    Desde ese momento me debato entre pensarla como un ser maquiavélico o una estúpida que ni siquiera entiende que según su propia religión no debería hablar (literalmente) en las sesiones legislativas (ver http://www.sindioses.org/sociedad/machismo.html), por estar ésto reservado a los varones.

    Es una pena por ella, una mujer que podría entender las cosas desde su genuino punto de vista y hacer cosas por ella, por su género, por su especie, por todos.

    Felicitaciones por el artículo,
    Lisandro.

  2. hola, bruno. muy buena y clara tu nota. como siempre. en cuanto a michetti, pienso que ya nadie le cree, pero es importante escracharlos uno por uno (aunque suene a pólvora para chimangos) porque si a menudo a las promesas electorales se las lleva el viento de la realidad, la gente debería estar informada de los traspiés orales y morales que se pueden detectar y probar hoy en día o mores! tan fácilmente vía variado formato digital. quizás lo más importante de tu nota es poner ejemplos clarísimos de la DESPROTECCIÓN que viven y sufren los niños de parejas homosexuales (y para que no queden dudas semánticas, yo utilizo homosexual en el sentido amplio: homosexuales mujeres y homosexuales varones). cada vez que un/a político/a sale con esta historia-histeria de proteger a los niños, me da urticaria. primero: la realidad es testaruda: desde siempre hubo niños/niñas, criad@s por padres y madres homosexuales, junt@s, separad@s, en pareja o en nuevas parejas. y siempre han estado desprotegid@s por todas las razones que das. si l@s homosexuales pueden adoptar en tanto que personas, es incomprensible que no puedan adoptar en pareja. lo que daría 1 + 1 = doble protección al infante. los hijas e hijos de mis amig@s gays aquí, pueden dar fe de que han tenido una infancia feliz, estable y protegida. tampoco aquí tenemos todo en orden todavía, la situación de adopción es la misma. pero: han entendido que la mejor manera de proteger la infancia es crear la figura de adopción dentro de la pareja. si tu pareja o tú tienen hijos/as, la otra parte puede adoptar. y eso ya es un gran adelanto. con lo cual, el camino a la adopción general es cuestión de un mandato gubernamental. si al chimango-michetti, le quedan dudas, que me escriba :-). gracias por esta y todas las notas. un abrazo

  3. Me gusto mucho la nota, y creo que articulos asi pueden ayudar a que la gente deje de ser tanta ingenua, por no decir otra palabra… Tu insistencia para el dialogo con ella me encanto, muy piola y dinamico. Salu2 y exitos ^^

  4. Muy genial, me encanto la honestidad, lo cítrico de todo el texto. Como bisexual me sentí identificada con practicamente TODO el texto. Te felicito Bruno, no solo tenes un pensamiento muy claro y sabés lo que queres y sabés de lo que hablas, sino que también sabés como expresarlo. Mis mejores deseos.

  5. Habria que hacer un escrache publico a personas como Michetti, que borran con el codo lo que escriben con la mano, y en proximas elecciones que se presente no votarla. Saludos

  6. Muy buen análisis. No se si será tan así las maquinaciones de Michetti. Si, ya se, soy un boludo, me compré eso de que Gabi es la chica buena del PRO cuando seguramente es solamente el «policía bueno».

  7. «La Sara Palin argentina sabe muy bien a qué juega y por qué lo hace. Ojalá que los porteños se den cuenta a tiempo.»

    Yo creo que ya se dieron cuenta hace rato. Y que por éso (no a pesar de éso) la votan.

  8. Yo creo que TODOS mienten, no hay politico que se salve de eso, el problema es que uno no sabe quien miente menos.
    La «Sra Gabriela Michetti» deberia ser la primera en saber lo que es sentirse discriminada, desde su condicion de ser «diferente».

    1. Ana, el problema de todos los discursos que meten a todos en la misma bolsa es que, además de ser injustos con quienes no son así, son muy benevolentes con quienes sí lo son. Porque si todos los políticos mienten, entonces lo de Michetti no está mal, apenas cumple con las reglas de la profesión. Si todos son ladrones, entonces el robo de cada uno tiene menos gravedad. No creo que sea así. Además, en este debate en particular ya podemos probarlo: hubo muchos políticos, de distintos partidos, que desde el primer día se comprometieron con acompañar la lucha por la igualdad de derechos y trabajar para conseguir esta ley. Y cumplieron. Fueron honestos, sinceros y trabajaron incansablemente. Me parece muy injusto ponerlos en la misma bolsa que a Gabriela Michetti.

  9. Bueno Bruno, eso es cierto, pero no habran mentido en la ley de igualdad de derechos pero si en alguna otra cosa, tampoco con esto quiero decir que son todos iguales, pero si la mayoria….. el tema es como distinguirlos.
    Lo que me da mas bronca es que esta mujer deberia entender mejor que nadie lo que es te hagan sentir diferente

  10. Michetti derrapa en Twitter. Durán Barba debería prohibírselo. Parece una nena de primer grado peleandose con sus compañeritos.

    Muy buena la nota Bruno. Como vienen los porotos en el senado?

    1. Por ahora vienen bastante bien. Esta semana seguramente tendremos un panorama más completo, porque hay senadores nuevos del interior a los que casi no conocemos y no sabemos cómo van a votar, pero entre quienes ya se pronunciaron, la cosa viene bien. Además, los principales referentes de los bloques están a favor (Gerardo Morales y Ernesto Sanz, de la UCR, que se suman al apoyo del diputado Ricardo Alfonsín, tres tipos que dentro del partido tienen peso; Pichetto y Filmus en el Frente para la Victoria, que se suman al apoyo explícito de Néstor Kirchner, que fue a votar a Diputados; Eugenia Estenssoro en la CC, partido en el que salvo Carrió y Prat Hétero, están todos a favor; Giustiniani, obvio; Juez y Morandini, de Córdoba; los dos fueguinos del bloque de Fabiana, etc.). Inclusive Rodríguez Saá dio a entender en TN que piensa votar a favor, aunque dijo que no lo terminó de decidir. El principal problema va a ser que la comisión de Legislación General, que es la que dictamina, está presidida por Liliana Negre de Alonso, que es del Opus Dei. Pero aun con dictamen en contra de la comisión, si hay mayoría en el cuerpo, la ley sale. Y yo creo que va a haber mayoría, aunque habrá que trabajar muchísimo voto por voto, que es lo que ya empezamos a hacer.

      1. Igual, como he dicho un par de veces, si la ley de SCA pudo salir en Diputados el año pasado pese a que la presidenta de una comisión clave como es la de Libertad de Expresión era la ultraclarinista Silvana Giudici, este proyecto puede avanzar pese a tener a Negre de Alonso en Legislación General. Además, el presidente de la otra comisión por la que tiene que pasar el proyecto —Asuntos Constitucionales— es Nicolás Fernández, probablemente uno de los mejores cuadros del kirchnerismo en la Cámara.
        Saludos.

  11. Seguí el intercambio de mensajes a través de Twitter. La verdad que debo reconocer que Michetti te tuvo una paciencia impresionante y respondió siempre respetuosamente. Es terrible la liviandad con la que algunos llaman Fachos a algunos dirigente políticos de turno. Habría que pensar un poquitito mas antes de escribir. En definitiva, ¿No es intolerante no admitir una postura contraria a la nuestra?. Soy de los que piensan que SI debe existir una igualdad de derechos entre todos los habitantes de nuestro país a pesar de tener una formación cristiana. También creo que es una enorme provocación intentar llamar Matrimonio a algo que no lo es (Aquí creo que hay un intento por desprestigiar a la Iglesia -Ni hablar de los muchos pelotudos que hacían referencia a los terrible abusos cometidos por obispos y sacerdotes con menores-). Es una unión civil entre personas del mismo sexo e insisto que deberían tener todos los derechos civiles y estar amparados por el SIJP y el SUSS, además de lograr derechos sucesorios de la pareja. En cuanto al tema de la adopción, por ahora, prefiero no comentar pues preciso mayor información.

      1. Toman el concepto religioso de matrimonio, Bruno. Está muy bien que lo hagan, la iglesia católica es un ámbito privado, y allí si quieren que nunca lleguen al altar dos personas del mismo sexo tienen todo el derecho de impedirlo. Tienen todo el derecho de negar ingreso al club sobre categorías sospechosas, sobre base discriminatoria. Pero matrimonio es, también, una institución religiosa. Pasa que hay que salir de la cuadratura para entender la diferencia. O tal vez sí entienden muy bien la diferencia, y que el estado no puede negar a nadie acogimiento jurídico en base a distinciones irrazonables. Por eso te hablan del sacramento, si hablan de lo otro pierden y por goleada.

      1. Más allá de lo que yo pienso del Pro, que creo que es público, creo que vale aclarar que su bloque votó muy dividido, 4 a favor y 6 en contra (Esteban Bullrich estaba ausente porque está con licencia, ya que es ministro de Macri). Y sus dos referentes importantes, Macri y Michetti, tampoco tienen la misma posición: Macri a favor, Michetti en contra.

        Igual, más allá de eso, entiendo lo que decís: lo de Joao es una reproducción del discurso de los que están en contra. Pero quiero que lo explique, porque decir así, sin más, que la ley votada plantea «llamar matrimonio a algo que no lo es» es una ofensa a la inteligencia del resto. Es como yo dijera: «Joao no es una persona», o «esto no es una página de internet», o «el rojo no es un color». Porque sí, porque lo digo yo.

        Así que, amigo Joao, dame argumentos claros y precisos. ¿Por qué decís que el matrimonio entre personas del mismo sexo «no es» un matrimonio?

  12. Felicitaciones por la nota. Creo que Michetti no es nada inteligente, ni viva, ni nada. Las cosas le salen mal justamente por tonta, no sabe qué decir y por eso mete la pata permanentemente, titubea… Dudo que quiera poder y que mienta y esquive las cosas por eso; sería sobrestimarla. Creo que vemos mejores ejemplos de eso en la política. Creo que ella tiene sus ideales, ideales pro, cuasi-apolíticos, conservadores. Y que está en la política por eso, pero no sabe hacerlo. Es un muñeco que mueven de acá para allá, y que trata de quedar bien parado todo el tiempo. Saludos, y gracias por compartir tu nota en Facebook.

