Testimoniales: jurídicamente, políticamente

Jurídicamente,

Para que yo pueda jurídicamente decir que las candidaturas testimoniales son ilegales debería poder decir que es verdadera al menos alguna de las siguientes tres proposiciones.

1. El que está cumpliendo un cargo no puede candidatearse a otro. Falso, ya lo sabemos. Obama 09 estaba cumpliendo su cargo de senador, Cristina Kirchner 07 estaba cumpliendo su mandato de diputada, Néstor Kirchner 03 estaba cumpliendo su mandato de gobernador, De la Rúa 99 estaba cumpliendo su cargo de Jefe de Gobierno, Menem 89 estaba cumpliendo su mandato de gobernador

2. Cuando yo soy algo y me candidateo a otra cosa, debo renunciar al cargo que tengo. Falso. La renuncia la debo hacer, sí, pero antes de asumir, no antes de candidatearme.

3. El que se postula “debe” asumir. Falso. No hay norma que obligue a un candidato electo a asumir, ni al asumido a ejercer su cargo hasta el final; la renuncia es una salida permitida en todas las fases del proceso.

Políticamente.

El que propone la testimonial esta proponiendo una específica narrativa política a la elección en la que participa.

Como todo tiene una historia, hay que ver qué pasó las ultimas ocasiones en que un gobierno nacional se topó con legislativas de mitad de mandato en las que tenía posibilidades de perder. Fue en 1997 y en 2001. Menem primero, y De la Rúa después, ensayaron la siguiente excusa: “nosotros no perdimos, no fuimos candidatos a nada”.

Jurídicamente impecable (es verdad que sus nombres no iban en ninguna lista), políticamente autista.

Asumido que sea que las elecciones legislativas de mitad de mandato son, simultáneamente, también (y digo, no solo eso, digo «también») un test electoral sobre los gobiernos que están en funciones (nacionales, provinciales, comunales) el gambito testimonial – lejos de ser fraudulento y engañador– es frontalmente explícito en asumir la existencia y la relevancia de ese factor «también».

Quien se pone al frente de una lista con vocación testimonial subraya expresiva y expresamente el tema de la gestión (su gestión) en la narrativa de campaña. Clausura la salida de emergencia que utilizaron en su momento Menem y De la Rúa. Tal vez eso le juege a favor, o en contra, su influencia es a priori indemostrable. Por lo pronto no gana puntos gratis, porque eso lo obliga a concentrar el temario de campaña en el pasado inmediato, porque pierde la posibilidad de sinergizar su armado con otras figuras. Es una decisión que podrá calificarse de valiente o de insensata, que podrá ser eficaz o ineficaz. Pero el control de esta decisión estará en el escrutinio del electorado, no en el escrutinio judicial.

Este no es mi blog jurídico así que no quiero detenerme en otros puntos menores o tecnicismos. Lo cierto es que -mas allá de lo que uno pueda pensar sobre si le gustan o no- todos los planteos jurídicos que se formulan con docto tono de indignada inexorabilidad tienen respuestas obvias o respuestas plausibles.

(si quieren, lo discutimos en los comments, pero la sola plausibilidad, esto es, la mera existencia de un debate, nos llevará a concluir que en la duda debe estarse en favor de validar el acto, como ocurre siempre en electoral, a favor de las candidaturas, de los programas, de la participación en los partidos).

Todo ello no impedirá que se denuncien prevaricatos ni servilletas cuando, como va ocurrir, segura y correctamente, la justicia desestime las impugnaciones que tanto se menean por estos días.

163 comentarios en «Testimoniales: jurídicamente, políticamente»

  1. el caso de scioli es el diferente
    constitucion nacional
    Articulo 73o.- Los eclesiasticos regulares no pueden ser
    miembros del Congreso, ni los gobernadores de provincia por la
    de su mando.
    el resto veremos que pasa

    1. No Fede, no es diferente. No puede SER miembro, pero si CANDIDATO al congreso. Esto supone una chance de presentarse y que, en caso que Scioli quisiera asumir la banca (una quimera), ahi debiera renunciar al cargo de gobernador. Es decir, antes del 10 de Diciembre. Pero al 28 de Junio su cargo no supone ningún drama a ponerse en la lista.

      1. Todo bien, MEC, no te sulfures. Hoy leía la entrevista que te hicieron en Las 12. Si bien es cierto que en internet siempre hay uno que a los tres segundos te marca el error, tampoco es que se va a morir nadie si no lo cambiás enseguida :P

  2. Fede, el artículo 73 dice que los gobernadores de provincia no pueden ser miembros del Congreso, pero Scioli sólo es candidato a diputado, que no es lo mismo que ser miembro del Congreso, el próximo 10-12 tendrá que optar entre su banca en el Congreso o la gobernación de la provincia. Parece demasiado claro el asunto como para dejarse enrollar con la coreografía de la oposición que a falta de ideas arma sólo operaciones mediáticas.

    Mary

    1. No es operacion mediatica es sentido comun, si te presentas a candidato a algo es porque vas a asumir , sino directamente expresa que apoyas a tal candidato. Porque la realidad que lo unico que logran con esto es que realmente suba gente que no sabemos quienes son

  3. igualmente lo terrible va a ser en unos meses cuando los 2 peronismos se reunan por que no va a quedar un poco feo no que la patria financiera deboradora de bebes sea parte del mismo bloque digo yo.
    no te preocupes macri era todo una jodita para videomathc si con tu viejo nos llevamos barbaro van a decir?

  4. impecable, es más que claro…. no comprendo porqué desde el oficialismo no hay mayor claridad y convicción para explicar estas cosas!! «y entonces por qué se presentan?» preguntan…, «para poner el cuerpo en el proyecto» hay que responder!!, «pero engañana a la gente» dicen….respondo: la «GENTE NO ES BOLUDA, COMO UDS. PIENSAN…O UD. PIENSA QUE LA GENTE NO VALORA QUE APOYEMOS ESTE PROYECTO», y para finalizar…»hablemos el 29 de junio!» gracias!

  5. De donde saca Arballo que para «jurídicamente» concluir que es ilegal la candidatura testimonial de Scioli es necesario verificar uno de los tres tests que enuncia? Esa es una afirmación dogmática que no tiene ninguna fundamentación. En todo caso, lo que la Justicia tendrá que examinar es si se está realmente «postulando para un cargo» (requisito del Art. 60) una persona que desde el vamos aclara que no piensa ocupar dicho cargo.

    1. No es una afirmación dogmática estimado, es una afirmación de lógica, postula, prueba, no lo saca del canon eclesial ni mucho menos. Siguiéndo el excelente argumento de Arballo puede llegar a una conclusión determinada, pero para no seguirlo a él basta con que usted presente: a) elementos formales no argumentativos (falacias) b) premisas inválidas c) otro elemento que invalide la argumentación (léase una putañera ley de endeveras que impida, restrinja, objete otra cosa).
      Así es que, estimado, no siga dogmas de ningún tipo, piense y encuéntrele la vuelta para impugnar si así lo desea, pero le recomiendo que tenga más bagaje, experiencia, recurso y autoestima que Gil Lavedra, porque al susodicho radical bien no le va a ir con el desprestigio.

  6. Ja, hoy Gil Laavedra dijo que violaba la democracia representativa.

    Ja. Què loco, porque yo también creo que cuestiona una determinada forma de representación.

    Por otro lado, hay un tercer camino para evaluar, además de jurídica y políticamente, y que se refiere al rol de las testimoniales como forma de que no se desbande lo propio. Que es la razón que, claro, no se va a decir públicamente, pero una de las claves por las cuales se apeló a este tipo de candidaturas.

  7. No es una afirmación dogmática, es un esquema de tres razones posibles y que inevitablemente están como premisas ocultas en cualquiera de los planteos de ilegalización de testimoniales. De hecho, el comentario anterior está basado en la premisa de que el candidato electo «debe» asumir.

    La candidatura llamada testimonial es una candidatura efectiva y real en tanto que candidatura.

    El que se postula como candidato se presenta ante el pueblo, único juez político de su testimonialidad, y ganará el derecho a renunciar de inmediato a un cargo que el electorado (una parte del pueblo) le dio, en favor de otro candidato que también, explícita y anticipadamente, aparece en su misma boleta de urna.

    Todavía todo esto tendría algún tipo de posibilidad de control judicial si fuera un sinsentido evidente. Por eso pasamos al escalon dos: políticamente, la candidatura testimonial tiene un sentido específico, que supone más un sinceramiento (alguien dirá: un sincericidio) que una ficción.

    Bien mirado, la verdadera ficción es la de decir que aquí sólo se eligen equis senadores, concejales, etc. y que eso no supone más que un dato estadístico para la labor del ejecutivo que casualmente está en funciones. De hecho, los mismos que impugnan convocan (con todo derecho) a que en junio se plebiscite la gestión de un ejecutivo en una elección parcial legislativa.

    1. Gustavo, con todo respeto, pero me parece que quien no está habilitado para asumir como legislador, no puede ser candidato. Del mismo modo, como para «ser» diputado hace falta tener 25 años de edad (art. 48 de la CN), siguiendo tu criterio podría canditearse un menor que de antemano avisa que no va a asumir si es electo. Y así podríamos seguir con ejemplos hasta el absurdo.

      1. Menem en el 89 no estaba habilitado para ser presidente, porque no se puede ser simultaneamente presidente y gobernador de La Rioja. Tal vez lo mismo ocurra cuando Michetti se postule para Jefa de Gobierno en 2011.

        La diferencia entre estos casos y la restricción de edad es que el mismo candidato puede remover el obstáculo con un acto voluntario de su parte, en el lapso que va desde la proclamación hasta la asunción. Si Messi se postula no puede hacer eso, por eso su candidatura sería impugnable.

      2. Gustavo, me parece que el ejemplo de Menem no sirve porque no hay ninguna norma que impida a un gobernador presentarse a elecciones para presidente. No existe un equivalente al art. 73 para esos casos.

      3. Ya se que no nos vamos a poner de acuerdo, pero como abogados que somos, dejame seguirla una más…
        Esa es tu interpretación de la norma, pero el 73 en ningún momento habla de «simultaneidad».
        Tanto el 48 como el 73 utilizan el verbo «ser», razón por la cual deberíamos analizarlos bajo el mismo prisma. Si la edad me impide ser legislador -no hay discusión-, eso también debería obstar la candidatura; del mismo modo, si mi cargo no me deja ser diputado, tampoco podría presentarme en la elección, sobre todo si aviso de antemano que no voy a renunciar. Ponele, por caso, que Kirchner no cumple con los dos años de residencia -ya lo discutimos en tu blog- en tu intepretación podría presentarse pero no asumir, porque el requisito de la residencia en la Constitución se exige para «ser» diputado.

      4. Yo lo entiendo distinto (si bien estoy en total desacuerdo con estas candidaturas testimoniales – pero como bien se dijo, en las urnas el ciudadano tiene oportunidad de demostrar lo que piensa). El 73 dice que no puede ser gobernador y miembro del congreso. Ser miembro del congreso no implica una condición certera para el candidato ya que tiene que ganar para poder serlo. El gobernador puede renunciar a su cargo, esta acción está prevista legalmente.
        En cambio, la condición ser mayor de 25 años es una condición certera: si cuando se postula como candidato (o la fecha de la elección o de la asunción – no sé cómo se considera) la persona no tiene esa edad, por más que gane la elección no va a poder ser miembro del congreso. No puede suceder nada en medio que permita que lo fuera.

      1. Patti tiene un as de espadas en su favor. El 23 i c de la Convención Americana (Pacto de Costa Rica) habla de diversas razones por las que una ley de un Estado parte puede reglamentar el derechoa a la participación. Es una de las pocas normas de una Convención, bastante genérica, que está hecha con lenguaje muy taxativo: dice que la ley puede limitarlo «exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal«. «Exclusivamente» quiere decir: por esas razones y por ninguna otra. Y esa enumeración no incluye a la mera imputación que todavía no es condena.

  8. A mi me parece que el problema de las candidaturas testimoniales, no pasa precisamente por una cuestion legal/juridica, sino politica.

  9. Los cuestionamientos a las testimoniales son… testimoniales.
    Es decir, el gil de Lavedra sale a contar que se opone a la candidatura de Scioli porque entiende que esto le puede sumar votos, That’s all folks.
    Los cuestionamientos no tienen sustento legal alguno.
    Igual, nos seguimos preguntando donde tiene domicilio Néstor y si va a votar al Escriba si lo tiene en Olivos (Vicente López).

    1. Adhiero a María Esperanza. Pero ojo, a Anibal no lo mueven eh, le dan otro puesto. No nos podemos perder sus brillantes intervenciones.

      1. Dos meses atrás, cuando se empezó a hablar por primera vez del tema dije: voy a encontrarle alguna vuelta para decir que esta es la vía fetén para impugnarla. No la encontré, enseguida andaba con elucubraciones del tipo la teoría del acto jurídico dice que los actos deben ser «serios», entonces … pause for a reality check: estoy diciendo cualquiera, si aceptamos esas interpretaciones extensivas de las causales de impugnabilidad los jueces terminarán siendo los patovicas de las elecciones. Abogar por interpretaciones restrictivas es, entonces, una forma de evitar que mañana las interpretaciones ampliatorias joroben a una minoría expectante.

        Si nos repartimos cargos, igual, yo quiero ser juez de la Corte Suprema. En serio.

  10. Para apoyar la tesis de Gustavo -brillante por donde se la mire, suscribo el pedido de home- me hago un par de preguntas:

    ¿Acaso aquellos que se presentan para, por ejemplo, Presidente y Diputado, cual lo hiciera López Murphy en 2007, no incurren en una candidatura testimonial? Digo, hasta donde yo se, una persona solo puede ocupar un sólo cargo, por ende ¿que pasaba si el bulldog ganaba ambos cargos? Debiera haber renunciado a uno de ellos, puesto que ambos son incompatibles. ¿No es acaso eso una testimonialidad, o como lo quieran llamar, el nombre es lo de menos, pero que encuadraría en los «horrores cívicos» con que algunos se pretenden indignados?
    Alguien va a saltar en cualquier momento y me va a decir: «Ah pero Scioli y Massita ya avisaron que no van a asumir, eso hace diferente a lo de López Murphy (sigo con el porque lo puse de ejemplo y por algo que agregaré mas abajito) que no decía nada de antemano».
    Anticipo mi respuesta a ese hipotetico que quiera contrariar por deporte: Señor, ¿ud. necesita que todo se lo digan explícitamente?, ¿no es capaz de inferir algo tan simple como que alguien que se presenta a dos cargos sólo puede asumir uno?
    Me la agarró con Ricardo Hipolito por una sencilla razón: es uno -entre muchos, no voy a ser injusto-, que la juega de campeón de la moral y el llamado «respeto por las instituciones». Halagado constantemente en razón de ello por Carrió. Con el agravante que quiere vender eso como remedio a «los males de la patria», creyéndose la re encarnación de los muchachos de la generación del `80 (vaya uno a saber que le ve de bueno a ser descendiente de esos simpáticos). En resumen, es parte de los cultores del doble standard que impone respetar las instituciones (tal como ellos lo entienden) solo a Kirchner y los suyos. Ah, y ya que estoy lo despedazo por completo: en ocasión de las elecciones 2007, por si todo lo que dije arriba fuese poco, el perro dudó en 2007 entre ser, además de candidato a Presi, ser candidato a SENADOR POR LA CIUDAD (no lo fue) o a DIPUTADO POR LA PROVINCIA (optó por esto cuando no acordó con Carrio y se quedo con Macri que en la Ciudad ya lo llevaba a Melconian). Busquen el dato si no me lo creen. Claro, pero está mal que Cristina lo haga, que lo haga ahora Nestor, digo, cambiar de domicilio.
    Y Carrio sigue hablando y hablando. Piensa llevar a Adrian Perez para la Ciudad e instalarlo de posible futuro Jefe de Gobierno. Si yo no recuerdo mal es diputado por la Provincia. Entonces, sinceremosnos, chanchadas hacen todos, ese es el genero. Testimoniales es una especie de ese genero. Y sigo,
    ¿Esta bien que un candidato asuma su banca, pero «pour la galerie», como De Narvaez que pinta solo para las votaciones mediáticamente trascendentes, no presenta proyectos y la última vez que habló fue para quejarse de que Kunkel lo mencionó en un discurso? Mauricio, te estoy mirando a vos tambien eh.
    ¿Esta bien candidatearse para presidir la legislatura porteña y despues decidir interpretar antojadizamente el voto de «lagente» y arrogarse arbitrariamente funciones ejecutivas? Si saben de quien hablo, ¿es peor decir que «me candidateo pero no voy a asumir», que hacerlo y decir «no voy a terminar» porque se vislumbra posibilidad para la Jefatura de Gobierno 2011, en caso que el Jefe busque el queso mayor?
    Felipe tenía un plan ambicioso tambien. Como renuncia ahora a la banca que ganó como 1º del kirchnerismo y la misma va para un kirchnerista aún puro, la idea era otra: presentarse por PRO, ganar y renunciar, pero no a la banca que ya tiene (lo cual, ¿no torna ridículo que busque otra?), iba a renunciar a la banca que ganaba con PRO para que se la lleve un afín a PRO y el con la suya ganada con K, chupaban una banca más. ¿Eso no hubiese sido defraudar a los que votamos al kirchnerismo?, ¿o nuestros votos valen menos?, ¿a nosotros no se nos puede defraudar? Preguntas que me surgen. Todo lo abortó por el «escandalo» de las testimoniales.
    Sigo. El 15/02/09, en el editorial donde racconta la por entonces naciente alianza PROperonista: http://www.elintransigente.com/notas/2009/2/15/editoriales-12863.asp, y dice, lo mas campante que:
    «algunos dirigentes garabatean algún compromiso para sujetar a Macri y a Solá. ¿Cuál? Que quien sea candidato en el 2011 lleve a su rival como vicepresidente y, mediante un recurso legal, jefe de Gabinete a la vez.». ¡¡¡VICE PRESIDENTE Y JEFE DE GABINETE A LA VEZ!!! De ahí a que sea cierto lo que pone Van Der Kooy hay un trecho. Pero lo menciona así al paso como si fuese la nada. No debe haber mas repugnancia a la Constitución que esa. Y Clarín llora y llora por las testimoniales.
    Vilma Ripoll ahora encabeza la lista de diputados nacionales y de legisladores porteños. Otra testimonial. Pino en 2007, candidato a Presi y Senador. Blumberg, a gobernador y a dpiutado.
    No, si me lo propongo sigo hasta que quiera eh. Por eso, reitero, chanchadas hay miles y las testimoniales son solo un gran ejemplo de otras tantas. Pero, por favor, no la juegue ninguno de virgen violada, se los ruego, se los imploro. Porque da asco la verdad.
    Quedará para otro día el porque de mi adhesión a las testimoniales desde lo político.

  11. Yo creo que Ud. tiene toda razón, Arballo. Ahora, y correlativamente, si el mensaje es ponemos todo esto acá porque no podemos perder y que quien pone …»vocación testimonial subraya expresiva y expresamente el tema de la gestión (su gestión) en la narrativa de campaña…» luego el perder «implicaría» un mandarse a mudar de la gestión rechazada en implícito plebiscito lo que, desde luego, no ocurrirá, porque todos se quedarán en sus sillones. Entonces sí, lo testimonial habrá sido un papelón.

    1. No necesariamente. «Perder» implicaría negociar desde otra posición. Lo cual es mucho si se tiene en cuenta el antecedente de que con toda la fuerza de una elección reciente ganada por la mayor diferencia de la historia el año pasado hubo bastante oposición.
      Pero lo que está en juego y resulta la palabra clave es qué es perder? Y quién lo dispone. En cualquiera de los escenarios y lectura posteriores lo testimonial no queda como un papelón, sino como un recurso político (dentro de lo legal) que salió mal (no creo). Y eso también lo señala Arballo, con precisión.

  12. Las candidaturas testimoniales (sean del partido que fueren) sin innecesarias, y están mal.
    Son innecesarias porque el mentado «apoyo al modelo» que los defensores de estas candidadturas esgrimen es mejor plasmado con genuinos legisladores del partido en cuestión. Porqué, por ejemplo, el voto a Scioli (et al) brinda más apoyo al «modelo» que un voto a un verdadero candidato (del palo) a legislador (esto es, que asuma su efectivamente puesto)?
    Y las candidaturas testimoniales están mal porque atenta contra el espíritu de representatividad de nuestro sistema democrático. Estas son elecciones legislativas.
    No encuentro un argumento racional para justificar estas candidaturas. Ni uno.

    1. Muy bien. Pero resulta que son opiniones: si están mal o bien, a menos que lo diga la ley, resulta pasible de ser discutido. Entonces le pediría a quienes como usted indican «contra el espíritu de representatividad» que, si no quieren que quede sólo como una opinión, la fundamenten, sea legal, lógica, ética o políticamente.
      Si son innecesarias o no, nuevamente depende de la subjetividad: resulta que para usted no son necesarias, pero para K resultan necesarias y, supongo, útiles.
      La materia política resulta discutible. ¡Qué grata sorpresa!

  13. Juridicamente me parece inobjetable y terminante el anàlisis.
    Las llamadas candidaturas testimoniales no vulneran ninguna norma de la legislaciòn electoral.

    Pero sí lesionan los modos en que puede construirse una alternativa política que insista y profundice la línea iniciada en el 2003 y encabezada por Nestor K.
    No creo que puedan tomarse en consideraciòn los argumentos que señalan que la oposiciòn ha incurrido y tambièn se maneja con este tipo de comportamientos porque de lo que se trata justamente es de haber sido diferente en estos años y para llevar adelante este proyecto, hay que repetir esa conducta y no confundirse con estas cosas que amèn de lo que puedan padecer como vicio desde la ètica, encima no sirven para la finalidad con que se han diseñado.

    Peron fue un candidato proscripto entre 1955 y 1973 y el peronismo como partido, pudo en algunas de las elecciones presentarse frontalmente – 1962 – o con algùn subterfugio o el usufructo de algun oportunista que se hizo de la chapa -neoperonismos del 63-65 -. Sin embargo fue el arbitro electoral de cada comicio que intentò revestir de legalidad formal un proceso totalmente ilegìtimo ya que le impedìa a la principal fuerza política postularse como tal porque ganaba.

    No hacia falta que estuviera en ninguna boleta ya que el olfato popular sabìa quienes eran sus candidatos. Y si no los habìa reventaba las urnas con los votos en blanco.
    Todo este andamiaje tejido alrededor de la inclusiòn de candidatos que no van a asumir podrìa haberse evitado haciendo polìtica, lo cual equivale entre otras cosas a que quienes conducen al peronismo, lo ùnico que tenían que hacer era abrir el juego y respaldar a los hombres y mujeres que pueden avanzar con estas propuestas.

    Por las mismas razones, Nestor K no puede negarse a debatir con De Narvaez o Margarita, fundado en esta tradicional mezquindad que ha invadido a los hàbitos politicos y que señalan que el que va adelante en las encuestas no confronta politicamente porque es màs lo que puede perder que lo que gana.

    Aparte de la baja altura de este estilo, en esta emergencia tampoco sirve y por dos razones básicas.

    Primero porque es imprescindible volver a seducir a los sectores medios y salir a capturar su adhesiòn, formulando razones y abriendo lìneas de diàlogo, debate, reflexión y discusiòn, que la oposiciòn està cerrando con consignas vacias de contenido.

    Y segundo, que para continuar desarrollando esta politica despues del 29-J, hay que acercarse a la gente en el mismo espacio audiovisual que la corporaciòn mediàtica usa como territorio comunicacional de cooptaciòn. No bastan los actos en los municipios donde se refrenda el discurso con una audiencia que ya está comprometida con este proyecto. A los que se han ido, los que dudan, los que podrìan volver, a los que le estàn lavando el cerebro dìa tras día, a esos son los que hay que salir a buscar.

    Y si Nestor K no los puede dar vuelta y vuelta a De Narvaez y Margarita en un debate – y creo que le sobra tela para hacerlo – , la cosa viene mal aunque los nùmeros nos alivien ajustadamente el 28 J.

    1. Entiendo donde va don Luis, coincido en varios puntos. Pero no me parece que se «lesionan los modos en que puede construirse una alternativa política». Y no me parece porque en la construcción todos los medios son posibles en tanto se mantengan en el marco de la legalidad y, agregaría, sean frontales (de frente, directos frente a la ciudadanía). Y este armado lo es, está todo expuesto, justamente.
      Pero no hablo ni de moral, ni siquiera de ética, porque eso supone niveles subjetivos del interlocutor (frente a la sociedad en este caso) que remiten inexorablemente o bien al fuero interno (no político por naturaleza) o bien a lugares comunes de la formalidad. Llegando al extremo de Carrió propungando un «contrato moral» que vendría a ser una contradictio in adiecto desde Hobbs para acá.