  13. Ustedes tienen un enorme problema para aceptar las posiciones de las personas que no piensan como ustedes.
    Yo creo que la cuestión del matrimonio entre personas del mismo sexo es enormemente provocativa, y hiere los sentimientos más íntimos y profundos de muchas personas. Obviamente, no basta esa herida para que la ley no se deba aprobar, ya que también su ausencia de regulación debe -me imagino- herir los mismos sentimientos de otro grupo de personas.
    Ahora bien, frente a ese panorama, creo que el tema debería ser tratado con mucho más respeto. Que alguien se oponga no significa que sea un conservador ultramontano. Esto a veces desde la comunidad homosexual se plantea de manera demasiado maniquea, a mi modo de ver (sin duda, hay sectores conservadores que también lo plantean así, pero hoy tienen mucha menos prensa, así que se ve menos).
    En cuanto a lo de Michetti, me parece lamentable, porque mintió expresamente.
    Ahora, siendo una cuestión tan delicada, no debieron todos los legisladores anunciar, antes de las elecciones su posición a favor y en contra (y no mentir, por supuesto)?

    1. Paredes,

      Estoy convencido de que en el argumento que vos planteás está uno de los temas centrales, más profundos e importantes de este debate, que es, en mi opinión, la dificultad que algunas personas tienen para entender lo que significa la discriminación y la desigualdad de derechos cuando se trata de gays y lesbianas. Tenemos, aún, como sociedad, una percepción selectiva de la discriminación.

      Si alguien planteara prohibir el matrimonio a los judíos o a los negros, sería señalado por toda la sociedad como un nazi o un racista. Si a alguien se le ocurriera proponer, como «solución salomónica», que reconozcan la mayoría de los derechos de las parejas de negros o de judíos pero eso no se llame ‘matrimonio’ sino «unión estable de negros» o «enlace civil judío», vos dirías que es una atrocidad. Si la diputada Hotton llevara a las comisiones del congreso a «expositores» que dijeran que los judíos son ratas piojosas y los negros son seres inferiores, hoy estaría afrontando una denuncia penal y un pedido de expulsión de la Cámara. Si alguien dijera que los judíos o los negros no deberían poder adoptar o tener hijos, sería un escándalo internacional. Y así podría seguir ejemplificando.

      Pero a algunos no les parece tan grave que las parejas formadas por personas del mismo sexo no tengan ningún tipo de derechos. Y cuando alguien dice: «bueno, démosles algunos derechos, no todos, pero que no se llame matrimonio», y a algunos -por suerte, cada vez menos- les parece una solución razonable. Y la diputada Hotton llevó a las comisiones del congreso a «expositores» que dijeron que los gays somos enfermos mentales, drogadictos, anormales, desviados, enemigos de la familia, que queremos destruir la sociedad, que las lesbianas odian a los hombres, etc. Y consta todo en la versión taquigráfica. Los escuchamos «con respeto» y en silencio y nos la bancamos, porque parece que insultarnos a nosotros es un ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
      Decir que el matrimonio entre personas del mismo sexo es «provocativo» me parece -disculpame por el término- una verdadera estupidez. Es, ni más ni menos, cumplir con la Constitución Nacional, que dice que todos somos iguales ante la ley.

      Y sostener como un argumento razonable que «hiere los sentimientos más íntimos y profundos de algunas personas» es verdadera atrocidad. Es como si yo dijera que permitir que los chicos judíos vayan a las mismas escuelas que el resto de los chicos «hiere los sentimientos más íntimos y profundos de los antisemitas» o que los negros puedan entrar a los mismos bares que los blancos «hiere los sentimientos más íntimos y profundos de los racistas». ¿Vos te das cuenta de lo que decís?

      Además, es mentira que haya mucha gente «herida» por nuestros derechos. En todo caso, es un problema de la jerarquía de la iglesia católica, ni siquiera de los fieles de esa religión. La misma jerarquía de la iglesia católica que en su momento justificó otro tipo de barbaridades discriminatorias contra los negros, los judíos, las mujeres, los indios, etc. Siempre citando la Biblia.
      Los que tratan este tema sin respeto son los que nos insultan. Los que dicen en el congreso que nuestras parejas van «contra la ley natural» o nos tratan de anormales y enfermos. Nosotros, por el contrario, hemos tenido y tenemos mucho respeto y mucha paciencia para soportar esos insultos repugnantes y responder con argumentos racionales, cuando a veces, frente a tanta violencia y ofensa gratuita, sinceramente, da ganas de dejar de dar argumentos y contestarles a esos hijos de puta que se metan la lengua en el orto.

      Saludos,

      Bruno

      1. Si duda, Bruno, esta es una de las mejores respuestas que he leído y escuchado por este tema.

        Te felicito por la nota, por tus respuestas y por la manera clara y concisa con la que explicás estos temas.

        No tengo nada para agregar a lo expuesto, pero estoy 100% de acuerdo con tus palabras.

    2. Tan pocos problemas tenemos para aceptar a los que piensan diferente que vos podes entrar a cualquier posteo que se haga acá a insultarnos todo lo que se te de la gana con todo gusto, y aún registrarte y postear vos mismo, si se te da la gana, a reputearnos con todas letras.

      A mi me importa muy poco, por no decir nada, los sentimientos personales de Hotton o Michetti. Ellas no son diputadas ni de sus pobrecitas almas ni de sus credos: son funcionarias de la Constitución Nacional, con lo cual si quieren ir contra el matrimonio gay sería bueno que sea en base a la CN su argumento. El Congreso no es un ámbito de libres pensadores que van ahí a dibujar cada uno su mundo ideal. Hay que poner más, argumentar jurídicamente, porque sino estamos en problemas: se pasa de atarnos a la CN a atarnos a corporaciones, y demás cotos privados.

      1. Totalmente de acuerdo con vos, Pablo. En realidad, el Congreso tiene la obligación de reformar el Código Civil para habilitar el matrimonio entre personas del mismo sexo porque, si no lo hace, está violando la Constitución. Y si el Senado rechazara la ley -yo soy optimista y creo que la ley se va a aprobar-, lo tendría que resolver la Corte Suprema de Justicia. No es una mera decisión política: la Constitución ampara nuestros derechos y si a Michetti no le gusta, que deje la política y haga monja.

      2. Francisco, ¿qué dogmas? No entiendo por qué usás la palabra «dogma», explicame.
        Con respecto a Righi, en una conversación personal que tuve con él antes de que firme el dictamen hablamos sobre estas cosas y me dijo: «no sé aún exactamente cómo voy a dictaminar, pero hay una sola cosa que yo jamás voy a hacer, porque no estoy de acuerdo y jurídicamente me parece una barbaridad y bla bla bla…» y después cuando leí su dictamen vi que había cambiado de idea, porque fue exactamente eso lo que hizo, lo único que «no voy a hacer jamás». Después de eso, dejé de tomar en serio las opiniones de Righi.

      3. Esta cuestión de tirarnos a los que apoyamos al gobierno con opiniones contrarias a las nuestrs de otros que también lo hacen, me tiene bastante hinchado las pelotas. CFK está en contra del aborto, yo no ¿y cual hay? Para mi sigue siendo una gran Presidenta, la voy a seguir bancando. ¿Que tiene de raro? ¿O es que acaso los que tanto pregonan la posibilidad de la disidencia interna nos van a negar esa chance a nosotros? Ay, ay…

    3. Bruno, te agradezco en primer lugar el trabajo que te tomaste en responderme. Lo valoro.
      Esperaba las simetrías que planteás respecto de qué pasaría si se pretendiera sostener la prohibició del matrimonio interracial, o su tratamiento diferenciado. Yo también he pensado en ese ejemplo, y recordado la respuesta conservadora a la lucha por la igualdad de derechos en USA: «Iguales, pero separados», decían. Evidentemente, eso no es igualdad.
      Te digo todo esto porque yo mismo estoy buscando una respuesta definitiva sobre el tema que, hasta ahora, no he podido encontrar. Es posible que ello se deba a mis prejuicios -todos los tenemos, pero debemos luchar contra ellos-; pero realmente me resulta provocativa la idea, mal que te pese.
      Creo que la pregunta podría ser: Por qué el Estado regula el matrimonio? Digo, no regula del mismo modo la amistad, que muchas veces es un vínculo mas fuerte que el propio matrimonio. La amistad tiene también consecuencias patrimoniales, y sin embargo el Estado no la protege ni la regula.
      Sí lo hace con el matrimonio. Más allá de la voluntaria unión de dos personas, que quieren decirle a toda la sociedad que han elegido unirse de modo permanente y exclusivo, el Estado considera necesario proteger legalmente ese compromiso, y regular sus consecuencias y las de su posible ruptura. Por que???
      Yo creo que lo hace porque de esa unión, en la mayoria de los casos, deriva una familia, con hijos menores de edad que merecen protección especial de la ley.
      Creo que de lo que hay que hablar es de la familia, de los menores, y no de los contrayentes, que son adultos y que pueden hacer de su vida lo que quieran.
      Si existe el matrimonio es para atender esa situación. Si los bienes son gananciales es porque se pensó que la madre se quedaba al cuidado de los hijos, y el padre salía a ganarse la vida; y que no era justo que en caso de divorcio el padre se llevara todos los bienes; si se protege el derecho hereditario de los esposos es por el mismo motivo.
      Quiero decir, la regulación apunta a proteger el fenómeno o el suceso de la familia, como ámbito en el cual crecen los hijos.
      La regulación del matrimonio, lejos de ser un beneficio, es una limitación de derechos, y bien lo saben quienes han debido pasar por un divorcio.
      Vos me dirás que ha cambiado hoy el concepto de familia, y que la ley debe proteger también a la familia homosexual. QUizás sea así, pero entendé entonces que de lo que se trata es de discutir el concepto de familia, y eso sí que es realmente provocativo.

      1. Si la finalidad del matrimonio civil fuera la procreación, o si su fundamento fuera que de la unión matrimonial «en la mayoria de los casos, deriva una familia, con hijos menores de edad que merecen protección especial de la ley», debería entonces prohibirse el matrimonio a las personas estériles o a las mujeres después de la menopausia. Sería necesario instaurar un examen de fertilidad previo al casamiento y que cada pareja jure que va a procrear, bajo pena de nulidad si no lo hiciere en un determinado plazo. ¿Y las parejas de lesbianas que recurren a métodos de fertilización asistida para procrear? ¿Y las parejas de gays o lesbianas que adoptan hijos? Lo cierto es que las personas no se casan para tener hijos. Se casan porque se aman, tienen un proyecto de vida en común y quieren recibir la protección que la ley garantiza a los cónyuges. Algunas parejas se casan y nunca procrean, porque no pueden o no quieren, y otras tienen varios hijos sin casarse nunca.
        Con relación a «discutir el concepto familia», creo que es una discusión vieja. Hay muchos tipos de familia y la idea de que sólo es familia la suma de un hombre + una mujer + dos hijos no tiene razón de ser más que en el prejuicio. Nuestras familias también existen y la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo vendrá a protegerlas e igualarlas en derechos a las demás familias. Y rechazar esa ley no va a impedir que nuestras familias sigan existiendo, sino que sólo continuará privándolas de la protección del Estado y de los derechos que la Constitución Nacional garantiza para todos y todas.