      1. Ladislao: no hablé de la ética en el aire.
        Tanto en el tema de sustituir el apoyo a una candidatura por postularse para algo que no se va a asumir, como en el de escapar a un debate pùblico, tengo la impresiòn de que más que nada no es funcional a lo que se propone. No sirve y encima no es ético.
        Si creyera que es convocante y atractivo, me guardaría cualquier comentario negativo.
        Un dato: si DE NARVAEZ supiera que le aceptan el desafío, ni deja deslizar la idea. Haría lo que hizo Macri con Filmus en el 2007.

  14. …sin duda,saber leyes no es saber Derecho.Siempre es un placer leer a quien sabe ambas cosas,y sabe aplicarlas con claridad meridiana.Atrás queda toda la sarasa del mundo.Es bello.

    Gracias!

  15. Muy bien, Arballo. Impecables a) el argumento jurídico; b) el argumento político. Si las elecciones de medio término son algo así como un «test- electoral», entonces la candidatura testimonial lleva ese carácter hasta el límite.

    Lástima la tilinguería, lo único, no?

    Saludos.

  16. Tampoco hay engaño, porque es publico y notorio que son candidaturas testimoniales, no solo lo afirman los interesados, sino tambien sus opositores le estan asignando tal calidad.

  17. Yo pregunto , una vez que se gana el cargo en las elecciones estan obligados a renunciar sino asumen ?
    Porque yo entiendo que pueden pedir licencia para el cargo legislativo por ejemplo por los 2 proximos años y asumir en dos años el cargo ocupado entretanto por el suplente .
    Para mi es imposible determinar que candidatura es testimonial , no puede determinarse a priori de hecho ni demostrarse juridicamente que un candidato no va a asumir en el cargo al cual se presenta porque solo puede demostrarse fehacientemente despues de las elecciones y depende de cada persona en particular y ya hemos visto a Ruckauf renunciar a gobernador para ser diputado nacional y vimos a Duhalde renunciar a vicepresidente para ser gobernador y vimos a Ruckauf hacer lo mismo. Y vimos a Chacho tener una vicepresidencia testimonial ,y ya que estamos Cristina sigue siendo senadora con licencia o renuncio al cargo que hoy tiene su suplente Eric Calcagno ( me saco el sombrero por Eric ) que dura hasta 2013 podria retomarlo en 2011 si no es reelecta ?
    Y ya que parece que todos los ejemplos fueran peronistas , tuvimos la diputada testimonial Carrio y el ñoqui testimonial de Macri que estuvo 2 años simulando que era diputado mientras rosqueaba para voltear a Ibarra en la ciudad , que bueno fue tan eficiente que se habia cavado el agujero el mismo , casi diria que Ibarra fue un jefe de gobierno testimonial .

  18. Deslumbrante, Gust. Arballo!!
    Realmente cuando un letrado logra esa claridad cartesiana, reivindica a su profesión. Además arroja luz sobre la pequeñez, ignorancia y mala fé de la oposición.

  19. Muy cortito y al pie el post.

    Pienso en la cuestión de «la ética», esa que a algunos nos place tratarla de «dignidad», bueno en eso pienso … ¿Y COBOS QUÉ?

  20. Tengo entendido que el planteo de Ricardo Gil Lavedra para controvertir las «candidaturas testimoniales» se basa, en definitiva, en el art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reza:

    «Art. 23.-Derechos políticos:
    1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:
    (…)
    b)de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, (…)»

    O sea que se trata en definitiva de desentrañar qué significa, jurídicamente hablando, «elecciones periódicas auténticas».
    Saludos.

    1. La autenticidad de una elección en el contexto del 23 se define por oposición a elección simulada, entendiendo por tal una elección donde el resultado o bien está puesto de antemano, o bien se limita legalmente la participación a dos o tres líneas internas de un mismo partido, sin permitir que se postulen otros.

      Este no es el caso aquí: los testimoniales pueden perder, cualquiera se puede presentar y les puede ganar.

      Lo que Gil Lavedra quiere es llevar al 23 hasta el punto donde los jueces quedan legitimados a hacer un control de calidad de la oferta política. Yo no quiero eso.

  21. Objetar todo jurìdicamente es peligroso. Pero negar toda consideración ética (que lo político y lo ético no tengan nada que ver) es igualmente peligroso.

    Una cosa es aceptar que Scioli se presente como candidato a diputado. Ok. Qué se presente. Otra muy distinta es aceptar que el tipo diga («implicitamente»): me cago en la función legislativa, votame a mí y después legisla uno de por allá abajo.

    Es que una cosa es decir, como con exquisitez dice Arballo: «no es ilegal, no es inaceptable políticamente». Otra cosa muy distinta es decir: «qué bueno que está esto, este es el sistema polítoco que más me gusta, que tipo vivo que es Néstor»

    1. Me parece que nadie dice «che que bueno que está esto». Y además a quien no le guste le queda la vía libre para votar en contra.
      Si votan más en contra que a favor, no te queda duda que este fenómeno no se a va a repetir en el 2011. Así es la política.

      1. Mi cuestión iba en el sentido que plantea María Esperanza:
        ¿alguien que vota por un determinado candidato/intendente…

        a) no está de hecho aceptando el «juego plebiscitario»?

        b) y acepta entrar en la lógica plebiscitaria, no es obvio que prioriza valorativamente el desempeño de la gestión, desdeñando como un formalismo la supuesta «impresentabilidad» de la candidatura testimonial?

        Lo que «subvierte» esta iniciativa K es el papel tradicional que cierto sentido común otorga a los términos contenido/forma, procedimiento político por excelencia y núcleo fundamental de la Razón populista.

        Muy buen artículo, saludos desde Mendoza!

      2. Sí, ya sé, María Esperanza: puedo no votarlo. También puedo no votar a Patti, dejenlo darse el gusto de competir. ¡Y no digo que sean lo mismo, no desbarranquemos, por favor!. Quiero decir: no puedo remitir todas las decisiones al momento del voto popular. Que me corrija Arballo, pero creo que por eso es que no se pueden someter algunas leyes a consulta popular.

        La alegre subversión de la forma que celebra florekemec: ¿tiene un final, un límite? Hoy es burlarse del parlamento ¿mañana disolverlo?
        Es, siendo piadoso, un jueguito con riesgo, ¿no les parece?

      3. Federico:

        Dos comentarios al respecto de lo que me señalás:

        a) De acuerdo a la concepción populista (presente -a estas alturas debería estar claro- en las teorizaciones de Ernesto Laclau) la «alegre subversión» por supuesto que no tiene límites. Es precisamente esta «falta de límites» lo que abre el espacio de la política, sino estaríamos hablando de un campo social completamente reconciliado consigo mismo.

        b) Que sea «riesgoso» o no depende de la actividad política misma, lo que quiere decir nada más ni nada menos que nada me asegura que lo que hoy comienza como sueño termine mañana como pesadilla, pues no es otra cosa que la actividad política la que define el «hacia dónde» de toda sociedad.

        Estos dos comentarios a propósito de cierta «ingenuidad» no ingenua presente en el análisis de algunos temas de coyuntura. Y cuando me refiero a ingenuidad «no ingenua» me estoy refiriendo al hecho de comparar las candidaturas testimoniales con la disolución del Parlamento o el Incendio del Reichstag.

        Saludos desde Mendoza!
        Gonzalo Flores Kemec

      4. Está bien, Gonzalo, por eso me cubría al hablar de Pati: no creo que las testimoniales sean un golpe de estado. Pero creo que son un paso a que dé todo lo mismo.
        Puede ser que las reglas del juego me parezcan necesarias y útiles. Acá cada violación a las reglas del juego termina con más pobres y más muertos. Cuando era chico decía «la farsa democrática», ya no lo digo más…

  22. Probablemente el estudio me tiene encerrado de la lectura detallada de los diarios. Pero si bien estas candidaturas testimoniales implican — se dice— un «sinceramiento» en tanto los candidatos testimoniales admiten que no van a asumir, pregunto: ¿Realmente lo hacen?

    Digo esto por que no tengo memoria visual ni auditiva de haber escuchado a alguno de los candidatos decir lisa y llanamente «señora, votemé, pero yo NO voy a asumir». O que en sus gritones discursos demagogos, con la misma potencia digan «OJO-YO-NO-ASUMO». A ver, ¿lo están diciendo claramente? o dejan todo eso a la prensa para luego disparar un «bueno, se sabía que no iba a asumir».

    A mi las candidaturas testimoniales no me agradan. Creo que han sido atacadas por flancos equivocados (legalidad) o insuficientes (éticos). Y el argumento de la sinceridad, en sí mismo, me parece falaz; pero es el que claramente el gobierno a utilizado (lo repiten religiosamente Scioli, el duo Fernandez, Heller, etc.). Todavía sigo intentando descular qué es lo que no me cierra, o cómo justificar esa idea.

  23. ¿Y la moral? Ah… Claro… Política y moral no tienen sentido en la misma frase…

    Sigamos en los 90’s de Carlos Saúl entonces… :S

    PD: Los chicos siguen con hambre… Pasan los años, los gobiernos, las supuestas ideas para hacer algo, pero los pibes siguen con hambre… Ah, no… Eso no interesa ahora…

    1. La moral es autónoma. Imposible de determinar mediante reglas generales. Lo que para uno es moral para otros puede no serlo y viceversa.

      1. Clásica respuesta que intenta justificar lo injustificable. Y bue…

        Y si… mientras algunos se preocupan por retener el poder hay pibes que se mueren de hambre… Y pese a que justifican que hacen las cosas «para que no haya hambre», a nadie le importa y los pibes siguen con hambre…

        Y bue… Sigan con sus cuestiones teóricas. La práctica es otro mundo.

  24. No pudo hablar juridicamente por ser ignorante en la materia.Eticamente es tramposo.Sociologicamente demuestra nuestra impotencia para generar candidatos por falta de participacion,por el verticalismo reinante y la lejania de una democracia real.

  25. Sí, sí. Legalísmo, clarísimo, finísimo. Deber ser por eso que Sicoli antes daba a entender que no iba a asumir y ahora sale con que no sabe/no contesta y el apoderado del FPV dice que sí, que seguro que asume. Parece que alguna duda tienen los muchachos sobre la legalidad de este asunto. Ahora, ustedes, defender esta mezcla de candidatos falsos, faranduleros y parientes que armaron, no tienen vergüenza.

    1. La misma falta de verguenza que tienen ustedes en Perfil con los «comentarios testimoniales», que ponen ustedes abajo de cada lectura haciéndose pasar por lectores que comentan las pavadas que publican. Y las barbaridades que se leen, aún si no fuera cierta mi acusación, dejándolas con lo improperiosas que son, los pinta a ustedes de cuerpo entero.

      1. Perdoname, pero lo de Perfil es una gansada. Es como si yo te hiciera responsable de cada comment que se escribe en AP. No soy parte de otro «ustedes» que el de mi blog.

      2. En cambio nosotros sí somos todos un «ustedes», ¿no?

        «Ahora, ustedes, defender esta mezcla de candidatos falsos, faranduleros y parientes que armaron, no tienen vergüenza.»

  26. Efectivamente, como dice Quintin, desde por lo menos ayer el FPV se está cubriendo para tapar el problema que tiene la candidatura de Scioli. Anoche por televisión, Diana Conti «explicaba» que Scioli en diciembre va a tener que decidir qué hace, cuando «deberá decidir si jura como diputado o no», como si existiera la posibilidad que vaya como diputado. Me parece que el problema que tienen es el Artículo 60 del Código Nacional Electoral, que se refiere a «postular para un cargo». Scioli (o el partido, no me queda claro) está siendo «postulado» para (ocupar) un cargo. Pero cuando se anticipa que no se lo va a ocupar al cargo, pues entonces no hay «postulación» auténtica. Retirando la aseveración inicial de Scioli, «solucionan» su problema. Es un error tomar las tres proposiciones iniciales de Arballo como las únicas bases para un análisis jurídico del tema (el mismo Arballo en un comment posterior intenta de alguna manera rebajarlas a «tres razones posibles» aunque simultáneamente las redignifica siciendo que «inevitablemente están como premisas ocultas en cualquiera de los planteos de ilegalización de testimoniales»). Afortunadamente, el derecho es un poco más sofisticado y sugiero agregar (por lo menos) una cuarta proposición: «el que se postula para un cargo se debe postular (para ocupar) el cargo».

    1. Nadie toma las tres proposiciones de Arballo como las únicas. Pero para muchos resultan suficientes. De hecho se ha comentado que cualquiera puede suscribir alguna otra(en mi oponión se se debe seguir esa vía si se desea impugnar).
      Pero, de hecho usted agrega una y es bienvenida. Bien:
      «“el que se postula para un cargo se debe postular (para ocupar) el cargo”. Falsa, porque no se indica ni se sigue eso de ninguna ley y desde otro punto de vista es discutible.
      Arballo no «redignifica» nada con la mención que usted cita, simplemente esclarece un punto de su argumentación que estaba implítico, que las afirmaciones están implícitas en los planteos impugnatorios, que algunos entendimos pero otros no lo habían hecho.
      El tema de la autenticidad ya fue respondido desde lo jurídico en un comentario anterior por Arballo.

      1. Perdón pero Charendon está aludiendo al art. 60 del Código Nacional Electoral el cual, hasta donde yo sé, formula una norma jurídica. Podemos discutir el alcance que debe darse a dicha disposición, pero si el texto legal dice que el candidato se presenta para «ocupar» un cargo, ello implica, cuanto menos, que deberá asumir. Por supuesto, la obligación de asumir no parece ser exigible judicialmente, pero ello no la vuelve menos obligatoria.

  27. Gustavo,

    Das por falsa la premisa «el que se postula debe asumir». Estamos de acuerdo en eso. Ahora bien, eso no prueba la verdad de la premisa «no hay necesidad de que quien se postule, y gane, asuma». Dejemos de lado lo legal si querés.

    me parece que el análisis de lo ético de la cuestión no es menor. Para que no me salten que soy opositor o destituyente o de derecha, aviso: no lo soy. Pero pienso esto: la crítica legal puede ser errada y por razones parecidas, comparto lo que vos decís gustavo (en verdad creo que la impugnación de la candidatura no tienen ninguna chance de éxito, y creo que el principio pro validez de lo candidatos zanja la cuestión).

    pero la ética acá tiene algo para decir, como en todas las decisiones y actos de la política. No creo que haya ética particular para la política, ni que los políticos o la política tengan un margen mayor de acción que el resto de los ciudadanos / actividades.

    Y si las candidaturas testimoniales no son impugnables (repito, de cualquier partido, la de michetti y la de scioli) legalmente, creo que son éticamente lamentables. Creo que degradan el juego político. Permiten ganar con atajos.

    No es posible regular cada situación, y la premisa 3 (la falsedad de la premisa me parece contraintuitiva, aunque el problema está en el verbo «deber») difícilmente podría ser verdadera. Quiero decir, es (casi) necesariamente verdadera. Una norma que diga: quien se postula, debe asumir, sería superflúa, y si me permitís, casi estúpida. Entonces, quizá la inexistencia de un deber expreso de asumir permita (muy débilmente) hacer pasar el test de legalidad a las testimoniales, aunque la postulación para un cargo que x no piensa asumir no pase el test ético.

    Denunciar la testimonialidad de otras candidaturas de otros partidos en otros momentos históricos no legitima absolutamente nada. y no creo que el hecho de que tal o cual o gil laavedra sea un gil o un hipócrita mejore la calificación de las testimoniales.

    Una más: si reivindicamos una lucha por los derechos humanos, si queremos redistribuir el ingreso y queremos hacer de la política algo más debatido, más pensado, más razonado (para eso escribimos acá, no?), estaría bueno que hagamos un test no solo jurídico y político de las testimoniales, sino también ético.

    un abrazo fuerte!

    martín

    1. Martín: claro que la política es un «test ético». Para eso están las urnas.
      Vuelvo a repetir: si suficiente cantidad de gente vota en contra, entonces este experimento no se va a repetir.
      Me parece que Gustavo Arballo no está diciendo que este curso está bueno, sino que su castigo (de merecerlo) no puede ser jurídico, sino propiamente político. O sea, perder en todo caso la elección.

      1. María Esperanza,

        es cierto (parcialmente) que el castigo «ético» estará en las urnas.

        pero: (1) no todo lo que queda sin castigo (impune) está bien. de hecho, obviamente, muchas cosas éticamente reprobables quedan sin castigo; (2) si un candidato x gana pensando no asumir, aunque gane con el 100% de los votos, eso no hace más ética su «postulación», así como tampoco sacar el 1% hable de la ilegitimidad de la práctica x (de hecho, el PO sacá esos porcentajes y eso no dice nada de su ética, así como la reelección de Menem en 1995, ni el 23% del 2003 dicen nada sobre su ética); corren por planos separados; los votos no legitiman ni deslegitiman, no dicen nada (en particular) sobre una cuestión como esta; (3) no digo que GA diga que esto es bueno, solo digo que también, creo, podría decirse que además del ok político y jurídico, es éticamente reprobable.

        Insisto, las urnas no legitiman o deslegitiman la ética de esta práctica. Pasa x otro lado.

        martín

      2. MEC, solo para dar un contraejemplo de lo que decís, o para apoyar lo que dice martín de que no todo lo que dicen las urnas es ético, está el caso de Patti 2007 (con todo lo reprobable que es que el tipo no solo se haya presentado, sino que ahora se quiere presentar nuevamente!!!).

        Pero el caso es que las urnas dijeron que «era ético?» que se presente y es más, que sea Diputado, pero la HCD decidió ejerciendo las facultades que tiene, que no podía asumir.

        Y creo que muchos acá, vamos a coincidir con la cámara de diputados desde el punto de vistas ético/moral mínimo exigible (aunque en su momento se plantearon objeciones legales).

        saludos!

        PS: muy bueno el post gustavo, no tengo tiempo para otro comment, pero el motivo de las candidaturas testimoniales no es «plebiscitar la gestión», sino por un lado sumar con la imagen positiva de scioli, y por el otro evitar sino la fuga, al menos la disminución del compromiso de los que ostentan realmente el poder territorial (básicamente buena parte de los intendentes de la PBA, no solo conurbano). No solo fue para evitar el efecto autista, que se lo puede evitar con un mayor compromiso en la campaña, no necesariamente poniendo el nombre, creo yo. El tema es que como dijo el escriba, esto es atendido por sus dueños, por lo que si no ponen el cuerpo los dueños, hay problemas.

      3. Cuando digo pero el motivo de las candidaturas testimoniales no es “plebiscitar la gestión” quiero decir que no es el motivo por el que los intentendentes y por el que scioli se presentan, sino que es otro.

        No obstante estas elecciones funcionan, en cualquier parte del mundo, como una muestra de apoyo/rechazo al gobierno (coincido que son plebiscitarias), por lo que es una suerte de plebiscito, del que no se pueden evadir.

        El tema es que me cuestiono, no es ya legal ni ético, sino porque la única estrategia para salir airosos de este compromiso es terminar poniendo el cuerpo.

        saludos!

      4. Chacall, no es lo mismo presentarse a una candidatura, cualquiera sea y en cualquier circunstancia, que secuestrar, torturar, y matar gente. Para no mencionar conspirar en contra del orden constitucional.
        Son dos cosas de distinto orden.

      5. Bueno donde dije yo que es lo mismo????

        En donde ???

        Tan mal escribo???

        Me parece bastante injusta la respuesta yo no dije ni insinué eso ni lo pienso ni nada que se le parezca, así que corto mi participación acá, solo quería dar un ejemplo concreto de situaciones aberrantes que las urnas no justifican para nada.

        saludos cordiales.

      6. … y en este caso no creo siquiera que las candidaturas testimoniales sean moralmente reprochables, son válidas ética, moral, jurídica y políticamente desde mi punto de vista.

        saludos!

      7. Tal vez te malinterpreté. Ahora bien, la cuestión es que hay distintos niveles de transgresión ética y distintos niveles de castigo. Algunas transgresiones son legales y otras son propiamente políticas.
        En el caso de Patti, había transgresión politica y también legal. En el caso de Ibarra, sin ir más lejos, existió transgresión política, pero no transgresión legal, y su «castigo» fue político, no legal. Y en el caso de las candidaturas testimoniales (que, por otra parte, han sido usadas por todo el mundo en el pasado, incluido López Murphy y Pino Solanas, como quedó claro más arriba) pueden constituir una transgresión política e inclusive (para algunos) moral, pero no una transgresión legal.
        Esta cuestión de los límites entre motal y política es complicada, pero si no se ponen estos límites, como dice Gustavo, «los jueces serían patovicas de las elecciones». Sería la judicialización total de la política.
        En este caso, me parece, que lo que dice Gustavo es que no existe fundamentos para una sanción legal, y que la sanción, en todo caso, deberá ser política.
        Es decir, más que ir a los tribunales habría que militar en contra en las elecciones que se vienen.

      8. En esto último estamos de acuerdo, pero creo que cualquier transgresión tanto política como éticamente, debe como mínimo ser legal.

        Y creo que lo que hace parte de la oposición planteando el tema en la justicia es justamente lo que decís, militar en contra de eso, no creo que ganen la discusión, para al ponerla en los medios, hace que mucha gente se plantee la situación.

        Va de suyo que no creo que haya jueces que hagan lugar a estas demandas, sobre todo teniendo en cuenta que tienen amplios fundamentos jurídicos para rechazar dichos planteos.

        saludos!

  28. Esto es una verdadera «paparruchada». El derecho es sentido común. Lógica.
    No tiene nada que ver con el sentido común postularse para un cargo y decir, de antemano, que no se lo va a sumir. Viola el principio de «no contradicción». Así de sencillo. Así de claro.
    Lo demás, es verso leguleyo.

    1. Comentario que no tiene nada que ver con el tema. ¿Por qué no dejamos de recurrir al «sentido común»?

      Recordemos que dentro de ese término entran expresiones del tipo «hay que matarlos a todos», «subversivos», «vayan a trabajar manga de grones», «convertibilidad», etc.

  29. HAY ALGO HACE TIEMPO QUE LO VENGO PENSANDO..XQ SI TENEMOS UNA SOCIEDAD TAN EN DESACUERDO Y JAMAS EN MIS 31 AÑOS DE VIDA ESCUCHE A UN ARGENTINO DECIR «ME GUSTA ESTE GOBIERNO» NO LLAMAMOS A UN REFERENDUM???

  30. La verdadera “paparruchada” es la presentación de impugnación en la justicia.

    Existen partidos y sus proyectos, los personalismos son «de uso» para ello debido a un condicionante cultural, hasta ahora es así, a no ser que algunos adhieran a los postulados de quieroelegir.com

    Al final ¿quién es más personalista que quién?, no me queda claro.

    Saludos

    1. Una paparruchada recurrir a la justicia?
      Linda forma de pensar!!
      Entonces, deroguemos las leyes y la constitución, y cerremos los tribunales. No perdamos el tiempo, y no creemos regímenes legales si no los vamos a cumplir y no se pueden impugnar. Es mas sincero.

  31. Es tan tramposo decir que no se va a asumir como decir que no se sabe si se va a asumir como mentir y decir que se va a asumir para no asumir. No tiene arreglo lo de las testimoniales, es un mamarracho con con culquier vuelta que le den, una estafa al sistema representativo ya que se supone que uno debe saber a quién vota, no se trata de dar un cheque en blanco a un partido o a un jefe para que después este decida lo que hace con el voto de uno.

    Pero ya que estamos, sugiero una solución: pongan a Perón y Evita (la verdadera) en la lista. Ya van a encontrar algun Arballo que diga que en ningún lado esá escrito que los candidatos tengan que estar vivos.

    1. Estimado Quintín: tenga a bien tomarse cinco minutos y leer el blog de Gustavo antes de mandar la proverbial fruta. Tal vez resulte una sorpresa, pero en el mundo existen personas que saben de lo que hablan, son especialistas, y no autoproclamados todólogos que pasan de la literatura al cine al derecho como si nada. Si los jueces hacen la misma argumentación contra Gil Lavedra, (lo cual es probable porque Arballo sabe de qué habla) ¿llamará entonces a una insurrección contra el estado de derecho?
      No tiene por qué estar de acuerdo, obviamente, pero la manera de ganar una discusión a un especialista es con mejores argumentos (diría Habermas?) y no diciendo “¡esto es así porque yo lo digo y se terminó, carajo!”)
      Y un último consejo. Evite en lo posible el ad-hominen: el lector atento sabe que su utilización marca el preciso momento en que un sofista ha sido derrotado.

      1. María, ilustreme dónde hay un ad-hominem en el post de Quintin?, será al poner «arballo» como sinónimo de abogado justificador?

      2. Estimada María Esperanza. Me adhiero a la pregunta de Barrick. ¿Dónde hay un ad-hominem en mi comentario? Si me lo aclara, tal vez podré hacer uso de su consejo.

      3. No se lo del ad hominem, pero: que clarito está que Nestor se los está emopomando de parado y con la pija muerta en las encuestas. De otro modo, ¿que tanto por que se presenta? Le ganan y listo. Es mas, peor porque le dicen «encima de sucio, te ganamos igual». Pero como no van ni a arrimar, apuestan a esto.