      2. Esa línea argumental no me parece convincente.
        Perfectamente te puedo contestar que es cierto que no todas los matrimonios tienen capacidad para procrear. Pero eso no invalida lo que dije. El Estado regula para la mayoría de los casos, y te darás cuenta que la opción de someterse a un análisis de fertilidad previo al matrimonio es una afectación grave de derechos. El Estado prefiere reconocer matrimonios que no derivarán en hijos, antes que someter a los contrayentes a estudios de fertilidad.
        Puede ser cierto que haya personas que no se casen para tener hijos, sino porque se aman. Pero de lo que se trata no es de por qué se casan, sino por qué el Estado cree que tiene que regular especialmente esa unión. Y lo hace porque de ella pueden derivar hijos.
        Te repito, yo no tengo una respuesta definitiva, planteo simplemente mis dudas.

      3. Pero no es así. Ni el Código Civil, ni la Constitución, ni los tratados, ni ninguna norma de nuestro derecho positivo dice que el matrimonio tenga por objeto o finalidad la procreación. Y seguís sin responderme qué hacemos con los hijos adoptivos de parejas del mismo sexo, o con los hijos de parejas de lesbianas que conciben por inseminación artificial. Los hijos de algunas de mis amigas lesbianas no tienen obra social, ni derecho a herencia, ni salario familiar ni muchos otros derechos porque sus mamás no se pueden casar.
        La idea de que la finalidad del matrimonio es la procreación, en realidad, deriva de otra idea: la de que la única finalidad posible de la sexualidad es la procreación. La iglesia católica condena el sexo no destinado a la procreación, por eso no acepta el uso de preservativos, ni de píldoras anticonceptivas. Todo el discurso de la iglesia sobre el matrimonio heterosexual se basa en eso, la idea de que la función del sexo es la procreación. Rechazan cualquier posibilidad de que la sexualidad sea fuente de placer. Entonces el matrimonio -que, para la iglesia es visto como el único ámbito en el que esa sexualidad exclusivamente destinada a tener hijos es legítima, porque también condenan el sexo pre o extra matrimonial- es visto como una institución destinada a procrear. Argumento que les viene bárbaro, ahora, para oponerse a la igualdad de derechos para gays y lesbianas.
        Pero esa es la doctrina católica sobre el matrimonio.
        El matrimonio civil no tiene nada que ver con eso.

      4. Creo que la Iglesia Católica tiene todo el derecho de decir cómo deben comportarse sus adherentes en relación al sexo, así como lo tiene cualquier otra religión.
        Pero, coincido con vos, eso no tiene nada que ver con la regulación civil del matrimonio. O al menos no debería.
        No creo que los hijos de una pareja lesbiana no tengan obra social por culpa de la regulación del matrimonio. Eso es falso por varias razones. Ese chico hoy tiene padre y madre, y como tal goza de la inclusión en la obra social de cualquiera de los dos, si es que ambos o alguno trabaja.
        Pero aún si fuera un hijo sin padre, y solo trabajara la pareja lesbiana de la madre, creo que hoy la ley permite que lo incluyan en la obra social de aquélla. Igualmente, todos estos problemas se solucionarían también con la unión civil, así que no sirven como argumento.
        La discusión es si el válido que el Estado restrinja el matrimonio para personas de distinto sexo. Si no se encuentra un argumento para esa pregunta, vos tenés razón, y es una discriminación inconstitucional. Esa es la respuesta que yo estoy tratanto de contestar.

      5. Paredes, dos cosas:
        1) Cuando una pareja de lesbianas tiene hijos por inseminación artificial, no tiene padre y madre, sino dos madres. El «padre» es un donante anónimo de esperma. Cuando una pareja gay o una pareja de lesbianas adopta un hijo, ese chico tiene dos papás o dos mamás, esa es su familia. Si esas parejas del mismo sexo con hijos no se pueden casar, no pueden compartir la patria potestad. Lo explico en la nota. Entonces, ante la ley, el chico es hijo de uno/a solo/a. El otro o la otra, legalmente, no existe. Es un señor que vive con papá o una señora que vive con mamá, pero no tiene ningún vínculo familiar. Por lo tanto, para la ley, ese señor o esa señora -aunque, en la vida real, sea papá o mamá también- no tiene derecho a incluir a su hijo que legalmente no es su hijo en la obra social. Esto es así y te aconsejo que antes de negarlo te asesores legalmente. Claro que muchas parejas van a la justicia, mandan cartas documento, inician juicio, y los abogados de la Federación han llevado casos así. A veces se gana y a veces se pierde. Pero, como todo en la vida de nuestras familias, hay que ir a tribunales. Hasta las cosas más simples que para los heterosexuales son un trámite boludo, un llamado telefónico, un formulario que llenar o diez minutos en una oficina de atención al público, para nosotros significan abogado, juicio, apelaciones, nota en los diarios, desgaste y más desgaste. Por eso reclamamos igualdad ante la ley.
        2) Para resolver el dilema que planteás al final existe algo que se llama «doctrina de la categoría sospechosa», aceptado por la jurisprudencia internacional. Si una norma realiza una clasificación que niega a un grupo entero de personas (por ejemplo, todos los negros, todos los homosexuales, todos los judíos, todas las mujeres, todos los inmigrantes, etc) el acceso a un derecho, bien, servicio, estatus, etc, al que el resto de la población puede acceder, esa distinción es sospechosa de ser discriminatoria y, por lo tanto, ilegítima, si el Estado no consigue probar que: a) persigue una finalidad pública imperiosa, b) esta finalidad no puede alcanzarse por otro medio menos lesivo. El Estado debe probar sin lugar a dudas que se dan estas condiciones (es decir, se invierte la carga de la prueba).
        Un ejemplo de clasificación legítima sería la que prohíbe a los ciegos obtener la licencia de conducir: persigue una finalidad pública imperiosa (evitar accidentes de tránsito que pondrían en peligro vidas humanas) y no puede alcanzarse por otro medio menos lesivo (la única forma es no dejando que los ciegos manejen autos). Pero si les prohibiéramos conducir a los paraguayos, ahí la cosa sería diferente.
        La prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo no supera ese análisis de constitucionalidad, porque no es posible probar que responda a una finalidad pública imperiosa que no puede alcanzarse por otro medio. Eso opinan, por ejemplo, Sabsay, Gargarella, Gil Domínguez, Gil Lavedra, Barcesat, etc. Y eso han dicho ya al menos cinco jueces en fallos que autorizaron casamientos entre personas del mismo sexo. Eso dirá seguramente la Corte Suprema si el Senado no cumple con su trabajo antes.

      6. La unión civil no es lo mismo que el matrimonio y no soluciona todos esos problemas, los beneficios son limitados. Los miembros de uniones civiles tienen acceso a obras sociales o créditos en común, pero por ejemplo no tienen derecho a la herencia o a una pensión por fallecimiento. Aparte la unión civil es utilizada también por parejas heterosexuales que no desean contraer matrimonio y si se quieren separar, es un tramite mucho mas sencillo que el de divorcio ya que no tenes que hacer la separación de bienes.

        De este modo, siguiendo el ejemplo del que hablaban, con una unión civil los hijos de la pareja lesbiana ,por ejemplo, quedarían desprotegidos en caso de que la que madre biológica fallezca. En caso de un divorcio (o mejor dicho des-union civil), la madre no-biologica perdería todo tipo de derecho sobre sus hijos.

        Paredes: la respuesta que estas tratando de contestar creo que ya fue contestada a lo largo de los comentarios: No es valido que estado haga ningún tipo de diferenciación en cuanto al matrimonio homosexual y heterosexual. A mi me parece que esta respuesta no es de tu agrado, pero me parece que es irrefutable. A lo largo de estos días no pude encontrar un argumento que se sostenga para estar en contra.

        Creo que si se quiere se podria llegar a debatir si se debe modificar la ley de adopción para darle prioridad a un matrimonio heterosexual, sobre uno homosexual. Yo en particular, pienso que deberían tomarse otros parámetros para evaluar que matrimonio es mas apto pero es un tema mucho mas subjetivo y discutible. El debate actual es totalmente objetivo: El estado debe garantizar la igualdad de derechos para todos sus ciudadanos.

      7. es un punto ese: «por qué el Estado se mete a regular las relaciones estables entre personas?»

        Matrimonio y Patrimonio van de la mano. Solo por eso al Estado le interesa regular el amor entre dos personas. Si hay terceros que proteger son aquellos que contratan con los miembros de la sociedad conyugal.

        Luego, el sentido que le quieran dar católicos, judios, musulmanes, ateos, maradonianos, etc. al matrimonio queda bajo su exclusiva responsabilidad en su jurisdicción voluntaria.

      8. Bruno, sobre lo primero no me parece oportuno detenerme. Te reitero que debemos definir si hay argumentos para excluir del reconocimiento completo al matrimonio homo, y no alegar en defensa de la pareja homo, porque esa protección se consigue, también, con la unión civil que algunos proponen.
        Muy descortés que me mandes a asesorarme. Primero, porque soy abogado, y segundo porque la Ley de Obras Sociales admite cargar a las personas que convivan con el afiliado y reciban trato familiar (art. 9, inc. b). En todo caso, se deberá atacar la reglamentación, si excluyera a los hijos de la pareja gay.
        Sí es más interesante el segundo punto, que coincide con lo que yo te vengo planteando: si hay o no un argumento que justifique la diferenciación de trato.
        No batiría mucho el parche con la cuestión relativa a los tribunales internacionales, dado que a pesar de esa construcción, la mayoría de los países occidentales mantiene la prohibición. Sé que no es un argumento definitivo, pero valga para andar con cuidado.
        Existe un argumento válido para limitar el matrimonio a las parejas heterosexuales? Yo solo encuentro un esbozo, un camino a recorrer, no una certeza, en la cuestión relativa a los menores, en el orden de lo que desarrollé más arriba.n
        El matrimonio, lejos de ser un beneficio, es una restricción de derechos. El ordenamiento jurídico del matrimonio es orden público, lo que quiere decir que los contrayentes no pueden acordar apartarse de sus disposiciones. Evidentemente, es una limitación a la libertad, porque yo no puedo pactar con mi esposa condiciones distintas para el régimen de bienes, o para los derechos hereditarios, de las que establece el Código Civil.
        Echando mano a la categoría que proponés: Por qué motivo el Estado limita así los derechos de los contrayentes? Yo creo que más allá de lo que haya sido históricamente (la vulnerabilidad de las mujeres frente al hombre), hoy la única razón válida puede ser la protección de los menores que pudieran nacer de esa unión.
        Por eso creo que la reivindicación del derecho a la igualdad absoluta, al matrimonio cueste lo que cueste, es más una bandera simbólica, que un reclamo sustancial.
        Es mi opinión. Daría para discutirlo horas, y te reitero que no tengo, ni siquiera para mí, una respuesta definitiva.