        Y digo algo mas. Ni siquiera estoy de acuerdo con que Vicky Donda impugne a Patti. Dejenlo nomás. Que se presente, gane, y cuando quiera asumir de vuelta se le frena el título antes de la jura. Los deja a los orangutanes mas calentitos, saltan y ya vemos quien apoya las practicas de hamburguesa. Aparte te da una idea de que ideología guia que lugar.

      4. Es casi gracioso como MEC acusa a Q de criticar ad-hominen (para mi injustificadamente) haciendo una critica… ad-hominen!!!
        Que es sino la frase: «…no autoproclamados todólogos que pasan de la literatura al cine al derecho como si nada.»

      5. Ningún nervioso. Nerviosos están los que creyeron que a fuerza de poroto de soja y diente caído iban a ganar una elección. Por suerte salvo Ciudad de Bs. As., Santa Fé y Córdoba, en el resto gana el Proyecto Nac & Pop. Y repito, si tan seguros están que Nestor pierde, ¿por que lo impugnan? Ganenle en la cancha y jugando al fulbo, amigo.

      6. Perdone María Esperanza, pero creo que usted se refiere a una ‘falacia’ ad hominem. Un ‘argumento’ ad hominem hubiera señalado que el autor tiene intención de persuadir utilizando premisas (postulados o acciomas, mejor) del oponente argumentativo. Eso no está mal ni es síntoma de debilidad argumentativa.
        La falacia ad hominem remite a descalificar la afirmación del otro como falsa por la mera descalificación del afirmante. Cierto, cuando esta se utiliza, señal de que se va por mal camino.
        En cualquier caso su uso por parte de Quintín me parece que es invertida, ya que propone el hipotético caso de candidatear a los muertos, y que seguramente habría un «Arballo» diciendo que no hay ley que impida votar a un muerto. Con ello desacredita a quien dijera eso, por lo que «desacredita» (falazmente) a Arballo y consecuentemente asigna falso a la afirmación de éste (falazmente).
        Obvio que no coincido en el Planteo de Quintín, pero aún si lo hiciera su argumentación me repele.
        Emocionalmente sigo las afirmaciones de Pablo D, qué le voy a hacer.
        Con el respeto de siempre María Esperanza.

  32. Gustavo disiento respetuosamente con vos en la resolución y argumentación jurídica que realizas de la 3º preposición El que se postula “debe” asumir. según mi consideración es verdadero, ya que si bien no hay una parte de la norma que diga explícita y taxativamente, esto no se puede hacer, es decir que aquel que se postule a una elección debe asumir el mencionado cargo, no podemos quedar circunspectos a que esto ocurra ya que el espíritu de la norma no puede contemplar todo el amplio espectro de suspicacias y demás situaciones ventajosas que el ser humano está dispuesto a realizar para conseguir un objetivo determinado. Tampoco es esperable considerar que se pronuncie un vacío en la normativa, debido que en el imaginario de los que realizaron la norma podían llegar a pensar y suponer que una persona se postule a un cargo público para llevar adelante una serie de proyectos propios o de un grupo afín a sus ideas y convicciones, en principio para beneficio de toda la comunidad en su conjunto, lo haga para no asumir la responsabilidad depositada, ya desde la postulación misma, independientemente si gana o no.
    La norma hay que analizarla dentro del contexto y no bajo el análisis puntual y frio de la letra de la misma, porque si no estaríamos cayendo en contradicción con el espíritu de la norma que se le quiso dar en su momento, y caeríamos en una reforma tras otra tratando de contemplar todas las nuevas situaciones que se pueden llegar a ocurrir en el futuro, porque la norma no lo dice puntualmente. Por lo tanto las candidaturas testimoniales no son válidas.
    Asimismo no menos contradictorios los ejemplos referentes a la respuesta de la preposición Nº 1 El que está cumpliendo un cargo no puede candidatearse a otro. Falso, debido que si es correcto que sea falso que no pueda candidatearse alguien que esta en funciones de un cargo pero es verdadero que los mismos asumieron sus cargos, por los cuales compitieron para ello, y no los hizo otra persona en sus respectivos lugares.
    Finalmente e independientemente de este pequeño debate de opiniones sobre el mencionado tema, nosotros que interactuamos en estos y otros medios, con una determinada formación y conocimiento, con necesidades básicas bastante resueltas por no decir totalmente, deberíamos tratar de poder poner un poco de equilibrio, cordura y freno al avance sobre el poder decisorio de una clase cada vez mayor, que por no tener las necesidades básicas satisfechas no puede y poco le interesa detenerse a pensar si el próximo que lo va ha representar estaba o no en una lista previa de candidatos a un cargo público

    1. Es un problema encontrar el «espíritu» de una norma, porque puede haber más de uno. Lejos de ser una análisis autista de normas, la segunda parte del post trata de mostrar lo que sugerís: que, dentro del contexto político efectivamente existente, una elección tiene un sentido que trasciende la elección de representantes en la legislatura. Quien se postula como testimonial endosa esa dimensión y la incorpora de un modo explícito en el armado electoral. La situación que el legislador no pudo preveer («que alguien quiera postularse a un cargo que no va a asumir») se explica por razones políticas que tampoco pudo preveer.

  33. Hasta un aprendiz de Jurista podría demostrar en una monografía que se viola el Espíritu del Art. 73 de la Constitución.

    Yo me bancaría un bancatelá, pero tanta acrobacia argumental ya me parece de mal gusto.

    1. Perfecto, hágalo. Pero no se moleste porque haya gente que quiera pensar y expresarse. A veces podemos decir pavadas pero lo intentamos seriamente y a conciencia. Le respondería en sus mismos términos, bánquesela y si no le gusta vaya por otros pagos. Si la ley fuera de sentido común no haría falta tener abogados, y menos que menos juristas.

  34. Querido Gustavo, me parece que hacés un análisis complaciente, jurídicamente errado, y cargado de arbitrariedades con autoridad legalista (de dónde sacaste, por caso, que la interpretación tel término «auténtico» es el que citás??? Arbitrariedad total!). Eso, además de llevar indebidamente agua para el molino del politólogo apurado, que piensa que los problemas de legalidad se licúan en las urnas. No, no es así: la tercera reelección presidencial de Menem, por ejemplo, podrá ser validada por las urnas, pero es ilegal, punto. Y acá estamos ante un tema de tenor similar. Gustav, le querés dar respaldo jurídico a un tema que cuanto menos es muy debatible. Yo, por caso, defiendo desde siempre una visión procedimentalista de la justicia, que pide a los jueces que cedan el control de áreas que hoy controlan, para concentrarse en los aspectos procedimentales del derecho. Ello incluye, por caso, dejar de lado el análisis de contenido de una mayoría de leyes (que es lo que hoy hacen sin que una mayoría lo advierta), para reforzar el análisis sobre los procedimientos con que se hicieron esas leyes. Y lo que vale para áreas cruciales del derecho político, vale -propongo- para el derecho electoral: volver a un análisis más estricto sobre los procedimientos eleccionarios. Creo que buena parte de la degradación democrática que hoy sufrimos se debe, justamente, a la absoluta ligereza con que tratamos estas cuestiones. Es posible exigir, desde el derecho (y no sólo desde la ética que lo informa) un análisis más severo del proceso electoral: si un partido no cumple con los cupos femeninos (tal vez la UCR); si un partido permite la reelección de quien no está habilitado; si otro propone a un candidato que no vive en donde se presenta; si nos proponen un caballo; un muerto o, como en este caso, alguien que declara que no va a asumir, estamos frente a un problema que merece escrutinio judicial estricto. Hay un elemento crucial en todo esto, y tiene que ver con la encerrona que el sistema de listas cerradas (bueno o malo por otras razones) impone al votante, al que constriñe en camisa de fuerza. Dada esa tremenda falta de control ciudadano sobre la política; dada la incumplida reforma política que se había prometido; dada la necesidad de preservar las bases democráticas del sistema electoral; el criterio del juez en el análisis de las bases electorales no debe limitarse sino expandirse, de forma tal que el juez ayude a que, tanto en el proceso de creación de leyes, como en el proceso electoral, el árbol democrático recobre savia popular. Lo que vos decís, en cambio, no se hace cargo de un problema que la clase dirigente ha creado en su propio beneficio. Como diría John Ely, el único control judicial que se justifica es el que limita a los gobernantes que expanden su propio poder tratando de restringir el margen de acción del electorado. En definitiva, y para no complicar más las cosas: hay mucho espacio para reclamar más control judicial sobre este proceso, en lugar de rubricar jurídicamente estas injusticias. El derecho no tiene porque convertirse en cómplice. Finalmente, qué podrían hacer los jueces? Muchas cosas, por ejemplo, manteniendo el margen de maniobra amplio de los partidos, forzarlos a dar certeza de lo que le proponen al electorado, dadas las genuinas dudas que puede tener un elector, al ir a votar. No es tan grave, no? Y así dejamos de poner al derecho al servicio de la mentira

    1. Una forma de arreglar esto es modificar la ley electoral para evitar las listas sábana. Pero hay un catch-22: solo puede ser modificado por ley y las leyes las generan los congresales que ingresaron mayoritariamente en una lista sábana.

      Otras idea: si renuncia o muere un congresal no ingresa el siguiente de su lista sinó el siguiente de TODAS las listas, ahi vas a ver que no renuncia nadie…

      1. ¿Y cual modo hay de evitar las listas sábanas? El más obvio es la circunscripción uninominal que llevaría a un congreso donde una mayoría electoral de 35 % se traduce en una mayoría parlamentaria de 80 %, con quorum propio, dos tercios propios y la mar en coche.

    2. Estimado Gargarella, me parece muy bien la teoría del derecho que propugna, pero le preguntaría específicamente sobre el post que tanto usted como yo estamos comentando. Usted menciona «hacés un análisis complaciente, jurídicamente errado, y cargado de arbitrariedades con autoridad legalista».
      Bien, lo de las «arbitrariedades» lo completa con un ejemplo, pero nos diría por favor cuál es su concepto legal de «autenticidad»? Y aplicable al caso en cuestión? (ya que el del autor del post no le parece apropiado sino arbitrario).
      EL análisis me parece que puede ser complaciente en sus resultados, incluso en la parte política, pero en la primera parte usa proposiciones lógicas y las sigue argumentalmente. Le parece falaz? Usted no las considera válidas? Entiendo que para usted no se restringen a eso, bien, pero las sacaría, acotaría, corregiría? Las eliminaría por completo?
      Em qué usted opina que es «errado» el análisis del post?
      Lo de autoridad legalista es incorrecto: el autor explícitamente excluye este punto en su texto, con clara intencionalidad (no hago una cuestión semiológica del punto pero lo anoto).
      Coincido en que «los problemas de legalidad no se dirimen en las urnas», totalmente de acuerdo. Pero estamos ante un problema de legalidad? o estamos ante un problema de ética. En el primer caso, legalidad, cuáles son las leyes afectadas y de qué forma. Sabemos que usted insita a otro tratamiento de la aplicación de las leyes por sus palabras, pero las condiciones materiales actuales no son esas, qué hacemos en el mientras tanto? Se viola o no una determinada ley?
      Disculpe a un lego en la materia: si no se viola una determinada ley entonces es una cuestión política (y ética, como todo). Pero entonces susceptible de ser analizada desde el marco discursivo de la política, y no sólo en su tradición sino en su marco cotidiano.
      En el segundo caso, ética, las construcción social intersubjetiva subsume una única variable ética o esta se va construyendo con el resto del corpus social? Y, en este caso, cuáles y cómo son los manejos del discurso que llevan a aceptar determinadas posiciones (o afirmaciones) como éticas y cuáles no? Pregunto en el sentido de que determinadas cosas resultan «socialmente aceptables» o admitidas en un momento y en otro no. Son éticas en un momento y en otro no.
      Mis preguntas remiten al sentido original del post que, disculpe mi falta de entendimiento, no deduzco seguidamente de su nutritivo e inteligente comentario, y con el consiguiente deseo de entender más a fondo un debate que me resulta interesante, por más que entiendo que le interesa a una porción ínfima de la población, y ese es el verdadero problema a resolver.
      Mis respetos.