      9. Paredes,

        1) No me parece descortés mandarte a que te asesores, no lo hice con la intención de ofenderte ni de menospreciarte. No tenía cómo saber que sos abogado, pero me di cuenta que no sabías de este tema, ya que en tu mensaje anterior me corregiste afirmando con absoluta seguridad cosas que no son ciertas.

        Es verdad lo que decís sobre el art. 9 inc. b, pero la redacción deja el tema abierto y remite a una reglamentación, que a su vez remite a las disposiciones del organismo administrativo, y todo eso termina perdiéndose en una telaraña burocrática. El problema es que cuando la ley habla de «ostensible trato familiar», a mí no me caben dudas de que el hijo de una pareja de lesbianas recibe ostensible trato familiar tanto de su mamá biológica como de la otra, pero la obra social, el ente regulador o el juez pueden considerar que no, ya que, si escuchás los discursos contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, por ejemplo, verás que quienes se oponen dicen que nuestras familias no son familias. De hecho, existe por eso un proyecto de ley de la diputada Silvana Giúdice, anterior al debate del matrimonio homosexual, que proponía cambiar la redacción del inciso b) por el siguiente texto: «La persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos, siempre que no figuraren ya como beneficiarios no titulares del Sistema Nacional del Seguro de Salud, según la acreditación que determine la reglamentación». Ese proyecto tuvo media sanción, pero no fue aprobado por el Senado. Hay otro proyecto similar del senador Daniel Filmus. Esos proyectos dan cuenta de que el problema que yo te planteo existe, no es un invento nuestro.

        De hecho, conozco varios casos. El último que conocí fue de una pareja de lesbianas en la que una de ellas es enfermera de un hospital porteño y quiso incluir a su pareja en la obra social, amparándose en ese artículo y ese inciso, pero la obra social consideró que su pareja no recibía «ostensible trato familiar» de parte de ella y se lo negó. La Federación puso un abogado, mandaron una carta documento, tuvieron una audiencia y, cuando amenazamos con sacarlos en los diarios, al final aceptaron incluirla.

        Algunas obras sociales, por propia voluntad, incluyen desde hace años a las parejas del mismo sexo y sus hijos (creo que la primera en hacerlo fue Osplad, hace ya muchos años), pero otras no lo hacen. En Capital, quienes tienen unión civil lo consiguen, pero estas chicas, por ejemplo, viven en el conurbano, y les decían que no. Curiosamente, esa obra social sí da cobertura a las parejas de Capital con unión civil, y de hecho la empleada que las atendió les dijo que la «única solución» era que cambiaran el domicilio a Capital e hicieran una unión civil.

        Cuando vamos a juicio por estos temas, de ser necesario, pasa lo mismo que con los casos de matrimonio, que ya se casaron cinco parejas de Capital y ninguna del interior, pese a que presentamos amparos en todas las provincias: los jueces de algunas jurisdicciones entienden las cosas de una forma y en otras jurisdicciones de otra. Andá a pedir que incluyan a tu pareja en la obra social en Salta… imposible.

        Esto mismo pasa con otros derechos vinculados al matrimonio. Por ejemplo, la pensión por viudez.
        La ley habla de «conviviente en aparente matrimonio». Nosotros alegamos que el viudo o la viuda de una pareja homosexual era, sin ninguna duda, un/a conviviente en aparente matrimonio. Pero las cajas previsionales dicen que no. En 2008, Cristina Kirchner sacó un decreto por el que el ANSES, a partir de entonces, interpreta la ley en el sentido de que las parejas del mismo sexo son aparentes matrimonios. Eso significa que los viudos cuya pareja fallecida era aportante del ANSES obtienen la pensión. Pero hay muchas cajas previsionales en la Argentina además del ANSES: cajas provinciales, municipales, cajas de un determinado grupo profesional, etc. Y casi todas adoptan el criterio de que las parejas del mismo sexo no son aparentes matrimonios. Eso significa que además de discriminarnos por putos, nos discriminan por ser putos nacidos en Salta, Jujuy o Ciudad de Buenos Aires, o por ser aportante del ANSES o de la caja de La Rioja.

        Está el caso de […][editado: contacto@artepolitica.com], que tuvo que llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, patrocinado por la Federación, y la Corte le dio la razón y dijo que le correspondía cobrar la pensión, pero aún no la está cobrando (hace ya casi un año del fallo), porque la Corte Suprema provincial aún no dictó nueva sentencia de acuerdo al criterio de la CSJN. Y la caja previsional de los médicos de la Pcia. de Buenos Aires ya encontró la salida para cuando salga la nueva sentencia: ahora dicen que «no está probado» que […] fuera la pareja del fallecido. Es decir, ahora que […] ya consiguió que la Corte dijera que como viudo homosexual de un aparente matrimonio le corresponde la pensión, va a tener que litigar de nuevo para probar que él y el hombre que murió eran pareja. Si hubiesen estado casados, como vos y tu mujer, no habría tenido estos problemas.

        Pero, como te decía, hasta el más pelotudo de los trámites, que pare una persona heterosexual es una cosa simple y fácil, para nosotros significa llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación. ¿Sabés cuántos años pasan en el medio?

        Entonces, cuando te digo que te asesores es porque conozco el tema y vos no. No significa que seas mal abogado, sino que estos temas, lamentablemente, los conocemos nosotros y alguna gente que sin ser gay o lesbiana nos ayuda, pero muchos abogados ni saben de qué se trata. Así como muchos periodistas no saben que no corresponde escribir «el travesti» sino «la travesti» o confunden el matrimonio con la unión civil, o piensan que Piazza está casado porque hizo una fiesta simbólica en un boliche o suponen que en una pareja gay «uno hace de hombre y el otro de mujer», y escriben notas en los diarios diciendo todas esas boludeces. Y yo soy periodista y me cuesta a veces explicar estas cosas a mis colegas. Pero es así, no se aprende en la escuela ni en la facultad. Hace unos años hice una nota sobre la atención ginecológica a las lesbianas y hablé con ginecólogas que me reconocían que en toda la carrera jamás les explicaron ni vieron un libro que hablara de cómo atender en consultorio a una paciente lesbiana.

        2) Con respecto a la doctrina de la categoría sospechosa, sí hay mucha bibliografía y jurisprudencia, inclusive de la Corte argentina. Sin que te ofendas, te aconsejo leerla, porque evidentemente no entendiste, o yo lo expliqué mal. Porque el ejemplo que me das no tiene nada que ver. Que el estado limite ciertos derechos de los cónyuges, por ejemplo, imponiéndoles un determinado régimen patrimonial no es, de ninguna manera, una clasificación sospechosa. Es tan parecido a una clasificación sospechosa como una declaración indagatoria a una audiencia de conciliación laboral. El matrimonio tiene un determinado régimen patrimonial y cuando vos decidís casarte lo aceptás, viene con el combo. No estoy diciendo que esté bien o mal, sino simplemente que es parte de las reglas de juego del matrimonio, del mismo modo que cuando firmás un contrato cualquiera te atenés a sus cláusulas. No existe la categoría «cónyuges» como grupo entero de personas que podría constituir una categoría sospechosa, porque no se trata de una categoría del mismo tipo que judíos, homosexuales, negros, mujeres, etc. No se trata de un grupo históricamente discriminado, ni siquiera se trata de un grupo. Cónyuge es un estatus, no una categoría de persona. Y es un estatus al que se accede voluntariamente y del que se puede salir, también voluntariamente. Mientras se está adentro, hay reglas que, al entrar, acepto. De modo que no podría decir que «me discriminan por ser cónyuge» por el hecho de que no pueda disponer de mis bienes fuera del régimen patrimonial del matrimonio. Ahora, si mañana sacaran una ley que les prohibiera a las personas casadas estudiar en la universidad pública, eso sí sería, sin dudas, discriminatorio, porque no forma parte de las características del contrato matrimonial, sino que sería una mera disposición arbitraria contra las personas casadas en el acceso a un derecho que nada tiene que ver con el estado civil.

        En el caso de las restricciones en el acceso al matrimonio para las parejas del mismo sexo, estamos, sí, ante una categoría sospechosa (los homosexuales) a la que se le aplica una restricción arbitraria (es decir, que el Estado no ha podido probar que responda a una necesidad pública imperiosa que no puede alcanzarse por otro medio menos lesivo) que priva a ese grupo entero de personas del acceso a un derecho fundamental.

        Para una mejor comprensión del tema, te aconsejo leer los fundamentos del fallo del juez Guillermo Scheibler, que autorizó el matrimonio civil de mis amigos Martín Canevaro y Carlos Álvarez. Yo soy coautor del texto usado para los recursos de amparo presentados por la Federación en todo el país, por los que cinco parejas, entre ellas Carlos y Martín, ya se han podido casar.

        Fue muy importante que el juez Scheibler introdujera en su fallo una amplia fundamentación de la aplicación de la doctrina de la categoría sospechosa en el control de constitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil, como nosotros planteábamos. Esto ya había sucedido en otros fallos internacionales sobre matrimonio gay.

        El juez responde también a algunos de los argumentos que vos planteás:

        «Ahora bien, de la conjugación de los derechos de igualdad y de no discriminación ha surgido como construcción jurisprudencial la doctrina de las categorías sospechosas. Recuerda GELLI que según la Corte de los EEUU, las clases o categorías sospechosas per se son aquellas que originan una discriminación perversa en virtud de que:

        «a) no se justifican estricta y rigurosamente en un interés legítimo del estado o b) están organizadas en base a la persecución de grupos que tradicionalmente fueron excluidos de los derechos o beneficios que reconocen u otorgan las leyes o b’) esos grupos se encuentran relegados a un situación en la cual se los posterga sin término. El mismo tribunal ha instensificado el control de constitucioanldiad cuando la ley priva a una clase o grupo de personas de derechos fundamentales, entendiendo por tales a aquellos que se encuentran expresados explícita o implícitamente en la Constitución (GELLI, MARÍA ANGÉLICA, Constitución de la Nación Argentina – Comentada y concordada, Tomo I, Buenos Aires, La Ley, 2008, 4ª ed., p. 233 y ss.).

        «Sobre el punto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que “[l]a noción de igualdad se desprende directamente de la unidad de naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona, frente a la cual es incompatible toda situación que, por considerar superior a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o que, a la inversa, por considerarlo inferior, lo trate con hostilidad o de cualquier forma lo discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran incursos en tal situación de inferioridad” (Opinión Consultiva OC-4/84 del 19 de enero de 1984).

        «Por su parte, nuestra Corte Suprema también ha destacado la existencia de criterios de distinción sospechosos que, contenidos en una norma, exigen una “justificación suficiente de la restricción” de derechos que consagran, pues pesa sobre ellos una presunción de inconstitucionalidad que sólo puede ser levantada con una cuidadosa prueba y argumentación sobre los fines que se intentó resguardar y los medios utilizados al efecto. En el escrutinio de estas restricciones, debe constatarse que se trate de fines sustanciales y no meramente convenientes y que los medios no sean sólo adecuados a aquéllos, sino también que los promuevan efectivamente y que no existan alternativas menos restrictivas para los derechos en juego (CSJN en los autos “Hooft”, Fallos, 327:5118). En tales casos procede, entonces, un criterio de ponderación más exigente que el de mera razonabilidad (CSJN en los autos “Gottschau”, Fallos, 329:2986).

        «De lo resuelto por la Corte en los casos “Hooft” y “Gottschau” puede colegirse que el tribunal postula un criterio normativo para identificar las categorías sospechosas. Es decir, revestirán ese carácter aquellas mencionadas como discriminatorias en instrumentos internacionales de derechos humanos o en la propia Constitución.

        «Asimismo se ha sostenido que algunos criterios clasificatorios podrían ser considerados discriminatorios en cualquier ámbito, por lo que no podrían ser utilizados por el legislador en ninguna hipótesis para excluir a determinado grupo del ejercicio de derechos fundamentales. Para individualizarlos puede acudirse al concepto de “dato sensible” (art. 2, ley 25.326; art.3, ley 1845), que abarca los datos personales que revelen: origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual. Estos criterios podrían postularse como constitucionalmente prohibidos, de modo tal que nunca podrían constituir el objeto de una clasificación gubernamental (en este sentido, TREACY, GUILLERMO F., “La utilización de categorías sospechosas como técnica para controlar la discriminación hacia extranjeros”, JA 2006-IV-603).

        «Ahora bien, sabido es que numerosos tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional contienen cláusulas contra la discriminación que incluyen la razón de “sexo” y un supuesto “abierto” (ver art. 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; art. II de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; art. 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, etc.), cuya lectura integrada permite razonablemente incluir al criterio de “orientación sexual” al catálogo de categorías sospechosas, tal como expresamente lo recepta el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad.

        «Sentado lo expuesto, y en estricta aplicación de la doctrina sentada por la CSJN, cabe considerar invertida la carga de la prueba respecto de la validez constitucional de la exclusión legal de los actores de la posibilidad de contraer matrimonio entre sí.

        «9.2. Que en este estado, corresponde analizar si la desigualdad de trato establecida por las normas cuestionadas por los actores se basa en una distinción “razonable” o, al menos, si persigue una finalidad compatible con una sociedad pluralista y democrática que la legitime o si obedece a un interés estatal urgente. Al pronunciarse en contra de la pretensión de los actores, la Sra. Fiscal subrogante sostuvo —en síntesis— que la exclusión de los actores del derecho a contraer matrimonio entre sí no resulta inconstitucional por cuanto se encuentra prevista en la ley; que “no cabe admitir que los Estados autónomos puedan destruir” (sic) la legislación civil y que “la determinación del modelo matrimonial es un problema que excede el ministerio propio de la jurisdicción, para adentrarse en la actividad normativa de la Nación” (ver fs. 52/56).

        «Se advierte así que no se han suministrado elementos sustanciales que permitan evaluar si la restricción de derechos que padecen los actores resulta pasible de superar un test estricto de constitucionalidad como el que corresponde a las categorías sospechosas.

        «Sin perjuicio de ello y a tal fin, se intentará analizar los posibles objetivos que podría perseguir la restricción impugnada.

        «9.2.a. Con frecuencia se afirma que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo reposa en que el objeto de esa institución radica en asegurar y favorecer la procreación y la reproducción de la especie (ver SCALA, JORGE, “Homomonio y discriminación”, en El Derecho, Nº12.393, entre otros). Puede señalarse en primer término, que si la noción de matrimonio estuviese indisolublemente ligada a la reproducción no se explicaría la aptitud nupcial de quienes no manifiesten un expreso compromiso de procrear, o sufran lamentablemente de una incapacidad para ello, o de las mujeres que hayan superado la edad límite para gestar.

        «Por otra parte, aún en el caso de que esa hipótesis fuese correcta tampoco se advertiría una proporción entre los fines perseguidos (la procreación) y los medios empleados (la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo). Es que, no es posible establecer una relación lógica causal que permita inferir que el matrimonio entre dos personas de un mismo sexo produzca una suerte de “efecto contagio” que induzca a engendrar menos hijos a los matrimonios entre personas de distinto sexo. Así, el medio elegido no guarda relación con el fin cuya protección se desea, por lo que se aniquila sin razón valedera el derecho al matrimonio de un grupo determinado de la sociedad.

        «9.2.b. Otro objetivo que se alega para fundar la prohibición impugnada radica en la protección de la familia (ver entre otros, ARIAS DE RONCHIETTO, CATALINA ELSA, “Cuestiones de resguardo del orden público”, ED Nº 12.401). Sobre el punto, ha de recordarse que la “disposición a constituir familia se halla ínsita en la naturaleza humana” y que “si bien la familia es universal, al igual que todas las demás instituciones es un producto social sujeto a cambios y modificaciones; pero cualesquiera sean las hipótesis sobre su evolución y la influencia de las condiciones del desarrollo económico social, ella
        constituye el nudo primario de la vida social” (CSJN, voto del Dr. CARLOS S. FAYT en autos “Sejean”, Fallos 308:2268, el resaltado nos pertenece).

        «Quiéraselo o no, es un hecho incontrastable de la realidad que las personas con una orientación sexual diversa de la mayoritaria también constituyen familias (diferentes quizás en algún aspecto de su conformación, pero con el mismo amor como argamasa) que gozan del mismo derecho constitucional y supranacional a su protección. Una vez más, no es posible apreciar ni una relación ni una proporción adecuada entre el fin perseguido y el medio empleado. Es que, el hecho de prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo no “aumenta” la protección a las familias de tipo tradicional, ni su permisión la disminuye. La situación actual sólo implica menos protección para muchas familias derivadas de parejas del mismo sexo.

        «9.2.c. En otro orden, se vincula la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo con la necesidad de evitar que éstos adquieran aptitud para “adoptar” niños o niñas (ver entre otros, ARIAS DE RONCHIETTO, op. loc. cit.). Sin perjuicio de que la cuestión no forma parte del debate de autos, lo cierto y concreto es que el hecho que se autorice a los aquí actores a contraer matrimonio en nada modifica su situación actual frente a la adopción, habida cuenta de que el artículo 315 del Código Civil (por ley 24.779) permite “ser adoptante [a] toda persona que reúna los requisitos establecidos en este Código cualquiera fuese su estado civil” (el resaltado me pertenece). En consecuencia, tampoco puede hallarse aquí un fundamento válido para la prohibición en crisis.

        «9.2.d. Resulta imprescindible recordar que “según la Constitución Argentina el estado es laico, por más que se acuerde una preferencia o privilegio en favor del culto católico” (SÁNCHEZ VIAMONTE, CARLOS; Manual de Derecho Constitucional, Buenos Aires, Kapelusz, 1956, p. 105). De allí que, desde antiguo la CSJN haya sostenido que “al establecer la libertad de todos los cultos no puede sostenerse (…) que la Iglesia Católica constituye un poder político en nuestra organización, con potestad de dictar leyes de carácter civil como son las que estatuyen el régimen del matrimonio” (Fallos: 53, 188).

        «Más recientemente se afirmó que “para que una ley de matrimonio civil sea compatible con el sistema de libertad consagrado en nuestra Constitución, debe serlo también con la neutralidad confesional que ésta adopta, de modo tal que esa ley no obstaculice al plenitud de la garantía constitucional de profesar cualquier religión o no profesar ninguna. De este modo resultaría violatorio del art. 14 de la Constitución Nacional imponer coactivamente alguno de los principios de las diversas religiones que coexisten en nuestra sociedad. (…) Esto es así, porque la Constitución Nacional protege la libertad de todos los habitantes de la Nación que no profesan el credo católico, de concebir sus vinculaciones matrimoniales con alcances distintos que los que establece esa religión en particular” (voto del Dr. PETRACCHI en los autos “Sejean”, ya citados).

        «Se advierte así que, desde una perspectiva exclusivamente jurídica, tampoco puede fundarse la prohibición cuestionada en los dictados de alguna religión en particular, aún cuando ésta fuese mayoritaria en nuestro seno.

        «9.2.e. Otro fin perseguido podría ser el mantenimiento de una costumbre “ancestral” como una forma de preservar una identidad cultural determinada. Sobre el punto se ha afirmado que “resulta pueril sostener que el hecho de que la ley de matrimonio civil tenga 100 años de antigüedad es un buen argumento en favor de su constitucionalidad. Es importante el desarrollo que desde entonces ha tenido el proceso de equiparación entre el derecho del hombre y el de la mujer. También lo es la fuerte consolidación que en nuestros días han alcanzado, afortunadamente, las garantías y derechos constitucionales así como los derechos humanos en general. Esto muestra un importante avance del reconocimiento de esos derechos, que hace imposible la concertación con el texto constitucional de disposiciones legales restrictivas de su alcance” (considerando 17 del voto del Dr. PETRACCHI, en Fallos, 308:2268).

        «El hecho de que algunas instituciones jurídicas hayan regido los destinos de la sociedad durante siglos no les otorga por ello validez constitucional actual o un inmutable sustento jurídico. Una legislación no puede ser juzgada, en el marco de una sociedad democrática no confesional como la nuestra, por su grado de antigüedad o ancestralidad, sino por el modo en que organiza las relaciones sociales de modo compatible con el sistema internacional de derechos humanos que se ha adoptado como paradigma de convivencia plural. La esclavitud, la pena de muerte, la conculcación de derechos civiles y políticos de la mujer, la cruel estigmatización jurídica de niños inocentes en razón de su nacimiento, entre muchas otras, hoy nos parecen instituciones aberrantes y fueron sin embargo la regla durante largos siglos de oscuridad.