      1. Ladislao (tuteame, no hace falta tanta deferencia!). Mirá, me parece que el análisis del término «autenticidad» es arbitrario, porque Gustavo nos «dice» cuál es el sentido del término, en vez de justificar lo que alega. Y en derecho, a la hora de interpretar, hay que dar razones en lugar de declarar «ésta es la solución.» Eso es arbitrario. El análisis es equivocado, además, porque presenta al derecho inerme frente a la interpretación que propugna cuando (es lo que le trato de demostrar a Gustavo) hay, al menos, mucho -muchísimo- espacio para decir, fundadamente, algo contrario a lo que él dice. Mi posición, por caso, la reivindico no como un mero reclamo ético, sino como una postura fundamentalmente jurídica. Me baso en una teoría muy asentada sobre cómo y cuándo se ejerce el control judicial. Entonces, Gustavo no puede presentar su postura como jurídicamente obvia, porque en absoluto lo es. En esto, su postura es complaciente, porque compromete al derecho, sin necesidad, con una postura conformista, que termina avalando el engaño y la trampa en política, cuando el derecho tiene suficientes herramientas para no dejarse humillar de ese modo. Y no necesito inventar ningún artilugio jurídico para fundamentar lo que digo. Saludos Ladislao

    3. Roberto, creo que los tres puntos que escribía -y perdia hoy a la tarde- eran estos:

      1. Cuando jugamos la carta del control, hay diferencias: las leyes son generales, se aplican a todos, te gusten o no. En cambio, la conformación de las candidaturas de un partido no limita el margen de acción del electorado en tanto hay otras opciones alternativas.

      2. Asumido que sea que estamos de acuerdo en que es necesaria alguna reforma electoral pendiente, puede haber muchas opciones posibles, y decidir cual armar es una tarea más sistemica que excede al juez de una elección. Ya puestos en el tema concreto, sí creo sinceramente que algunos de los problemas que mencionas no provienen de las testimoniales (porque son preexistentes) ni se solucionan invalidándolas.

      3. Por otro lado creo que los jueces pueden hacer cosas para mejorar los sistemas electorales (p.ej., control exhaustivo de las campañas y su finaciación, no de mentiritas; un control mejor de laa legalidad de las decisiones de los partidos en su vida interna que es nulamente democrática -creo que el pobre Gil Lavedra fue el unico que hizo internas-; inculso, incluso, como alguna vez lo dije, hacer inconstitucional el sistema de las «cláusulas de gobernabilidad» donde se le da la mitad más uno a la primera minoría, etc.). Pero yo encuentro muy inconveniente que entre esas cosas los jueces encuentren causales de exclusión no escritas. Como dije más arriba, el problema es que si aceptamos esto tal vez nos encontremos mañana con impugnaciones novedosas que sacan del camino a candidaturas opositoras expectantes.

      Posdatita: Hablé de respuestas obvias pero también de respuestas plausibles, no quise usar el tono de indiscutibilidad que tanto nos enoja en la argumentación. Por la forma en que lo escribo no llego a explicitar todas las premisas. En el punto concreto de la interpretación de qué cosa significa lo «auténtico» de la elección, la cosa iría por este lado: cuando usamos un argumento traído de una Convención (que a su vez viene de la Declaración de Derechos Humanos de 1946, «genuine elections») la interpretamos con las pautas del Derecho Internacional Público, donde el énfasis está puesto en que las elecciones sean «competitivas», que haya alternativas, que si el opositor gana, asuma, etc. Es posible armar una interpretación evolutiva más densa, pero a mí me parecía que si ese era un argumento específico debía mirarse de acuerdo a lo que es la naturaleza de su fuente normativa.

      1. 1. claro gustavo, pero eso no quita que si menem se presenta a tercera reelección el juez le tiene que decir que no, aunque el ciudadano tenga otras opciones
        2. mal, porque la cosa no es todo o nada. el juez puede hacer muchas cosas, que no impliquen «excluir a alguien por mentiritas». si yo pongo en la boleta «y además me apoyan todos los muchachos del rioba» el juez electoral puede decir sáqueme eso, o puede exigirme que le aclare qué quiero decir con eso: los muchachos del rioba ocuparán alguno de los puestos ofrecidos, luego de la elección? y es importante que el juez me exija esa respuesta, para darle certeza al elector sobre lo que implica votar a esa lista
        3. tu interpretación de la palabra «auténtico» no me parecía obvia. ahora se me convirtió directamente en estrambótica
        abrazoo

  35. Gustavo tiene razón, jurídica y políticamente.

    Pero hay 2 cosas que nadie menciona:

    La razón por la cual existen estas candidaturas es mas oscura: Facilitarle el proceso de selección de boletas a millones de personas que no saben que es un diputado.
    Ustedes quieren ganar asi?, con Scioli, Massa, Nacha Guevara? No les da un poco de remordimiento? que le van a contar a sus hijos, «el fin justifica los medios » ?

    La consecuencia es la reafirmación de una política de caudillos en lugar de una de partidos. La verdad a mi me da lo mismo, tal vez este sea el fin del peronismo.

  36. Todo esto es un mamarracho. La desesperación está llevando a hacer cosas que si bien ahora pueden justificarse con pretextos de todo tipo, dentro de un par de años, o incluso meses, vamos a estar mirando hacia atrás y diciendo “por Dios, con razón estamos como estamos…”

    Pero ya se sabe, siempre se puede justificar todo…

  37. Esto una muestra de Bilardismo Político: Lo importante es ganar, sea como sea. No existe la trampa si no es descubierta. No existe delito mientras el Consejo de la Magistratura este en nuestras manos.

    1. ¿Cinco miembros afines sobre un total de trece hacen que el Consejo de las Magistraturas esté en manos del kirchnerismo? Mirá vos, y yo que pensaba que la mayoría de un cuerpo de trece integrantes era siete. Uno aprende algo nuevo todos los días, ¿no?

      1. Digamos que no es mu díficil soliviantar un par de voluntades para llegar al número necesario. Y de hecho les fue suficiente para controlar las comisiones más importantes -selección y acusación- y para designar a un hombre de Kunkel como secretario general. Cuando necesitan los votos, del algún lado salen y hacen mayoría. Anularon los concursos que quisieron, metieron subrogantes a dedo en forma impresentable, rechazaron impugnaciones en concursos en donde jurados tenían amistad manifiesta con postulantes y muchos etcéteras más.

  38. Tiempo atrás (19/4) publiqué en este blog el siguiente cuentito. Me parece apropiado refrescarlo.
    ………………

    Mi cuñada Cristina entendió que ya era hora de “colocar” a su hija Remedios.
    Le había puesto el ojo al hijo del panadero: Juancito.
    Como Remedios era poco agraciada, a Cristina se le ocurrió este plan:
    Enviar a su otra hija, Daniela, chica agradable, deportista, muy popular en la escuela, a seducir a Juancito. El plan era que una vez conquistado Juancito, pasárselo a Remedios.
    – “Esto no va a funcionar” – le dije. “¿Por qué aceptaría Juancito cambiar a la popular Daniela por la insulsa Remedios?. Y además ¿cómo se desprendería de Juancito?” le pregunté.
    – Desprenderse es fácil, me contestó Cristina: le dirá que fue un noviazgo “testimonial”, que debía renunciar a su amor por razones que él no entendería, pero que no se preocupara, que Remedios era “casi” como si fuese ella.
    Además, razonaba mi cuñada, Juancito concurriría a la casa de Remedios y podría aunque sea mirar a la bella Daniela…
    – “Esto es inmoral” le dije a Cristina.
    Y ella, con una sonrisa y un guiño cómplice, con su voz segura y potente me dijo: “¿Es acaso ilegal?”
    Pobre Juancito…

  39. Gustavo, no tomás mi argumento: no estoy escribiendo (oootra vez) contra la lista sábana. La lista sábana es una distorsión importante más, dentro del sistema electoral, hecha por quienes controlan el sistema electoral, en su propio beneficio. Por eso es que sobre esa área del derecho se justifican controles judiciales más estrictos, como los que defiendo, y no más laxos, como los que vos proponés

    1. Roberto, rapidito: esa respuesta corta no era para vos, era para Barrick.

      Estaba redactando una respuesta a lo tuyo, que es obviamente mucho más sustancioso, se me colgó la compu y ahora tengo que irme a la Facu. A la noche procedo, también tendría que decir algo para MJF y otros. Estoy medio superado por la cantidad de comments y justo me pega en un día complicado. Abrazo.

  40. Me apabulla que ninguno de mis amigos artepolíticos se haya ocupado del contrato social que significa el voto. Gargarella se acerca, casi toca el tema pero no entra de lleno.
    ¿Voto a quién, voto qué, coto para qué? ¿Qué es voto? El voto es un contrato que los ciudadanos celebramos con los candidatos por el que los ciudadanos le delegan su representación al candidato en cuestión por cuatro años en el congreso, a cambio que el candidato ejecute lo prometido en su plataforma, o lo que su partido político ha decidido por convención y/o elección interna.
    Ni jurídicamente ni políticamente esto se cumple, lo que vacía de nulidad el contrato, pero supongamos que el tema de los partidos políticos haya sido puesto de lado por una costumbre en la práctica política y que la lista de candidatos pudiere ser elegida a dedo como lo es, que no haga falta la plataforma, que ni dios ni la patria estén en condiciones de demandar al candidato por su gestión, que el cheque en blanco que le otorgamos a la hora de votar esté supeditado a la absoluta voluntad del candidato, sigue faltando algo: La tangibilidad de quién se vota.
    Si alguien me puede explicar a quién voto, si se supone que el corrimiento de los candidatos es de abajo para arriba, entonces estará de acuerdo conmigo que todos los que están arriba de la lista y van a renunciar a asumir su contrato, aún antes de asumir, están absolutamente al pedo en la lista, no de una manera inocente, sino para justamente confundir al electorado. Entonces desde ese lugar se configura la estafa. Pretender ser, para luego no ser, pretender contratar para luego, romper el contrato y pasárselo al segundo o al último suplente.
    En el caso del concurso de precios de una licitación, por ejemplo, si el primero renuncia, no califica, o se funde, la licitación ¿pasa al segundo?, o lo que corresponde es hacer una nueva licitación. Si el segundo había triplicado el precio del segundo y el primero fuera un fantasma, nadie dudaría que la licitación configuraría una estafa, en el caso de la boleta también. La lista sábana configura una jerarquía que se debería respetar, ya que se vota en términos de una lista jerárquica, el primero no es lo mismo que el último, Menos si no sabemos como va a quedar el fixture final luego de producirse todas las renuncias.
    Así que amigo Arballo, a quién sigo a veces en su blog, creo que sus razones no van al núcleo de la cuestión que es el contrato ciudadano que define el voto, desde ese lugar las testimoniales no solo que no son válidas políticamente, sino que sobretodo no se sostiene políticamente

    1. Muy interesante su comentario don Boyle, como siempre. Es efectivamente un punto a debatir.
      No coincido con el ejemplo de una licitación, esencialmente porque me parece que la substancia de los elementos es claramente diferente (los contendientes en las propuestas compiten entre sí, mientras que en una lista van todos juntos -allén de la lista sábana obviamente, igual responden a una estructura, proyecto, partido, referentes-).
      En el resto opino que usted plantea de una excelente forma un punto interesante. Voto=>contrato. Pero resulta que ese contrato se dice de diferentes formas. Quiero decir, no está ni explícita ni implícitamente dicho que el contrato sea exactamente en la forma en que usted lo menciona. Más, tampoco estoy seguro que se lo pudiera considerar un contrato. Al menos no es su forma jurídica, pero creo que tampoco en una forma teórica (contrato social rouseauniano, v.g.) Estoy dispuesto a que me desasnen, obviamente. Pero me parece que el voto otorgado a un candidato no responde (quizá debería, o teóricamente alguien lo postule así) a un mandato determinado. Dicho de otro modo, la representatividad no es tal por el mandato sobre una determinada cuestión, sino que porque alguien vota y delega la facultad de votar sobre cuestiones puntuales en otro, llamado su representante. La relación representante-representado puede adquirir diversas formas, relaciones más directas o indirectas, diálogo o alejamiento entre uno y otro. Pero no necesariamente a lo que llamamos ampliamente mandato quiere decir un contrato para cumplir nada.
      Se trata de la confianza. Voto este representante para ser delegado del grupo de trabajo porque le tengo confianza, pensamos más o menos parecido, habitualmente preferimos comer milanesa, o lo que sea que me dé confianza (quizá ya conversamos un proyecto para reorganizar a los compañeros de laburo). Pero si resulta que el tipejo va y vota por cerrar el comedor comunitario del laburo, qué hago? No sirve molerlo a palos, no sirve no votarlo la próxima porque el comedor ya lo cerraron y tendría que juntar fuerzas para re-abrirlo. El problema no es que el tipejo traicionó UN mandato, traicionó mi confiancia, en un punto que era obvio e intuitivo cuál iba a ser mi interés si me lo consultaba. El problema es este tipo de diálogo, que pierde en las distancias.
      Pero resulta que un diputado no me puede consultar sobre la decisión puntual a mí personalmente. Se da en una estructura representativa. Y esa maquinaria con sus regulaciones, leyes, y demás no se acota en lo escrito: tiene dinámica política. Tiene estructuras diversas, discursos, interpretaciones. Y encima creo que así debe ser, una construcción.
      Esto se extrema por la mayor distancia entre representante y representado actual, con menor participación política y encima mediada por los grupos concentrados de «información».
      Si no estuvieran estos condicionantes no estaríamos hablando de esto, porque en pueblo chico estos detalles se convierten en infiernos grandes. O sería una estupidez «testimonial» o directamente no se presentarían y a todo mundo quedaría claro que es el proyecto de Cacho aunque el «tagible» que va sea Luisa.
      Para cerrar intentando volver después de la elipsis al texto del post, me parece que en esa construcción política DEBE haber un huelgo que no se oponga a la ley pero deje márgenes de acción, otorgamiento de sentidos, creatividad e imaginación (y no estoy queriendo volver al 68).
      Cuando decimos lo que vamos a hacer frontalmente no estafamos. No creo que me estén estafando. Me estafan cuando me DICEN y no cumplen, pero si me piden confianza y se las doy sin más? Resulta mi problema exigirles más para dárselas. No es un problema de ley, es un problema ético-político.
      Mis saludos

      1. Disculpeme una acotación y/o data a tan brillante* respuesta, incluso en las licitaciones hemos asistido a «rotaciones acordadas», y dentro de las estructuras partidarias también existe competencia de intereses.

        *digo brillante porque «representa» lo que me es imposible expresar, gracias.

        Saludos de una todóloga.

  41. Muy interesante su comentario don Boyle, como siempre. Es efectivamente un punto a debatir.
    No coincido con el ejemplo de una licitación, esencialmente porque me parece que la substancia de los elementos es claramente diferente (los contendientes en las propuestas compiten entre sí, mientras que en una lista van todos juntos -allén de la lista sábana obviamente, igual responden a una estructura, proyecto, partido, referentes-).
    En el resto opino que usted plantea de una excelente forma un punto interesante. Voto=>contrato. Pero resulta que ese contrato se dice de diferentes formas. Quiero decir, no está ni explícita ni implícitamente dicho que el contrato sea exactamente en la forma en que usted lo menciona. Más, tampoco estoy seguro que se lo pudiera considerar un contrato. Al menos no es su forma jurídica, pero creo que tampoco en una forma teórica (contrato social rouseauniano, v.g.) Estoy dispuesto a que me desasnen, obviamente. Pero me parece que el voto otorgado a un candidato no responde (quizá debería, o teóricamente alguien lo postule así) a un mandato determinado. Dicho de otro modo, la representatividad no es tal por el mandato sobre una determinada cuestión, sino que porque alguien vota y delega la facultad de votar sobre cuestiones puntuales en otro, llamado su representante. La relación representante-representado puede adquirir diversas formas, relaciones más directas o indirectas, diálogo o alejamiento entre uno y otro. Pero no necesariamente a lo que llamamos ampliamente mandato quiere decir un contrato para cumplir nada.
    Se trata de la confianza. Voto este representante para ser delegado del grupo de trabajo porque le tengo confianza, pensamos más o menos parecido, habitualmente preferimos comer milanesa, o lo que sea que me dé confianza (quizá ya conversamos un proyecto para reorganizar a los compañeros de laburo). Pero si resulta que el tipejo va y vota por cerrar el comedor comunitario del laburo, qué hago? No sirve molerlo a palos, no sirve no votarlo la próxima porque el comedor ya lo cerraron y tendría que juntar fuerzas para re-abrirlo. El problema no es que el tipejo traicionó UN mandato, traicionó mi confiancia, en un punto que era obvio e intuitivo cuál iba a ser mi interés si me lo consultaba. El problema es este tipo de diálogo, que pierde en las distancias.
    Pero resulta que un diputado no me puede consultar sobre la decisión puntual a mí personalmente. Se da en una estructura representativa. Y esa maquinaria con sus regulaciones, leyes, y demás no se acota en lo escrito: tiene dinámica política. Tiene estructuras diversas, discursos, interpretaciones. Y encima creo que así debe ser, una construcción.
    Esto se extrema por la mayor distancia entre representante y representado actual, con menor participación política y encima mediada por los grupos concentrados de «información».
    Si no estuvieran estos condicionantes no estaríamos hablando de esto, porque en pueblo chico estos detalles se convierten en infiernos grandes. O sería una estupidez «testimonial» o directamente no se presentarían y a todo mundo quedaría claro que es el proyecto de Cacho aunque el «tagible» que va sea Luisa.
    Para cerrar intentando volver después de la elipsis al texto del post, me parece que en esa construcción política DEBE haber un huelgo que no se oponga a la ley pero deje márgenes de acción, otorgamiento de sentidos, creatividad e imaginación (y no estoy queriendo volver al 68).
    Cuando decimos lo que vamos a hacer frontalmente no estafamos. No creo que me estén estafando. Me estafan cuando me DICEN y no cumplen, pero si me piden confianza y se las doy sin más? Resulta mi problema exigirles más para dárselas. No es un problema de ley, es un problema ético-político.

  42. Perdon pero ahora me surgió otra duda: el art. 73 dice que los gobernadores no pueden ser legisladores por la provincia de su mando. Del juego con los arts. referentes al Congreso y a los Gobiernos de Provincia, no surge nada. ¿Quiere decir que si pueden serlo por otra provincia que aquella por la cual son gobernadores?, ¿o estoy perdiendo algú artículo?

    1. Observé lo mismo, don Pablo, entiendo que obviamente ese artículo remite a esa restricción, ser gobernador y legislador de provincias distintas está restringido por las condiciones para acceder a cada uno de esos cargos.

  43. Ladislao (tuteame, no hace falta tanta deferencia!). Mirá, me parece que el análisis del término “autenticidad” es arbitrario, porque Gustavo nos “dice” cuál es el sentido del término, en vez de justificar lo que alega. Y en derecho, a la hora de interpretar, hay que dar razones en lugar de declarar “ésta es la solución.” Eso es arbitrario. El análisis es equivocado, además, porque presenta al derecho inerme frente a la interpretación que propugna cuando (es lo que le trato de demostrar a Gustavo) hay, al menos, mucho -muchísimo- espacio para decir, fundadamente, algo contrario a lo que él dice. Mi posición, por caso, la reivindico no como un mero reclamo ético, sino como una postura fundamentalmente jurídica. Me baso en una teoría muy asentada sobre cómo y cuándo se ejerce el control judicial. Entonces, Gustavo no puede presentar su postura como jurídicamente obvia, porque en absoluto lo es. En esto, su postura es complaciente, porque compromete al derecho, sin necesidad, con una postura conformista, que termina avalando el engaño y la trampa en política, cuando el derecho tiene suficientes herramientas para no dejarse humillar de ese modo. Y no necesito inventar ningún artilugio jurídico para fundamentar lo que digo. Saludos Ladislao,
    Roberto

    1. Gracias por las aclaraciones y ampliaciones don Roberto. Entiendo que la postulación de afirmaciones del post no le parecen válidas, entiendo que lo que postula es que esas afirmaciones no son las únicas que se podrían encontrar de acuerdo a las leyes actuales. No es por buscarle el pelo al huevo, pero sinceramete sigo sin ver claramente cuáles son las leyes que se violarían con las testimoniales según su punto de vista. No lo veo, pero igual lo seguiré intentando.

      1. Pero Ladislao, si vos hacés fraude no hace falta que tengas una ley que te diga «no tenés que hacer fraude.» De todos modos, si lo que te tranquiliza son los números, tomá el art. 23 de la Convención Americana, y lo mío como una interpretación absolutamente posible de cómo regular lo que pide ese artículo. El punto es: no podés poner en la lista a gente que te apoya pero dice que no va a asumir. Es como si yo digo «y me apoya la hinchada de racing,» «y además me apoyan toni negri y josé saramago.» Eso lo podés decir en un reportaje, pero no lo podés poner dentro de la lista.

  44. Patética argumentación. Es lamentable que los pensamientos progresistas caigan en justificar lo injustificable con tal de defender a un gobierno que ya es una caricatura de lo que empezó siendo (promisoriamente, hago la cuenta desde el 2003)y que hoy, con tal de no perder el poder, muestra prácticas cada día más similares al menemismo. Me hartaron.

  45. Personalmente las candidaturas testimoniales, aunque jurídicamente sean válidas, me parecen una mierda, se desvirtúa el voto. Para eso hagamos otro sistema electoral y listo. No votemos más personas sino proyectos. Pero bueno, no pienso votar por alguien que va a renunciar y luego va a asumir una persona que es sólo un títere del poder ejecutivo. Es que acaso no hay personas potables que puedan dar la cara y sean elegibles ? Creo que tiene que ver también con los costos de campaña, sale mas caro poner gente nueva en la opinión pública que personas ya conocidas que ya son registradas por las masas. En fín cada uno sabrá. A mi no me gustan y no votaré testimonial.

  46. En el pasado ha habido candidaturas testimoniales: la de Alicia Kirchner. Ministra de Kirchner, se presento a elecciones de Senadora por Santa Cruz, dijo que iba ser senadora si ganaba, fue electa y renunció a ser senadora. Es ministra de la cuñada. No recuerdo que haya habido queja alguna. Creo que más grave que las testimoniales (que no engañan a nadie, o sea no hay fraude) son todas las parentelas que van (y han ido de candidatos). Hay familias enteras en distintos cuerpos legislativos (y otros). Hay quienes ponen y sacan parientes, cónyugues, etc sin consultar con los afiliados. Y esto es en general en todos los partidos

  47. Estimado Gust.Arballo: excelente post. Justo, medido, con ejemplos que van de Obama hasta Michetti, agregaria yo, es mas lo tomo como muy esclarecedor a tanto lenguaraz que anda por los medios descalificando, en nombre de la etica, o del derecho una accion politica, que simplemente trata de ponerle el cuerpo a una eleccion donde depende de quien gane o avanzamos o retrocedemos. Al que no le guste basta con votar a la oposicion que son respetuosos, republicanos, eticos y que han elegidos sus candidatos utilizando una de las premisas basica de la democarcia representativa: el dedo.
    Queria si el compañero Gust. le parece, que debatieramos un tema que es rispido y ha dado lugar a muchas interpretaciones politicas y juridicas. Como usted sabe esta es una democracia de partidos politicos, es decir que si alguien, cualquier ciudadano desea presentarse a una eleccion, lo tiene que hacer a traves de un partido politico existente o crear uno nuevo. Bien, si ese ciudadano es elegido por el voto pupular a ocupar un cargo, representando al partido politico por el que se presento, asume y luego por distintas razones, decide separarse del bloque del partido por el que fue elegido y crear otro o pasarse a otro bloque de otro partido por el cual no fue elegido: estaria traicionando la voluntad popular? ya que si bien el fue elegido por estar en una lista, solo podria ocupar un cargo si representa a un partido politico. Al crear un nuevo bloque o pasarse a un partido distinto por el que fue elegido, no estaria traicionando el voto y dejando al partido por el que fue elegido sin la posibildad de reemplazarlo? En estos casos no corresponderia renunciar a la banca y al cargo y volver a pedir el voto desde un nuevo partido? O esta bien como vemos que algunos renuncian a al bloque, pero el cargo es mio, mio. Le dejo estos interrogantes ya que veo tiene una mirada con bastante sentido comun.
    Salute

    1. Temo que mi respuesta lo decepcione.

      La elección, si bien se articula con un vínculo partidario, no requiere obligatoria sujeción a las órdenes o instrucciones del partido, el representante es libre. De lo contrario no existirían representantes, simplemente se asignaría a cada partido un número proporcional de votos según el resultado electoral y válido hasta el próximo comicio.

      Lo políticamente correcto sería que, como Solá, renuncien y pidan su voto por otro partido. Pero eso no es jurídicamente exigible.

      1. Como diria Serrat «nunca es triste la verdad, lo que no tiene es remedio». Mi pregunta apuntaba a lo politico. Lo juridico desde que los romanos inventaron el derecho, tiene mas de un punto de vista y todos parecen validos, porque lo politico iba a ser distinto.
        Salute.