        «9.2.f. Por último, no merecen mayores comentarios las alusiones al fundamento de la prohibición en crisis en un supuesto “orden natural” (ver SOSA ARDITI, ENRIQUE, ¿Es inconstitucional el orden natural?, elDial DC 126E). El carácter de “natural” o no de una forma institucional, si es que alguna de ellas puede tenerlo en tanto construcciones socioculturales del hombre, no le otorga ni la priva de fundamento jurídico alguno.

        «10. Que como ha quedado expuesto en los considerandos precedentes, ya sea desde la perspectiva de la protección del derecho a la autonomía personal o desde el derecho a la igualdad en función del de no discriminación, la reglamentación del derecho a contraer matrimonio contenida en los artículos 172 y 188 del Código Civil no supera el control de constitucionalidad en cuanto aniquila ese derecho respecto de los actores sin que se presenten las circunstancias que podrían tornar jurídicamente tolerable dicha prohibición.

        «Es que, excluido todo fundamento religioso por el hecho de que como se indicó, si se usara tal argumentación, ella conduciría per se a la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas por la violación de la libertad de creencias religiosas que nuestra Constitución establece, no resulta posible hallar ninguna razón que permita privar del
        ejercicio recíproco de este derecho de modo absoluto a los actores.

        «Así, la reglamentación legal del derecho contenido en el artículo 20 de la CN y pactos internacionales, no sólo lo altera si no que lo suprime respecto de los actores en orden a su orientación sexual y, por lo tanto, conculca la restricción que para la reglamentación de los derechos estatuye el artículo 28 de la Constitución nacional».

        Saludos.

      10. Otra vez intentás agredirme, o afirmás con liviandad, que vos conocés el tema y yo no. Yo no se si lo primero es cierto (no sé, tampoco, cuál es el “tema”, si derecho, discriminación u homosexualidad), pero creo que conozco bastante de derecho constitucional.
        Te aclaro que esta discusión me interesa solamente desde el punto de vista puramente teórico, dado que el hecho de que los homosexuales puedan casarse no me conmueve demasiado. No creo que ni se acabe el mundo por ello, ni que quede amenazada la familia. Pero tampoco me parece que la limitación del matrimonio a personas de distinto sexo implique una diferenciación inconstitucional o irrazonable.
        Tenés un reflejo indudable de descalificar al que no piensa como vos, por eso te aclaro esto. De todas formas, tu descalificación también me chupa un huevo.
        No puedo dejar de mencionar que la teoría de la categoría sospechosa (suspect classification) nunca fue aplicada, al menos por la Corte de los Estados Unidos, para referirse al trato diferenciado respecto de la homosexualidad. En el caso Graham v. Richardson (1971) se aplicó para invalidar la restricción del acceso a beneficios de seguridad social para los nativos o residentes de más de una determinada cantidad de años; y en el caso Fullilove v. Klutznick (1980), para analizar una medida de discriminación positiva que favorecía a un grupo por razones raciales en el acceso a los contratos públicos.
        En concreto, sólo se aplica este criterio por cuestiones de raza, nacionalidad o residencia, y nada más. Se habla sí de quasi-suspect classification para referirse a cuestiones de género, pero en ese caso el escrutinio a que se somete tales diferenciaciones es menor, menos estricto. Y no se aplica en cuestiones de preferencia sexual.
        Creo que el fallo que citás hace una aplicación liviana de la teoría de la categoría sospechosa, para mi gusto demasiado amplia, y que puede derivar en consecuencias no deseadas, al limitar las atribuciones del poder público. Creo que, así aplicada por el poder judicial, sustituye la decisión con legitimación democrática que es el Congreso de la Nación. En definitiva, lo que estoy diciendo es que estoy en contra de que algo así haya sido decidido judicialmente, y que en todo caso se debe discutir en el Congreso (como se está haciendo ahora).
        Vos planteás la cuestión como un asunto de igualdad ante la ley, argumentando que no existe razón alguna que justifique excluir del reconocimiento matrimonial a la unión de dos personas del mismo sexo. Decís más; decís que no sólo el Estado debe demostrar un interés válido para excluirlo, sino también que ese interés no se puede lograr de un modo menos lesivo de la igualdad ante la ley.
        Pero yo me paro antes de eso. Creo que no hay una clasificación sospechosa, porque no me convence que exista una afectación a la igualdad ante la ley en el no reconocimiento del matrimonio homosexual en estricta equivalencia con el matrimonio heterosexual. Si existiera dicha clasificación, allí el Estado debería justificarla, o revocarla. Pero, te repito, yo no la veo.

      11. Paredes,
        Estos años de debates intensos sobre este tema me han servido para darme cuenta de algo. Cuando los que defienden la desigualdad y la discriminación se quedan sin argumentos, siempre llega un momento en el que dicen que somos intolerantes y descalificamos y no aceptamos al que «piensa distinto» y etcétera. Es la forma de escaparse por la ventana. Creo que, lejos de «agredirte», como decís en tu mail, lo que hice fue darte argumentos, citar fallos, ofrecerte información, ejemplos, etc. Y vos seguís aferrándote al «yo no lo veo» y haciéndote el ofendido porque no te doy la razón.
        Bueno, si no lo ves, comprate anteojos. Es clarísimo. Y nosotros vamos a seguir luchando contra la discriminación y la desigualdad, por una razón muy simple: no aceptamos -y si querés llamame intolerante por no aceptar, es más, por rechazar radicalmente- que vos pretendas tener más derechos civiles que yo simplemente porque no lo ves o no te parece que discriminarme a mí sea problemático.
        Saludos.
        Bruno

      12. Puedo entender que estés caliente, pero no me parece que expresarlo sea conducente para esta discusión.
        Pero, todo bien.

      13. No es una cuestión de calenturas, Paredes. Hace varios días que vengo respondiendo tus comentarios con mucha paciencia y argumentos, y tu respuesta es decir que te «agredo». ¿Qué parte de mi respuesta te agrede?
        Con respecto a la categoría sospechosa, me parece que, si no cuestionás la doctrina en sí, para rechazar que se aplique a este caso deberías fundamentar alguna de las siguientes opciones:
        a) que las clasificaciones basadas en la orientación sexual no sean una categoría sospechosa;
        b) que el Estado haya probado claramente que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo supera el examen de constitucionalidad porque responde a una necesidad social imperiosa que no puede alcanzarse por otro medio menos lesivo.
        No creo que hayas conseguido fundamentar convincentemente ninguna de las dos cosas. Parece, en tu último mensaje, que te inclinás a sostener la opción a), es decir, que las clasificaciones basadas en la orientación sexual no constituyen una categoría sospechosa. Si es así, me remito a mi primera respuesta: lo que hay ahí es una percepción selectiva de la discriminación que te impide reconocer la discriminación contra gays y lesbianas en las mismas condiciones en las que probablemente sí la reconocerías tratándose de, por ejemplo, negros, judíos, mujeres, extranjeros, etc.
        Andá a los primeros casos en los que la Corte norteamericana comenzó a esbozar la doctrina de la categoría sospechosa -jurados negros-, o la fue afinando -el caso de la ley post Perl Harbor que permitía expulsar a los japoneses de los estados de la costa oeste, en el que consideró que la ley era constitucional pero, más allá de esa conclusión, sentó la doctrina-. O andá a los primeros casos en los que la aplicó la Corte argentina -ejercicio de la docencia, concursos para juez- y reemplazá las categorías «negro», «persona de ascendencia japonesa» o «extranjero» por «homosexual». Ahora decime si la conclusión no debió haber sido la misma.
        Y explicame dos cosas:
        1) por qué considerás que en el caso de los homosexuales no se aplican los criterios propuestos por Gelli para reconocer a los grupos que pueden constituir categoría sospechosa (grupos que tradicionalmente fueron excluidos de los derechos o beneficios que reconocen u otorgan las leyes o que se encuentran relegados a un situación en la cual se los posterga sin término);
        2) por qué considerás que no deberían tenerse en cuenta los tratados internacionales de derechos humanos que expresamente prohíben la discriminación por sexo, que numerosos constitucionalistas consideran que incluye en sentido amplio orientación sexual e identidad de género, tal como expresamente está en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en otras constituciones (por ejemplo, la de Sudáfrica, donde la Corte Constitucional declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, o la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
        Por último, te recuerdo que la aplicación de la doctrina de la categoría sospechosa para el control de constitucionalidad de las normas prohibitivas del matrimonio entre personas del mismo sexo ya había sido receptada por la Corte Suprema de Iowa y por tribunales de otros países.
        Existen muchos antecedentes de declaración de inconstitucionalidad de leyes prohibitivas del matrimonio entre personas del mismo sexo que se basan en la prohibición constitucional de discriminación así como en el principio de igualdad ante la ley, que está en las constituciones de la mayoría de los países. Así, la Corte Constitucional de Sudáfrica, las cortes estaduales de Ontario y Columbia Británica (Canadá), California, Iowa, Hawaii, Connecticutt (EE.UU.), entre otros casos, han fallado en ese sentido. Lo mismo que han resuelto jueces argentinos en al menos cinco casos.

      14. Bimbi, yo vengo demostrando similar paciencia que vos, asi que no me la eches en cara. Lo de los argumentos, es opinable.
        Me molesta el desprecio: de eso no sabés, informate, etc.
        Yo nunca me referí a vos en esos términos.
        A veces me parece que nuestro diálogo es imposible, porque vos argumentás y reaccionás como militante de la causa -lo que no está mal, pero me aburre- y yo sólo planteo mis dudas, lo que a vos te molesta tanto que me mandás a comprar anteojos.
        Así que me cansé, plantearé mis dudas frente a alguien que no las considere una traición.
        Allá vos con tu certezas, y prefiero mis incertidumbres, mis cavilaciones.

      15. Todo bien, Paredes, entiendo tu punto. Vos tratá de entender el mío: tus cavilaciones son desde la comodidad del que tiene todos sus derechos civiles garantizados y me dice a mí que tiene ciertas dudas sobre si yo debería ser tratado por el Estado como un ser humano o como algo un poco inferior, quizás un primate con un cierto grado de evolución. Mis certezas son las de alguien que no tiene garantizados los mismos derechos civiles que vos y, a los 31 años, está repodrido de ser tratado como un ciudadano de segunda y tener que explicar con paciencia y sin ofender a nadie que tiene derecho a que la ley le reconozca los mismos derechos que al resto.

      16. Yo también entiendo tu punto, reconozco que vos y yo nos paramos ante el problema desde distinto lugar.
        Igual, me hiciste leer un poco, y la verdad es que me sorprende la distancia que hay entre nuestro derecho constitucional y el de Estados Unidos a este respecto.
        Recién en el año 2002 allá la Corte revirtió el fallo Bowers, que había convalidado una ley que consideraba delito la relación sexual entre personas del mismo sexo, mayores de edad y en la privacidad de su casa!
        Allá se acepta que los principios morales de la mayoría son un fundamento suficiente para penalizar conductas que las contraviertan.

      17. Así es. En esta nota (http://picasaweb.google.com/bbimbi/CrTicaDeLaArgentina#5342100769749471330) cuento una historia sucedida en Texas, donde la homosexualidad era delito hasta 2003. Pero si querés cosas peores, mirá esta otra nota (http://picasaweb.google.com/bbimbi/CrTicaDeLaArgentina#5331783885627384066) que cuenta cómo, en algunos países, los gays podemos ser condenados a la pena de muerte. Y esta otra (http://picasaweb.google.com/bbimbi/CrTicaDeLaArgentina#5388787054217891442) que pinta un panorama mundial del tema.

        Pero no hace falta ir tan lejos. En la República Argentina todavía quedan una decena de provincias donde no la homosexualidad, pero sí es travestismo es una contravención. Una travesti, por el sólo hecho de salir a la calle, puede ser detenida y pasar 30 días presa por «vestir ropas del sexo opuesto». Acá (http://picasaweb.google.com/bbimbi/CrTicaDeLaArgentina#5264187419338008610) tenés algunas historias.

  14. Muy buena nota. Por favor, hay que volver a publicarla el año que viene, para el selecto y refinado grupo de gays y lesbianas PRO, a efectos de clarificarles que tipo de políticas están eligiendo.

  15. Es difícil caracterizar a Michetti. Por un lado, uno la oye hablar y es tan hueco su discurso que cuesta creer que se pueda actuar tanta nulidad de soporte argumentativo. No aporta nada más que una buena cantidad de lugares comunes que caen bien en determinado público. Michetti vende por su desgracia personal. Inconscientemente algo pesa que cuando se discute contra ella nadie va como iría contra cualquier otro contrincante porque hay algo que hace frenarse. En el debate de TN el año pasado se vio claro: la peor, por lejos, fue ella. Hasta Prat Gay que es inexpresivo por donde se lo mire, tuvo más contenido. Ella corrió todo el tiempo, pidiendo que buscaran un «algo» en que ponerse de acuerdo los 4 contendientes, sin proponer nunca siquiera una aproximación a ese «algo». Y no contestó, además, ninguna de las interpelaciones efectuadas a la gestión de su gobierno: eso era agresión, eso era tergiversar, correr el punto, y buscaba la complicidad de los conductores que le hicieron el favor siempre de cambiarle de tema cuando se le ponía peluda.

    La mina está operada por Bergoglio, lo hizo reunirse a Macri para que le pidiera perdón por su no apelación al fallo del juzgado que habilitó el matrimonio gay del año pasado. Increíble, un gobernante teniendo que ir al pie de nadie a explicarle porque tomó una desición equis. Si existe una imagen más triste de la democracia yendo al pie de las corporaciones que esa, que alguien me la muestre, yo no la conozco. Si alguien creía, con esos antecedentes, en la palabra que le dio a Cumbio, con el valor que se le da en PRO al marketing mediático y de cualquier otro tipo, pues ingenuos. Era obvio que Michetti no se iba a jugar con una negativa a un personaje como ese que por entonces gozaba de una cierta dósis de cámara. Y una vez que pasó eso -y pasó mucho tiempo- el grueso del voto PRO ni recuerda archivo -ni le interesa hacerlo-, ni es muy probable que se moleste o siquiera tome como importante el debate en torno al matrimonio gay. Más bien, si hay una posición tomada será en contra del proyecto. Entre la nada y el no, prefirió a Bergoglio. «Tengo amigos gay», dijo Gaby, lo mismo que te dicen los que a veces intentan justificar al nazismo «mirá que tengo muuchos amigos judíos».

    ¿Así que te dijo que vos te crees dueño de la verdad? Bueno, bien dicen que el ladrón creen que todos son de su misma condición. Ellos no responden por el tema Ciro James, porque eso «no le interesa a nadie». Ellos no debaten el tema de los trapitos «porque la ideología hay que dejarla de lado, y votar algo moderno». Y después acusan a otros de obtusos y antidemocráticos. Por lo demás, suscribo cada palabra de este post.

    1. Lo de «tengo un amigo gay» está buenísimo. Varios diputados lo dijeron en el debate para justificarse. Hasta en esas cosas se ven los paralelos. ¡Son tan previsibles!

  16. Sinceramente no entiendo.
    Uno puede (re)formular leyes para personas con ciertas dificultades u otros impedimentos (como ser paralítico) en pos de retribuirle la desigualdad que posee por causas naturales.
    Ahora, a mi me da verguenza que se hable de los homosexuales como algo diferente. Creo que ese es el punto. Yo no quiero ni decir «se merecen los mismos derechos», porque no me considero distinto de una persona homosexual, soy lo mismo! De que nos están hablando? Escuchar cosas como «yo no tengo nada contra los putos, pero se me tira uno y lo cago a trompadas» , claro, pero el puede ir y acosar insoportablemente a una mujer en contra de su voluntad porque es hetero!!
    Y el tema de la adopción por supuesto que la apoyo, para criar un hijo no hace falta que te gusten las tetas o la pija, no pasa por ahi. Ahi viene la pregunta, ¿esta sociedad hipócrita, dejará crecer en libertad a esos chicos? Seguro que no, pero para que lo haga algún día hay que por lo menos permitirlo desde ahora.

    1. Con respecto a lo que vos decís (sobre la diferencia), estuvo muy bien Agustín Rossi citando el epílogo de la Historia de la homosexualidad en la Argentina, de Osvaldo Bazán, que es un texto maravilloso:

      “Y algún día, finalmente, se habrá de saber la verdad tan celosamente guardada: la homosexualidad no es nada. Cuando saquemos del medio todos los incendios y todas las torturas y todas las mentiras y todo el odio y toda la ignorancia y todo el prejuicio, descubriremos que no hay nada.
      “Aprendí después de este viaje alucinante que un porcentaje siempre más o menos similar de la población, a lo largo de los siglos, en todas las culturas, en todos los continentes, ha sentido un ansia más o menos similar a la mía.
      “Eso es, con muchos de ellos, lo único que tengo en común.
      “Sin embargo, como ese ansia muchas veces fue y continúa siendo castigada irracionalmente –esto debería quedar en claro, irracionalnente– nos hemos convertido en una inmensa minoría, que al ansia original, le hemos debido agregar otros rasgos comunes.
      “Aprendimos a mentirnos primero, a mentir después. A escondernos, a desvalorizarnos, a despreciarnos. A no confiar en nuestra familia más cercana (sostengo que es imposible para cualquier heterosexual, incluso el más abierto, saber lo que eso significa.
      Los nenes negros, los nenes judíos siempre tuvieron en su casa un lugar en donde resguardarse de las estúpidas ofensas externas. El primer lugar en donde un nene homosexual es ofendido es en su propia casa. Tu hijo ¿cuenta con vos?). A no hablar. A aceptar resignadamente que las cosas son así. A avergonzarnos de cada gesto íntimo.
      “No era nada y después fue pecado (no fue Dios, sino un grupo de personas el que lo decretó) y después fue una enfermedad (tan arbitraria que un día dejó de serlo) y también fue un delito (usado siempre discrecionalmente). Y después fue todo junto: pecado, enfermedad y delito. ¿Cómo reaccionar teniendo en contra la religión, la ciencia y el Estado?
      “El día que nació el concepto de ‘orgullo gay’, comenzó a frenarse la injusticia. Enorgullecerse de eso que buscan que te avergüence fue el dique frente al avasallamiento con que la mayoría se relacionó con nosotros.
      “’¿Qué necesidad tienen de contarlo?’, preguntan algunos todavía. Como si pudiéramos existir sin decirlo. Sólo al nombrarnos existimos. Hay algunos que incluso no se dan cuenta que no quieren que nos nombremos porque no quieren que existamos.
      “’Si todos fueran homosexuales, la humanidad no tendría futuro’. Es mentira, los homosexuales no somos estériles. Pero no es el punto. Nunca, ninguno de nosotros pidió que todos fuéramos iguales. Eso es un delirio de algunos heterosexuales. A nosotros no se nos ocurre que todos deberían ser como nosotros. A muchos heterosexuales, sí.
      “Desorientados frente a nuestro orgullo y nuestros avances, algunos heterosexuales piden comprensión. ‘¿No comprenden lo que nos pasa a nosotros?’, preguntan, asombrados de que nos neguemos a pedir permiso para existir. Suelo exagerar pero me imagino al
      torturador diciéndole al torturado en la camilla de tormentos: ‘No te quejés, ¿no entendés lo que me pasa? ¿Te parece que es fácil verte así, sangrando?’. El mundo está demasiado raro: los hijos gay son los que tienen terminar entendiendo a sus padres. ¿Cómo pueden pedir eso?
      “—Viejos, quería decirles que estoy de novio.
      “—¡Qué alegría, nene! ¿Con un chico o con una chica?
      “Algún día va a ocurrir. Me gustaría estar ahí. Por eso escribí este libro. Porque la homosexualidad volverá a ser lo que nunca debió dejar de ser: nada”.

  17. Bien por vos Bruno. La verdad es que lo de Micheti me parece más lamentable que lo del Diputado riojano que sugirió internarte: el por lo menos tiene la fuerza de sus convicciones y sus votante pueden saber bien a que atenerse si le renuevan el mandato.

    Obviamente, lo ideal sería que ella – que evidentemente se opone – de razones fundadas para ello para poder debatirlas y, si sigue no convencida, será de votar en contra y nosotros de no votarla a ella.
    Así debería funcionar.

    Yo estoy a favor del proyecto en todos sus aspectos y ello porque, mi única duda (adopción), fue aventada por el debate público y por una larga charla con un amigo psicólogo que sabe del tema. De todos modos

  18. «Pero entre Hotton y Michetti, me quedo con Hotton. Pobrecita, es inimputable; no se le puede reprochar su ignorancia, su fanatismo religioso o su bajo coeficiente intelectual.» No sabés como me morí de risa con esta frace.
    Volviendo al tema de la nota; Micheti de entrada mintió y todos los que no teníamos que votarla (vivo en Entre Ríos) nos dimos cuenta de como miente.
    Un abrazo, si bien no estoy del todo de acuerdo con vos, en gran medida si lo estoy.