  48. Bueno, la verdad es que es algo asi como se cuenta, pero es verdad tambien que es una verguenza o nadie coincidirá con migo en que las candidaturas son testimoniales en la forma que se expresan? perdon pero no soy peronista, y aún asi creo que la comvocatoria de Kirchner, Scioli, Nacha Guevara, la TIGRESA acuña, y demás, es un cachetazo a los jovenes peronistas y por que lo digo, por que creo que ser politico es una carrera que se debe sentir y aprender con la experiencia, para defender los intereses ciudadanos mas que partidarios, los militantes, encargados de mlas mesas de campaña en las calles, pegatinas y demas, siempre poniendo el pecho, quedan relegadas a los intereses partidarios, dandole lugar a personas que de militancia no saben y de politicas menos, alo que se presupone que al asumir son peones de ajedres, la falta de respeto a la gente que acompaña el oficialismo durante años, sin poder estar en las listas pero estando tecnicamente preparada, queda afuera, para asumir su banca una imagen que si tracciona votos, por su popularidad y no por su capacidad, esto es lo que se cuestiona de las testimoniales, la falta de transparencia y error politico.

  49. Es muy interesante el desarrollo de los comentarios al post de Arballo (donde el autor intentó requerir que la única manera de considerar ilegal una candidatura «testimonial» era si se podía verificar una o más de tres hipótesis que enunciaba). Las dos primeras hipótesis («quien ocupa un cargo no se puede postular para otro» y «si me candidateo a un cargo debe renunciar (ya) al otro que ocupo») eran manifiestamente falsas y ridículas y por lo tanto Arballo podía facilmente rebatirlas (tan cómodo discutir cuando yo decido qué es lo que dice el otro). La tercera («el que se postula debe asumir») tenía un poco más de complejidad, pero también era fácil rebatir (obviamente la renuncia está prevista por la ley electoral).
    Por supuesto que lo arbitrario ha sido el «invento» de tres hipótesis supuestamente exhaustivas (cuando se le suministró una cuarta (algo así como «el que se postula está manifestando tener la intención de ocupar el cargo»), arbitrariamente (y en vez de rebatirla o desestimarla)se decidió por incluirla en su tercera hipótesis (lo que es obviamente erróneo). Todo en aras de preservar su «teoría».
    El artículo 60 del Código Nacional Electoral indica que las listas de los candidatos deben incluir a personas que reunen las condiciones propias «del cargo para el que se postulan». Es decir que los candidatos se «postulan» (en el sentido de «peticionan el voto») PARA un cargo. O sea, para ocupar un cargo. No es muy complicado entender eso.
    El FPV y el PJ han entendido bien que tienen un problema con Scioli, quien habría dicho que no piensa ser diputado. Para ello, ahora sostienen que en realidad Scioli no dijo eso, y que en todo caso, habrá que ver qué pasa cuando en diciembre tenga que optar por aceptar o renunciar. De esta manera, piensan poder evitar una impugnación a su candidatura testimonial. Conti, Landau y demás están elaborando este discurso, que sonará mañoso pero que legalmente los hará zafar. El problema desaparece.
    Quedan en cambio la gente como Arballo (que fuera muy gentilmente calificado por alguien acá como sólo haciendo un «análisis complaciente») y todos quienes enfervorizados admiraron su lógica carteasiana. Para construir una épica defensa de algo ridículo, tiraron por la borda la lógica y los principios de la interpretación contextual de las normas. Y todo por nada, sus «defendidos» se defenderán por su cuenta y con sus medios.
    La complacencia siempre nos dejará mal parados.

    1. Yo soy y he sido crítico, no complaciente, en muchos aspectos de los sistemas electorales. Al menos en este punto, trato de no confundir una visión crítica con un objetivo judicial.

      El ejercicio de la abogacía y de la magistratura nos lleva a defender posiciones impopulares y a veces contraintuivas. Fulano le prestó plata a Mengano, pero no lo documentó, y antonces ahora no puede reclamar, dice el juez. Zutano le robó los ahorros a una abuelita para jugárselos en el casino, pero no hubo testigos y la única forma con que el fiscal lo prueba es con una confesión arrancada con torturas, y entonces absuelvo a Fulano. Zaffaroni escribió en Ámbito Financiero una nota criticando la imputación a Menem cuando lo metieron preso, usando una acepción mal construida de la «asociación ilícita».

      En el primer caso, lo que nos preguntamos no es si está bien o mal que le devuelvan la plata, nos preguntamos cuales son las consecuencias de aceptar reclamos no documentados. En el segundo, nos preguntamos cuáles son las consecuencias de aceptar como prueba confesiones obtenidas con torturas. Algo parecido se preguntaba Zaffaroni en el tercero, cuyos tecnicismos omito, pero estén seguros de algo: no era por menemista que lo hacía, ni por complaciente.

      Lo que yo me pregunto -entre otras cosas- es cuáles son las consecuencias de que aceptemos que los jueces electorales acepten causales de impugnación «implícitas».

  50. Hola. No se si a esta altura lo habrán dicho, pero el tema de las candidaturas testimoniales es otro, además, según se me acaba de ocurrir. Se habla ahora de que las impugnaciones de la CC llegarán a la Corte Suprema. Más allá de lo que digan los argumentos del autor de este post, y más allá de que me haya agarrado un poquito de cagazo, el argumento principal que la justicia tendría para no desestimar dichas candidaturas sería el siguiente: Todos se presentan a cargos electivos. Algunos de ellos (los testimoniales) no asumirán. Ahora bien. El hecho de que eventualmente no asuman, importa una suposición, una especulación sobre algo futuro que todavía no ha acontecido, que no se a concretado aún. Es decir, muchos han dicho que no asumirán, pero en los hechos, dicha no-asunción no se ha concretado aún. Y la cuestión es esta: la justicia, los jueces, actúan sobre hechos ya consumados. No actúan, no dirimen sobre acontecimientos que todavía no acontecieron, como por ejemplo, la jura de los diputados o senadores. La justicia no se podría pronunciar en contra de la candidatura de Scioli, dado que, como bien se lo explicitó en el post, puede postularse a un cargo aunque tenga otro; el hecho de que luego no asuma, no es suficiente como para desestimar una candidatura, porque el fallo se apoyaría sobre un acto que todavía no ocurrió. Es como si yo dijera un día: «Voy a chocar con mi auto a peatones». No me pueden enjuiciar o detener, dado que solamente he afirmado una cosa que todavía no he cometido. En todo caso, luego de producida la renuncia de Scioli a la banca que habrá de ganar como diputado, la justicia podría intervenir y decir que está mal. Pero como eso no ocurrió en muchos otros casos anteriores, como con Obama (para tomar un «leadind case» mediático), Cristina, etc, es más difícil aún que pueda ocurrir ahora.

  51. Muy bueno el post de Gustavo. Y muy interesante el debate posterior.
    En lo personal coincido con Gustavo. Y no porque esté a favor del gobierno de los Kirchner, que no lo estoy, este gobierno no me gusta (si bien mis simpatías políticas siempre han estado -y están- del lado del peronismo), sino porque «lamentablemente» las normas constitucionales y legales permiten este tipo de cosas (tal como yo las entiend;,que para evitar largas disquisiciones me remito a cómo las ha interpretado Gustavo). Y digo «lamentablemente» porque, desde un punto de vista ético, me da asco el manoseo de la democracia que implican estas candidaturas «testimoniales».
    Ahora bien, hay dos cuestiones colaterales que me parece que han pasado mayormente desapercibidas: 1) el problema de las listas sábana, que para una mejor democracia requiere una reforma (el el comment de Gargarella se lo menciona)(y la mejor alternativa a mi me parece el sistema de circunscripción uninominal, pero desde luego que no es la única); y 2) algo que está detrás de todo este debate y que ninguno de los que se oponen se atreve a decir claramente, y es que la cuestión de las candidaturas
    «testimoniales» les parece grave porque se trata de candidatos PERONISTAS y en este país el peronismo es mayoría, por lo que probablemente ganen la elección(en un comment de Pablo D. hay una insinuación de esto).
    Seré mas claro aún. Incluso los intelectuales no peronistas (y todo este debate aquí es entre intelectuales, o sea, somos un grupito no representativo del pueblo) que apoyan en líneas generales el gobierno de Kirchner, no soportan la base peronista de su electorado ni su forma de acercarse a las urnas (que no es la de elegir un candidato determinado con nombre y apellido, sino la de votar a tu movimiento, que te entiende, que es como tu familia -sin perjuicio de que en toda familia hay parientes que no te gustan-). Dicho en otros términos, observo que la mayoría de los intelectuales que critican la estrategia política de las candidaturas «testimoniales» tienen en el fondo una grave preocupación PORQUE el pueblo peronista los va a votar igual. La gente sencilla que se siente peronista va a votar a esos candidatos porque son «los de ellos». Y estos críticos no se atreven a decir que no les gusta esta gente, no les gusta como votan, no les gusta como esta gente «vive» la política. Y no lo hacen porque temen que se los califique de no democráticos.

  52. ARt. 51 en caso de vacante, el Gobierno de provincia, o de capital, hace proceder a elección legal de un nuevo miembro.

  53. Gustavo:

    Con tus rtres criterios jurídicos un presidente que está termiinando su segundo mandato podría postularse para el tercero, pues lo que está prohibido es que sea presidente, no que se postule en la elección. No creoque se pueda sostener una cosa así.

    Saludos,

    AB

    1. Hola Alberto!

      La diferencia se basa en una cosa que dije por ahí arriba: los testimoniales tienen un impedimento «eventual», que podrían remover por un acto voluntario de su parte: tal como lo hacen habitualmente quienes siendo algo se postulan para otra cosa incompatible, y lo resuelven renunciando al cargo anterior.

      El caso de alguien que ha sido presidente dos veces es equivalente al caso de Messi, que no tiene edad para ser diputado: tienen un impedimento cierto y que no está a su alcance remover antes de la asunción.

  54. Gustavo,

    En mi opinion el «gambito testimonial», como vos lo llamas, lejos de ser honesto o «frontalmente explícito» no es más que una avivada para tratar de recaudar la mayor cantidad de votos posibles. La demostración es simple: si hubiera realmente una voluntad de explicitar el carácter de plesbicito sobre la gestión, la cabeza de lista en provincia de Buenos Aires debería ser Cristina. Al fin y al cabo, como no dejan de recordarnos, es ella y no Néstor quien está a cargo de las decisiones. Pero Cristina mide mal; ergo el candidato es Néstor. Y agregaría: con ésta movida, ni siquiera se privan totalmente de utilizar la excusa mencionada.

    Saludos

    Martín

    1. Pero Kirchner no es testimonial, parece que va a asumir, no tiene ninguna incompatibilidad. Las impugnaciones a Kirchner venían por otro lado (domicilio). En esa lista el testimonial es el 2, Scioli, gobernador de la provincia.

      1. Es verdad, Kirchner no es técnicamente testimonial. Pero presentó toda la movida, que incluía tanto su postulación como la de los «testimoniales», como una suerte de referendum sobre la aprobación o no de la gestión. Lo que digo es que si uno es consecuente con ese razonamiento, donde no importa si uno vaya a asumir o no sino hacer explícito el referendum, la que tenia que poner la cara era ella.

  55. Comentario, tal vez, final, les agradezco a todos e incluso a Quintín.

    En este link

    http://www.cij.gov.ar/nota-1377–El-debate-lo-tienen-que-dar-los-partidos-politicos–no-los-jueces-.html

    van a poder ver una video del juez Blanco comentando la sentencia. Dura 20 minutos y no es una entrevista; es, más bien, un monólogo, pausado, felizmente sin tiempos televisivos, sin apelar a tecnicismos. Creo que es lo que el tipo piensa, sinceramente. No verán un tipo deslumbrante, no verán un tipo patético.

    Posdata: no quisiera disparar nueva polémica, pero acá va; Carrió dijo que si la Cámara Electoral valida la sentencia les va a promover la destitución en el Jurado de Enjuiciamiento. Una amenaza directa y primitiva, si no me gusta el fallo, echo al árbitro. Esos son los republicanos. No sé que pensará Gil Lavedra al respecto. No sé qué pensaran nuestros polemistas.

  56. Ser candidato político para cualquier cargo es una promesa a la gente de que se han proyectado mejoras para los distintos grupos sociales. Si después de resultar elegido, el candidato se «borra»
    significa que el bien del pueblo jamás estuvo en sus planes. Sólo especuló para satisfacer intereses personales. Ejemplo: supogamos que se necesita un gerente para determinada empresa privada. Se convoca a concurso y se eligen los cinco candidatos considerados eficientes, pero éstos no aceptan porque consiguieron un puesto mejor. Por estas renuncias la empresa deberá quedarse con los que siguen y se han presentado al concurso. Sucede que esos, no son los más eficientes. Si bien la Constitución Nacional sólo hace mención en su Art. 73 a las candidaturas testimoniales de gobernadores, intencionalmente tal vez, no se ha consignado específicamente nada. LAS CANDIDATURAS TESTIMONIALES SON UNA CUESTION DE HONOR.

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