      1. El mejor humor es el que sale de reírse de uno mismo. Si me vas a corregir como escribo, bien, hacelo, pero puedo escribir como el mejor de los chantas y no por eso dejo de ser un ignorante.
        Imaginate vos hablando con una persona del nivel intelectual como Milagros Salas. Ella puede a veces dirigirse a los demás como una bruta, pero no deja de ser inteligente o informada en la realidad que vive. Con tu actitud la vas a terminar ninguneando.
        No me conoces, no has hablado nunca conmigo y no diste nunca un argumento para rebatirme. ¿Me decís ignorante por tener en todo un texto un solo error de ortografía? ¡Disculpe señor soberbio! ¡No sabía que nadie se puede equivocar! Ahora para dirigirse al señor tenemos que dejar de ser humanos para dirigirnos con el Dios del saber, monumento a la inteligencia, al corazón de lo perfecto.
        Cualquiera puede decir algo inteligente, pero si vos seguís teniendo dos dedos de frente al momento de llamarlo ignorante por lo mal que se expresa, nunca vas a tener una conversación sin violencia.
        Si tu intención fue hacerme notar que escribí mal la palabra «frase», hay otros modos menos violentos y menos soberbios de hacerlo. Así que no se quien es más educado acá, si el que ofende cuando ve una palabra mal y tratar al prójimo de ignorante o yo convirtiéndome en una persona más soberbia de lo que me gusta ser para remarcarte que tenés que dirigirte de otros modos ante la gente que no conoces, por que un día te va a pasar que te peguen un puñete.

      2. Dejate de joder, Paredes.

        Vos te ofendiste porque, después de que me corregiste como maestro ciruela diciendo algo que demostraba un total desconocimiento del tema del que estábamos hablando, te dije que te asesores, y ahora salís a darle con un hacha a Lelale por un error de ortografía…

        Acá discutimos ideas, contenidos, política, argumentos, no ortografía. Pero si vamos a entrar en ese juego, «reírte» se escribe con acento y si cerrás signos de admiración, antes tenés que abrirlos. Así que no escupas para arriba.

        Acá todos escribimos rápido y cometemos errores, nadie se salva.

        Saludos.

      3. La cuestión es al revés.
        Yo no le hubiera corregido nada si no fuera porque advertí en su comentario una petulancia intelectual realmente lamentable:
        “Pero entre Hotton y Michetti, me quedo con Hotton. Pobrecita, es inimputable; no se le puede reprochar su ignorancia, su fanatismo religioso o su bajo coeficiente intelectual».

      4. Ese texto es de mi nota, no de Lelale. Él me está citando. Y no es para nada petulante. Hotton es una fanática religiosa, ignorante y muy poco inteligente. Todo su accionar en el tratamiento de esta ley lo demuestra, empezando por haber llevado como «expositores» a las comisiones a un grupo de lunáticos que fueron a decir (consta en las versiones taquigráficas) que los gays somos «enfermos mentales», «desviados», «infieles», «drogadictos», «enemigos de la familia», que queremos «destruir la sociedad», que las lesbianas «odian a los hombres» y un montón de estupideces semejantes. A lo que se agregan todas las barbaridades que dijo Hotton durante el debate de la ley y en las entrevistas de los medios, que sólo una débil mental con un grado de fanatismo religioso extremo puede sostener. La última de las imbecilidades que le escuché es que la legalizació del matrimonio entre personas del mismo sexo habilitaba la poligamia, porque los bisexuales iban a tener derecho a casarse «con dos personas: un varón y una mujer». Es realmente inimputable, no hace falta ser petulante para decirlo.

  19. Gabriela Michetti tiene razón. El matrimonio homosexual no es aceptable ya que la homosexualidad es una abominación, según lo que nos dice la Biblia. Y quienes incurren en esas prácticas abominables deben morir.

    Otros también tienen que morir ya que las leyes y prohibiciones deberían aplicarse en su totalidad. Es la palabra de Dios y como tal no puede ser puesta en duda o ejecutada de manera discrecional.

    Empecemos por apedrear hasta la muerte a Elisa Carrió que incurre periódicamente en la adivinación, práctica taxativamente prohibida (Levítico 20:27, 19:31). Castiguemos al senador Jorge Colazo
    por recortarse la barba cada mañana (Levítico 19:27), matemos a Liliana Negre de Alonso por usar una camisa de algodón con lycra y a Cynthia Hotton por mezclar semillas de perejil y de cilantro en una misma maceta(Levítico 19:19). Castiguemos a De Narváez por llevar un tatuaje (Levítico 19:28) y ajusticiemos sin piedad al cardenal Bergoglio por haber comido una morcilla (Levítico 19:26).

    Es la palabra de Dios.

    1. ¡Muy bueno! El año pasado entrevisté para el diario Crítica al padre Luis Corrêa Lima, cura católico, licenciado en teología, doctor en historia y profesor de la Pontifícia Universidade Católica do Rio de Janeiro, y le hice preguntas con algunos de esos ejemplos:

      –Suele decirse que la Biblia condena la homosexualidad. ¿Es verdad?

      –La Biblia expresa la fe del antiguo pueblo de Israel y de las primeras generaciones cristianas. En esa expresión, la palabra de Dios está presente. La revelación divina se encarna en el lenguaje y en las categorías humanas y tiene un enraizamiento sociocultural, pero no debe ser confundida con él. En la Biblia hay una cosmología en la que el mundo fue creado en seis días y la Tierra surgió antes del Sol y las estrellas. Hay una antropología en la que el hombre viene del barro y la mujer de la costilla del hombre. Y en esa antropología también se prohibía la unión entre dos hombres o dos mujeres. No se debe seguir todo al pie de la letra, como si hoy fuera necesario entenderlo así. En la Biblia no hay respuestas para todas nuestras preguntas.

      –El Levítico dice: “No te echarás con varón como con mujer; es abominación”, pero también dice que es “abominación” comer animales de mar o de río sin aletas o escamas. ¿Por qué la Iglesia condena la homosexualidad pero no la ingesta de mariscos?

      –Esa parte del Levítico trata del código de santidad, que reglamenta el culto de Israel y establece las diferencias que debe haber entre ese pueblo y los demás. Cuando el cristianismo se expandió entre los pueblos no judíos, ese código dejó de ser normativo. Sin embargo, como la prohibición del homoerotismo permaneció, esos versículos continúan siendo citados. Sin dudas, es una lectura retrospectiva y selectiva.

      –¿Cómo interpreta usted la expresión “contra natura” presente en la Epístola de san Pablo y señalada como referencia a la homosexualidad?

      –La carta de san Pablo a los romanos contiene una refutación del politeísmo. Los paganos no adoraban a un dios único y, como permitían el homoerotismo, que era abominable para los judíos, eso era visto como castigo divino por la práctica religiosa equivocada. En el contexto judeocristiano de la antigüedad, este argumento era comprensible, pero no debe ser usado hoy para individuos constitutivamente gays, para quienes la orientación sexual no tiene nada que ver con la creencia en uno o varios dioses.

      La entrevista completa acá: http://bbimbi.blogspot.com/2009/11/entrevista-luis-correa-lima-cura.html

      1. Muy buena entrevista.

        Siempre me pregunté por qué los católicos focalizaban tanto en el sexo y tan poco en los mariscos o en la mezcla de tejidos, pero nunca logré una respuesta clara, más allá de la erotomanía cristiana.

        En el fondo creo que el tema es irrelevante. No tengo nada en contra de que los católicos no puedan divorciarse, comer mejillones o masturbarse en paz. Incluso no haría nada por salvarlos del infierno si incurriesen en alguna de esas abominables prácticas. Lo que me parece insólito es que pretendan que quien no tomó la precaución de serlo padezca las mismas prohibiciones.

        Si una nueva secta de iluminados considerase que Dios está en los Lego y que separar los bloques es deicidio me sorprendería mucho que los padres católicos, por respeto hacia las sinceras creencias ajenas, aceptaran que sus hijos sean lapidados por eso.

  20. Gabriela Michetti es el fenómeno mas perverso de la política de los ultimos años.
    Ya desde el vamos: el unico motivo por el cual eligió Macri a una dirigente desconocida, deslucida, jamas conocida por una incitativa o proyecto relevante, es uno solo: su discapacidad.

    Y que la sociedad aceptara proyectarle virtudes tales como honestidad, valentia, etc… es tan patético y monstruoso… y que ella, aprovechando eso sea la más perversa y mentirosa de las dirigentes, haciendo de cuenta que no pasa nada mientras su gobierno sale a torturar indigentes por las noches con sus grupos de tareas, consintiendo un endedudamiento que nos va a llevar a la quiebra, y ella sigue con su gesto de señora indignada, víctima de la política. patetico, monstruoso, perversísimo, el mas bajo de los fraudes morales.

  21. Excelente nota, te envidio la paciencia para discutir con el ex 3 de CASLA y Ferro, entre otros (?).

    Lo de Michetti es tal cual afirman acá, es un fenómeno nuevo, le falta tomar mucha leche. Un día la vi afirmar (como si fuera un mérito) que ella «empezó en la política en 2001, 2002, con todo lo que pasaba me dije que había que meterse, que no lo podíamos dejar la política a los políticos». O alguna perorata vacía como ésa.

    Bueno, Gaby Michotta, se nota que hace poco que están en esto. Son ingenuos, predecibles, limitados, torpes, no saben construir poder; todas cosas que hacen a su supervivencia como políticos, no a una buena gestión. ¿Para qué hablar de si pueden hacer algo para la gente? Eso ni se discute, todos sabemos que es imposible.

    Cuando la vi en aquella nota afirmar tan feliz y suelta de cuerpo su «virginidad» en la arena política me quedé tranquilo. Cuando se tengan que enfrentar mano a mano (en serio, no como ahora, con todo el escenario corrido dos años para adelante) con el aparato peronista o los viejos dinosaurios de Diputados y Senadores que te corren con el reglamento en la mano, les van a romper el culo. Pero no te angusties Gaby, mirale el lado positivo: por lo menos no vas a ser más virgen.

  22. Michetti ¡fea actitud!
    eso porque debe andar alzadita con bergoglio ¡que asco, por dios!
    Michetti: ¡¡¡MENTIROSAAAA!!!

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